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A través de la Resolución 1737/2022 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publicada en el Boletín Oficial del 18 de noviembre de 2022, se dispuso el día 7 de diciembre de 2022 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual dispuesta por el artículo 4° de la Decisión Administrativa Nº 46/2001 (I.G.J.) Recordamos, que deben abonar esta tasa anual, las sociedades por acciones inscriptas en la Inspección General de Justicia. No están alcanzadas con esta obligación aquellas sociedades que hubiesen abonado en el mismo año calendario la tasa de constitución. A continuación transcribimos (...) »» Ver artículo completo El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) publicó la Resolución N° 1919/2022, la cual aprueba un programa de moratoria para la regularización de cooperativas y mutuales de primer grado. Las cooperativas y mutuales que adeuden documentación podrán ponerse al día presentando únicamente los últimos tres (3) balances adeudados y regularizar la inscripción de autoridades, acceder a subsidios y créditos laborales, volver a brindar productos y servicios, y otros beneficios previstos. Para acceder a la moratoria deben inscribirse en el curso virtual “Preadmisión Programa Moratoria”, (...) »» Ver artículo completo Definición El aporte irrevocable a cuenta de futuros aumentos de capital se define como el acto por el cual un accionista o un tercero entrega a la sociedad, en forma irrevocable, una suma de dinero, cuyo importe será destinado a una futura suscripción de acciones de dicha sociedad. El mecanismo contractual suele seguir la siguiente secuencia: 1. El aportante conviene la operación con el directorio de la sociedad, generalmente anónima, aunque también es de aplicación a otras formas societarias. 2. El órgano administrativo acepta el anticipo de aporte, pero no puede comprometer su (...) »» Ver artículo completo Al momento de asesorar a un cliente nos vemos en la disyuntiva de que tipo societario utilizar. A continuación hare un breve resumen de los temas fundamentales a tener en cuenta: »» Ver artículo completo A continuación, analizaremos los cambios a realizar en los estatutos de sociedades anónimas cerradas. Debemos tener en cuenta las modernas tecnologías de la información que abren las puertas a las reuniones simultáneas por multimedios, el documento electrónico y la firma digital. Fue necesario que sucesivas reformas al propio Código Civil y Comercial de la Nación, en adelante el “Código”, se refirieran a ellas en forma específica. En los últimos años debido a la pandemia han hecho la adopción automática de esos medios electrónicos, con la benevolencia de las autoridades de aplicación jurisdiccionales (...) »» Ver artículo completo Una sociedad puede distribuir dividendos, una vez que haya obtenido un resultado del ejercicio ganancia. Previamente debe tener en cuenta que debe cumplir con la ley 19.550 que obliga a tener una reserva legal del 5% del resultado del ejercicio hasta completar el tope del 20% de la suma del capital más al ajuste de capital. Con el auge de las criptomonedas, surge la duda si es posible abonar dividendos en criptomonedas. La sociedad pagadora debería contar con criptomonedas o comprarlas. Como la criptomoneda no es moneda de curso legal, obligaría a que la sociedad pagadora le haga (...) »» Ver artículo completo Las sociedades anónimas tienen la obligación de presentar balances por medio del aplicativo SITIGJ todos los años, lo mismo que abonar la tasa anual. Para el cálculo de las tasas de IGJ se tiene en cuenta esta tabla, se suma la cuenta de capital y ajuste de capital, y en base al valor resultante se determina el monto de la tasa a abonar. Las tasas van desde cien mil pesos ($ 100) a dos mil quinientos pesos ($ 2.500). Con respecto a la prescripción de la tasa anual: Antes de la reforma introducida por la Ley N° 26.994, la IGJ consideraba que era de 10 años, en virtud de lo dispuesto por el (...) »» Ver artículo completo La sociedades anónimas desde el momento de su constitución sea por instrumento público o privado tienen la restricción de duración del mandato de autoridades de tres ejercicios como máximo, según la ley 19.550. La renovación de autoridades se hace cada vez que vence el mandato, en IGJ CABA se hace el trámite de inscripción, el cual teniendo en cuenta como estén nombradas las autoridades en el estatuto de la sociedad, el tramite puede hacer un escribano o un contador público. Ahora dicho esto, que entendemos por TRACTO REGISTRAL, es un término jurídico que hace referencia a la correlatividad de las (...) »» Ver artículo completo La Inspección General de Justicia ha publicado en el boletín oficial del 12/10/2021 en la cual establece un cambio en el seguro caución que se aplica a los directores titulares de una Sociedad. Teniendo en cuenta esta nueva resolución ha surgido un problema, algunas empresas tienen un capital de 12.000 pesos pero sus directores deben tomar un seguro de caución basándose en un capital entre $ 300.000 y $ 1.000.000, esto tiene dos lecturas. Por un lado estamos tomando pólizas por un valor mayor que el capital de la empresa. Ahora bien es lógico pensar que un capital de 12.000 pesos no es (...) »» Ver artículo completo La Resolución N° 1.655/2021 (M.J.y D.H..), publicada en el B.O. del 11 de noviembre de 2021, estableció la fecha de vencimiento para abonar la tasa anual 2021 de sociedades. Sujetos obligados Las sociedades por acciones inscriptas en la Inspección General de Justicia deberán abonar una tasa anual cuyo monto se determinará con relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables. No están alcanzadas con esta obligación aquellas sociedades que hubiesen abonado en el mismo año calendario la tasa de constitución. (...) »» Ver artículo completo La Ley N° 20.488, sancionada el 23 de mayo de 1973, detalla las incumbencias profesionales de los graduados en ciencias económicas, entre ellos el contador público. El artículo 13 determina que su tarea profesional puede dividirse en tres grandes áreas: la materia económica y contable, la impositiva y la judicial. Dicha clasificación denota la estrecha vinculación que mantiene con el derecho, una ciencia eminentemente social, que muchos considerarían impensado. Ambas ciencias presentan relaciones armónicas y principios comunes, que surgen de ciertos paralelismos. Mientras que la contabilidad (...) »» Ver artículo completo A través de la Resolución N° 850/2021 (M.J. y D.H.) Nº 850/2021 se dispuso el nuevo valor del módulo en $ 94. El mismo regirá a partir del 13/09/2021. A partir de la vigencia del nuevo valor, los formularios no abonados con anterioridad a dicha fecha perderán su validez, en tanto que los formularios abonados con anterioridad al 13/09/21 deberán ser adecuados al nuevo valor del módulo. Habrá tiempo hasta el 31/12/2021 inclusive. »» Ver artículo completo El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal informa que a partir de un convenio firmado con la Inspección General de Justicia, los matriculados podrán retirar los trámites registrales habilitados en la sede, acompañando el formulario de autorización al colegio para retirar el trámite como primera foja junto con el resto de la documentación requerida. La misma opcion esta disponible para el Concejo Profesional de Ciencias Economicas de CABA. »» Ver artículo completo Debido al cambio tecnológico que se ha producido hace algunos años, una de las formas más habituales de comunicación entre las personas es a través del mail. El Art 159 de la ley general de sociedades, ha sido modificado en relación a los medios de convocatoria, de una reunión de socios o accionistas, reemplazando solo el medio de convocarlas (publicación de edictos) por la citación dirigida la ultimo domicilio comunicado a la sociedad. CARÁCTER FEHACIENTE DEL MAIL La forma concluyente de comprobar que el medio ha sido fehaciente es la manifestación del receptor de que ha recibido el mensaje, ya (...) »» Ver artículo completo El estatuto de la sociedad prevé el tipo de responsabilidad de los directores que hay de desempeñar esas funciones, requiere inscripción en el Registro Público de Comercio. El director suplente no puede ser responsabilizado sino se ha acreditado que ha ejercicio la administración. En el caso de que no concurra en lugar del titular, no pesan sobre el obligaciones ni responsabilidades propias de un director en ejercicio, ni tampoco se le debe considerar integrantes del órgano de administración. El director suplente por el solo hecho de haber sido designado en tal carácter, no asume (...) »» Ver artículo completo La Cámara Argentina de Comercio envió una nota al presidente de la Cámara de Diputados, y a otros legisladores, donde expresa su preocupación ante el inminente tratamiento del proyecto de ley que prevé suspender por 180 días la creación de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) por entender que la misma quitaría a las SAS su utilidad, eliminando la digitalización y volviendo al formato papel, generando registros de emprendedores y distintos aspectos que quitan la practicidad que se requiere para desarrollar una (...) »» Ver artículo completo Nos encontramos en un contexto económico y social derivado de la Pandemia que enfrenta a muchas empresas a la disyuntiva de tener que cerrar su negocio ante las pérdidas ocasionadas que hacen inviable su subsistencia. La ley de sociedades comerciales 19.550 (LGS) en su artículo 94 habla de causales de disolución, en este trabajo desarrollaremos brevemente los tipos existentes. 1. POR DECISION DE LOS SOCIOS: Es por decisión de los socios de disolver la sociedad, esta causa no quiere justificación, solo requiere contar con quorum y las mayorías de los art 131,160 y 244 Ley LGS 2. POR (...) »» Ver artículo completo La Inspección General de Justicia (IGJ) en el año 2020 dictó una serie de medidas que fiscalizan las sociedades por acciones simplificadas (SAS) y al mismo tiempo en el Congreso de la Nación un proyecto de ley que pretende la suspensión temporaria de las inscripciones de las SAS y el traspaso de su registro a los registros públicos locales. A continuación haremos un resumen de toda la nueva normativa PROYECTO DE LEY DE SUSPENSIÓN DE LAS SAS Trata sobre la suspensión por 180 días de la constitución e inscripción de las SAS. También habla del registro digital de las SAS, que actualmente se (...) »» Ver artículo completo La inspección general de Justicia dictó la resolución 08/2021, que establece un nuevo régimen de inscripción para sociedades constituidas en el extranjero. CARACTERISTICAS 1. Sociedad Vehículo: Régimen diferenciado para las sociedades constituidas en el extranjero que soliciten su inscripción como sociedades vehículos o que se encuentren inscriptas como tales. Sociedades Vehículo: Son aquellas sociedades constituidas en el extranjero cuya inscripción se pida para ser instrumento de inversión de otra sociedad extranjera que directa o indirectamente ejerza su control por poseer derechos de voto (...) »» Ver artículo completo La resolución 04/2021 de la Inspección General de Justicia, entro en vigencia el 14/04/2021: Características 1. Entidades que pueden adherirse a. Asociaciones civiles b. Cámaras c. Federaciones d. Confederaciones 2. Plazo de regularización: Hasta el 30/04/2022. Plazo sujeto a prórroga. 3. Esta reglamentación permite que en una única presentación las entidades que adeudan más de dos estados contables o uno y/o deban inscribir autoridades o actualizar la sede social puedan inscribir sus autoridades vigentes, actualizar su sede social y presentar los (...) »» Ver artículo completo La Inspeccion General de Justicia ha publicado la resolución 02/2021, la cual establece el procedimiento para la presentación de balance de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). En dicha resolución se fija el procedimiento que deben llevar a cabo las SAS, para la confección y presentación de sus estados contables dentro de los 15 días posteriores a su aprobación por parte de la reunión del órgano de gobierno. El trámite se realiza a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD), a la cual se ingresa con clave fiscal de Afip. Se debe adjuntar • Acta de reunión del órgano de (...) »» Ver artículo completo La resolución general 17/2020 de la Inspección General de Justicia, corrige el tema de la firma digital para el instrumento constitutivo de las sociedades por acciones simplificadas. La ley que dio origen a las SAS publicada el 12/04/2017 proporciono un contenido del soporte electrónico y la firma digital, tanto para su proceso de constitución y registración, la habilitación de los libros rubricados en soporte digital en 24 horas. Tales facilidades fueron el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE - D. 561/2016 y sus modificatorias) y la plataforma Trámites a Distancia (TAD - D. (...) »» Ver artículo completo La Resolución General N° 511/2020 (M.J.y D.H..), publicada en el B.O. del 5 de noviembre de 2020, estableció la fecha de vencimiento para abonar la tasa anual de sociedades. Sujetos obligados Las sociedades por acciones inscriptas en la Inspección General de Justicia deberán abonar una tasa anual cuyo monto se determinará con relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables. No están alcanzadas con esta obligación aquellas sociedades que hubiesen abonado en el mismo año calendario la tasa de constitución. (...) »» Ver artículo completo En el marco de la Emergencia Sanitaria, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires mediante la Res. N° 16/20, dispuso que las órdenes de pago con débito en Cuentas Judiciales, libradas por los Jueces de todos los Fueros e Instancias, se realicen por Transferencia Electrónica, aun cuando los montos fueran iguales o inferiores a $30.000. Asimismo, dicha Resolución reitera la exhortación efectuada al Banco Provincia (Art. 6, Res. N°14/20), a fin de que tome las medidas necesarias tendientes a la implementación y puesta a disposición de la Justicia, de un sistema informático de acceso remoto a (...) »» Ver artículo completo 1. INTRODUCCIÓN Las Sociedades Anónimas Simplificadas fueron creadas por la Ley N° 27.349 de emprendedores. Este tipo societario tenía como objetivo principal simplificar los trámites de constitución de sociedades y disminuir los costos, eliminando en algunos casos los profesionales intervinientes. A modo de recordatorio haremos un breve resumen de las características principales que tiene este tipo societario, para luego comentar las modificaciones que ha sufrido recientemente. 2. MODIFICACIONES 2.1. RESOLUCION GENERAL N° 3/2020 (I.G.J.): PUBLICACION DE EDICTOS CONSTITUCION La Resolución (...) »» Ver artículo completo |
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