SEGURO POR DESEMPLEO


HÉCTOR JACAR

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  • HÉCTOR JACAR 1. INTRODUCCIÓN Dentro de las contingencias [1] de origen económico–sociales, se encuentra la contingencia social de desempleo, para contrarrestarlo, existe un subsidio dinerario que abona el Estado al trabajador desempleado durante determinado tiempo, teniendo en cuenta las cotizaciones que éste haya realizado al sistema. Con el objetivo de contrarrestar la caída abrupta de ingresos generada por una pérdida involuntaria del empleo, reducir el riesgo al desaliento, la (...)...

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    Adlercreutz, Astrid - Amado, Juliana - Aparicio, Silvia - Argañaraz, Nadin - Basile, Alejandro Antonio - Berardo, Germán - Bertolot, Alicia - Boleso, Héctor Hugo - Bordas, Verónica - Botbol, Marcos - Broveglio, Gerardo - Bustinduy, Marcelo - Cagnone, Erica E. - Calabró, Horacio Miguel - Caudo Alberto H. - Ciruli Ambiado, Leticia S. - Collosa, Alfredo - Conde, Sergio Daniel - Conflitti, Mario Cesar - Cuartango, Gonzalo Oscar - Cuscione, Marcela - De Luca, Lorena F. - Del Castillo, Elba C. - Duelli, Javier - Effron, Dalila Vera - Enriquez, Alejandro M. - Fernandez de Lorenzo, Maximiliano - Filas, Roberto Capón - Franchi, Carlos - Frustaci, Claudio - Gómez, Richard L. Amaro - Genoud, María Andrea - Giorlandini, Eduardo - Giorlandini, Juan Carlos - González, Ricardo Oscar - Grenabuena, Silvia R. - Gross, Reinaldo Emilio - Gurovich, Leopoldo - Hessel, Juan Carlos - IARAF - Irazabal, América Alicia - Jacar, Héctor - Karpiuk, Héctor H. - Kon, Marcos David - Lavalle, Silvina - Leiva, Mariana - Lovero, Norberto G. - Mac Donald, Andrea Fabiana - Malm Green, Lucas A. - Marante, Gustavo Manuel - Marasco, María Eugenía - Martínez, Benito R. - Mazzilli, Rosana - Medrano, Marcela - Mercadé, Marcelo - Meyniel, Elsa B. - Mir, Andrés - Monteleone, Marcelo - Monteleone, Marcelo - Morrone, Fernando Luis - Nicholson Antonio J. Barrera - Orozco, Nestor R. - Paggi, Ivana Magali - Pérez, Cecilia - Pérez, Cecilia - Picasso, Emilio - Pinacchio, Ángela C. M. - Pizá, Celeste A. - Posse, Silvia N. - Posse, Silvia Nilde - Ricci, Florencia Victoria - Rodríguez Massuh, Emilio - Rodríguez, Marcelo Carlos - Rodríguez, Raquel - Romualdi, Emilio E. - Rovelli, Patricia - Santos Romero, Analía - Sanz, Noemí - Schiel, Eduardo 0. - Sciglitano, Natalia Laura - Senderowicz, Rodolfo M. - Sequino,Gabriel - Settembrini, Ariel Sánchez - Stalli, Magali - Suárez, Analía V. - Subelet, Carlos J. - Subelet, María Cecilia - Tano, Humberto Gerardo - Tosto, Gabriel - Varela, Daniel - Varela, Marcelo Gabriel - Viberti, Claudia - Wildemer de Boleso, Marta

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    Jacar, Héctor
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    Técnica Societaria, Concursal y Pericial
    Último Numero
    Publicada: 04-2014

    Nro : 251

    Notas

    [1] El concepto de “contingencias sociales” o también riesgos sociales es la base y el núcleo sobre el que se asienta la seguridad social, a partir del cual se especifican los diversos regímenes asegurativos.

    Podetti explica que, cuando a determinados acontecimientos (las contingencias) se las califica como sociales, es porque respecto de ellos la sociedad asume su protección. Las contingencias sociales expresan una diversidad de necesidades resultantes de distintas situaciones que pueden producir una reducción o supresión de la actividad de una persona o imponerle cargas económicas suplementarias. Conf. “Una aproximación a la seguridad social y su actual problemática”, pub. En TySS, 1999–1032.

    [2] Derecho de la Seguridad Social, Almanza Pastor, Jose Manuel.

    [3] El sistema cubre a los asalariados incluidos en la Ley de Contrato de Trabajo y a los trabajadores del Régimen de la Construcción, excluyendo a los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario, que cuentan con un sistema propio, administrado por el RENATEA, el servicio doméstico y la mayoría de los trabajadores del sector público.

    [4] El Decreto Nº 267/2006 estableció los topes a los montos, fijándolos en un mínimo de $ 250 y un máximo de $ 450.

    [5] La suspensión de la prestación debe solicitarse por escrito y puede hacerla personalmente ante la delegación de A.N.Se.S. más cercana, presentado el formulario PS.3.5., enviarla por medio postal (telegrama, carta documento), por nota presentada a través de una persona autorizada, la cual deberá exhibir el D.N.I. del titular. Debe consignarse la fecha de incorporación a la nueva actividad su apellido y nombre, número de D.N.I. y firma. Es importante que conserve la constancia de solicitud.

    [6] El artículo 10 de la Resolución Nº 1.203/2003 establece que: “El carácter de beneficiario otorgado en el inciso a) del artículo 8º y en los incisos a) y b) del artículo 9º de esta ley subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público y el trabajador o empleado reciba remuneración del empleador, con las siguientes salvedades:

    a) En caso de extinción del contrato de trabajo, los trabajadores que se hubieran desempeñado en forma continuada durante más de tres (3) meses mantendrán su calidad de beneficiarios durante un período de tres (3) meses, contados de su distracto, sin obligación de efectuar aportes;...”.

    [7] Tienen que presentar un certificado de estudios que acredite que cursan estudios regulares, en instituciones oficialmente reconocidas.

    [8] En el caso de hijos discapacitados se debe presentar el certificado de discapacidad emito por la autoridad correspondiente.

    [9] Ingresando a http://www.anses.gov.ar.

    [10] Llamando al 130 en forma gratuita.