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25 de marzo de 2019
,por Gómez, Richard L. Amaro
INTRODUCCIÓN. CUESTIONES PRELIMINARES [[Amaro Gómez, Richard L. Tratamiento impositivo en el Impuesto a las Ganancias de las Provisiones - https://www.econlink.com.ar/provisiones-impuesto-ganancias.]]
Antes de definir el concepto de provisión debemos referirnos de un tipo especial de pasivo que son las deudas ciertas, dado que el concepto de provisión está enmarcado dentro del concepto de deudas. Una deuda cierta es aquella cuyo hecho generador ya se produjo y cuya cuantificación es cierta y precisa. O sea, que para este tipo de pasivo tenemos que tener en cuanto sus dos... >
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11 de marzo de 2019
,por Gómez, Richard L. Amaro
Recordemos que la ley de reforma tributaria – Ley (PL) N° 27.430 - introdujo modificaciones al instituto del impuesto a las salidas no documentadas del artículo 37 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, entre las cuales vamos a mencionar su aplicación al caso de existencia de facturas apócrifas. Si bien la aplicación del instituto a este supuesto ya lo había establecido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo cierto es que la reforma brindó mayor seguridad jurídica al incorporarlo al propio texto de la ley. Ahora bien, en el espacio de diálogo AFIP con entidades... >
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A raíz de la opinión emitida por el Fisco en el Dictamen N° 20/2016
4 de octubre de 2018
,por Gómez, Richard L. Amaro
MARCO TEÓRICO.
En primer lugar, debemos traer a memoria que en relación al modo de calcular el costo computable de un automóvil (que constituye un bien mueble amortizable) al momento de su venta, la Ley del Impuesto a las Ganancias (en adelante, LIG), estableció en los primeros párrafos del artículo 58 que:
“Cuando se enajenen bienes muebles amortizables, la ganancia bruta se determinará deduciendo del precio de venta, el costo computable establecido de acuerdo con las normas de este artículo:
{a) Bienes adquiridos:
Al costo de adquisición, actualizado desde la fecha... >
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Ante la reciente Resolución General (CA) N° 5/2018.
12 de septiembre de 2018
,por Gómez, Richard L. Amaro
INTRODUCCIÓN
Primeramente, es importante recordar que por medio de la Resolución General (CA) N° 5/2014 la Comisión Arbitral estableció el procedimiento general a los efectos de registrar el alta de oficio en el impuesto sobre los ingresos brutos de los contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, aplicable a las siguientes situaciones (art. 1):
a) Registrar el alta como contribuyentes del convenio multilateral a contribuyentes “no inscriptos” en ningún régimen;
b) Registrar el alta como contribuyentes del convenio multilateral a... >
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Ante un antecedente de la Comisión Arbitral
1 de febrero de 2018
,por Gómez, Richard L. Amaro
1. INTRODUCCIÓN
La siguiente colaboración tiene por finalidad analizar desde un enfoque teórico el régimen especial del artículo 13, mera compra, en el marco del Convenio Multilateral ante un reciente caso resuelto por la Comisión Arbitral en la causa “Frigorífico Orona S.A. c/Provincia de Santa Fe”, Resolución Nº 54/2017 (C.A.), de fecha 17 de agosto de 2017 publicada en la segunda semana del mes de octubre de 2017.
2. MARCO NORMATIVO
Recordemos que en el ámbito del Convenio Multilateral (C.M.) tenemos dos grandes regímenes para la distribución de los ingresos... >
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Ante otro reciente antecedente de la Comisión Arbitral
5 de enero de 2018
,por Gómez, Richard L. Amaro
La siguiente colaboración tiene por finalidad analizar desde un enfoque teórico el régimen especial del artículo 11 del Convenio Multilateral relativo a la actividad de la intermediación cuando la oficina central y la ubicación de los bienes respecto a los cuáles se intermedia, se encuentran en una misma jurisdicción. Todo esto en el marco de los antecedentes administrativos de los órganos de aplicación del Convenio Multilateral y ante un nuevo caso resuelto por la Comisión Arbitral en la causa “Cepas Argentinas S.A. c/Provincia de Buenos Aires”, Resolución Nº 44 (C.A.), de... >
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Ante un reciente fallo del Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Tucumán
5 de enero de 2018
,por Gómez, Richard L. Amaro
La siguiente colaboración tiene por finalidad analizar desde un enfoque teórico el tratamiento en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos del encuadre como intermediación del servicio de transporte de bienes en el marco de un reciente fallo del Tribunal Fiscal de Apelaciones de la Provincia de Tucumán en la causa “Transporte Morano S.R.L.” del 19 de junio de 2017.
1. MARCO NORMATIVO. INTRODUCCIÓN[[Amaro Gómez, Richard L.; “Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Intermediación en los servicios de telefonía. Tarjetas telefónicas y cargas virtuales. Su encuadre. Ante un reciente... >
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21 de diciembre de 2017
,por Gómez, Richard L. Amaro
Uno de los puntos que el ante proyecto originario de reforma había contemplando es la eliminación de la exención que recaía en las indemnizaciones por antigüedad en los casos de despidos.
El motivo de dicha eliminación obedeció a que nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación ha venido sosteniendo que las indemnizaciones derivadas de la ruptura del vínculo laboral no están gravadas dado no cumplen con la condición de periodicidad y permanente de la fuente (el trabajo) productora de rentas.
Al eliminar la exención a las indemnizaciones por antigüedad en los casos... >
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Una Perspectiva Comercial, Contable e Impositiva
15 de mayo de 2015
,por Gómez, Richard L. Amaro
{“El camino correcto siempre demandará esfuerzo”}
1.
INTRODUCCIÓN. CONCEPTOS PRELIMINARES
A la publicidad la podemos definir en líneas generales como el conjunto de medios destinados a crear en los mercados el deseo de productos, ya sea de bienes físicos o servicios. Estos deseos respaldados por el poder adquisitivo luego se convierten en demanda.
La publicidad se caracteriza porque siempre persigue fin de lucro y puede estar dirigida a consumidores actuales así como también a los potenciales.
Desde el punto de vista económico es una inversión, dado que se espera... >
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Naturaleza Jurídica de las Resoluciones de A.F.I.P. en el Marco de la Jurisprudencia
15 de octubre de 2014
,por Gómez, Richard L. Amaro
1. INTRODUCCIÓN
Hemos mencionado que el Decreto Nº 618/97 le otorgó a la AFIP en virtud del artículo 8º facultades de interpretar las normas tributarias. Pero también en virtud del artículo 7º de ese mismo decreto, le otorgó facultades de reglamentación. Si bien la reglamentación de las normas tributarias solo deben limitarse a reglar aquellos aspectos no contemplados por las normas de jerarquía superior, en muchos casos las mismas terminan de manera indirecta, ejerciendo un papel de interpretación de las normas, ya que para reglamentar lo dispuesto en una serie de... >
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La Función Interpretativa del Fisco Nacional y de los Locales frente a las Normas de Naturaleza Fiscal
29 de agosto de 2014
,por Gómez, Richard L. Amaro
1. INTRODUCCIÓN
Antes de abocarnos a analizar el rol interpretativo de la AFIP, nos gustaría dar nuestra opinión con respecto a que toda norma por más clara que sea, siempre requerirá de la función de interpretación, dado que la norma debe ser adecuada a las situaciones de hecho de los contribuyentes. Estas situaciones son complejas y heterogéneas, lo cual siempre requerirá de un órgano con autoridad suficiente para poder interpretar cómo el marco normativo debe adecuarse a esas situaciones. Al respecto Alber Tarsitano dice que {“decir que toda norma requiere ser... >
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10 de junio de 2014
,por Gómez, Richard L. Amaro
El presente artículo tiene por fin proponer un esquema normativo e interpretativo de las normas fiscales en materia de la deducción por hijos, respetando la premisa fundamental que todo ser humano comienza su existencia desde la concepción en el seno materno. Si bien hoy en día el mundo discute si la existencia del ser humano comienza o no en el nacimiento, pienso que no hay lugar a dudas que nuestra génesis se produce en la concepción, donde empezó la gestación de nuestro ser.
Las ideas de los partidarios de las prácticas abortivas basadas en que la vida comienza con el... >
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Percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
26 de julio de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
1. OBJETO
La siguiente colaboración tiene por objeto, analizar la procedencia de aplicar las percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos, en el régimen correspondiente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Uniones Transitorias de Empresas. Primeramente, analizaremos el marco normativo general, para luego referirnos a la consulta que se le hizo a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en el marco de la reunión de enlace con las entidades profesionales y para finalmente dar nuestra opinión al respecto.
2. NATURALEZA JURÍDICA DE LAS UNIONES... >
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25 de junio de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
El Impuesto a los débitos y créditos bancarios, y un criterio del Fisco que no prevalece.
Este año, se dio a conocer la Resolución SD TLI AFIP 23/2012, en la cual se consultó si resultaba procedente liquidar el Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias, para el caso en que por exigencias de un proveedor se abone mediante depósito en cuenta bancaria.
Al respecto la AFIP resolvió que el pago de obligaciones con proveedores efectuadas mediante el depósito de dinero en efectivo en cuentas bancarias de aquéllos, encuadra como hecho imponible, ya que configura... >
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30 de mayo de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
“Todo gran y frondoso árbol, comenzó siendo una pequeña semilla” RLAG
Recordemos que el principio rector en materia de deducción de gastos fue establecido en el artículo 17 y 80 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (en adelante LIG). El primero de ellos regló que:
“Para establecer la ganancia neta se restarán de la ganancia bruta los gastos necesarios para obtenerla o, en su caso, mantener y conservar la fuente, cuya deducción admita esta ley, en la forma que la misma disponga”.
A su vez, el artículo 80 estipuló que:
“Los gastos cuya deducción admite... >
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27 de mayo de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
“La interpretación correcta del derecho, Tendrá efecto futuros en toda la sociedad” RLAG
La Ley del Impuesto a las Ganancias (en adelante LIG) estableció para la primera categoría (renta del suelo) y para la tercera (renta empresarial), el criterio de lo devengado para la imputación de ingresos y gastos al período fiscal. Si bien estableció ciertas excepciones a dicho criterio como ocurre, por ejemplo, con los cargos intercompany por servicios de vinculadas del exterior que limitó su deducción al momento de su pago. Así como también para el caso de honorarios de... >
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23 de mayo de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
Siempre hubo una discusión doctrinaria acera de que compañías en un proceso de reorganización societaria debían ser consideradas antecesoras y cuales las continuadoras. El fisco había interpretado que todas las que intervienen en dicho proceso son antecesoras, razón por la cual deben cumplir los requisitos de permanencia de la tenencia accionaria en el capital, para el traslado de quebrantos. Al respecto una parte de la doctrina distinguió entre antecesoras y continuadoras, considerando por ejemplo que en una fusión por absorción: la absorbida es antecesora y la absorbente la... >
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22 de mayo de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
La Comisión Arbitral sigue sosteniendo su acertado criterio
Recientemente la Comisión Arbitral se expidió en la causa "MAXICONSUMO S.A. c/ Municipalidad de Resistencia, Provincia de Chaco", sobre la aplicación del mini convenio a nivel provincial a los fines de distribuir la base imponible entre los diferentes municipios.
El caso se trató del municipio de Resistencia el cual pretendió apropiarse del 100% de la base imponible provincial, para la tributación de una tasa de seguridad e higiene. El contribuyente al respecto recurrió a la Comisión Arbitral pero sólo argumentando... >
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21 de mayo de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
Los gastos de automóviles en la Ley del Impuesto a las Ganancias
El año pasado, y más precisamente el 27 de Diciembre de 2012, se pronunció la Procuradora General de la Nación en la causa "Search Organización de Seguridad S.A." sobre la deducción de gastos de automóviles.
A estos fines recordemos que la ley del impuesto de marras estableció en el artículo 88 inciso l) últimos párrafos que:
"Tampoco serán deducibles los gastos en combustibles, lubricantes, patentes, seguros, reparaciones ordinarias y en general todos los gastos de mantenimiento y funcionamiento de... >
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Una Visión de Nuestra Economía desde las Teorías Económicas
26 de abril de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
1. INTRODUCCIÓN
Uno de los mayores males de toda economía es sin lugar a dudas la inflación, quién no sólo atenta contra el crecimiento y desarrollo económico, sino también contra el bienestar general de una Nación.
Nuestra economía no ha escapado a la inflación, durante décadas hemos vivido en una economía inflacionaria, que si bien en los años noventa con la convertibilidad se logró finalmente eliminarla, años posteriores y más aún en nuestro panorama actual, volvería aparecer.
Cuando se habla de inflación por lo general siempre se hace referencia a sus... >
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21 de marzo de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
Hasta el año pasado la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) interpretaba (Nota Externa N° 5/2006), que los inmuebles rurales afectados a explotaciones unipersonales estaban gravados tanto en el Impuesto sobre los Bienes Personales (ISBP) como en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP), más allá que la Ley del primero de los impuestos establece una exención para los inmuebles rurales de sujetos que tributan a su vez el IGMP.
Incluso doctrinariamente se venía sosteniendo este criterio errado de la AFIP. Pero esto fue hasta que en el año pasado, y más... >
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19 de febrero de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
Actividades amparas por regímenes especiales del Convenio Multilateral
A fines del año pasado la Comisión Arbitral se pronunció por medio de la Resolución N° 47/2012, en la causa Radiotrónica de Argentina S.A. c/ Municipalidad del Partido de Morón, sobre la distribución de la base imponible provincial entre diversos municipios en el caso de una compañía que se encontraba comprendida dentro de uno de los regímenes especiales del Convenio Multilateral, y más específicamente, el reglado por el artículo 6 referente a actividades de la construcción.
Marco normativo... >
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18 de febrero de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
El 23 de Octubre de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se pronunció en la causa Dota S.A. c/ AFIP – DGI sentando un importante precedente jurisprudencial sobre el carácter del saldo remanente que surge del cómputo del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos contenidos en las compras de gasoil efectuadas en el respectivo período fiscal, en el Impuesto al Valor Agregado.
A estos fines recordemos que la Ley 23.966 estableció que los sujetos que presten servicios de transporte automotor de carga, podrán computar como pago a cuenta del Impuesto al Valor Agregado... >
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14 de enero de 2013
,por Gómez, Richard L. Amaro
Una visión particular en el marco de una economía recesiva
En primer lugar me gustaría definir dos conceptos claves (sistema y régimen tributario), antes de comenzar el análisis del comportamiento del sistema tributario argentino, en el marco de una economía que atraviesa el ciclo de la recisión. Recordemos a estos fines que se entiende por sistema tributario, al conjunto interrelacionado de tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) que rigen para un cierto Estado, en un determinado lapso de tiempo. Mientras que un régimen tributario es el conjunto de tributos... >
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13 de noviembre de 2012
,por Gómez, Richard L. Amaro
Un interesante fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Recientemente la Corte Suprema de Justicia de la Nación, entendió en la causa “Maltería Pampa S.A.”, que si bien en el IVA por importación de servicios el sujeto pasivo es el prestatario, quién debe además ingresar el tributo por así reglarlo el artículo 4 inciso d) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (en adelante, LIVA), la exención que recaía en el prestador le era también aplicable a la operación realizada con el prestatario.
Ya en la instancia anterior, la Cámara Nacional de Apelaciones en... >
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Convenio Multilateral - Ganancias
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