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LaboralArtículos de esta sección1. REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE C.A.B.A. Mediante la emisión de la Resolución Nº 1.181/2011 (S.S.T.R.) (B.O.C.A.B.A. del 09/06/2011), se oficializó la prórroga de la carga de la información para dar cumplimiento al Registro de Empleadores on line, hasta el 15 de junio de 2011, correspondiente al ejercicio fiscal 2010. También se establece que vencido el plazo de la carga de la información, subsistirá la obligación de la carga de datos por parte de los empleadores que no hubiesen cumplido la misma en el plazo indicado, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle. 2. REGISTRO (...) »» Ver artículo completo 1. REGULARIZACIÓN IMPOSITIVA La Resolución Nº 400/2011 (B.O. Del 02/05/2011) establece que la plantilla total de trabajadores a que hace referencia el artículo 45 de la Ley Nº 26.476, para la utilización de los beneficios de la reducción en las contribuciones patronales, será la conformada por los trabajadores al 30 de noviembre de 2010. También se aclara que el plazo previsto en el articulo 19, incisos b) y c), de la Ley Nº 26.476 rige respecto de los distractos que se produzcan a partir del 1º diciembre de 2010. A su vez, el plazo de los dos (2) años que estable el artículo 45 de la mencionada (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL Mediante la Resolución General Nº 3062 (B.O. del 18/03/2011) se precisa el procedimiento a seguir y los sistemas a los que deber acceder el trabajador autónomo incluido en régimen general o régimen simplificado para pequeños contribuyentes, según los períodos involucrados para efectuar cambios en la situación de revista que registran en la Administración Federal de Ingresos Públicos. Los trabajadores autónomos incluidos en el régimen general, deberán modificar su situación de revista: a) En el “Registro Tributario”: Cuando los períodos involucrados en la modificación se encuentren (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL La Resolución General Nº 3071 (B.O. del 28/03/2011) establece con carácter excepcional que el ingreso del saldo adeudado en concepto de aporte y contribuciones de los empleadores de la actividad tabacalera de las Provincias de Salta y Jujuy, que se encuentran en el sistema de retención, información y de ajuste que ingresan los valores a la finalización de cada ejercicio anual, en este caso el ingreso del saldo adeudado correspondiente al ejercicio anual finalizado el 31/12/2010, se considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31/05/2011. 2. CONTRIBUCIONES PATRONALES (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL La Resolución General Nº 3036 (B.O. del 08/02/2011) establece la obligación para las Universidades Nacionales de utilizar la Versión 34, Release 2, del programa aplicativo denominado “Sistema de Calculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS)”. Mediante la utilización de esta versión, las instituciones universitarias acceden al beneficio de las reducciones patronales establecidas en el Decreto Nº 1.571. 2. SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO La Resolución Nº 58/2011 (B.O. del 10/02/2011) aprueba los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales (...) »» Ver artículo completo 1. REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES La Resolución Nº 5.059/2010 (S.S.T.R.) del Ministerio de Desarrollo Económico, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (B.O. del 05/01/2011), establece que la carga de contenido de la información requerida por el Registro de Empleadores On line correspondiente al ejercicio fiscal 2010, deberá realizarse en el período comprendido entre el 1º de marzo y el 31 de mayo de 2011. 2. RÚBRICA DE DOCUMENTACIÓN LABORAL EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Con la emisión de la Ley Nº 3.751 –Ley Tarifaría para el año 2011–, se fijan los valores (...) »» Ver artículo completo 1. OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TASA DE INTERÉS La Resolución Nº 841/2010 (M.E.y F.P.) (B.O. del 14/12/2010) modificó la Resolución Nº 314/2004, elevando al tres por ciento (3%) mensual el interés resarcitorio y llevando al cuatro por ciento (4%) mensual el interés punitorio, comenzando a tener vigencia a partir del 15 de diciembre de 2010. No obstante, respecto de la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de su fecha de entrada en vigencia, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos alcanzados por (...) »» Ver artículo completo 1. SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO Los beneficiarios de prestaciones previsionales recibirán un suplemento especial por única vez, así lo dispuso el Decreto Nº 1.856/2010 (B.O. del 03/12/2010). El monto del mismo es de quinientos pesos ($ 500) el cual se abonará a los titulares de beneficios cuyo monto fuese de hasta mil quinientos pesos ($ 1.500). Es de aclarar que el suplemento especial será abonado a los beneficiarios que posean hasta dos (2) prestaciones en tanto que ninguna de ellas supere el monto máximo de mil quinientos pesos ($ 1.500). Se abonará en diciembre de 2010 y no (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Aportes y contribuciones. Seguro de Vida Obligatorio Mediante la Resolución General Nº 2929 (A.F.I.P.) (B.O. del 06/10/2010) se difiere la obligación de los empleadores a ingresar el pago del Seguro de Vida Obligatorio, Decreto Nº 1.567/74, a través del programa aplicativo “Sistema de Calculo de Obligaciones de la Seguridad Social”, correspondiente al período devengado enero de 2011. Asimismo, a partir del devengado octubre de 2010, los empleadores están obligados a utilizar la “Versión 34 – Reléase 1” del programa aplicativo “SICOSS”. Las novedades que nos aporta la nueva (...) »» Ver artículo completo 1. ASIGNACIONES FAMILIARES 1.1. Asignación Universal por Hijo Mediante la Resolución Nº 738/2010 (B.O. del 13/09/2010) se introducen modificaciones a la Resolución Nº 132/2010, estableciendo que los titulares de la asignación universal por hijo para protección social que reciban la libreta nacional de la seguridad social, salud y educación por primera vez, deberán presentar la misma ante la Administración Nacional de la Seguridad Social, dentro de los noventa días contados a partir de la efectiva recepción de la misma. 1.2. Incremento en las asignaciones familiares a partir de septiembre de 2010 (...) »» Ver artículo completo 1. SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO A través de la Resolución Nº 651/2010 (B.O. del 05/08/2010) se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 31 de agosto de 2010 o que continúen en actividad a partir del 1º de septiembre de 2010. Asimismo, se establece el valor de la movilidad previsional correspondiente al mes de septiembre de 2010 en dieciséis con noventa centésimos por ciento (16,90%), el cual se debe aplicar al haber mensual total de cada una de (...) »» Ver artículo completo 1. LEY DE EMPLEO Mediante la sanción de la Ley Nº 26.598 (B.O. del 06/07/2010) se derogó el artículo 141 de la Ley Nº 24.013, a través del cual se establecía que el salario mínimo, vital y móvil no podrá ser tomado como índice o base para la determinación cuantitativa de ningún otro instituto legal o convencional. 2. SERVICIO DE TELEGRAMA LABORAL A través del Decreto Nº 1.028/2010 (B.O. del 23/07/2010) se agrega como segundo párrafo del punto I del Anexo Nº 150/96, la siguiente expresión: “En el caso de enfermedad del trabajador o persona a su cargo, así como en caso de fallecimiento de familiar (...) »» Ver artículo completo 1. CONTRATO DE TRABAJO Por intermedio de la Ley Nº 26.597 (B.O. del 11/06/2010) se sustituyó el artículo 3º, inciso a), de la Ley Nº 11.544, por el siguiente: “En las explotaciones comprendidas en el artículo 1º, se admiten las siguientes excepciones: a) Cuando se trate de directores y gerentes.” Por lo tanto, sólo quedan exceptuados de la jornada legal de trabajo los directores, gerentes, los trabajos que se efectúen por equipos o en caso de que en la empresa haya sucedido una situación de emergencia. 2. REMUNERACIONES El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a partir de la sanción (...) »» Ver artículo completo 1. FERIADOS NACIONALES Con motivo de conmemorarse el Bicentenario de la Revolución de Mayo el día 25 de mayo de 2010, por intermedio del Decreto Nº 615/2010 (B.O. del 04/05/2010) se estableció por única vez como feriado nacional el día 24 de mayo de 2010 en todo territorio de la Nación. 2. CONTRATO DE TRABAJO Por intermedio de la Ley Nº 26.590 (B.O. del 05/05/2010) se modificó el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, estableciendo que las remuneraciones de los trabajadores se deberán pagar en efectivo, cheque a la orden o mediante acreditación en cuenta a su nombre en entidad bancaria o (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL El sistema “Su Declaración on Line”, creado por la Resolución General Nº 2192, fue modificado por la Resolución General Nº 2812 (B.O. del 27/04/2010), convirtiéndolo en obligatorio para los empleadores que registren hasta diez (10) empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. En el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de veinte (20) trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema. La utilización del sistema “Su Declaración” será optativa para los empleadores que registren entre (...) »» Ver artículo completo 1. SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES La Resolución Nº 130/2010 (A.N.Se.S.) (B.O. del 01/03/2010) aprobó los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 28 de febrero de 2010 o que continúen en actividad a partir de marzo de 2010. El valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 correspondiente al mes de marzo de 2010 es de ocho con veintiún centésimos por ciento (8,21%) para las prestaciones establecidas en el artículo 2º de la Resolución (...) »» Ver artículo completo 1. REGULARIZACIÓN IMPOSITIVA La Resolución Nº 122/2010 (B.O. del 29/01/2010) readecúa la cantidad de personal ocupado que toma como base para determinar si la incorporación de un trabajador es un nuevo puesto de trabajo y se puede gozar de las reducciones de las contribuciones patronales establecidas en el artículo 16 de la Ley Nº 26.476. Por lo tanto, se establece que la plantilla total de trabajadores al que se refiere el artículo 45 de la Ley Nº 26.476, es la conformada por los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2009. A su vez, se establece que el plazo previsto en al artículo 19, (...) »» Ver artículo completo 1. ASUETO El Decreto Nº 2/2010 (B.O. del 06/01/2010) establece asueto los días 15 y 18 de enero de 2010, a los ciudadanos chilenos que se desempeñen en la administración pública nacional, a fin de que concurran a emitir su voto en las elecciones nacionales a realizarse el día 17 de enero de 2010, en su país de origen, debiendo justificar la emisión del sufragio. 2. CENSO NACIONAL A través del Decreto Nº 67/2010 (B.O. del 15/01/2010) se dispuso que el día 27 de octubre de 2010 se realice el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010, decretando ese día como feriado nacional con los (...) »» Ver artículo completo 1. ASIGNACIONES FAMILIARES 1.1. Asignación Universal por Hijo La Resolución Nº 393/2009 (A.N.Se.S.) (B.O. del 10/12/2009) reglamentó la asignación universal por hijo para protección social. A continuación, comentaremos algunos de los puntos más destacados de la misma. La asignación universal por hijo para protección social consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, que se abonará a uno solo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando (...) »» Ver artículo completo 1. ASIGNACIONES FAMILIARES Mediante la publicación del Decreto Nº 1.729/2009 (B.O. del 13/11/2009) se dio a conocer oficialmente el incremento en las asignaciones familiares a partir del mes de octubre de 2009. A continuación, detallaremos los nuevos valores: Montos de asignaciones familiares para trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo: Valor general $Zona 1 $Zona 2 $Zona 3 $Zona 4 $ Maternidad Sin tope remunerativo Remuneración bruta Remuneración bruta Remuneración bruta Remuneración bruta Remuneración bruta Nacimiento (...) »» Ver artículo completo 1. SEGURIDAD SOCIAL 1.1. Empresas constructoras. Régimen de retención Por medio de la Resolución General Nº 2682 se establece un régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales, con destino a la seguridad social, correspondiente a los sujetos contratistas y/o subcontratistas de la industria de la construcción que revistan la condición de empleadores. Este nuevo régimen de retención reemplazará al establecido por la Resolución General Nº 4052. La citada norma define como subcontratista al sujeto que (a precio fijo o destajo) se le encargue la realización de la totalidad o de (...) »» Ver artículo completo 1. RÉGIMEN PREVISIONAL 1.1. Trabajadores autónomos. Aporte previsional La Resolución General Nº 2673 (B.O. del 10/09/2009), de acuerdo a lo previsto en la Resolución Nº 65/2009 (A.N.Se.S.), estableció los nuevos valores de las rentas de referencia, para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, siendo los mismos: CategoríasRentas de referencia $ I 479,55 II 671,37 III 959,11 IV 1.534,57 V 2.110,03 Las categorías mínimas de revista son las siguientes: a) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos: CategoríasRentas de referencia $ I 153,46 II 214,84 (...) »» Ver artículo completo 1. MORATORIA Y BLANQUEO Mediante la Resolución General Nº 2650 (B.O. del 05/08/2009) se estableció un texto actualizado de la reglamentación del Régimen de Regularización Impositiva, Promoción y Protección del Empleo Registrado, Exteriorización y Repatriación de Capitales implementado por la Ley Nº 26.476. Con la emisión de esta disposición se deja sin efecto las Resoluciones Generales Nros 2537, 2576 y 2609, el articulo 5º de la Resolución General Nº 2536 y Nota Externa Nº 2/2009. 2. SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Mediante la Resolución Nº 65/2009 (B.O. del 31/08/2009) se aprobaron los (...) »» Ver artículo completo 1. REGULARIZACIÓN DEL EMPLEO NO REGISTRADO Mediante el Decreto Nº 1.018/2009 (B.O. del 31/07/2009) se prorrogó por ciento ochenta (180) días corridos, el plazo para efectuar la regularización de las relaciones laborales, en el marco de la Ley Nº 26.476, Capítulo I, Título II. 2. SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL EL Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social emitió la Resolución Nº 2/2009 (B.O. del 04/08/2009) con los nuevos valores del salario mínimo, vital y móvil, de acuerdo con el siguiente cronograma: a) A partir del 01/08/2009: Mil cuatrocientos pesos ($ 1.400) para los trabajadores (...) »» Ver artículo completo 1. RIESGOS DEL TRABAJO. PROGRAMA DE REHABILITACIÓN PARA EMPRESAS CON ALTA SINIESTRALIDAD Mediante la Resolución Nº 559/2009 (B.O. del 02/06/2009) se crea el Programa de Rehabilitación para Empresas con Establecimientos que Registren Alta Siniestralidad, con el objetivo de dirigir acciones específicas de prevención de los riesgos derivados del trabajo, tendientes a disminuir eficazmente la siniestralidad laboral y mejorar las condiciones de salud y seguridad en el medio ambiente de trabajo. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo calificará como empresas con establecimientos que registren (...) »» Ver artículo completo ... | 25 | 50 | 75 | 100 | 125 | 150 | 175 | 200 | 225 | 250 |
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