DictamenesArtículos de esta sección
INDEMNIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS. Intereses resarcitorios BOLETÍN Nº 151 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2010 PLANTEO: Determinar el tratamiento que se debe dispensar a los intereses originados en el pago diferido de subsidios adeudados por la Provincia de Mendoza a una empresa concesionaria del servicio público de agua potable. Definir también cuál sería el encuadre de las indemnizaciones por daños y perjuicios abonados al concesionario por incumplimientos contractuales incurridos por la Provincia. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: Sobre el particular, esta Asesoría analizó las cuestiones (...) »» INICIAR SESIÓN COMPRAS A MONOTRIBUTISTAS POR PARTE DE UN SUJETO INSCRIPTO EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Límites a su deducción. Base de cálculo de los porcentuales máximos deducibles BOLETÍN Nº 146 (A.F.I.P./D.G.I.) – SEPTIEMBRE DE 2009 PLANTEO: Se consulta si a los fines de la deducción de gastos respaldados por comprobantes emitidos por monotributistas, los límites porcentuales que dispone la legislación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deben computarse en función al “total” de compras, locaciones o prestaciones correspondientes a un mismo ejercicio fiscal, o si tales porcentajes deben (...) »» INICIAR SESIÓN LOCACIONES DE INMUEBLES POR PARTE DE ENTIDADES RELIGIOSAS. Alcance de la exención prevista en la Ley Nº 16.656 BOLETÍN Nº 145 (A.F.I.P./D.G.I.) – AGOSTO DE 2009 PLANTEO: Establecer si resulta procedente aplicar la dispensa prevista en el artículo 3º de la Ley Nº 16.656, respecto de la locación de un inmueble llevada a cabo por una institución religiosa que cuenta con el reconocimiento de exención del impuesto a las ganancias en virtud del artículo 20, inciso e) de la ley del tributo. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: Cabe señalar que si bien no se han aportado datos al respecto, según la consulta (...) »» INICIAR SESIÓN CONCESIÓN DE SISTEMA DE ESTACIONAMIENTO. Incumplimiento contractual del concedente. Indemnización e intereses. Tratamiento en el gravamen BOLETÍN Nº 146 (A.F.I.P./D.G.I.) – SEPTIEMBRE DE 2009 PLANTEO: Definir el tratamiento frente al gravamen de una indemnización percibida por una empresa, en virtud del incumplimiento de un Municipio a diversas cláusulas de un contrato de concesión vinculado con el sistema de estacionamiento en la Ciudad de Paraná. Establecer también cuál sería el encuadre que correspondería otorgar a los intereses derivados de la misma. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: ...cabe ahora (...) »» INICIAR SESIÓN PENSIÓN HONORÍFICA A VETERANOS DE GUERRA. Tratamiento en el gravamen BOLETÍN Nº 145 (A.F.I.P./D.G.I.) – AGOSTO DE 2009 PLANTEO: Se consulta si corresponde practicar la retención del impuesto a las ganancias, sobre las sumas que un veterano de guerra percibe del Estado Nacional y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: En primer término cabe destacar que mediante la Ley Nº 23.848, se otorgó una pensión de guerra a los ex–soldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente (...) »» INICIAR SESIÓN RESULTADO ORIGINADO EN LA TRANSFERENCIA DE ACCIONES DE UNA EMPRESA DEL EXTERIOR. Ganancias de fuente extranjera. Determinación del costo computable BOLETÍN Nº 145 (A.F.I.P./D.G.I.) – AGOSTO DE 2009 PLANTEO: Establecer el tratamiento que corresponde dispensar en el impuesto a las ganancias, al resultado obtenido por una sociedad anónima residente en el país como consecuencia de la enajenación de acciones emitidas por una empresa del exterior, requiriendo específicamente que se precise la metodología aplicable a los fines de determinar el costo computable de las mismas. FUNDAMENTOS DEL (...) »» INICIAR SESIÓN JARDINES DE INFANTES Y GUARDERÍAS. Alcance de la exención del artículo 7º, inciso h), apartado 3 de la ley BOLETÍN Nº 145 (A.F.I.P./D.G.I.) – AGOSTO DE 2009 PLANTEO: Definir el alcance de la franquicia establecida por el artículo 7º, inciso h), apartado 3 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, a los efectos de establecer el encuadre correspondiente a la prestación de servicios de guardería y jardín materno infantil para niños de cero (0) a cuatro (4) años. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: La Ley de Impuesto al Valor Agregado en el artículo 7º, inciso h), apartado 3) establece que se encuentran exentos (...) »» INICIAR SESIÓN ENTIDADES RELIGIOSAS. Venta de producción agropecuaria. Exención subjetiva. Ley Nº 16.656 BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Establecer el alcance que se debe asignar a la exención genérica de impuestos prevista por la Ley Nº 16.656 respecto de una entidad religiosa, a los fines de evaluar el tratamiento que corresponde asignar a la venta de cosas muebles que la misma lleva a cabo con habitualidad. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: La Ley Nº 24.483 establece en su primer artículo que “A los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica que gocen de personalidad (...) »» INICIAR SESIÓN EXPLOTACIÓN DE CAMPOS POR PARTE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA. Exención del artículo 7º, inciso h), apartado 1 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado. Alcance de la franquicia BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Definir el alcance de la exención contemplada por el artículo 7º, inciso h), apartado 1 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, atento a la consulta formulada por el Estado Mayor General de la Armada con relación al tratamiento frente al gravamen de las operaciones de venta de productos agropecuarios de propia elaboración llevadas a cabo por su (...) »» INICIAR SESIÓN RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Pagos efectuados desde el acaecimiento de una causal de exclusión. Cómputo como pago a cuenta de los tributos adeudados en los regímenes generales BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Establecer el tratamiento que corresponde otorgar a los pagos efectuados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con relación a aquellos supuestos en que los contribuyentes se excluyan del mismo a instancias de una inspección que ha detectado la superación de algún parámetro relativo a la actividad desarrollada. [4] FUNDAMENTOS (...) »» INICIAR SESIÓN INTERESES ACCESORIOS DE JUBILACIONES, PENSIONES Y/O RETIROS. Exención del artículo 20, inciso i), de la ley BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Establecer si los intereses derivados de créditos originados en diferencias de jubilaciones, pensiones y/o retiros se encuentran alcanzados por la exención prevista por el primer párrafo del inciso i) del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: ...corresponde puntualizar que el artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, contiene diversas (...) »» INICIAR SESIÓN ARTÍCULO 20, INCISO F), DE LA LEY DEL GRAVAMEN. Requisitos para el reconocimiento del beneficio. Locación de inmueble al Presidente de la entidad. Distribución indirecta de utilidades entre los asociados BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Emitir una opinión con relación a la procedencia de la exención prevista en el artículo 20, inciso f), de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 1997 y sus modificaciones), en el caso de haberse detectado que la entidad destinataria del beneficio abona un alquiler al Presidente de su Consejo de Administración, quien es el (...) »» INICIAR SESIÓN DISPOSICIÓN DE FONDOS O BIENES A FAVOR DE TERCEROS. Determinación de la materia imponible. Comparación exigida por el artículo 73 a los fines del cálculo de los intereses presuntos BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Determinar si a los efectos de cuantificar la renta presunta en los términos del artículo 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, corresponde llevar a cabo la comparación prevista por el primer párrafo de la norma [intereses capitalizables fijados por el Banco Nación versus actualización más el interés del ocho por ciento (8%) anual, de ambos el que resulte (...) »» INICIAR SESIÓN ENTIDADES MUTUALES. Exenciones genéricas de impuestos. Compatibilización con las normas exentivas de la Ley de Impuesto al Valor Agregado BOLETÍN Nº 144 (A.F.I.P./D.G.I.) – JULIO DE 2009 PLANTEO: Establecer el alcance que se debe asignar a la exención genérica de impuestos prevista por el artículo 29 de la Ley Nº 20.321 respecto de las mutuales, y cómo debe compatibilizarse dicha norma legal con la del artículo incorporado a continuación del artículo 7º de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (modificado por la Ley Nº 25.920). FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: A través del dictado de la Ley Nº 25.920 se (...) »» INICIAR SESIÓN SUBSIDIOS OBTENIDOS POR SUJETOS EMPRESA. Tratamiento frente al gravamen BOLETÍN Nº 143 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2009 PLANTEO: Se consulta sobre el tratamiento tributario que corresponde dispensar en el impuesto a las ganancias, a las sumas que bajo la denominación de aportes no reintegrables (A.N.R.), son otorgados por la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica a empresas beneficiadas en la promoción del financiamiento de actividades relacionadas a la ciencia, tecnología y la innovación productiva. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: En primer término, cabe mencionar que la (...) »» INICIAR SESIÓN SEGUROS DE VIDA ABONADOS EN VIRTUD DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y/O HIPOTECARIOS. Deducción en el gravamen BOLETÍN Nº 143 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2009 PLANTEO: Analizar la procedencia de computar la deducción de los seguros de vida abonados al contratar préstamos personales y/o hipotecarios, a los efectos de la determinación de la retención del impuesto a las ganancias en el caso de trabajadores en relación de dependencia alcanzados por el régimen retentivo de la Resolución General Nº 1261 (A.F.I.P.) –sustituida por su par Nº 2437–. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: ...es de advertir respecto a la (...) »» INICIAR SESIÓN SOCIEDADES CON OBJETO CIVIL. Determinación de la materia imponible atribuible a sus integrantes. Declaración jurada BOLETÍN Nº 143 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2009 PLANTEO: Evaluar si las sociedades con objeto civil se hallan obligadas a inscribirse en el impuesto a las ganancias y confeccionar la declaración jurada respectiva con el fin de determinar la materia imponible, sin perjuicio de la posterior atribución del resultado a los integrantes que revisten el carácter de sujetos pasivos del gravamen. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: Así, corresponde en primer lugar observar que mediante el inciso (...) »» INICIAR SESIÓN INMUEBLES POR ACCESIÓN. Encuadre en el tributo. Hecho imponible y alícuotas BOLETÍN Nº 143 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2009 PLANTEO: Definir el tratamiento que corresponde otorgar en el gravamen a los bienes recibidos como consecuencia de una adjudicación originada en una quiebra, tanto en lo referente a su eventual gravabilidad frente al tributo, como así también en lo relativo a la alícuota aplicable. Los bienes por los cuales se consulta integran una planta acondicionadora de cereales y son los siguientes: 1) silos metálicos con base de hormigón; 2) celda de mampostería con piso de cemento (...) »» INICIAR SESIÓN VENTA Y REEMPLAZO. Inmuebles afectados a arrendamiento. Actividad secundaria BOLETÍN Nº 143 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2009 PLANTEO: Evaluar la procedencia de aplicar la figura de venta y reemplazo en el caso de venta de un inmueble (tres parcelas de campo) que se encontraba afectado al arrendamiento, teniendo en cuenta que la actividad principal de la entidad propietaria del bien era la fabricación de tejidos y artículos de punto. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: Expuesta la temática que es objeto de consulta cabe recordar que el primer párrafo del artículo 67 de la ley del gravamen prevé que: (...) »» INICIAR SESIÓN SUBSIDIOS. Tratamiento en el gravamen BOLETÍN Nº 142 (A.F.I.P./D.G.I.) – MAYO DE 2009 PLANTEO: Establecer el tratamiento que corresponde otorgar en el gravamen a los subsidios percibidos por una cooperativa eléctrica en compensación por mayores costos que no se trasladan a los usuarios del servicio. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: En orden a la intervención requerida cabe, en primer término, señalar que la Resolución Nº 438/2006 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, a la que se refiere la Federación presentante, se enmarca en las (...) »» INICIAR SESIÓN VOLANTES DE PAGO. Falta de presentación o presentación inexacta. Aspecto infraccional BOLETÍN Nº 143 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2009 PLANTEO: Establecer las consecuencias que derivan de la falta de presentación o de la presentación inexacta de los volantes de pago F. 105 o F. 799/E, utilizados para su exhibición a los cajeros bancarios a los efectos de ingresar el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias creado por la Ley Nº 25.413. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: En virtud de lo consultado, esta División pasa a efectuar el análisis de su competencia. 1. En (...) »» INICIAR SESIÓN RÉGIMEN DE CONSULTA VINCULANTE. Momento en que procede su presentación BOLETÍN Nº 142 (A.F.I.P./D.G.I.) – MAYO DE 2009 PLANTEO: Definir el efecto que corresponde asignar a una consulta presentada por un contribuyente en los términos del artículo agregado a continuación del artículo 4º de la Ley Nº 11.683, teniendo en cuenta que la dependencia interviniente habría objetado el cumplimiento al requisito temporal exigido por dicha norma legal. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: Tomando la intervención solicitada, se deben efectuar las siguientes consideraciones: 1. Según las constancias con las que se (...) »» INICIAR SESIÓN SUMARIOS POR INFRACCIONES MATERIALES. Vista del expediente administrativo. Cómputo de plazos BOLETÍN Nº 142 (A.F.I.P./D.G.I.) – MAYO DE 2009 PLANTEO: Evaluar el alcance del artículo 71 de la Ley Nº 11.683, en lo atinente a la posibilidad de tomar vista del expediente administrativo y los efectos que esta circunstancia produce en el cómputo de los plazos. FUNDAMENTOS DEL DICTAMEN: ... procede analizar lo normado en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Tributario y su relación con las previsiones legales en materia de vista contenidas en los artículos 38 y 76 del Decreto Reglamentario de (...) »» INICIAR SESIÓN VENTA Y REEMPLAZO. Imputación del resultado de la venta por el método “devengado–exigible”. Cómputo de plazo para la adquisición del bien de reemplazo BOLETÍN Nº 136 (A.F.I.P./D.G.I.) – NOVIEMBRE DE 2008 PLANTEO: Analizar la posibilidad de utilizar la opción de venta y reemplazo en el supuesto de venta de un inmueble que se hallaba afectado como bien de uso, teniendo en cuenta que el resultado originado por dicha operación sería declarado utilizando el método de imputación del “devengado–exigible”. En particular, se desea conocer si se mantiene el derecho de ejercer la opción ante la hipótesis de que (...) »» INICIAR SESIÓN LOCACIÓN DE INMUEBLE URBANO CON DESTINO EXCLUSIVO A CASAHABITACIÓN DE UNA PERSONA FÍSICA INSCRIPTA EN EL IMPUESTO. Resolución General Nº 830, artículo 37. Ingreso del impuesto. Improcedencia BOLETÍN Nº 136 (A.F.I.P./D.G.I.) – NOVIEMBRE DE 2008 PREGUNTA: Un contribuyente inscripto en el impuesto a las ganancias, que entrega en locación un inmueble urbano con destino exclusivo de casahabitación de una persona física locataria, consulta si, atento a que no existe obligación para dicho locatario de actuar como agente de retención en el régimen previsto por la Resolución General Nº 830, a él como (...) »» INICIAR SESIÓN ... | 50 | 75 | 100 | 125 | 150 | 175 | 200 | 225 | 250 |... |
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