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Normas (Sinopsis)Artículos de esta secciónCancelación de obligaciones aduaneras mediante transferencia electrónica de fondos.Resoluciones Generales N° 1917 y su modificatoria, N° 2161 y N° 2883. Norma modificatoria y complementaria. Por medio de la siguiente norma se establece la utilización obligatoria del Volante Electrónico de Pago (VEP),en los términos de las Resoluciones Generales Nº 1778 y su modificatoria, Nº 2161 y Nº 2883, para cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como para el resto de las liquidaciones aduaneras. Pagar (...) »» INICIAR SESIÓN Destinaciones de Exportación. Resolución General N° 1921 y sus modificatorias. Su modificación. Por medio de la presente norma se modifica la Resolución General Nº 1921 y sus modificatorias, la misma aprobó los procedimientos relativos a la tramitación de las destinaciones de exportación que se registran en el Sistema Informático MARIA (SIM). »» INICIAR SESIÓN Regímenes de regularización de deudas. Resoluciones Normativas Nº 6/11, 7/11, 8/11 y 9/11. Prórroga de vigencia al 31 de julio de 2011. Por medio de la presente norma se extiende, hasta el 31 de julio de 2011, la vigencia de los regímenes de regularización de deudas establecidos en las Resoluciones Normativas N° 6/11, Nº 7/11, Nº 8/11 y Nº 9/11. »» INICIAR SESIÓN Apruébese el Acuerdo modificatorio de las remuneraciones de los trabajadores a domicilio de la Industria del Calzado. Por medio de la presente norma se aprueba el Acta del 8 de junio de 2011 obrante a fojas 523 a 524 del Expediente 1.105.072/05 del Registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Anexo que la acompaña correspondiente a la “Tarifa de Salarios Nº 8”. »» INICIAR SESIÓN Modificación del Código Penal. Por medio de la presente norma se sustituye la denominación del capítulo XIII, título XI del Código Penal, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: “Capítulo XIII. Encubrimiento”. »» INICIAR SESIÓN Contrato de trabajo por temporada. Artículos 96 y siguientes de la Ley Nº 20.744 y sus modificaciones. Trabajadores con reserva de puesto. Declaración en el programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o en el sistema “Su Declaración”.. Por medio de la presente norma se establece que los empleadores que contraten trabajadores mediante un contrato de trabajo por temporada, deben continuar declarando a los mismos durante el período de reserva de (...) »» INICIAR SESIÓN Se establece base de cálculo para retención en regímenes especiales de Convenio Multilateral. Por medio de la presente norma se establece que los Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, oportunamente designados por esta Administración que actuaren en virtud de la Resolución Nº 533/2000 (S.H.y F.) y sus modificatorias, respecto de contribuyentes comprendidos en regímenes especiales del Convenio Multilateral, deberán tomar como base de cálculo de la correspondiente retención, la proporción de base imponible que,de acuerdo con dichos regímenes, corresponda a esta (...) »» INICIAR SESIÓN Homologación Acuerdo. A traces de la siguiente norma se fija el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la Secretaria de Trabajo Nº 1.172/2010 y registrado bajo el Nº 1.229/2010 suscripto entre el Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias y la Unión de Industriales Fideeros de la República Argentina, conforme al detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la (...) »» INICIAR SESIÓN Homologación Acuerdo. A través de la siguiente norma se establece que los empleadores comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 545/08, suscripto por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, la Cámara Argentina de la Construcción y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción, deberán abonar a sus trabajadores un suma no remunerativa de carácter excepcional y extraordinaria de veinticinco mil pesos ($ 25.000), concepto exento del pago del impuesto a las ganancias. Dicha suma será abonada en cuatro cuotas, la primera de ellas que asciende a diez mil pesos ($ (...) »» INICIAR SESIÓN Delimitación de Zona Primaria Aduanera en jurisdicción de la División Aduana de Formosa. A través de la siguiente norma se determinan los límites de la Zona Primaria Aduanera Puerto Nuevo de Formosa, en jurisdicción de la División Aduana de Formosa, como se indica en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente resolución. »» INICIAR SESIÓN Cómputo de los plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Resolución General Nº 1983, su modificatoria y sus complementarias. Norma complementaria. A través de la siguiente norma se fijan entre los días 11 al 22 de julio de 2011, ambas fechas inclusive, el período a que se hace referencia en el inciso b) del Artículo 1º de la Resolución General Nº 1983, su modificatoria y sus complementarias. »» INICIAR SESIÓN Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Nómina de marcadores químicos y reagentes homologados. Proveedores autorizados para su comercialización. Resolución General Nº 2562 y su complementaria. Norma complementaria. Por medio de la presente norma se extiende la vigencia de la homologación del sistema marcador/reagente y la autorización otorgada a la empresa proveedora para comercializar dichos productos, establecidas por los Artículos 1º y 2º de la Resolución General (...) »» INICIAR SESIÓN Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria. A través de la siguiente norma se establecen los valores referenciales que constan en los Anexos I “Listado de mercaderías con valor referencial” y II “Países de destino de las mercaderías”. Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo que se oficialicen a partir del día 21 de junio de 2011, (...) »» INICIAR SESIÓN Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria. A través de la siguiente norma se establecen los valores referenciales que constan en los Anexos I “Listado de mercaderías con valor referencial” y II “Países de destino de las mercaderías”. Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo que se oficialicen a partir del día 21 de junio de 2011, (...) »» INICIAR SESIÓN Valores referenciales de carácter preventivo. Resolución General Nº 2716. Norma complementaria. Por medio de la presente norma se establecen los valores referenciales que constan en los Anexos I “Listado de mercaderías con valor referencial” y II “Países de destino de las mercaderías”. Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de exportación para consumo que se oficialicen a partir del día 21 de junio de 2011 (...) »» INICIAR SESIÓN Reactivación del seguro por desempleo. Por medio de la presente norma se procede a reactivar las cuotas pendientes de cobro para aquellos beneficiarios de la presentación por desempleo que sufrieron la extinción de la misma por reingreso laboral,cuando nuevamente quedan desempleados. »» INICIAR SESIÓN Impuesto a las Ganancias. Artículos 8º, 14, 15, el artículo agregado a continuación del artículo 15, 129 y 130 de la ley del citado gravamen. Transacciones internacionales. Precios de transferencia. Resolución General Nº 1122, sus modificatorias y complementarias. Su modificación. Por medio de la presente norma se modifica la Resolución General Nº 1122, sus modificatorias y complementarias. La misma estableció las formalidades, requisitos y demás condiciones que deben observar los sujetos alcanzados por las disposiciones de los artículos 8º, 14, 15, el agregado a continuación del artículo 15, 129 y (...) »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad forestal. Por medio de presente norma se fijan las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad forestal, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 7, para las Provincias del Chaco y Formosa, con vigencia a partir del 1º de marzo de 2011, en las condiciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente (...) »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha y embolsado de papas. Por medio de la presente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha y embolsado de papas, las que tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2011, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6, para las Provincias de Mendoza y San Juan. »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cortado de papa para semilla. A través de la siguiente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cortado de papa para semilla, las que tendrán vigencia a partir del 1º de junio de 2011, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6 para las Provincias de Mendoza y San Juan. »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de plantación de orégano. A través de la siguiente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de plantación de orégano, las que tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2011, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6 para las Provincias de Mendoza y San Juan. »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de arrancado de plantines de frutilla. Por medio de la presente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de arrancado de plantines de frutilla, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6 para las Provincias de Mendoza y San Juan, las que tendrán vigencia a partir del 1º de junio de 2011. »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de plantación y tala de forestales. A través de la siguiente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de plantación y tala de forestales, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6 para las Provincias de Mendoza y San Juan, las que tendrán vigencia a partir del 1º de junio de 2011. »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de siembra y transplante de ajos y cebollas. Por medio de la presente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de siembra y transplante de ajos y cebollas en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6 para las Provincias de Mendoza y San Juan, las que tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2011. »» INICIAR SESIÓN Fíjense las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha de almendra. A través de la siguiente norma se fijan las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de cosecha de almendra, las que tendrán vigencia a partir del 1º de marzo de 2011, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 6 para las Provincias de Mendoza y San Juan. »» INICIAR SESIÓN ... | 19450 | 19475 | 19500 | 19525 | 19550 | 19575 | 19600 | 19625 | 19650 |... |
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