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Societaria, Concursal y PericialArtículos de esta sección
La Cámara de Apelaciones en lo Comercial, Sala II, del Departamento Judicial Mar del Plata, en fallo del 12 de abril de 2017, en autos caratulados “Caraballo, Dora C/ D´archivio, Mario S/ Ejecución de Honorarios”, sostuvo que cuando los peritos deban ejecutar sus honorarios judicialmente, no deben abonar la tasa y sobretasa de justicia, equiparando su tratamiento al de los abogados, y aplicando por analogía el art. 58 del Decreto Ley 8904/77. Ello sin perjuicio que la misma se incluya en la liquidación a ser abonada por el obligado al pago. REGISTRADA BAJO EL No 76-S Fo. 395/8 Expte. No (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en autos caratulados "Nardachione Pablo Oscar C/ I.O.M.A. S/ Amparo. —Recurso de queja por denegación de recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley”, en fallo del 28 de diciembre de 2016, sostuvo que en el caso sub examen, la presentación electrónica ha sido depositada adecuada y eficazmente en el Servidor de Presentaciones Electrónicas del Poder Judicial, y que la misma se realizó en tiempo útil, dentro del plazo para evacuar el traslado dispuesto. Asimismo, sostuvo que el estado "pendiente" que informa el sistema luego de (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en pleno, en autos "Carnevale Cosme Omar c/Provincia de Buenos Aires s/pretensión indemnizatoria, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley" en fallo del 8 de febrero de 2017, y para dirimir las cuestiones que se plantean en la justicia de la Provincia de Buenos Aires, donde coexisten la presentación de escritos en forma electrónica, con la presentación en formato papel, sostuvo que, si bien los escritos de las partes, para ser tales, deben llevar la firma del peticionario cuando no exista mandato a favor del letrado, y que (...) »» INICIAR SESIÓN La Cámara de Apelaciones en lo Comercial Sala I, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, en fallo del 7 de noviembre de 2016, en autos caratulados “Perez Benedicto s/Quiebra”, revocó el fallo de primera instancia y decretó la quiebra del deudor, sosteniendo que la sentencia recaída en autos “Cattaneo,Gustavo c/Perez, Benedicto s/Ejecutivo"; constituía título ejecutivo hábil para solicitar la quiebra del deudor, máxime cuando del emplazamiento efectuado al mismo no pueden extraerse más que negativas genéricas a los hechos denunciados por el acreedor, además de una genérica alusión a la existencia de (...) »» INICIAR SESIÓN La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D, en fallo del 1 de marzo de 2016, en autos caratulados “Inspección General de Justicia c/Herso S.A. s/Organismos Externos”, Expediente Nº 26.093/2016 confirmó la multa aplicada por el organismo de contralor, por no haber notificado con la antelación prevista por la norma la convocatoria a asamblea ordinaria y extraordinaria, tratándose de una sociedad incluida en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades y haber presentado extemporáneamente la documentación que exige la Ley General de Sociedades artículo 67 y la Resolución General Nº (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en acuerdo del 15 de junio de 2016, en los autos caratulados "Cabrera, Pablo David contra Ferrari, Adrián Rubén. Daños y perjuicios", y atento a la evolución de las distintas tasas de interés pasivas aplicadas por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, que se hallan determinadas en el marco reglamentario de la mencionada institución oficial, dispuso que los intereses deberán calcularse exclusivamente sobre el capital, mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos en sus depósitos a (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en Acuerdo del 10 de agosto de 2016, en autos “Vessoni Abel Oscar c/Cabaña Santa Rita s/daños y perjuicios” sostuvo que la Sala I de la Cámara Segunda de Apelaciones Civil y Comercial del Depto. Judicial La Plata, que había establecido la base regulatoria de los honorarios en $ 200.000, modificando la determinada en la instancia de origen que ascendía a $ 3.3370.000, cometió un exceso en el ejercicio de su competencia revisora pues dictaminó sobre la base regulatoria establecida por el a-quo, base que se encontraba firme y consentida, (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en un extenso fallo del 15 de junio de 2016, en autos caratulados "Cabrera, Pablo David contra Ferrari, Adrián Rubén. Daños y perjuicios"., en concordancia con las nuevas disposiciones del Código Civil y Comercial Unificado, sostuvo que tratándose de intereses moratorios, los mismos deberán calcularse exclusivamente sobre el capital, mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos en sus depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos y, por (...) »» INICIAR SESIÓN La Cámara Civil y Comercial de San Isidro, Sala I, en autos caratulados "BBVA B. F. S.A. C/ F. Gianni A. G. S/ Cobro Ejecutivo", en fallo del 26 de mayo de 2016, sostuvo que la emisión de un certificado de deuda de cuenta corriente bancaria confeccionado antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial Unificado, y presentado luego de la entrada en vigencia del mismo, debe guardar las formalidades exigibles al título al momento de su confección. San Isidro, 26 de mayo de 2016. I. La providencia apelada de fs. 18 requirió de la actora que acompañara un certificado de deuda (...) »» INICIAR SESIÓN La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala “D”, en fallo del 20 de agosto de 2015, en autos caratulados “Inspección General de Justicia c/ Fitoca S.A. s/ organismos externos”, mantuvo la multa impuesta a la demandada por el organismo de contralor, ya que si bien cumplió con la obligatoriedad de inscribir la designación del órgano de administración, lo hizo con un atraso de ocho meses luego de recibida la intimación cursada por el organismo de contralor. Con respecto a la multa aplicada por no denunciar el cambio de sede social, la dejó sin efecto al poder probar la demandada que había (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones Civil y Comercial Sala 1, del Departamento Judicial San Isidro, en los autos "D. B. A. J. C/ M. C. H. Y OTROS S/EJECUCION HONORARIOS", en fallo del 12 de abril de 2016, sostuvo que no corresponde decretar la caducidad de la instancia en la ejecución de sentencia. De este modo, se ha resuelto que ante la promoción del cobro de honorarios por la vía de ejecución de sentencia, cuyo trámite no ha sido cuestionado, es inviable la caducidad de la instancia, conforme lo prevé el 313, inciso 1º) del C.P.C.C.Es decir, que en la etapa procesal correspondiente a la (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en fallo del 2 de marzo de 2016, en autos caratulados ”Antonio Cangelosi S.A S/quiebra”, sostuvo que debía prosperar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley interpuesto por el sindico contra la decisión del a-quo –y convalidada por la Cámara- de declarar la conclusión de la quiebra por el transcurso del plazo de dos años desde la clausura del procedimiento; atento que el funcionario, en la presentación del Informe de Distribución Final había comunicado la existencia de un crédito que se gestionaba mediante un juicio contra (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial- Sala 2da de Bahía Blanca, en autos caratulados “Yacomella, elizabet Sandra y otra c/Mondaca Ana María s/Incidente de fijación y cobro de canon locativo”, declaró nula la sentencia del juez de grado que le había denegado a la conyugue supérstite el derecho real de habitación basado en la normativa del nuevo Código Civil Unificado, y ordenó dictar una nueva sentencia, aduciendo que las disposiciones del mencionado Código no son aplicables a los contratos en curso de ejecución; en consecuencia el derecho real de habitación del cónyuge supérstite, (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en acuerdo del 21 de octubre de 2015, en autos caratulados "Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Incidente de revisión en autos ‘Casa Cándido Menica S.A.C.E.I. Concurso preventivo’", resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el fisco, y en consecuencia adquirió firmeza la caducidad de la instancia interpuesta por el concursado. Sostuvo que al margen de la suerte que corra la caducidad de instancia decretada oportunamente en autos, no puede quitarse o privarse de efectos el acuse de (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones en lo Comercial, Sala D, en autos caratulados “Sarkis kirkos s.a. s/ concurso preventivo, sobre incidente de verificación de crédito por Rusbel Arispe Arequipa”, en fallo del 24 de noviembre de 2015 sostuvo que corresponde decretar la caducidad de la instancia, con costas al incidentista, ya que el instituto de la caducidad de instancia resulta de aplicación respecto de todos los acreedores concurrentes, toda vez que, tratándose de un proceso universal, impera el principio de la "par condicio creditorum", sin que los acreedores, cualquiera sea su origen, gocen de (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones, Sala primera, del Departamento Judicial Azul, en fallo del 5 de noviembre de 2015, confirmo la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la Ley Nº 14.432, basado en que para que la vivienda única sea considerada como bien de familia y en consecuencia sea oponible a terceros es indispensable su inscripción, ya que al tratarse de una limitación al derecho e dominio del constituyente cuyo efecto principal es tornarlo no susceptible de ejecución por deudas posteriores a su inscripción, es lógico que esa alteración al patrimonio como garantía común a los (...) »» INICIAR SESIÓN La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, Sala Segunda, en fallo del 15 de octubre de 2015, en autos caratulados "ARCHIMIO CARLOS ELIAS C/CONSORCIO EDIF SEMAR XI S/EJECUCION HONORARIOS” sostuvo que si la sentencia había estipulado que la tasa a aplicar era la tasa activa del Banco Provincia, al momento de la ejecución de los honorarios, debía aplicarse la tasa estipulada en la sentencia, no pudiendo aplicarse la tasa pasiva del Banco Provincia, de conformidad con la nueva doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires porque tal situación implicaría violar los (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial La Plata La Plata, Sala II, en autos caratulados "Medina, Olga Mabel c/ El Rápido Argentino Cia de Microomnibus S.A y otro/a s/ daños y perjuicios por uso automotor (c/lesión o muerte)”, en fallo del 15 de septiembre de 2015 ante los planteos formulados por las partes, interpretó que habiendo entrado en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, 26.994, conf. artículo 1º de la Ley Nº 27.077-, y no teniendo las leyes efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario, en lo (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en fallo del 15 de julio de 2015, en autos caratulados "Dos Marías S.A. contra Banco de la Nación Argentina. Incidente", en concordancia también con lo sostenido por el fiscal de cámara en su dictamen, sostuvo que era improcedente el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por la sindicatura ante el fallo del a-quo -confirmado por la alzada- concluyendo que la actuación desplegada en autos por el funcionario apelante obedeció precisamente al ejercicio de su rol de síndico designado en el marco de la quiebra siendo ésta quien, (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones Civil y Comercial (Sala I) de Lomas de Zamora, en autos caratulados "SICA ELENA ROSARIO C/ FEDERACION DE EMPRESARIOS DE COMBUSTIBLES DE LA REP. ARGENTINA Y OTRO/A S/MEDIDAS CAUTELARES", en fallo del 28 de mayo de 2015, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 180 del Nuevo Código Civil y Comercial Unificado, decidió revocar la sentencia de origen, sosteniendo que el asociado sólo puede ser excluido por una causa grave, siempre y cuando se respete el debido proceso y su derecho de defensa. En consonancia con ello, admitió la medida cautelar (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en fallo del 13 de mayo de 2015, en autos caratulados "García, María Vicenta contra Clínica Privada Nuestra Señora del Carmen S.R.L. y otros. Despido" revocó la sentencia del Tribunal de Trabajo Nº 1 del Departamento Judicial Mercedes, que desestimó la pretensión de extensión de la condena en forma solidaria a los administradores de la sociedad accionada, sosteniendo que los mismos, al no haber efectuado los aportes previsionales, sindicales y de obra social de la actora, no actuaron con la lealtad y diligencia de un buen hombre (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes, Sala II, en fallo del 7 de Abril de 2015, en autos caratulados "Alvarenga Flores, Vicente c/Nestlé Argentina S.A. y otros s/Daños y perjuicios" confirmó la sentencia del juez de grado, sosteniendo que en el caso en examen, la codemandada “Nestlé Argentina SA”, carece de legitimación pasiva como ella misma lo manifiesta, ya que el hecho de que "Nestle Waters Argentina SA" sea una sociedad controlada por la anterior, ello no implica ser dependiente de la misma en los términos del art. 1113 del Cod. Civil. En la ciudad de (...) »» INICIAR SESIÓN La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de La Plata, Sala II, en fallo del 23 de febrero de 2014, en autos caratulados “GALINDO OSCAR ALBERTO C/ SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP LTDA. S/OFICIO” sostuvo que tratándose de un exhorto Ley Nº 22.172, es el juez oficiado el que debe regular los honorarios del auxiliar de la justicia, en virtud de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 22.172, y el artículo 200 de la Ley Nº 10.620 (modificado por la Ley Nº 13.750). GALINDO OSCAR ALBERTO C/SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP LTDA. S/OFICIO REG. INTER. N° 300/14, LIBRO INTERLOCUTORIOS LXX. (...) »» INICIAR SESIÓN La Excma Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I; en autos caratulados “BANCO COMAFI SAC/ VERDUGO MUÑOZ PATRICIO EDUARDO S/COBRO EJECUTIVO Exp Nº: 72393”, en fallo del 3 de marzo de 2015, sostuvo que las denominadas “Tasa Activa de descuento a 30 días”, “Tasa Activa Promedio de descuento a 30 días”, y “Tasa Pasiva del Banco Provincia en Pesos”, disponible en la página web de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en el servicio de “cálculo de intereses en línea” han sido incorporadas con motivo de la promulgación de la Ley Nº 14.399 , modificatoria (...) »» INICIAR SESIÓN La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en fallo del 22 de octubre de 2014, en autos caratulados "Galmarini, Raúl Vicente Concurso preventivo -hoy quiebra-“ sostuvo que el síndico no está legitimado para pedir la desafectación del bien de familia a los fines de someterlo a liquidación y con su producido beneficiar a toda la masa de acreedores, ya que los acreedores por título o causa posterior a la inscripción, la afectación al régimen tutelar les es oponible aún en sede concursal, siendo irrelevante la composición del pasivo y, si son de fecha posterior, la (...) »» INICIAR SESIÓN |