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1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Monotributo: Sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Ingresos brutos anuales máximos La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 3221, incrementó a $ 32.196 los ingresos brutos anuales máximos de los pequeños contribuyentes adheridos al Monotributo asociados a una cooperativa de trabajo o inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía, a los efectos de gozar de la exención de ingresar el impuesto integrado y la cotización previsional fija y la exención parcial del 50% para (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Agentes de recaudación de CABA: Nuevo formulario para el pago Como consecuencia de la implementación del sistema de “Gestión Integral Tributaria” y a los efectos de homogeneizar en un único instrumento la liquidación y pago de las obligaciones impuestas a los Agentes de Recaudación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1º de noviembre de 2011, deberán efectuarse los pagos a través del formulario de pago F. 5219, en reemplazo del F. 5206. La medida se dio a conocer a través de la Resolución Nº 2.468/2011 (D.G.R.). A raíz de ello, los contribuyentes (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Donaciones en dinero a entidades exentas. ¿Cómo deben realizarse? La A.F.I.P., a través de la Resolución General Nº 3166 (B.O. del 25/08/2011), amplió las modalidades a través de las cuales podrán efectuarse las donaciones en dinero efectuadas a entidades sin fines de lucro a los efectos de que sea procedente su deducción en el impuesto a las ganancias. Consecuentemente, a partir del 3 de octubre de 2011, las donaciones en dinero deberán realizarse a nombre de los donatarios mediante: a) Depósito bancario. b) Giro o transferencia bancaria. c) Débito en cuenta a (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Impuesto a la ganancia mínima presunta: Nueva versión del programa aplicativo La A.F.I.P., a través de la Resolución General Nº 3167 (B.O. del 29/08/2011), procedió a la aprobación de la versión 9.0 del programa aplicativo “Ganancia Mínima Presunta”, el cual deberá ser utilizado por los contribuyentes y responsables del impuesto a la ganancia mínima presunta, a los fines de determinar e ingresar el gravamen. El citado programa aplicativo será de uso obligatorio para las presentaciones de declaraciones juradas originarias o rectificativas que se efectúen a partir del 29 (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Agentes de recaudación de la Provincia de Buenos Aires: Desde agosto deberán generar on line las declaraciones juradas Conforme lo establecido por ARBA, a través de la Resolución Normativa Nº 38/2011, las retenciones y percepciones provenientes de operaciones efectuadas a partir del 1º de agosto de 2011 deberán ser informadas on line a través de la aplicación disponible en la página web de ARBA. Consecuentemente, queda sin efecto del programa aplicativo denominado “Agentes de Recaudación de Ingresos Brutos Provincia de Buenos Aires”, el cual funciona bajo la (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Obligaciones aduaneras: A partir del 1º de agosto será obligatorio el VEP Por medio de la Resolución General Nº 3134, la Administración Federal de Ingresos Públicos, estableció que a partir del 1º de agosto de 2011 será obligatorio confeccionar un volante electrónico de pago (VEP), a fin de llevar a cabo las siguientes operaciones: a) Cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como para el resto de las liquidaciones aduaneras. b) Pagar garantías ejecutadas. c) (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Importadores. Factura electrónica. Prórroga Los contribuyentes responsables inscriptos en el IVA e inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros como importadores que realicen importaciones de bienes (que no revistan el carácter de bienes de uso o de insumos para dichos bienes de uso), que hayan efectuado hasta un máximo de 6 despachos a plaza por importaciones de bienes durante el año calendario 2010, se encuentran obligados a emitir facturas electrónicas para respaldar sus operaciones en el mercado interno a partir del 1º de julio de 2011, inclusive. Cabe (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.0.1. Impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales: ¿Quién declara los bienes gananciales? A raíz de las modificaciones introducidas por la Ley No 26.618 al matrimonio civil, permitiendo su celebración entre personas de distinto sexo y del mismo sexo, sustituyéndose en consecuencia las expresiones “marido” y “mujer” –utilizadas por las norma tributarias– por la de contrayentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a aclarar el tratamiento impositivo a dispensar a las rentas y los bienes pertenecientes a los componentes de la sociedad conyugal. (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Impuesto a las ganancias personas físicas 2010. Pautas para su liquidación A raíz de que la A.F.I.P. habilitó, mediante la Resolución General Nº 2866, un procedimiento especial al solo efecto del cálculo de las retenciones correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2010 del régimen dispuesto por la Resolución General Nº 2437, y a través de la Resolución General Nº 2867, un procedimiento especial para el cálculo de los anticipos imputables al período fiscal 2010, con vencimiento a partir del 1º de julio de 2010, en ambos casos, a través del incremento en un 20%, (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Contribuyentes de Convenio Multilateral con jurisdicción sede 901: Deberán informar por qué redujeron el coeficiente A través de la Resolución Nº 117/2010 (B.O.C.B.A. Nº 3.384), la A.G.I.P. estableció que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, inscriptos en el Convenio Multilateral, con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Prefijo 901) y los incorporados al sistema de recaudación y control para los Grandes Contribuyentes de Convenio Multilateral (SICOM) cualquiera sea la jurisdicción sede, que consideren tener que disminuir el Coeficiente (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Blanqueo. Cumplimiento A través de la Resolución General Nº 3022, se estableció el procedimiento a seguir por los contribuyentes y/o responsables que hubieran cumplido con la exteriorización de moneda y/o dividas aplicándola a los destinos indicados en los incisos c) –suscripción de títulos públicos emitidos por el Estado Nacional–, d) –compra en el país de viviendas nuevas, construidas– y e) –construcción de nuevos inmuebles, finalización de obras en curso, etcétera– del artículo 27 de la Ley Nº 26.476, a los fines de cumplimentar con lo previsto en los artículos 55, 67 y (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Compras con tarjeta de débito. Se prorrogó otro año más el régimen de devolución de I.V.A. Hasta el 31 de diciembre de 2011 continuará vigente la retribución con parte del I.V.A. recaudado, de hasta el cinco por ciento (5%) del importe de las operaciones respectivas efectuadas con tarjeta de débito. Así quedó establecido por la Resolución Nº 861/2010 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (B.O. del 23/12/2010). La citada norma aclaró que quedan excluidos de la devolución los pagos correspondientes a compras de combustibles líquidos y gas natural. Cabe recordar que (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Importadores: Deberán emitir factura electrónica Con el objeto de intensificar el uso de herramientas informáticas, destinadas a facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización y control de los gravámenes a su cargo, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a establecer el procedimiento para la emisión obligatoria de factura electrónica destinada a respaldar las ventas en el mercado interno efectuadas por los sujetos que revistan el carácter de importadores. (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Servicios vinculados a la actividad hotelera y turística: A partir del 1º de enero de 2011 deberán emitir factura electrónica Con el objeto de “intensificar el uso de herramientas informáticas, destinadas a facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización y control de los gravámenes a su cargo”, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a establecer el procedimiento para la emisión obligatoria de factura electrónica destinada a respaldar operaciones vinculadas a (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Registro de Operaciones Inmobiliarias: A.F.I.P. prorroga la entrada en vigencia del régimen de información A raíz de la entrada en vigencia de la Resolución General Nº 2820, el 1º de agosto de 2010, por medio de la cual se sustituyó el texto de la Resolución General Nº 2168, se introdujeron importantes modificaciones en lo que respecta a los sujetos obligados a empadronarse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias –sujetos que intervienen en las operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles– ampliando el universo de sujetos alcanzados y se procedió a (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Regímenes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos P.B.A.: Nuevo sistema de reducción y atenuación de alícuotas Desde el 1º de septiembre de 2010, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires que acrediten la generación de saldos a su favor como consecuencia de las retenciones y percepciones sufridas, podrán solicitar a la Agencia de Recaudación la reducción total o parcial de las alícuotas de recaudación de los regímenes generales o especiales –siempre que se cumplan determinados requisitos- o la atenuación de (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Monotributo: Los contribuyentes encuadrados en las categorías más altas y los empleadores deberán cumplir con un nuevo régimen de información Finalmente, la Administración Federal de Ingresos Públicos reglamentó el régimen de información previsto en el artículo 14 de la Resolución General Nº 2746, en virtud del cual, a la finalización de cada cuatrimestre calendario, el pequeño contribuyente estará obligado a presentar una declaración jurada informativa en la cual deberá consignar, entre otros, los datos relativos al consumo de energía eléctrica y a local o establecimiento (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Certificado Fiscal para Contratar. Más exigencias para su solicitud Desde el 1º de agosto de 2010, a los efectos del otorgamiento del Certificado Fiscal para Contratar con la Administración Pública, la A.F.I.P. constatará el cumplimiento tributario y previsional del responsable respecto de las obligaciones vencidas en los últimos 5 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud. A tal efecto se considerarán a las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago o en regímenes de asistencia financiera como no exigibles, siempre que se encuentren (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Inmuebles. Nuevo régimen de información Los locadores, arrendadores y cedentes de bienes inmuebles obligados a empadronarse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos, los datos relativos a los contratos de locación y/o cesión de bienes inmuebles que celebren. La medida fue dispuesta a través de la Resolución General Nº 2820 (B.O. del 05/05/2010), con vigencia a partir del 1º de agosto de 2010. Deberán dar cumplimiento al régimen de información los sujetos que asuman el carácter de locador, arrendador (...) »» Ver artículo completo Entre elecciones y ballottage, la Administración Federal de Ingresos Públicos se dedicó a controlar de cerca los clásicos vencimientos de esta época, decidiendo en la mitad de los mismos, postergar los pendientes y a los que ya pagaron –como dicen los chicos– alpiste. A propósito de los menores, el Administrador Federal siguió difundiendo su nuevo juego que ayuda a crear conciencia tributaria en los más chiquitos y es por eso que visitó la Ciudad de los Niños donde se van a instalar oficinas o puestos similares a las existentes en la Dirección General Impositiva o en la Dirección General de Aduanas (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. A.F.I.P.: Será obligatorio el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar Para conformar un perfil de las personas físicas que actúen por sí o en representación de terceros, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció procedimientos de identificación y registro a través del uso de dispositivos que permiten la digitalización de la fotografía, la firma, la huella dactilar y la imagen reproducida del documento nacional de identidad. La medida se dio a conocer a través de la Resolución General Nº 2811 (B.O. del 23/04/2010), con vigencia a partir (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Contribuyentes de Convenio Multilateral con jurisdicción sede 901: deberán informar por qué redujeron el coeficiente A los efectos de proteger la recaudación, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos estableció un régimen de información para los contribuyentes y/o responsables que disminuyan el Coeficiente Unificado atribuible a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto al declarado en el período fiscal inmediato anterior; La medida se dio a conocer a través de la Resolución Nº 117/2010 (A.G.I.P.). Consecuentemente, los contribuyentes y/o responsables (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Obligaciones impositivas y de los recursos de las seguridad social. Nuevo plan de facilidades de pago permanente A fin de adecuar el régimen de facilidades de pago permanente establecido por la Resolución General Nº 1966 a la situación económica actual, A.F.I.P. procedió a la sustitución de dicho régimen y a la derogación del plan de facilidades de pago establecido por la Resolución General Nº 2278 (deudas vencidas al 31/08/2005). La medida fue dispuesta a través de la Resolución General Nº 2774 (B.O. del 03/03/2010). A continuación, analizamos los aspectos más (...) »» Ver artículo completo En lo que va del año que corre (¡¡y cómo corre!!), enero, como clásico mes caracterizado por la ausencia de porteños en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, producto del clásico período estival, de la feria judicial, de la feria fiscal, de la alta sensación térmica reinante, de la tranquilidad con que cualquier ciudadano puede deambular por las calles y avenidas de la Capital Federal, ha sido un mes terriblemente complejo y traumático para todos los argentinos que, por un motivo o por otro, percibíamos con asombro –salvando las distancias– la notoriedad que tomó a nivel mundial, “la pelea de dos chicos (...) »» Ver artículo completo 1. NOVEDADES IMPOSITIVAS 1.1. Monotributo. Recategorización: A.F.I.P. oficializó la prórroga Finalmente, la Administración Federal de Ingresos Públicos oficializó la prórroga hasta el 29 de enero de 2010 para llevar a cabo la recategorización en el Monotributo correspondiente al tercer cuatrimestre del año 2009. La medida se dio a conocer a través de la Resolución General Nº 2760 (B.O. del 26/01/2010). Asimismo, los contribuyentes eventuales –quienes fueron dados de baja de oficio a partir del 1º de enero de 2010, pasando al régimen general- podrán optar por adherir al Monotributo o al Régimen de (...) »» Ver artículo completo |
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