LA FUNCIÓN DE RELACIONES LABORALES Y LA ACCIÓN SINDICAL


EDUARDO O. SCHIEL – NÉSTOR R. OROZCO

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  • EDUARDO O. SCHIEL – NÉSTOR R. OROZCO 1. INTRODUCCIÓN [1] Las organizaciones tienen responsabilidades sociales que van mucho más allá de la simple producción de bienes y servicios. Como sistemas abiertos que son, están insertas dentro de una comunidad determinada a la cual en gran medida se deben. El tamaño de las organizaciones (sobre todo aquellas que tienen un propósito de lucro) es directamente proporcional a la responsabilidad social que tienen para con la comunidad. No sólo deben ofrecer (...)...

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    Adlercreutz, Astrid - Amado, Juliana - Aparicio, Silvia - Argañaraz, Nadin - Basile, Alejandro Antonio - Berardo, Germán - Bertolot, Alicia - Boleso, Héctor Hugo - Bordas, Verónica - Botbol, Marcos - Broveglio, Gerardo - Bustinduy, Marcelo - Cagnone, Erica E. - Calabró, Horacio Miguel - Caudo Alberto H. - Ciruli Ambiado, Leticia S. - Collosa, Alfredo - Conde, Sergio Daniel - Conflitti, Mario Cesar - Cuartango, Gonzalo Oscar - Cuscione, Marcela - De Luca, Lorena F. - Del Castillo, Elba C. - Duelli, Javier - Effron, Dalila Vera - Enriquez, Alejandro M. - Fernandez de Lorenzo, Maximiliano - Filas, Roberto Capón - Franchi, Carlos - Frustaci, Claudio - Gómez, Richard L. Amaro - Genoud, María Andrea - Giorlandini, Eduardo - Giorlandini, Juan Carlos - González, Ricardo Oscar - Grenabuena, Silvia R. - Gross, Reinaldo Emilio - Gurovich, Leopoldo - Hessel, Juan Carlos - IARAF - Irazabal, América Alicia - Jacar, Héctor - Karpiuk, Héctor H. - Kon, Marcos David - Lavalle, Silvina - Leiva, Mariana - Lovero, Norberto G. - Mac Donald, Andrea Fabiana - Malm Green, Lucas A. - Marante, Gustavo Manuel - Marasco, María Eugenía - Martínez, Benito R. - Mazzilli, Rosana - Medrano, Marcela - Mercadé, Marcelo - Meyniel, Elsa B. - Mir, Andrés - Monteleone, Marcelo - Monteleone, Marcelo - Morrone, Fernando Luis - Nicholson Antonio J. Barrera - Orozco, Nestor R. - Paggi, Ivana Magali - Pérez, Cecilia - Pérez, Cecilia - Picasso, Emilio - Pinacchio, Ángela C. M. - Pizá, Celeste A. - Posse, Silvia N. - Posse, Silvia Nilde - Ricci, Florencia Victoria - Rodríguez Massuh, Emilio - Rodríguez, Marcelo Carlos - Rodríguez, Raquel - Romualdi, Emilio E. - Rovelli, Patricia - Santos Romero, Analía - Sanz, Noemí - Schiel, Eduardo 0. - Sciglitano, Natalia Laura - Senderowicz, Rodolfo M. - Sequino,Gabriel - Settembrini, Ariel Sánchez - Stalli, Magali - Suárez, Analía V. - Subelet, Carlos J. - Subelet, María Cecilia - Tano, Humberto Gerardo - Tosto, Gabriel - Varela, Daniel - Varela, Marcelo Gabriel - Viberti, Claudia - Wildemer de Boleso, Marta

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    Schiel, Eduardo 0.
    Licenciado en Relaciones laborales
    • Licenciado en Relaciones Laborales (UNLZ) • Magíster con mención en Ciencias Sociales del Trabajo • (UBA) • Abogado (UNLZ) • Consultor de empresas y cámaras empresarias • Coautor del libro “Documentos y notificaciones laborales” y “Gestión de Personal” Aplicación Tributaria S.A. • Autor del libro “Guía práctica de remuneraciones, liquidaciones finales e indemnizaciones laborales” y “Curso de derecho laboral”, Aplicación Tributaria S.A. • Colaborador de la revista “Técnica Laboral” y “Temas de Derecho Laboral” • Docente de las cátedras de Sueldos y Jornales y Administración de Personal, en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. • Docente Titular de posgrado en la cátedra de Negociación, Conflictos y Convenios colectivos de trabajo, en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. • Más de veinte años de experiencia en la Gestión de Personal y Relaciones Laborales en importantes organizaciones. • Prestó servicios en Molinos Río de la Plata S.A, Superintendencia de Riesgos del Trabajo, y Frigorífico La Pompeya S.A.C.I.F y A., ocupando cargos gerenciales. • Miembro paritario de la Cámara Argentina de la Industria del Chacinado y afines • (CAICHA) y Secretario de la Comisión de Asuntos Laborales de Coordinadora de Productos Alimenticios (COPAL). • Ha dictado cursos y disertaciones en temas relacionados en la Universidades Nacionales de la Plata, Buenos Aires, Lomas de Zamora, Luján y en otras instituciones del ámbito privado.


    Orozco, Nestor R.
    Lic. en Relaciones Laborales
    Lic. en Relaciones Laborales egresado de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora Actividad Profesional: Representante Paritario (Cámara Industrial Laboratorios Farmacéuticos Argentinos) Consultor de Empresas / Asesor laboral. Miembro Staff de la Revista TECNICA LABORAL de la Editorial Aplicación Tributaria.Actividad Docente: "Profesor Adjunto a Cargo de la materia" PRACTICA LABORAL, Carrera Lic. en Relaciones Laborales, Facultad de Ciencias Sociales U.N.L.Z. Profesor Adjunto a Cargo: de la materia "ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL" Carrera Lic. en Relaciones Laborales Facultad de Ciencias Sociales U.N.L.Z. Autor de los Libros "Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales, Aplicación Tributaria S.A." "Gestión de Personal, Aplicación Tributaria S.A." Administración de Personal Gestión Técnica y Operativa, Aplicación Tributaria S.A. "Empleados de Comercio Trámites y Documentación a Presentar, Aplicación Tributaria S.A. Dictado de cursos de formación profesional en: Universidad Blas Pascal (Ciudad de Córdoba), Formación de Graduados. U.N.L.P.: Universidad Nacional de la Plata Facultad de Ciencias Económicas Jornadas de Actualización Laboral desde el año 2000 a la fecha . Instituto de Estudios Empresariales (Mendoza) INDIPE: Asociación de Dirigentes de Personal de Zona Norte (San Isidro)ADRI SUR: Asociación Dirigentes de Personal de Zona Sur, (Quilmes.)ADEGRA.: Asociación de Graduados de Ciencias Económicas de la UNLZ. APLICACIÓN TRIBUTARIA S.A. area de capacitación profesional.

    Técnica Laboral
    Último Numero
    Publicada: 11-2013

    Nro : 246

    Notas

    [1] Para ampliar este artículo se recomienda leer, Eduardo O. Schiel y Néstor R. Orozco, “Gestión de Personal. Aspectos Legales, Técnicos y Organizacionales”. 5º Edición, Aplicación Tributaria S.A..

    [2] Cornaglia, Ricardo; “Derecho de huelga”, página 1, La Ley, Buenos Aires, 2006.

    [3] Las Normas Internacionales del Trabajo, O.I.T. página 7, 1998.

    [4] Schiel, Eduardo O.; op. cit p. 65.

    [5] En nuestro país asociación sindical con personería gremial.

    [6] Dessler, Gary, op. cit p.615.

    [7] Estas leyes facultaban al Estado a intervenir voluntariamente en los conflictos laborales y de llamar a arbitraje obligatorio.

    [8] Establecía de una manera muy particular qué se entendía por servicios esenciales, lo que limitaba el derecho de huelga.

    [9] Caubet Amanda; “La crisis social y el derecho del trabajo”, Buenos Aires, Errepar Nº 198, febrero de 2002, página 101.

    [10] C.N.A.T., Sala V, 31/03/64.

    [11] S.C.B.A., “Mansilla, Ernesto E. c/Piero S.A.I.C. s/Despido y cobro”, L. 50079, Sentencia del 27/10/92, Juez Salas (SD).

    [12] Akerman, Mario, Clarín, 11/08/2005.

    [13] Suprema Corte de Justicia, Sala 2, “De Marinis Nicolas E Hijos Sociedad de Responsabilidad Limitada en J. Roldan Martin Teodoro y otros c/Nicolas De Marinis s/Ordinario – Casación”, Fallo: 63199238, Circunscripción: 1, Mendoza, 23/10/63.

    [14] Amanda Caubet; “Trabajo y Seguridad Social”, Errepar, Buenos Aires, 2002, página 749.

    [15] De igual modo ocurre con la huelga solidaria “cabe declararla ilegítima cuando es declarada por solidaridad con el personal despedido por el empleador, pues en tale circunstancias no responde a un interés colectivo o gremial” (S.C.B.A., “Almirón Aldo y otros c/Bertrán Hermanos”, 07/08/1979).

    [16] Posición esta muy cuestionada por los sindicatos simplemente inscriptos.

    [17] Salvo que se esté en un proceso laboral de naturaleza individual que tenga relación con algún conflicto colectivo.

    [18] Schiel, Eduardo O.; Op. cit, p. 293.