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"Trenes de Buenos Aires S.A. c/ AFIP- DGI- s/ Impugnación de Deuda EXPTE: CSJ 57/2012 (48 - T)”" CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, Sala/Juzgado 17 de Octubre de 2018 Mediante resolución 999/02 la Administración Federal de Ingresos Públicos desestimó el pedido de revisión formulado por Trenes de Buenos Aires S.A. respecto de la resolución 161/02, que al rechazar la impugnación deducida por la empresa, confirmó la deuda determinada en concepto de diferencias de contribuciones patronales correspondientes a los períodos comprendidos entre abril de 1999 a junio de 2001, más intereses (...) »» INICIAR SESIÓN “CASADO, ALFREDO ANÍBAL c/SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS S.E. s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, EN PLENO, ACTA Nº 2.496, 05/06/2007 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si el recargo previsto en el artículo 2º de la Ley Nº 25.323 –incremento en un cincuenta por ciento (50%) del monto de las indemnizaciones no abonadas fehacientemente intimadas por el trabajador–, se aplica a las indemnizaciones dispuestas en el artículo 43, incisos b), c) y d), de la Ley Nº 12.908 –Estatuto Profesional del Periodista–. Sobre este tema se destacó que el legislador ha sido (...) »» INICIAR SESIÓN “CORONEL, WALTER JAVIER c/VARIGNON S.A. Y OTROS s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, SALA VII, SENTENCIA DEFINITIVA Nº 40.191, 15/06/2007 En este fallo la Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo extendió la condena por despido a las personas jurídicas y físicas que a su entender fueron utilizadas para defraudar los derechos del trabajador. Se fallo en este sentido, debido a que la prueba rendida en la causa lleva a concluir que, aún cuando no fueran parte de la sociedad Varignon S.A., los Sres. Jorge Alberto González y Jorge González, ayudados también por la Sra. Isabel (...) »» INICIAR SESIÓN “BUSTO, JUAN ALBERTO c/QBE ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.” CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, 17/04/2007 En esta causa, la sentencia impugnada decidió que la omisión en materia de prevención, vigilancia y de efectuar recomendaciones por parte de la aseguradora de riesgos de trabajo es suficiente para generar responsabilidad civil, y da por sentada la existencia de un nexo adecuado de causalidad. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que la protección del trabajador y la igualdad constitucional no pueden ser limitadas de forma tal que el derecho se frustre, y por (...) »» INICIAR SESIÓN “MARTÍNEZ, ALBERTO c/Y.P.F. S.A. s/PART. ACCIONARIADO OBRERO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO EN PLENO, 06/06/2006 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto establece y fija la siguiente doctrina: "La citación para el trámite conciliatorio ante el SE.C.L.O., no surte los efectos de la interpelación prevista en el artículo 3.986, segundo párrafo, del Código Civil. En el contexto del artículo 7º de la Ley Nº 24.635, no se ajusta la suspensión del plazo de prescripción a la duración del trámite conciliatorio, aunque dure menos de seis meses”. Se llega a esta conclusión en base al (...) »» INICIAR SESIÓN “LATOR, LUCIO MARÍA Y OTROS c/REMOLCADORES UNIDOS ARGENTINOS S.A. s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, 09/12/2005 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si el plus C del Acta Acuerdo del 28/11/78 de la remuneración bruta mensual garantizada compuesta por tres elementos –el sueldo básico, las primeras 210 diez horas suplementarias que se realicen para el cómputo mensual y el plus C del Acta Acuerdo del 28/11/78 el cual corresponde agregar a la suma de los conceptos anteriores para alcanzar la remuneración bruta mensual garantizada–, integra la base de cálculo para (...) »» INICIAR SESIÓN “BRIZUELA, GUSTAVO ADOLFO c/CASINO BUENOS AIRES S.A.” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, EN PLENO, ACTA Nº 2.455, 01/03/2006 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si el personal encuadrado en el artículo 11 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 406/2000, tienen derecho a los adicionales por turno, por nocturnidad y por antigüedad aún en las categorías para las que la planilla a la que tal artículo remite contiene la indicación “sin adicional”. Como el texto del artículo 11 y las planillas anexas conforman un único instrumento, se concluye que como resultado de la negociación (...) »» INICIAR SESIÓN “FAILLA, JUAN CARLOS y OTRO c/DUVI S.A.” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, EN PLENO, ACTA Nº 2.445, 09/12/2005 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si una empresa que resulta adjudicataria de líneas de transportes públicos, cuya concesión a la anterior empresa había caducado, esta obligada al pago del “premio por productividad no convencional” del que gozaba el personal de la concesionaria primitiva. Sobre el tema se resalto que en el pliego de condiciones generales, la cláusula 28 establecía que “el oferente deberá asumir el compromiso de incorporar la totalidad del (...) »» INICIAR SESIÓN “BRAVO ELIZONDO, LUIS GUILLERMO c/MERCOBANK S.A. s/INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO” CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, 28/06/2006 En este fallo la Suprema Corte de Buenos Aires declaró inconstitucional el tope indemnizatorio establecido por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, en base a la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo "Vizzotti, Carlos Alberto c/AMSA S.A.", ya que configura una quita superior al treinta y tres por ciento (33%) de la remuneración mensual, normal y habitual del trabajador. Este porcentaje ha sido fijado (...) »» INICIAR SESIÓN “BADARO, ADOLFO VALENTÍN c/A.N.Se.S. s/REAJUSTES VARIOS” CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, BUENOS AIRES, DEL 08/08/2006 En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación señaló que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones, dejando librada a la prudencia legislativa la determinación del método a utilizar. En virtud de ello, dispuso que el Congreso de la Nación, en un plazo razonable, debe dictar las normas necesarias para disponer un método de ajuste periódico de las jubilaciones, y de esta forma restablecer la movilidad de los haberes (...) »» INICIAR SESIÓN “RUIZ, VÍCTOR HUGO c/UNIVERSIDAD ARGENTINA DE LA EMPRESA U.A.D.E. s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL, DEL 01/03/2006 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si es aplicable la duplicación de la indemnización contemplada en el artículo 16 de la Ley Nº 25.561 en los casos de despido indirecto. El artículo 16 de la Ley Nº 25.561 dispuso la suspensión de los despidos sin causas, y estableció para los casos en que se incumpliera esta normativa la duplicación de las indemnizaciones de ley, con el fin de intensificar la protección de los trabajadores ante (...) »» INICIAR SESIÓN “RAMÍREZ, MARÍA ISIDORA c/RUSSO COMUNICACIONES e INSUMOS S.A. y OTRO s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, SALA VI EN PLENO, ACTA Nº 2.448, 03/02/2006 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si es aplicable el artículo 705 del Código Civil a la responsabilidad solidaria del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo. Teniendo en cuenta que en la Ley de Contrato de Trabajo no existe un régimen específico y distinto de la responsabilidad solidaria y no se advierte incompatibilidad alguna entre lo dispuesto por los artículos 669 y 705 del Código Civil y el principio (...) »» INICIAR SESIÓN “BAGLIERI, OSVALDO DOMINGO c/FRANCISCO NEMEC y CÍA. S.R.L. y OTRO s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE CAPITAL FEDERAL, ACTA Nº 2.250, 08/08/1997 Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a la solidaria del adquirente y el transmitente respecto de las obligaciones existentes originadas en el contrato de trabajo a la época de transmisión, en aquellos casos en que la relación laboral se hubiere extinguido con anterioridad a la transferencia del establecimiento. El mismo fijó la siguiente doctrina: "El adquirente de un establecimiento en las condiciones previstas en (...) »» INICIAR SESIÓN “BRANDI, ROBERTO ANTONIO c/LOTERÍA NACIONAL S.E. s/DESPIDO” CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL, 05/10/2000. Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto al cálculo de la indemnización por despido del artículo 245, cuando el trabajador percibe remuneraciones variables. Teniendo en cuenta que el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo dispone que el monto de la indemnización por antigüedad se determina multiplicando un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando como base para el cálculo la mejor remuneración mensual, normal y (...) »» INICIAR SESIÓN “RÍOS, MARCELO C/A.N.SE.S. S/PRESTACIONES VARIAS” C.S.J.N., 28/10/2003 En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que revocó el fallo de la instancia anterior que había reconocido el derecho al actor al beneficio de la jubilación por edad avanzada, en base a los siguientes argumentos: 1. Que la Alzada consideró que no se acreditaron los cinco años de servicios con aportes inmediatamente anteriores al cese de la actividad, exigidos por el artículo 31 de la Ley Nº 18.037 para obtener el beneficio por edad (...) »» INICIAR SESIÓN “LIQUITAY, ROQUE JOSÉ C/ A.N.SE.S. S/PRESTACIONES VARIAS” C.S.J.N., 11/06/2002 En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoca la sentencia apelada y reconoce el derecho a la jubilación ordinaria por considerar reunidos los requisitos para su obtención, en base a los siguientes argumentos: 1. Que la Cámara ha omitido ponderar pruebas conducentes para la resolución del caso, incluso aquellos aceptados por la A.N.Se.S y ha considerado cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley Nacional de Empleo, cuando en el expediente no existe constancia alguna que (...) »» INICIAR SESIÓN “SANTI, JUANA FRANCISCA c/A.N.SE.S. s/REAJUSTES VARIOS” En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo en la instancia anterior en cuanto aplicó la Ley Nº 18.037 desde el 06/06/83 a octubre de 1990, y lo revocó al ordenar el reajuste de los haberes jubilatorios de la titular a partir de 1990, de acuerdo a la Ley Nº 23.895 y 22.955, en base a los siguientes argumentos: 1. Que corresponde decidir su situación de acuerdo a las disposiciones vigentes (Ley Nº 24.016). 2. Que la Ley Nº 23.895 (...) »» INICIAR SESIÓN “ANDINO, BASILIO MODESTO c/A.N.Se.S. s/REAJUSTES VARIOS” En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoca parcialmente la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo en la instancia anterior que delimito los período sujetos a reajuste y ordenó que la A.N.Se.S. abonará las diferencias resultantes en lo que excediera el diez por ciento (10%) hasta la fecha de liquidación, en base al siguiente argumento: 1. El jubilado objeta que la quita haya sido permitida también para el período posterior a la entrada en vigencia de la Ley de (...) »» INICIAR SESIÓN “MASSANI DE SESE, ZULEMA MICAELA c/ A.N.Se.S. s/REAJUSTES VARIOS” En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció a la actora el derecho a que sus haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a la pauta de movilidad establecida en la Ley Nº 22.929 –régimen para investigadores científicos y tecnológicos– en base a los siguientes argumentos: 1. Ley Nº 22.929 asegura el derecho a percibir los haberes mensuales de acuerdo a una proporción del sueldo asignado al último cargo ejercido en actividad. Este (...) »» INICIAR SESIÓN “ZAPATA, LUCRECIA ISOLINA C/A.N.SE.S. S/PENSIONES” En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación declara procedente el recurso ordinario, revoca la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la decisión que rechazó la acción de demanda de la actora a fin de obtener el beneficio de pensión, y reconoce el beneficio solicitado. En las instancias anteriores el beneficio fue denegado porque el matrimonio celebrado en la República del Uruguay no tenía validez, debido a que la actora carecia de aptitud nupcial. Por lo tanto la relación se consideraba como (...) »» INICIAR SESIÓN “S. M. A. C/SIEMBRA A.F.J.P. S.A.” En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario, revoca la sentencia apelada que había rechazado la acción de amparo destinada a acceder a la pensión derivada del fallecimiento del cónyuge por estar separado de hecho, situación que lo excluía de la herencia del mismo, y por último se hace lugar a la acción de amparo. Los argumentos que llevaron a la Corte a está conclusión son: 1. El inciso b) del artículo 1º de la Ley Nº 17.562 excluye al causahabiente del beneficio de pensión en los (...) »» INICIAR SESIÓN “SIRI, RICARDO JUAN c/A.N.Se.S. s/ REAJUSTES VARIOS” La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma en este fallo la sentencia en primera instancia, confirmada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que reconoció al actor el derecho a que sus haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a la pauta de movilidad dispuesta por las Leyes Nº 22.731 –régimen previsional para funcionarios del servicio exterior de la Nación– y 24.019, en base a los siguientes argumentos: 1. El actor obtuvo la jubilación ordinaria por el régimen dispuesto por la Ley Nº 22.731, que establece el (...) »» INICIAR SESIÓN “GEMELLI, ESTHER NOEMÍ c/A.N.Se.S. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD” En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció a la actora el derecho a que sus haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a la pauta de movilidad establecida en la Ley Nº 24.016 –estatuto especial para los docentes– en base a los siguientes argumentos: 1. El régimen jubilatorio de la Ley Nº 24.016 no está alcanzado por las disposiciones del sistema general establecido por las Leyes Nros. 24.241 y 24.463; por lo tanto mantienen plena (...) »» INICIAR SESIÓN “MEDINA, PASTOR c/ITECNA S.A. Y OTRO s/LEY Nº 22.250” C.N.A.T., SALA VIII, SENTENCIA Nº 32.036, DEL 26/08/2004 Fuera del ámbito ceñido a la cesión de un establecimiento o explotación, o la contratación y subcontratación con un tercero de trabajos o servicios correspondientes a la actividad específica de una empresa, que genere una unidad técnica de ejecución entre ambas; no rigen las cargas que el artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo impone al cedente o empresario principal, ni la responsabilidad solidaria que de la omisión de esa carga deriva. Esto es así, antes y después de la modificación (...) »» INICIAR SESIÓN “SIMARI LINA RAFAELA S.A. Y OTRO c/TELECOM PERSONAL S.A. Y OTRO s/DESPIDO” C.N.A.T., SALA I, SENTENCIA DEFINITIVA Nº 76, DEL 30/08/2004 No se puede condenar al deudor accesorio obligado en virtud del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, si no se condena al principal, porque se trata de una obligación mancomunada con solidaridad impropia, que impone una extensión de la responsabilidad. En tal orden de ideas, es claro que, no podría condenarse al responsable solidario que opera como una garantía accesoria a la obligación principal, si no se ha accionado contra el deudor principal, pues (...) »» INICIAR SESIÓN |