Jurisprudencia
Artículos de esta sección
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OPERATORIA DE DESCUENTO DE CHEQUES DE PAGOS DIFERIDOS. Régimen de retención aplicable
BOLETÍN Nº 59 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica el tratamiento a acordar a la operatoria consistente en el descuento de cheques diferidos, teniendo en consideración lo estatuido por el último párrafo del inciso a) del artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Sobre el particular, se desea conocer si resulta aplicable al caso el régimen de retención instaurado por el precepto aludido, o si en cambio correspondería practicar la retención del gravamen siguiendo los (...)
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IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS CONTENIDO EN LAS COMPRAS DE GASOIL. Afectación del gravamen como pago a cuenta. Vigencia del régimen
BOLETÍN Nº 59 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2002
Se solicita a la asesoría técnica que se expida en relación a la factibilidad de practicar el pago a cuenta del impuesto sobre los combustibles líquidos contenido en las compras de gas oil, en la determinación del impuesto al valor agregado.
Asimismo, se consulta si dicho pago a cuenta puede generar saldos a favor y en tal caso si éstos son de libre disponibilidad, admitiéndose su cómputo en los impuestos a (...)
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PRESTACIONES SANITARIAS, MÉDICAS Y PARAMÉDICAS. Servicios conexos vinculados con la medicina
BOLETÍN Nº 59 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica respecto a la gravabilidad en el impuesto al valor agregado de las prestaciones vinculadas con la asistencia médica y sanitaria efectuadas a obras sociales, tales como las asignaciones de turnos, el empadronamiento de pacientes, la auditoría de los servicios y la nomenclación y/o normalización de estudios, entre otros.
En ese sentido, el presentante manifiesta que con el propósito de asistir a los enfermos con miras a su (...)
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IMPORTACIÓN DE BIENES DESTINADOS A OPERACIONES DE LEASING. Régimen de percepción de la Resolución General Nº 3431 (D.G.I.)
BOLETÍN Nº 59 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica si resulta procedente realizar la percepción del impuesto al valor agregado de la Resolución General Nº 3431 (D.G.I.), en oportunidad en que una entidad financiera importa con carácter definitivo una máquina que será afectada a contratos de leasing.
Sobre el particular, el interesado aclara que el bien en cuestión no se enajena sino hasta el momento en que el tomador ejerce la opción de compra, a la (...)
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INGRESOS OBTENIDOS POR ALQUILER DE INMUEBLES PROPIOS. Encuadre de la actividad
BOLETÍN Nº 58 (A.F.I.P./D.G.I.) – MAYO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica cuál es el tratamiento que corresponde otorgar en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes al alquiler de inmuebles, teniendo en consideración lo previsto por el inciso c) del artículo 17 del Anexo de la Ley Nº 24.977, donde se excluyen del Monotributo a aquellos sujetos que “tuvieran más de una unidad de explotación y/o actividad comprendida en el régimen”.
En ese sentido, se aclara que en virtud de la gravabilidad de ciertas (...)
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ACTIVIDAD PROFESIONAL REALIZADA CONJUNTAMENTE CON TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. Opción por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
BOLETÍN Nº 59 (A.F.I.P./D.G.I.) – JUNIO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica el encuadre que corresponde otorgar a un sujeto que trabaja bajo relación de dependencia como encargado del Registro Nacional del Automotor Nº ... de la Ciudad de ..., desde el punto de vista de su inscripción en el impuesto al valor agregado o frente al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
El interesado manifiesta que además de ser encargado del registro (...)
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1. COMENTARIO
La huelga es un conflicto colectivo de trabajo en el cual se pone de manifiesto una confrontación de intereses entre distintos sujetos del derecho del trabajo.
En términos prácticos, la huelga es un derecho que otorga la Constitución Nacional a los gremios y consiste en la abstención colectiva y concertada de la prestación laboral, con carácter temporal y con abandono del lugar de trabajo, como forma de presión sobre la voluntad del empleador, con el propósito de conseguir un beneficio mediante la sanción de una nueva disposición o la reforma de una vigente o bien el cumplimiento de (...)
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“EDITORIAL ATLÁNTIDA S.A. c/PITROLA, NÉSTOR ANTONIO Y OTRO s/JUICIO SUMARÍSIMO”
C.N.A.T., SENTENCIA Nº 81.778 DEL 28/12/2000
El derecho de huelga no autoriza a los trabajadores a apropiarse de la planta industrial del empleador, sino únicamente, a abstenerse de prestar servicios. Lo contrario implicaría reconocer al derecho de huelga un rango superior al de propiedad, lo que no resulta ajustado, en tanto “no puede constituir criterio interpretativo válido el de anular unas normas constitucionales por aplicación de otras, sino que debe analizarse el conjunto como un todo armónico, dentro del cual (...)
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“CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (C.T.E.R.A.) c/ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS (M.T.E.y F.R.H.) s/NULIDAD DE RESOLUCIÓN”
C.N.A.T., SALA II, SENTENCIA DEFINITIVA Nº 91.073 DEL 07/11/2002
La Ley Nº 25.250, al describir taxativamente los servicios esenciales a los efectos de la huelga, no incluye en la nómina a la educación, y no median razones para otorgar a la norma una amplitud que no posee, ya que la utilización del término “únicamente” de forma inequívoca denota una sistemática cerrada, coherente con la garantía (...)
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RENTAS DEL TRABAJO PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, JUBILACIONES Y OTRAS. Constancias de no retención extendidas por el organismo fiscal. Vigencia del certificado.
BOLETÍN Nº 57 (A.F.I.P./D.G.I.) – ABRIL DE 2002
Se consulta a la asesoría legal respecto de la vigencia de los certificados de no retención expedidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos, con posterioridad a la fecha en que se produce la desvinculación laboral de un empleado.
Sobre el particular, el interesado manifiesta que el Señor N.N. (ex–dependiente de un Banco) peticionó la devolución del impuesto a las (...)
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CONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO POR UNA SOCIEDAD CIVIL. Adjudicación de las unidades funcionales a los socios. Entrega de unidades funcionales en pago por la compra del terreno.
BOLETÍN Nº 56 (A.F.I.P./D.G.I.) – MARZO DE 2002
Se solicita opinión de la asesoría legal acerca del tratamiento que corresponde otorgar en el impuesto a las ganancias, a la adjudicación de unidades de un edificio de propiedad horizontal, llevada a cabo por una sociedad civil a sus miembros luego de finalizada la construcción.
Asimismo, se cuestiona respecto a la gravabilidad del resultado derivado de la entrega de cuatro (...)
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VENTA DE GRANOS POR CONSIGNATARIOS. [2] Operaciones liquidadas a comitentes [3] que revisten la calidad de Pequeños Contribuyentes del Régimen Simplificado (Monotributo) o de Sujetos no Categorizados. Determinación del importe neto para el cálculo del gravamen. Régimen de percepción de la Resolución General Nº 212 (A.F.I.P.).
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica el tratamiento que corresponde otorgar en el impuesto al valor agregado a las ventas realizadas a nombre propio y por cuenta de terceros, por parte de una cooperativa que opera con (...)
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VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS. Encuadre de la actividad a partir de los cambios introducidos por el Decreto Nº 493/2001 y sus modificatorios.
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se consulta a la asesoría legal cuál es la situación en la que se encuentran los vendedores de diarios denominados comúnmente “canillitas”, a partir de las modificaciones que sufrió la Ley de Impuesto al Valor Agregado mediante las cuales se sometieron al tributo las ventas de diarios, revistas y publicaciones periódicas.
Sobre el particular, la región que remite el interrogante señala que habiendo (...)
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“AGRO INDUSTRIAS INCA S.A. s/CONC. PREV. s/INC. DE REVISIÓN PARA LA CONCURSADA AL CRÉDITO DE D.G.I.”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - MAYO, 13 DE 2003
Magistrados: Dres. Julio S. Nazareno, Eduardo Moliné O’Connor, Augusto Cesar Belluscio, Adolfo Roberto Vázquez y Juan Carlos Maqueda.
1. Aun cuando lo resuelto no reviste, en principio, el carácter de sentencia definitiva que haga viable el remedio federal interpuesto, se configura un supuesto de excepción, ya que lo decidido excede el interés individual de las partes y atañe también a la comunidad en razón de su aptitud (...)
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“SUPERCANAL S.A. s/APELACIÓN”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - JUNIO, 2 DE 2003
Magistrados: Dres. Carlos S. Fayt, Augusto Cesar Belluscio, Enrique Santiago Petracchi, Adolfo Roberto Vázquez y Juan Carlos Maqueda.
1. Los argumentos del Tribunal Fiscal de la Nación para oponerse a la remisión, que en los precedentes que cita, se aludió de modo expreso a que no se había iniciado acción alguna contra el concurso ni promovido ejecución sobre la base del invocado crédito fiscal, y que en cuanto a la existencia de una pretensión de verificación, se trataba de actuaciones (...)
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1. COMENTARIO
En principio, la muerte del empleador no produce la extinción del contrato de trabajo, ya que pueden continuar la explotación de la empresa sus causahabientes.
Pero si el empleador era una figura esencial en el contrato por algún motivo particular que impide que la empresa pueda funcionar sin su titular, o si el empleador era un profesional –por ejemplo, médico, contador, abogado, arquitecto, entre otros– y sus herederos, al no poseer título habilitante, no pueden continuar con su actividad, se extingue el contrato de trabajo por la imposibilidad de ser continuada la actividad. (...)
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“GONZÁLEZ, JOSÉ FEDERICO c/RODRÍGUEZ, JUAN CARLOS FAUSTINO s/SUCESIÓN y OTRO s/DESPIDO”
C.N.A.T., SALA VIII, SENTENCIA Nº 30.961 DEL 13/12/2002
La muerte del empleador no extingue per se el contrato de trabajo, pero el artículo 249 de la Ley de Contrato de Trabajo remite a una evaluación fáctica jurídica del caso concreto considerando “...las condiciones personales o legales, actividad profesional u otras circunstancias (de aquél)...”. Si en el caso concreto se trata de un agente de bolsa, esa calificación es esencial y determinante de la relación de trabajo, toda vez que dicha actividad se halla (...)
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“GARCÍA, ISABEL DOLORES c/CHULAK, ISIDRO s/DESPIDO”
C.N.A.T., SALA VI, SENTENCIA DEFINITIVA Nº 55.602 DEL 05/12/2002
La única causal de extinción de la relación de empleo, relacionada con el empleador, es su muerte. Si sus habilidades personales son tan importantes que su ausencia imposibilita la vinculación, el trabajador recibe una suma de dinero equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la indemnización por despido (artículo 249 de la Ley de Contrato de Trabajo). Cualquier otra circunstancia del empleador no lo libera de satisfacer, en caso de despido, la indemnización correspondiente. La (...)
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PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AGENCIAS DE REMIS. Modalidades de la prestación y su tratamiento en el gravamen
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica el tratamiento que corresponde otorgar, en el impuesto al valor agregado, a las siguientes prestaciones vinculadas con la actividad de una agencia de remis constituida como una sociedad de hecho:
1. Organización y recepción de pedidos de vehículos por parte de los pasajeros;
2. Servicio de transporte realizado por los socios de la agencia con sus propios automóviles.
Sobre el (...)
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PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE REFRIGERIO A PROFESIONALES. Consulta de la Fundación Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se solicita a la asesoría técnica que emita opinión acerca del tratamiento que corresponde otorgar, en el impuesto al valor agregado, al servicio de refrigerio prestado en el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los matriculados.
En ese sentido, se informa que la entidad celebró un convenio con la Fundación ..., mediante el cual cedió un sector de su sede para la prestación del (...)
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PARTES Y PIEZAS QUE INTEGRARÁN UN BIEN COMPRENDIDO EN LA PLANILLA ANEXA DEL INCISO E) DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY. Modificaciones introducidas por el Decreto Nº 493/2001. Alícuota aplicable
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica la alícuota aplicable a la elaboración de partes y piezas que integrarán un producto incluido en la planilla anexa al inciso e) del artículo 28 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
Al respecto, se señala que la cuestión a resolver es si la fabricación de componentes por encargo debe ser considerada como una locación de obra, (...)
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DEUDORES INCOBRABLES. Improcedencia de su consideración en el impuesto al valor agregado
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica si resulta factible computar como crédito fiscal del impuesto al valor agregado el débito fiscal oportunamente generado, con motivo de haberse producido la incobrabilidad del deudor respectivo.
Sobre el particular, el interesado expone el detalle de las facturas que la empresa “Y.Y.” S.A. le adeudaba al 30 de junio de 1999, destacando que con fecha 22 de julio de 1999 dicha firma cambia su denominación social por la de (...)
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PRESTACIONES DE SERVICIOS EJECUTADAS EN EL PAÍS POR EMPRESAS DOMICILIADAS EN EL EXTRANJERO. Improcedencia de la aplicación de la figura prevista en el inciso d) del artículo 1º de la ley del gravamen
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se solicita la intervención de la asesoría técnica a fin de evaluar la viabilidad de la acción de repetición interpuesta por una empresa, con motivo de haber sido ingresado sin causa el impuesto al valor agregado por prestaciones llevadas a cabo dentro del territorio nacional por sujetos domiciliados en el exterior.
En ese sentido, el interesado (...)
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DEUDORES INCOBRABLES. Tratamiento en el gravamen
BOLETÍN Nº 55 (A.F.I.P./D.G.I.) – FEBRERO DE 2002
Se consulta a la asesoría técnica si resulta factible deducir en el impuesto a las ganancias los créditos relacionados con un deudor concursado, respecto del cual el acreedor no se ha presentado a la verificación.
Sobre el particular, el interesado expone el detalle de las facturas que la empresa “Y.Y.” S.A. le adeudaba al 30 de junio de 1999, destacando que con fecha 22 de julio de 1999 dicha firma cambia su denominación social por la de “W.W.” S.A. en su carácter de continuadora de “Y.Y.” S.A.. (...)
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“CAFINCA S.A. c/SANTIAGO DEL ESTERO, PROVINCIA DE s/DAÑOS Y PERJUICIOS”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - MARZO, 11 DE 2003
Voto de la Mayoría: Dres. Carlos S. Fayt, Augusto Cesar Belluscio, Enrique Santiago Petracchi, Antonio Boggiano, Guillermo A. F. López y Juan Carlos Maqueda.
Voto de la Minoría: (disidencia de fundamentos): Dr. Adolfo Roberto Vázquez.
1. No puede ser atendida la alegación de la Provincia de Santiago del Estero sobre la base de la cual la misma considera que ha sido afectado su derecho de defensa en juicio, en la medida en que no se le dio (...)
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