Un cliente modificó el alta temprana pasando un empleado que estaba media jornada a jornada completa.
Quiere que rectifiquemos el F. 931 y que la deuda la agreguemos al blanqueo laboral. ¿Hasta cuándo hay tiempo?
El blanqueo laboral es hasta el 24/12/24, y si ingresa la diferencia salarial en un plan de facilidades de pago es hasta el 19/12/2024. >
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El seguro de vida que se abona a través del F-931 ¿es el único Seguro de Vida Obligatorio? ¿Puede haber según el Convenio Colectivo de Trabajo otro seguro de vida obligatorio?, ¿en éste caso, cuando nace la obligación de abonar el seguro, cuando ingresa el trabajador o cuando el mismo completa el alta del seguro?
El seguro de vida obligatorio que se abona a través del F. 931 es un seguro de vida.
De acuerdo al Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad de la empresa puede haber otro, que puede ser directo con el sindicato o contratando una póliza con una compañía.... >
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El seguro de vida obligatorio aumenta a partir del 01/03/2022 a $ 37.21. ¿En el F. 931 a partir de cuando se declaran con el nuevo valor?
El aumento del seguro colectivo se debe informar y abonar con el F.931 del mes de Marzo cuyo vencimiento corre los primeros días del mes de Abril. >
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¿Qué seguros son obligatorios tener contratados por parte de la empresa para empleados en relación de dependencia que se encuentran fuera de convenio?
Obligatoriamente tiene que contratar el seguro de vida obligatorio, Decreto Nº 1567/74 para todos los trabajadores en relación de dependencia. Celebra la póliza con una compañía de seguros y lo abona por el F931.
La ART es un póliza para accidentes de trabajo o enfermedad profesional, también obligatoria. No hay otros. La mayoría de los trabajadores bajo CCT tienen coberturas sindicales. >
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¿Cuáles son los seguros que debe tener contratados un empleador del rubro comercio?
Los seguros obligatorios son: ART, seguro de riesgos del trabajo, y aparte tiene los seguros de vida:esta el seguro de vida obligatorio que todos los empleadores tienen que contratar para los trabajados en relación de dependencia Decreto Nº 1567/74. Y aparte los Empleados Comercio por CCT tienen otro seguro de vida obligatorio que tiene que contratar el empleador en forma directa con una compañía de seguro, se lo suele llamar seguro mercantil. >
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¿En concepto de seguro de Vida de empleados de comercio, qué importe se le descuenta al trabajador en el recibo de sueldo? ¿Se actualiza dicho valor?
El costo del seguro de Vida Mercantil (CCT Nº 130/75) se prorratea de la siguiente manera:
Las dos terceras partes de la prima mensual están a cargo del empleador y el tercio restante a cargo del empleado. >
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Un empleador figura en Simplificación Registral "sin seguro de vida activo". Al consultar con el seguro contratado informan que está activo. ¿Qué se debería realizar ante A.F.I.P. para que figure correctamente?
En Declaración en Linea en Datos del Empleador tiene que tildar "con póliza S.C.V.O.". Después, dentro de cada trabajador, en Datos generales tiene que tildar "Con cobertura S.C.V.O." >
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¿A partir de cuándo rige el incremento del seguro colectivo de vida?
A partir de los sueldos de marzo, F. 931 que vence en abril 2017, el importe del seguro de vida colectivo pasa a $ 9,09 por trabajador. >
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¿Cómo se aplica el incremento en el seguro de vida Dto Ley N° 1567/74, a partir de Mayo de 2016? ¿Lo debemos aplicar en el F. 931 de abril que vence en mayo?
La Resolución N° 39.766/2016 establece la vigencia a partir del 1° de mayo 2016, por lo cual se interpreta devengado mayo que vence en junio. >
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¿Un empleador bajo el régimen de empleados de comercio, debe contratar tres seguros:
- Seguro Vida Obligatorio (Decreto N° 1.567/74)
- Seguro Convenio Mercantil (art. 97 Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75).
- Seguro Ley Contrato de Trabajo?
Son dos seguros de vida: a) El Decreto N° 1.567/74 y b) El seguro de vida mercantil (CCT N° 130/75, artículo 97). >
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¿La renovación anual de la póliza del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio se paga ($ 12) con el F. 931 del mes de Diciembre de cada año? ¿De ser así, y se pagó en otro mes, se debería rectificar el F. 931?
Cuando el empleador renueva la póliza en la compañía de seguro, tiene que abonar el derecho de emisión de $ 12, cuando corresponde hacerlo es cuando se renueva la misma (el mes depende de cada empleador). Si lo tenía que abonar en diciembre 2015 tendría que rectificar el F. 931 de dicho mes. >
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Al ingresar al servicio de A.F.I.P. Simplificación Registral en los datos del empleador en el ítem de seguro colectivo, dice 0000 - sin contrato.
¿Esto se refiere al seguro de vida obligatorio que se abona por cada empleado? ¿Cómo se debe proceder?
En declaración en linea: 1) en Datos Empleador tilda: Con Póliza S.C.V.O., 2) en la primer pantalla cuando da el alta de la DDJJ: estan los siguientes item; Seguro Col. de Vida Oblig.:... Con Póliza: Si, Prima Individual:... Costo de Emisión:... 3) Dentro de la DDJJ en el legajo del trabajador tilda: en Datos generales: con... >
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¿Con qué formulario se paga el seguro de vida obligatorio para empleadas domésticas?
Debe contratar el seguro de vida con la compañía de seguro y abonar en forma directa a ésta. No se abona por el F. 931 ni por el F. 102. >
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Desde que salió obligatoria la A.R.T. para el personal doméstico, el seguro de vida obligatorio, sigue estando vigente o quedó reemplazado por la A.R.T.?
Son dos cosas diferentes, el seguro de vida obligatorio, Decreto N° 1.567/74 abarca a todos los trabajadores en relación de dependencia, y la ART es para cubrir contingencias-accidentes ocurridos en el trabajo o a consecuencia del mismo, ambos son obligatorios. >
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Un empleador de un trabajador del servicio doméstico, ¿esta obligado a contratar seguro de vida obligatorio para dicho trabajador?
El seguro de vida es obligatorio para todos los trabajadores en relación de dependencia. Eso incluye a los trabajadores domésticos. La poliza la tiene que contratar en forma directa con una compañia y no se paga por F931.
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Una empresa con empleados de comercio ¿que seguros son obligatorios? (aparte de la ART)
Para las empresas son obligatorios el seguro de vida del Decreto Nº 1.567/74 para todos los trabajadores en relacion de dependencia. En el caso de los empleados de comercio, ademas tienen el seguro de vida colectivo, Seguro Mercantil.
Por último, esta La Estrella Seguro de Retiro, que es un seguro de retiro, para cuando un trabajador deja la actividad, es una contribucion del 3,50%.
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¿El empleador debe pagar el seguro de vida obligatorio mensualmente? ¿es un monto fijo por empleado?
Todo empleador que tiene personal en relacion de dependencia esta obligado al pago del seguro de vida.
Tiene que contratar una poliza con una compañia de seguros y hacer el pago mensual de $4,10 a traves del F931.
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Tenía entendido que el seguro de vida obligatorio pasaba de $2,46 por empleado a $4,01 desde abril 2014
Pero cuando hago el Formulario 931 de 05/2014 automaticamente sigue calculando $2,46 ¿esta bien? ¿o hay que hacer algo para que el calculo sea en base a los $4,01?
Se incrementa a partir de abril de 2014. Para que lo tome tiene que cambiarlo de en forma manual, desde el mes de abril de 2014.
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El seguro de vida obligatorio del empleado que se paga con el 931 ¿es a cargo del empleado o del empleador?
La contratación y pago del seguro de vida es obligación del empleador. En caso de no tener la cobertura y suceder un siniestro el empleador es solidario en el pago de los montos. >
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