En respuesta a:
1ro de octubre de 2007, por Catalogador
ALICIA SUSANA PEREYRA
“Cuando las opciones no se ejercen por elección, sino por coacción o por desesperación, nunca suelen tener una gran continuidad o proyección en el tiempo y, además, las soluciones finales a las que se arriba de esta manera no suelen –por lo común– ser óptimas.” [1]
1. INTRODUCCIÓN
Las modificaciones introducidas por la Ley Nº 26.086 al fuero de atracción concursal y en especial, en lo referente al tratamiento de los acreedores laborales, los que recuperan la opción de volver al (...)