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Una sociedad anónima posee saldo a favor en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires. Por otra parte, tiene que pagar las percepciones que efectúa a sus clientes. ¿Existe algún régimen que permita su compensación? ¿Cómo se realiza la misma? De conformidad con lo establecido por el artículo 93 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, ARBA deberá compensar, de oficio o a pedido de los contribuyentes o responsables, los saldos acreedores, cualquiera sea la forma o el procedimiento por el cual se establezcan, con las deudas o saldos deudores de gravámenes (...) »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente que practicó retenciones de ganancias sobre sueldos y las mismas no fueron ingresadas ¿puede acogerse a un plan de pagos para abonarlas? De conformidad con lo establecido por el artículo 2º de la Resolución General Nº 1966 pueden regularizarse a través del plan de facilidades de pago permanente (Mis Facilidades) las retenciones y percepciones impositivas respecto de las que no se haya iniciado un procedimiento de fiscalización y registren una antigüedad superior a doce (12) meses al momento de adhesión al plan de (...) »» INICIAR SESIÓN En el caso de una sociedad que alquila dos galpones en el sur (Neuquén) (inmueble rural), en oportunidad de efectuar el pago de la locación, ¿bajo qué concepto se debe practicar la retención del impuesto a las ganancias? De conformidad con lo establecido por el Anexo VIII de la Resolución General Nº 830, debe utilizarse el código de régimen de retención 32 Bienes inmuebles rurales, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing. »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente cerró su negocio por lo que se le dio la baja en I.V.A. y en autónomos, ¿puedo también tramitar la baja en el impuesto a las ganancias o se debe esperar al 31 de diciembre para hacer la declaración jurada por el año completo? De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 685 los contribuyentes del impuesto a las ganancias deberán presentar la declaración jurada e ingresar, de corresponder, el saldo a favor del fisco, cuando se produzca la finalización del ejercicio fiscal por cese de actividades hasta el último día hábil administrativo, inclusive, del quinto mes (...) »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente inscripto en I.V.A. y en ganancias personas físicas que fue dado de baja de oficio por la A.F.I.P., presentó declaraciones juradas omitidas y desea dar de alta a los impuestos a las ganancias y al valor agregado. ¿A partir de qué fecha se da de alta? Al ingresar al Sistema Registral, a los efectos de reactivar al contribuyente dado de baja, el sistema sólo permite seleccionar como período de alta el mes en curso, el mes anterior o el mes (...) »» INICIAR SESIÓN ¿En el caso de un departamento propiedad de 2 condóminos, que se alquila con destino comercial a un profesional, el límite de $ 1.500 de alquiler mensual, a los efectos de la exención en el I.V.A., se toma para cada uno? De conformidad con lo establecido por el artículo 8º de la Resolución General Nº 1032, la locación se encuentra alcanzada por el I.V.A. cuando el alquiler mensual, por unidad y por locatario supera los $ 1.500 (el importe del alquiler no se divide entre los dos locadores). Por lo tanto, si el alquiler mensual pactado es superior a $ 1.500, al tratarse de dos propietarios, surge (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Qué puntos de venta debe tener un comercio en facturas A, B y controlador fiscal? Si el contribuyente desde el inicio de actividades tiene controlador fiscal, el punto de venta del controlador fiscal es el 0001 y el punto de venta de las facturas de respaldo A y B es el 0002 (para ambos tipos de comprobantes). Si el contribuyente, al momento de incorporar el controlador fiscal ya tenía facturas manuales A y B, éstas tendrán asignado el punto de venta 0001 y el controlador fiscal será el punto de venta (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Que obligaciones posee un adquierente o locatario si contrata con un Pequeño Contribuyente Eventual, con relación al régimen de retención implementado por la Resolución General Nº 2616? ¿Qué sucede si se verifica que dicho Pequeño Contribuyente eventual no cumple con alguna de las condiciones para serlo (v.g. que sus ingresos anuales superen los $ 12.000, que la actividad se desarrolla en local propio -no casa habitación-, etcétera)? La Resolución General Nº 2619 (cuya entrada en vigencia está prevista para el 1º de enero de 2010) no hace referencia a los contribuyentes eventuales, siendo de aplicación (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Una personas física, contribuyente del impuesto a las ganancias, ¿puede deducir en la declaración jurada el gasto correspondiente al pago de alquiler por salir en garantía? De conformidad con lo establecido por el artículo 80 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, los gastos cuya deducción se admite son los efectuados para obtener, mantener y conservar las ganancias gravadas por el impuesto. Por lo tanto, si el el alquiler en cuestión no está relacionado con la actividad gravada por el impuesto a las ganancias, dicho gasto no es deducible en la determinación del (...) »» INICIAR SESIÓN Si para hacer un plazo fijo en un banco, éste solicita que se deposite el dinero en una caja de ahorro para luego hacer el plazo fijo, teniendo en cuenta que dicho dinero en su momento ya estuvo depositado y se fue sacando del sistema, ¿al depositar el dinero el Banco va a retener nuevamente por el SIRCREB? De conformidad con lo establecido por la Disposición Normativa Serie B Nº 79/04 y por la Resolución Nº 816/2007, los créditos provenientes de la acreditación de plazo fijo, constituido por el titular de la cuenta, no estarán alcanzados por la recuadación del SIRCREB siempre que el mismo se (...) »» INICIAR SESIÓN Una sociedad que presta servicios en varias provincias, ¿cómo debe proceder a los efectos de dar de alta a las nuevas jurisdicciones en el Régimen de Convenio Multilateral? El alta de jurisdicciones en el régimen de Convenio Multilateral debe efectuarse vía internet, con C.U.I.T. y Clave Fiscal de la A.F.I.P. a través del servicio Padrón Web (http://www.padon web.gov.ar). El mismo es un trámite definitivo, por lo tanto no requiere su confirmación en Rentas. »» INICIAR SESIÓN ¿Para las empresas que ya obtuvieron la nueva clave A.G.I.P., a partir de cuándo es obligatoria la presentacion de las declaraciones juradas por la página web de A.G.I.P.? Hasta el momento, A.G.I.P. no dispuso la obligatoriedad de la utilización de la Clave Ciudad para la presentación de las declaraciones juradas. Por lo tanto, las mismas se siguen presentando en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. »» INICIAR SESIÓN ¿Hasta cuándo tienen tiempo los contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral para gestionar la Clave Ciudad? A.G.I.P. no implementó un cronograma para la soclicitud de la Clave Ciudad por parte de los contribuyentes de Convenio Multilateral (el cronograma para la tramitación de la Clave con nivel de seguridad 2 sólo comprendía a los contribuyentes intermedios, grandes contribuyentes, agentes de recaudación y contribuyentes locales masivos). Por lo tanto, dichos contribuyentes pueden solicitar la clave en cualquier (...) »» INICIAR SESIÓN Una sociedad anónima cobró un juicio por daños y perjuicios que inició hace más de 12 años (por un error del Banco lo habían incluido en el veraz y perdió una probable operación crediticia). El juez falló y el Banco abonó de acuerdo a la sentencia los daños y perjuicios, más el CER e intereses. La retención de impuesto a las ganancias fue hecha únicamente sobre los intereses. ¿Dicho ingreso está alcanzado por el impuesto a las ganancias? Están alcanzados por el impuesto a las ganancias tanto los intereses como la actualización por medio del CER. Cabe recordar que al tratarse de una sociedad las (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Una persona que tiene un solo inmueble destinado a casa habitación, tiene la obligación de inscribirse en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires, o le cabe alguna exención? En Provincia de Buenos Aires no está alcanzado por el impuesto sobre los ingresos brutos el alquiler de hasta dos inmuebles (siempre que el locador sea una persona no obligada a incribirse en el Registro Público de Comercio), en la medida que los ingresos obtenidos por el alquiler no superen los $ 7.000 mensuales o los $ 84.000 (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Los alquileres de inmuebles urbanos están gravados con I.V.A.? ¿Hay algún monto mínimo? La locación de inmuebles destinados exclusivamente a casa habitación del locatario y su familia y de inmuebles cuyos locatarios sean el Estado Nacional, las Provincias, las Municipalidades o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus respectivas reparticiones y entes centralizados o descentralizados, excluidos las entidades y organismos comprendidos en el artículo 1º de la Ley Nº 22.016 van a estar exentos independientemente del valor de la locación. Para las restantes locaciones (excepto las comprendidas en el (...) »» INICIAR SESIÓN Hace tres meses que a todos los contribuyentes el sistema Arbanet les calcula el mismo anticipo. ¿Esto es correcto? ¿Cómo se debe proceder? ¿En es caso de los abogados que habían quedado excluidos del sistema, cómo se procede? A partir de la liquidación correspondiente al mes de agosto de 2009, con vencimiento en septiembre de 2009, ARBA liquida un anticipo mensual fijo que será idéntico para todos los meses que restan del período fiscal. Consecuentemente, en virtud de las modificaciones introducidas por la Resolución Normativa Nº 62/09, quienes cumplen con su obligación tributaria mensualmente a (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Qué requisitos debe cumplir la compra de un inmueble en Ciudad Autónoma de Buenos Aires para estar exenta del impuesto de sellos? De conformidad con lo establecido por el artículo 385 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están exentas del impuesto de sellos las transferencias de dominio y los contratos de compraventa que tengan por objeto una vivienda única, familiar y de ocupación permanente y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada unos de los adquirentes, siempre que la valuación fiscal o el valor de la operación, el que resulte mayor, no supere los trescientos (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Puede una sociedad solicitar autorización para imprimir facturas A si tiene bienes registrables en su patrimonio? A los efectos de que a una sociedad la A.F.I.P. le autorice la emisión de comprobante A, la sociedad debe demostrar respaldo patrimonial mediante la presentación de la declaración jurada del impuesto a la ganancia mínima presunta del período fiscal inmediato anterior a la solicitud de autorización por un importe igual o superior a los $ 200.000. De no poder demostrar dicho respaldo, el mismo deberá ser acreditado por el treinta y tres por ciento (33%), como mínimo?, de los (...) »» INICIAR SESIÓN Dos socios monotributistas quieren asociarse (por la misma actividad que desarrollan) en una sociedad de hecho monotributista. ¿Qué trámite se debe realizar ante la A.F.I.P.? Si los socios ya están inscriptos en el Monotributo, deben hacer una modificación de datos vía internet a los efectos de inscribirse como Integrantes de sociedad, a fin de abonar sólo el componte provisional (el componente impositivo será abonado por la sociedad). Paso seguido se deberá solicitarse el C.U.I.T. de la sociedad de hecho mediante la presentación ante la A.F.I.P. del formulario F. 183/J, adjuntando 2 elementos que (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Un contribuyente que tiene actividades en la C.A.B.A. únicamente y se encuentra incripto en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, es sujeto pasible de retenciones del SIRCREB? De conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 2.355/2007 los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado están exceptuados del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB). A su vez, la Resolución Nº 220/2008 establece que los contribuyentes o responsables que hubieran sido encuadrados dentro del nivel de Alto Riesgo Fiscal serán incorporados al (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Qué contribuyentes de A.R.B.A. deben incorporar en sus facturas de venta la leyenda Orientación al Consumidor Provincia de Buenos Aires 0800? ¿Qué normativa lo establece? De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 13.987 (B.O.P.B.A. Nº 26.122 del 07/05/2009), desde noviembre de 2009, en las facturas y tickets a consumidores finales emitidos en la Provincia de Buenos Aires, deberá constar en forma legible y destacada, el número de teléfono gratuito del Departamento de Orientación al Consumidor u organismo que lo reemplace, a través de la leyenda Orientación al Consumidor Provincia de Buenos (...) »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente que inicia actividades, se inscribe en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en agosto de 2009 y en noviembre de 2009 se da cuenta que va a superar el monto máximo de facturación para permanecer en la máxima categoría de dicho régimen. ¿Qué debe hacer al respecto? Al tratarse de una inscripción, las norma del Régimen Simplificado establecen que transcurridos seis (6) meses de iniciada la actividad, los contribuyentes deben anualizar los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida en dicho período, para (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Qué procedimiento se debe seguir a los efectos de llevar a cabo la reducción de los anticipos del impuesto a las ganancias? Cuando los responsables de ingresar anticipos, consideren que la suma a ingresar en tal concepto superará el importe definitivo de la obligación del período fiscal al cual deba imputarse esa suma, podrán optar por efectuar los citados pagos a cuenta por un monto equivalente al resultante de la estimación que practiquen, conforme a las disposiciones del Título II de la Resolución General Nº 327. A los efectos de hacer uso de la opción el responsable deberá: 1. Ingresar al (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Para las presentaciones de declaraciones juradas de contribuyentes locales, ya está vigente el uso de la nueva Clave Fiscal? En el caso de un contribuyente local, que oportunamente tramitó su Clave Ciudad, ¿cómo se presentan las declaraciones juradas? Hasta el momento, A.G.I.P. no dispuso la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada mensual SICOL vía internet. Por lo tanto, las mismas se siguen presentando en el Banco Ciudad. »» INICIAR SESIÓN ... | 5300 | 5325 | 5350 | 5375 | 5400 | 5425 | 5450 | 5475 | 5500 |... |
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