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Artículos de esta sección
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Una persona física le alquila un local de su propiedad a una empresa, ¿dicha empresa debe practicarle la retención del impuesto al valor agregado mensualmente por el pago del alquiler?
Si la empresa fue designada como agente de retención en virtud de la Resolución General Nº 18 (A.F.I.P.) y el monto a retener supera los $ 160, corresponde que en oportunidad del pago la empresa practique la retención del impuesto al valor agregado –siempre que el locador revista la calidad de responsable inscripto en el gravamen–.
APLICACION TRIBUTARIA S. A.
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¿Una entidad sin fines de lucro exenta en el impuesto a las ganancias está obligada a presentar el F. 780? ¿Existe la obligación de presentar alguna declaración jurada a fin de informar las donaciones?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 1815, las entidades exentas están obligadas a presentar la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias y el F. 760 o F. 780 (Informe para fines fiscales). En la misma declaración jurada del impuesto a las ganancias deberán informar las donaciones recibidas durante el período fiscal.
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Impuestos a las Ganancias y (...)
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¿Es obligatoria la presentación por internet de la declaración jurada mensual de los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?
Los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (S.I.CO.L.), deben presentar sus declaraciones juradas mensuales y efectuar el pago correspondiente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
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Si un contribuyente pasa de ser responsable inscripto a monotributista, ¿qué punto de venta tiene que poner en las facturas de venta si tenía controlador fiscal con punto de venta 0001 y facturas A y B con el punto de venta 0002? ¿Debería comenzar con el punto de venta 0003 o seguir con lo puntos de venta anteriores?
De conformidad con lo establecido por la Nota Externa Nº 9/2004, el contribuyente puede mantener los códigos declarados de sus puntos de ventas, sin perjuicio de lo cual la numeración de la facturación deberá comenzar desde la unidad (...)
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La declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos de los contribuyentes bimestrales de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al año 2006 ¿debe ser presentada vía internet y generada a través del aplicativo“IB–Bimestral (versión 1.0 Release 6)”, o con el formulario manual R–006?
Hasta el momento no fue publicada una norma que establezca la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada anual de los contribuyentes bimestrales de la Provincia de Buenos Aires vía internet, mediante la utilización del programa aplicativo “IB–Bimestral (versión 1.0 Release 6)”. A su vez, (...)
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¿Cuándo se comienza a abonar la nueva categoría de Monotributo resultante de la recategorización efectuada en el mes de septiembre? ¿El Monotributo se paga mes adelantado y autónomos mes vencido?
La nueva categoría se comienza a abonar el mes inmediato siguiente a la recategorización. Por lo tanto, el mes de septiembre paga la categoría vieja y el mes de octubre comienza a pagar el nuevo importe.
El Monotributo se abona por mes corriente y autónomos por mes vencido.
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El (...)
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Si un responsable inscripto le alquila cierta cantidad de hectáreas a otro responsable inscripto, como dicha operación está exenta en I.V.A., ¿qué factura se debe emitir?
Por tratarse de dos responsables inscriptos y de una locación exenta, el locador deberá emitir una factura tipo “A” sin I.V.A., consignando la leyenda “Exento según artículo 7º, inciso h), punto 22 de la Ley de I.V.A.”.
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IVA Análisis Integral
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¿Aquellos contribuyentes que tienen controladores fiscales deben presentar el CITI Ventas denunciando los comprobantes emitidos por controlador o están exceptuados de hacer dicha presentación?
Los contribuyentes que estén obligados a presentar el CITI Ventas, por haber solicitado autorización para imprimir comprobantes manuales clase “A” con posterioridad al 20 de octubre de 2003, deben incluir en el detalle solicitado por el aplicativo todas las facturas emitidas, tanto las manuales como los comprobantes que surgen del controlador fiscal. Ahora, si las facturas manuales clase "A" fueron (...)
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Un contribuyente que tiene saldo a favor en una jurisdicción y saldo a pagar en otra, ¿puede presentar y pagar ambas jurisdicciones en el banco como hacía hasta ahora, o debe presentar la que tiene saldo a favor por internet y la otra presenta y paga en el banco?
Si el contribuyente posee una jurisdicción con saldo a pagar –tratándose de un contribuyente común, no obligado a presentar por internet– puede optar por presentar y pagar en el Banco o presentar vía internet y pagar en el Banco.
La presentación por internet para los contribuyentes comunes es obligatoria a partir del 1º de agosto de 2007 (...)
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Se debe generar una declaración jurada rectificativa del período 07/2007 ya abonado, a los efectos computar percepciones bancarias, quedando como consecuencia de esto un saldo a favor por el monto de las percepciones. ¿A los efectos de confeccionar la declaración jurada rectificativa, en qué rubro se informa el pago efectuado en la declaración jurada original para que la declaración jurada rectificativa arroje saldo a favor?
El importe abonado en la declaración jurada original se ingresa en la pantalla “Liquidación por jurisdicción” en la opción “Créditos del (...)
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Un contribuyente cuya actividad es fletero compró un auto que lo utilizará el cien por ciento (100%) para uso comercial, ¿se puede tomar el 100% del crédito fiscal o existe un tope? En el supuesto que se compute el crédito fiscal por la compra del vehículo, cuando lo vende ¿lo debe facturar?
La limitación para el cómputo del crédito fiscal consistente en la aplicación de la alícuota del I.V.A. sobre un valor neto de adquisición de $ 20.000 no es de aplicación cuando el automóvil tiene para el adquirente el carácter de bien de cambio o constituye el objetivo principal de la actividad gravada (alquiler, (...)
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Al proceder al recambio de la memoria fiscal, una vez llevado el controlador a la A.F.I.P. para que extraiga los datos pertinentes, ¿se debe presentar el formulario que se adjunta al controlador como cuando se lo declaró por primera vez?
La Resolución General Nº 259 (A.F.I.P.) establece que a los efectos de proceder al recambio de la memoria fiscal se debe presentar electrónicamente el F. 445/4 y luego concurrir a la agencia con el acuse de presentación del F. 445/4 y el F. 445/D, a los efectos de que le den un turno para el retiro de la memoria. Nada dice respecto de la obligatoriedad de la (...)
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Una persona es socia de una sociedad de hecho la cual está inscripta en I.V.A. y por dicha actividad está inscripta en autónomo y en ganancias. Además, va a iniciar la explotación de un negocio de venta al por menor de artículos varios.
Teniendo en cuenta que sus ingresos brutos anuales por las dos actividades no superan el límite de $ 144.000, ¿puede anotarse en el Monotributo por la actividad de venta al por menor y mantener las inscripciones en el régimen de trabajadores autónomo y en el impuesto a las ganancias por su calidad de socia de sociedad de hecho?
Por la actividad independiente el (...)
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¿Cuándo opera el vencimiento para la presentación de la declaración jurada informativa F. 713, generada a través del programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Jurídicas – Versión 7.99”?
El vencimiento para la presentación de la declaración jurada informativa F. 713, generado a través del programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Jurídicas – Versión 7.99”, por parte de las personas jurídicas que habiendo cerrado ejercicio en diciembre de 2006 optaron por efectuar la presentación de la ddjj de impuesto a las ganancias mediante la utilización del programa aplicativo denominado “Ganancias (...)
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Un contribuyente que le autorizaron la impresión de las facturas A en el mes de agosto, ¿cuándo debe presentar el CITI Ventas y por qué período?
El CITI Ventas se presenta por cuatrimestre calendario. Para que corresponda la presentación deben transcurrir dos meses desde que se solicitó la autorización para imprimir facturas mediante la presentación del F. 855 o F. 856.
Por lo tanto, en el vencimiento de septiembre de 2007, no le corresponderá dicha presentación al no contar con dos meses. Consecuentemente, corresponderá la presentación del CITI Ventas en el mes de enero de 2008, debiendo informar (...)
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¿Con qué concepto y con qué formulario se paga la multa reducida por no presentación de la declaración jurada de impuesto a las ganancias de una asociación, haciendo uso de la Instrucción Nº 11/97?
La multa se abona con el volante de pago F. 799/C o F. 799/E, informando los siguientes códigos:
Impuesto: 010 Concepto: 019 Subconcepto: 140 multa automática
Cabe aclarar que será procedente la utilización de la reducción que autoriza la Instrucción Nº 11/97 siempre que:
Presente la ddjj omitida con anterioridad a ser notificado por la A.F.I.P. Que no haya cometido la infracción dentro del (...)
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¿Cuál es el procedimiento a seguir a fin de efectuar una consulta vinculante a la A.F.I.P.?
A través de la Resolución General Nº 1948 se establece que la consulta vinculante deberá efectuarse mediante una nota en los términos de la Resolución General Nº 1128 –multinota–, ante la dependencia de A.F.I.P. en la que los peticionarios se encuentren inscriptos, y contener:
La exposición detallada sobre las personas y los hechos, actos, situaciones, relaciones jurídico–económicas y formas o estructuras jurídicas de las que dependa el tratamiento de los casos planteados, acompañada de una copia certificada (...)
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Si no se pudieron debitar las cuotas de “mis facilidades” por falta de fondos, ¿cómo se hace para rehabilitar dichas cuotas?
El contribuyente debe ingresar al servicio “mis facilidades”, al plan presentado, y seleccionar la opción “Rehabilitar cuotas” a los efectos de que se le debite la cuota con más lo intereses devengados el día 10 del mes siguiente.
Libro relacionado:
Regímenes de Facilidades de Pago "Mis Facilidades"
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Una vez obtenida la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires, por parte de una asociación civil sin fines de lucro, ¿se deben de dejar de presentar las declaraciones juradas bimestrales?
De conformidad con lo establecido por el artículo 674 de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 1/04, los contribuyentes beneficiarios de exenciones están obligados a presentar las declaraciones juradas mensuales o bimestrales, y las anuales, del impuesto sobre los ingresos brutos, acompañando copia de la resolución que les otorgó el beneficio y discriminando, en caso de (...)
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¿Hay alguna moratoria vigente para regularizar deuda de monotributo?
Actualmente, se encuentran vigentes los planes de facilidades de pago “Mis Facilidades”, implementados por las Resoluciones Generales Nros. 1966 –plan permanente, deuda con vencimiento indistinto– y 2278 –deuda vencida con anterioridad al 31 de agosto de 2005–, a los cuales se accede a través de la página de internet de la A.F.I.P., mediante el empleo de Clave Fiscal.
Nota relacionada:
Monotributo: lanzan 8º edición con últimas actualizaciones
Libro relacionado:
El (...)
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¿Cómo procede una sociedad de responsabilidad limitada para consultar el servicio “Mis retenciones” si no está habilitado, y la clave fiscal con la que se ingresa es la de persona jurídica?
A partir de las modificaciones introducidas por la Resolución General Nº 2239 no se pueden habilitar sistemas con las claves de las personas jurídicas –sin perjuicio de la fecha en la cual opera la caducidad de dicha clave–.
Para poder dar de alta a nuevos sistemas, previamente se deberá vincular el C.U.I.T. y la Clave Fiscal del representante legal de la sociedad con el C.U.I.T. de la persona jurídica, para lo (...)
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Un contribuyente unipersonal es monotributista y debe inscribirse en I.V.A., qué tramites debe efectuar y qué formularios debe presentar?
El contribuyente deberá solicitar la baja en el Monotributo mediante la presentación, ante la A.F.I.P. en la que se encuentre inscripto, del formulario F. 183/F, informando en el dorso de dicho formulario la causal de baja (en este caso, exclusión o renuncia) y proceder a dar el alta en el régimen general (I.V.A., ganancias, autónomos, régimen de empleador –según corresponda–) con el F. (...)
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¿Qué formulario y/o documentación debe presentar ante la A.F.I.P. una persona física que traslada su domicilio fiscal?
A fin denunciar el cambio de domicilio ante la A.F.I.P., el contribuyente deberá presentar el formulario F. 460/F o el 183/F (si es monotributista) y adjuntar dos de los siguientes elementos:
1) Certificado de domicilio expedido por autoridad policial.
2) Acta de constatación notarial.
3) Fotocopia de alguna factura de servicio público a nombre del contribuyente o responsable.
4) Fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de “leasing”, del inmueble cuyo (...)
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¿Cuál es el trámite para reducir una multa de $ 400 que le impusieron a una asociación civil por no presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias en término? ¿A qué importe se puede reducir?
Si dentro del plazo de quince (15) días a partir de la notificación el infractor paga voluntariamente la multa y presenta la declaración jurada omitida, el importe de $ 400 se reducirá de pleno derecho a la mitad ($ 200) y la infracción no se considerará como un antecedente en su (...)
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Si un matrimonio compra un automóvil por un valor de $ 38.000, teniendo en cuenta que ambos pueden justificar sus ingresos y que figuran como titulares en el título de propiedad (50% cada uno), ¿corresponde la presentación ante la A.F.I.P. del F. 381 de bienes registrables?
De conformidad con lo establecido por el artículo 3º de la Resolución General Nº 3580 (D.G.I.), en el caso de condominios, la presentación del formulario F. 381 corresponderá cuando la proporción correspondiente a cada condómino en los importes de adquisición del automóvil, supere la suma de $ 25.000.
Consecuentemente, en el caso (...)
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