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LaboralArtículos de esta sección1. EMPLEADOS DE COMERCIO 1.1. Día del Empleado de Comercio La Ley Nº 26.541 asimila el Día del Empleado de Comercio a un feriado nacional a todos los efectos legales, estableciendo que los empleados de la actividad no prestarán labores. El día del empleado mercantil se celebra el día 26 de setiembre de cada año, para el 2015 los representantes de los empleadores y de los trabajadores establecieron que el festejo se trasladara al día lunes 28 de setiembre de 2015. Se dejo establecido que ese día no se podrá otorgar como franco compensatorio del descanso semanal. Esta negociación fue homologada (...) »» Ver artículo completo 1. ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales. Haber mínimo A través de la Resolución Nº 396/2015 (B.O. del 19/08/2015), se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 31 de agosto de 2015 o que continúen en actividad a partir del 1º de setiembre de 2015. Se establece que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, según el texto introducido por el artículo 6º de (...) »» Ver artículo completo 1. ASIGNACIONES FAMILIARES Se sanciono la Ley Nº 27.160 (B.O. del 17/07/2015) que establece la movilidad de las asignaciones familiares previstas en la Ley Nº 24.714, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6º de la Ley Nº 24.714. La movilidad se aplicará al monto de las asignaciones familiares y a la actualización de los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro, en los casos en que corresponde su utilización. En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir una disminución del valor de la asignación. 1.1. Asignación Universal por Hijo El valor (...) »» Ver artículo completo 1. ASIGNACIONES FAMILIARES 1.1. Nuevos rangos y montos El Decreto Nº 1.141/2015 actualizó los rangos y montos de las asignaciones familiares, asignación universal por hijo y embarazo para protección social. a) Para las asignaciones familiares de pago mensual que se perciban a partir de junio de 2015. b) Para las asignaciones familiares de pago extraordinario cuyo hecho generador se produzca a partir de Junio de 2015. c) Para las asignaciones universales que se perciban a partir del mes de junio de 2015. Asignaciones FamiliaresValor General ($)Zona 1 ($)Zona 2 ($)Zona 3 ($)Zona 4 ($) (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Plan de facilidades de pago La Administración Federal de Ingresos Públicos, publicó la Resolución General Nº 3769 (B.O. del 05/05/2015), donde se establecen precisiones sobre el plan de facilidades de pago para obligaciones vencidas al 28/02/2015, establecido por la Resolución General Nº 3756. 1.1.1. Domicilio electrónico Los contribuyentes y responsables que soliciten planes de facilidades de pago de acuerdo con el régimen establecido por la Resolución General Nº 3756, deberán adherir al domicilio fiscal electrónico, conforme a los procedimientos dispuestos por la (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Régimen Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores y Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado Se emitió la Resolución General Nº 3763 y la Resolución Nº 287/2015 completando la reglamentación de la Ley Nº 26.940 que estableció el Régimen Permanente de Contribuciones a la Seguridad Social para Microempleadores y Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado. 1.2. Registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL) Para acceder a los beneficios del Título II de la Ley Nº 26.940, es requisito (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Programa aplicativo “SICOSS – Versión 39” La Administración Federal de Ingresos Públicos pone a disposición la nueva versión 39 del aplicativo SICOSS (Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social), que se aprobó a través de la Resolución General Nº 3757 (A.F.I.P.) (B.O. del 31/03/2015), el cual es de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F. 931) correspondientes al mes devengado marzo 2015 y siguientes. Entre las principales novedades, esta nueva versión introduce los siguientes cambios: Se extiende la longitud del campo Nro. de (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Autónomos La Resolución Nº 44/2015 establece que a partir del mes devengado marzo de 2015, con vencimiento en abril de 2015, se incrementará el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la seguridad social, un dieciocho con veintiséis centésimos por ciento (18,26%), a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la Ley Nº 26.417. El mencionado incremento del dieciocho con veintiséis centésimos por ciento (18,26%) es igual al porcentaje de aumento de los haberes jubilatorios. Rentas de referencia para el cálculo de los aportes previsionales (...) »» Ver artículo completo 1. APLICATIVOS 1.1. Nuevo release del programa aplicativo “SICORE – Versión 8 – Release 20” Conforme a lo dispuesto por la Resolución General Nº 3731 (A.F.I.P.) (B.O. del 27/01/2015), se incorpora el nuevo código de impuesto 787 (impuesto a las ganancias, retenciones artículo 79 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, incisos a), b) y c), con el cual deberán informarse los regímenes de retención identificados con los códigos que se indican a continuación: Código 160: Rentas del trabajo personal bajo relación de dependencia y otros. Código 56: Retención – Ganancias – Actores. Código 718: (...) »» Ver artículo completo 1. ASUETO. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL A través de la Decisión Administrativa Nº 1.165/2014 se otorga asueto administrativo al personal de la Administración Pública Nacional los días 23 y 30 de diciembre de 2014 a partir de las 12 horas. A su vez, el Decreto Nº 2.458/2014, otorgó asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2014 y el día 2 de enero de 2015. El asueto no alcanzó a las instituciones bancarias y entidades financieras. 2. MONOTRIBUTISTAS. DECLARACIÓN JURADA DE SALUD Atento lo establecido por el Decreto Nº 300/97 (P.E.N.) y el Dictamen (...) »» Ver artículo completo 1. RIESGOS DEL TRABAJO 1.1. Comisiones médicas La Resolución Nº 3.085 (B.O. del 19/11/2014) establece la transformación de las Oficinas de Homologación y Visado (O.H.y V.). Además, se explica cuál va a ser su competencia territorial y se detallan los domicilios y los horarios de atención de las mismas. Recordemos que en materia de riesgos del trabajo, las comisiones médicas creadas por la Ley Nº 24.241, artículo 51 y según lo establecido por la Ley Nº 24.557, artículo 21, tienen la función de determinar: a) La naturaleza laboral del accidente o profesional de la enfermedad del trabajador. b) El (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Reglamentación de la Ley Nº 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral En junio se sanciono la Ley Nº 26.940, la reglamentación recién comienza a tomar publicidad a fines de septiembre con la publicación del Decreto Nº 1.714 y a posteriori la A.F.I.P. emite dos resoluciones: las Resoluciones Generales Nros. 3683 y 3684 (B.O. del 14/10/2014). De esta manera se comienza completar el círculo para la aplicación de la ley. Dado que todas se encuentran interrelacionadas comentaremos las tres juntas, respetando el orden de cada capítulo de la (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Régimen de Regularización de Deuda para Trabajadores Independientes (autónomos y monotributistas). Ley Nº 26.970 y Resolución Nº 540/2014 (A.N.Se.S.) La Ley Nº 26.970 establece un régimen de regularización de deuda para los trabajadores autónomos inscriptos o no en el S.I.P.A. y los sujetos monotributistas, que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria prevista en el artículo 19 de la Ley Nº 24.241 dentro del plazo de 2 años desde el 10/09/2014, podrán regularizar sus deudas previsionales. La deuda comprenderá las obligaciones devengadas hasta el mes de (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Autónomos. Categorías La Resolución Nº 449/2014 estable que a partir del mes devengado septiembre de 2014, con vencimiento en octubre de 2014, se incrementará el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social en un 17,21%, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la Ley Nº 26.417. El mencionado incremento del 17,21% es igual al porcentaje de aumento de los haberes jubilatorios. Rentas de referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (artículo 8º, Ley Nº 24.241 y (...) »» Ver artículo completo 1. SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD Con la emisión de la Resolución General Nº 3653 (B.O. del 21/07/2014) se establecen nuevos valores para las cotizaciones fijas con destino al Sistema Nacional del seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales. Este incremento alcanza a los afiliados al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y para el personal auxiliara de casas particulares. Para los Monotributistas el valor pasa de $ 146 a $ 233. La nueva tabla de valores a partir de septiembre 2014 es la siguiente: CategoríaLoc. o prest. de servicios $Venta de cosas (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Nueva versión del programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” La Resolución General Nº 3637 (B.O. del 13/06/2014) modificatoria de las Resoluciones Generales Nros. 712 y 3834, actualiza el aplicativo para la liquidación de cargas sociales. De esta manera la nueva versión a utilizar del aplicativo SICOSS es la 37. Las novedades que introduce son: 1) Se habilitan los códigos de modalidades de contratación 114 y 115, a efectos de identificar los trabajadores alcanzados por el beneficio de reducción de las contribuciones (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral La Ley Nº 26.940 (B.O. del 02/06/2014) prevé en los artículos 24 a 34, inclusive un régimen de reducción de contribuciones patronales. Si bien comenzará a regir el 01/08/2014 y debe ser reglamentado, se establecen las siguientes pautas: Es aplicable a los empleadores que tengan hasta ochenta (80) trabajadores, por el plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral por tiempo indeterminado. Se excluye del régimen a la modalidad contractual prevista en (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Indicadores mínimos de trabajadores Este indicador son los trabajadores mínimos presuntos fijados sobre la base de principio interpretativo de preeminencia de la realidad económica, que permiten determinar de oficio la cantidad de trabajadores requeridos para desarrollar ciertas actividades y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Único de la Seguridad Social. La Administración Federal de Ingresos Públicos incorpora más actividades a las existentes en la Resolución General Nº 2927, siendo las mismas las siguientes: La Resolución General Nº (...) »» Ver artículo completo 1. CONTRIBUCIONES PATRONALES Mediante el Decreto Nº 351/2014 (B.O. del 31/03/2014) fue prorrogada la suspensión de la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 814/2001 respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial. Esta opera desde el 1º de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014. 2. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. DEDUCCIONES PERSONALES PERÍODO FISCAL 2013 En virtud de la reunión celebrada el día 27/03/2014 en el ámbito del Consejo Consultivo Impositivo de la A.F.I.P., el Consejo (...) »» Ver artículo completo 1. SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Mediante la Resolución Nº 27/2014 (B.O. del 04/02/2014), fueron aprobados los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiese prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 28 de febrero de 2014 o que continúen en la actividad a partir del 1º de marzo de 2014. A su vez, se estableció el valor de la movilidad prevista en el articulo 32 de la Ley Nº 24.241 correspondiente en al mes de marzo de once con treinta y un centésimos por ciento (11,31%), la que se aplican al haber (...) »» Ver artículo completo 1. RÚBRICA DE LIBROS C.A.B.A. Con la emisión de la Ley Nº 4.808, Ley Tarifaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se establecen los nuevos valores de los servicios de rúbrica de la documentación laboral para el año 2014. En esta oportunidad le acercamos los valores de los aranceles por los servicios de rúbrica de documentación laboral prestado por la Dirección General de Protección del Trabajo y por los servicios de homologación de acuerdos laborales: ServicioCosto $ Autorización de centralización de la rúbrica de libros laborales 32,00 Autorización del sistema de microfichas 32,00 Rúbrica de (...) »» Ver artículo completo 1. ASUETO ADMINISTRATIVO Por intermedio del Decreto Nº 211/2013 (B.O. del 17/12/2013) el Poder Ejecutivo otorgó asueto al personal de la Administración Publica Nacional los días 24, 26 y 31 de diciembre de 2013 y el 2 de enero de 2014. 2. SEGURIDAD SOCIAL La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante las Resoluciones Generales Nros. 3558 y 3549, dio a conocer las modificaciones introducidas a la Resolución General Nº 2927, estableciendo nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores para las actividades caña de azúcar, producción primaria de caña de azúcar. Paltas, producción primaria de (...) »» Ver artículo completo 1. PROGRAMA PRESTACIONES POR DESEMPLEO A través de la Resolución Nº 1.016/2013 (B.O. del 06/11/2013) se creó el programa prestaciones por desempleo, cuyo objeto es brindar apoyo en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de las competencias laborales, en la mejora de la empleabilidad y en la inserción en empleos de calidad a las personas participantes de los regímenes de prestaciones por desempleo instrumentados por las Leyes Nros. 20.013, 25.191 y 25.371. 2. FERIADOS NACIONALES El Decreto Nº 1.768/2013 (B.O. del 12/11/2013) fijó los feriados con fines turísticos, estableciendo los (...) »» Ver artículo completo 1. TRABAJADORES AUTÓNOMOS 1.1. Categorías A partir de las modificaciones introducidas por la Resolución Nº 266/2013, que aprobó los coeficientes de actualización de la movilidad previsional, en catorce con cuarenta y uno centésimos por ciento (14,41%), se modifican los valores de las rentas de referencia del artículo 8º de la Ley Nº 24.241, estableciendo la Resolución General Nº 3534 (B.O. del 29/10/2013), los siguientes valores para las diferentes categorías de trabajadores autónomos, siendo los mismos: CategoríasRentas de referencia $ I 1.435,93 II 2.010,29 III 2.871,86 IV 4.594,97 V 6.318,08 (...) »» Ver artículo completo 1. ASIGNACIONES FAMILIARES El Decreto Nº 1.369/2013 (B.O. del 13/9/2013) estableció que todas las personas que resulten afectadas por los incendios ocurridos desde el 6 de septiembre de 2013 y residan en la zonas afectadas dentro de la Provincia de Córdoba, recibirán por noventa (90) días un suplemento equivalente al cien por ciento (100%) de la cuantía actual de las asignaciones familiares por hijo, hijo con discapacidad, y prenatal, igual suplemento se otorgará a los beneficiarios de seguro por desempleo, asignación universal por hijo y asignación por embarazo para protección social. A su vez, (...) »» Ver artículo completo |
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