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Artículos de esta sección
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¿Se puede depositar el sueldo de los empleados en Caja de Ahorro Sueldos antes de la finalizacìon del mes que se abona? Ej: sueldos de 10/2013 el dìa 28/10/2013
La ley establece un plazo máximo de pago, que es el cuarto día hábil del mes vencido, pero no establece mínimo. Así que se puede depositar el 28/10/13.
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Ante un nuevo ingreso de un trabajador. ¿Es obligatorio hacerle el examen pre-ocupacional al trabajador antes de los tres meses de prueba?
Es obligación de empleador realizar el examen preocupacional, antes del ingreso del trabajador al establecimiento.
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A los efectos de armar un legajo de un empleado cumplo con la obligación de entregarle formulario anses PS 2.14 DJ de Cargas de Familia (junto con otros formularios que no hacen a la consulta en cuestión) y le requiero que me devuelva un ejemplar luego de presentado con constancia de acuse de funcionario del organismo. El empleado me entrega hoja impresa titulada "Administrador de Personas 1.0 - Mantenimiento de relaciones" donde se identifica a 2 hijas, conviviente y al padre con sello de la UDAI que lo emitió....Consulto: ¿Esta hoja impresa es constancia suficiente de las cargas de (...)
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¿Cuál es la alícuota de retención de impuesto a las ganancias (R.G. 830) y mínimos imponibles correspondientes a LOCACIONES DE OBRA Y/O SERVICIOS, NO EJECUTADAS EN RELACION DE DEPENDENCIA, CODIGO 94?
La alicuota de retención para este concepto es:
Inscriptos en ganancias: 2%
No inscriptos en ganancia: 28%
Mínimos no imponibles: $ 5.000
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¿En la reunión de socios de una SRL, puede un socio representar a otro que se encuentra de viaje?
Para representar a otro socio tiene que tener un poder.
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A una profesional medico monotributista, que no esta en relación de dependencia, factura a una obra social, la misma le abono por cuenta bancaría y por esto sufrió una retención de ganancias. ¿Se le puede retener a un monotributista dicho impuesto?
En principio no correspondería.
Sólo existe un régimen de retención del impuesto a las ganancias y al valor agregado a responsables monotributistas establecido por la R.G. Nº 2616 (A.F.I.P.) que dispone un régimen de retención aplicable sobre los pagos que se efectúen a los sujetos adheridos al Régimen de Monotributo, en los casos que se indican a (...)
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Un contribuyente que se adhirió al plan de facilidades de pagos de la RG 3451 desea cancelar de una sola vez, en forma adelantada el total de las cuotas restantes del plan de pagos. ¿Es posible efectuar esta cancelación adelantada de una sola vez? ¿Cuál es el procedimiento para realizar este pago?
Sí, podrá solicitar la cancelación anticipada de la deuda comprendida en los planes de facilidades de pago, a través del sistema MIS FACILIDADES, a partir del mes en que se produce el vencimiento de la segunda cuota del plan de facilidades de pago de que se trate.
En caso que la cancelación sea total, (...)
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A un Sindicato al cual le conceden la exención del impuesto a las ganancias, ¿tiene un porcentual distinto para la operatoria en sus cuentas, concretamente en lo referente al impuesto sobre los débitos y los créditos?
Para las entidades exentas en el impuesto a las Ganancias (exceptos entidades religiosas que si están exentas), no rige exención alguna del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios
No obstante deberá tenerse en cuenta que las alícuotas generales del gravamen se reducirán a 2.5 por mil y 5 por mil según el caso, para los créditos y débitos alcanzados por el Impuesto cuando se (...)
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¿Cuántos años es la prescripción de personas físicas para el caso de un director y accionista de S.A. para el impuesto a las ganancias y bienes personales.
La prescripción de las acciones del fisco para reclamar el pago de impuesto prescribe a los 5 años para los contribuyentes inscriptos y a los 10 años para los contribuyentes no inscriptos. Cabe aclarar que por la Ley de blanqueo se extendió un año más. Se comienza a contar a partir del 1º de enero del año siguiente al que vencio.
Por ejemplo: Ganancias año 2006, vencio en abril , se comienza a contar a partir del 01/01/2008, por lo tanto (...)
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MONOTRIBUTO
24 de octubre de 2013
por Grenabuena, Silvia R.
Una persona que es Monotributista Social, ¿cómo tiene que hacer para pasarse al Monotributo "comun"?
A los efectos de que los pequeños contribuyentes figuren como adheridos al Monotributo social, se debería haber tramitado dicha inscripción ante el Ministerio de Desarrollo Social, debiendo previamente estar inscriptos en el inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
El contribuyente debería darse de baja como tal ante el Registro. De conformidad con lo establecido por el artículo 58 del Decreto Nº 1/2010, cuando los sujetos inscriptos en el Registro (...)
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Un fideicomiso debe solicitar autorizacion para emitir facturas. Existe un inmueble a nombre del fideicomiso, pero AFIP dice que el responsable que debe acreditar la solvencia patrimonial es el fiduciario. ¿No sirve adjuntar la escritura del inmueble a nombre del fideicomiso para solicitar la autorizacion de emitir facturas A?
El artículo 3º de la Resolución General 1575 (A.F.I.P.) dispone que en el caso de los sujetos comprendidos en el 2º párrafo del artículo 4 de la Ley de I.V.A., las condiciones indicadas precedentemente (acreditar la solvencia patrimonial para la solicitud de facturas) (...)
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Una empresa quiere comprar a un cliente nuestro y pagarle con "bonos segun R.G. 379/2001". ¿La empresa que los recibe los puede aceptar y tomar para el pago de iva?
El Decreto Nº 379/2001, establece que el bono fiscal contemplado en el artículo 3º será nominativo y podrá ser cedido a terceros una única vez. Podrá ser utilizado por los sujetos beneficiarios o los cesionarios para el pago de la totalidad de los montos a abonar en concepto de impuesto a las ganancias, impuesto a la ganancia mínima presunta, impuesto al valor agregado (I. V. A.), impuestos internos, en carácter de saldo de (...)
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Una empresa paga 3 facturas y al hacer la retención se encuentra con que puede detallar sólo una factura y no queda clara la cuenta de la retención de esa forma. Quizás debería poner un número de recibo, pero no es un número oficial (lo oficial es la factura) ¿Qué se debe poner en el aplicativo para identificar lo que se paga y que dé la cuenta de la retención?
En caso de tener múltiples facturas para una retención, podrá agrupar las mismas.
En la ventana Detalle de Retenciones, en el campo Tipo de Comprobante, deberá seleccionar la opción Orden de Pago o Recibo y en el campo Número de Comprobante, se (...)
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Un empleador cuyo empleado cambia de Obra Social. ¿Qué cambios debe hacer en el Sicoss? ¿Tiene que informar a la Afip y/o al Anses? ¿Cuándo se efectúan los cambios, en el momento que el empleado trae el comprobante?
Desde el momento que el trabajador hizo la opcion de cambio, tiene que esperar tres meses para modificar el código en el F. 931. Por ej. el trabajador hizo la opcion de obra social el día 24/10, octubre, noviembre y diciembre continua con la obra social que tenia, en el F. 931 de enero modifica el código de obra social por el (...)
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¿El contrato a prueba sigue existiendo? ¿Es por tres meses? ¿Se debe concretar con un contrato valga la redundancia o tan solo al dar de alta en Afip como a prueba es suficiente? La asignacion familiar si los dos padres trabajan baja relación de dependencia se suman los dos sueldos?
Es conveniente establecer por escrito que el trabajador se encuentra en periodo de prueba, por tres meses, de acuerdo a lo regulado por el art. 92 ter LCT, el alta en periodo de prueba es el código 14.
Cuando ambos padres trabajan en relación de dependencia se suman los ingresos. Rango salarial, de $200 a $4800, (...)
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Si un contribuyente abona de más autónomos, luego de realizada la correspondiente reimputación del exceso al siguiente período, el remanente que no alcanzo para ser compensado, ¿como se paga?.
Se deberá indicar al cajero verbalmente el CRA (Código de Registro Autónomos) de la categoría que desea abonar y solicitar que edite el importe, para ingresar únicamente la diferencia.
O con el F. 801/E, Indicando, Autónomo, Rubro I: 308 o 358, Rubro II: 019, Rubro III: (...)
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En el caso que no se haya efectuado la retención de IVA y de ganancias por haber recibido una factura M de un proveedor, ¿cómo es el procedimiento?
Si ya se efectuó el pago, y no se practicó la retención no hay manera de solucionarlo, lo que se puede hacer es ingresar la retención y luego compensarla de un futuro pago a los efectos de no omitir actuar como agente.
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¿Existen obligaciones que impone la AFIP para un responsable inscripto de solicitar o consultar la constancia de inscripción de otro RI al momento de realizar una venta o compra? ¿Y de consultar la validez de comprobantes recibidos?
Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado están obligados a verificar la validez de la constancia de inscripción en el momento de efectuarse la primera transacción u operación con el emisor. No resultará obligatoria una nueva consulta durante el transcurso del período de validez.
Se debe verificar la situación fiscal que, con relación a los (...)
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¿Se puede usar remitos con un punto de venta distinto a las facturas que se emiten con impresora fiscal?
Si, siempre que el punto de venta con el cual se van a emitir los remitos está habilitado ante AFIP.
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¿Existe algun plazo para poder abonar esta liquidación final ya que es una situacion ajena a la decision del empleador? ¿Debe abonarse el preaviso? ¿Qué conceptos incluye?
En principio el plazo es de 4 días hábiles, como todos los pagos de créditos laborales. El trabajador puede exigirla, pero quizás pueden armar alguna forma de pago, no seria conveniente que el trabajador intime. La liquidación final, consta de días trabajados (o licencia enfermedad), sac proporcional, vac no gozadas, e indemnización art. 245, no se liquida integración, ni (...)
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Una empleada toma 3 meses de licencia por maternidad, durante ese tiempo ¿hay que hacer un recibo de sueldo que diga licencia por maternidad? ¿se hacen aportes a la obra social?
Es conveniente emitir el recibo de sueldo, aun en 0, cuando una trabajadora esta en licencia por maternidad, sirve de soporte para el libro de sueldo.
No se hace ningún aporte, ni contribución.
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¿Qué aplicativo o que relacion debo utilizar para presentar las retenciones de impuesto a las ganancias de la R.G. Nº 830?
Las retenciones a las ganancias de la R.G. Nº 830 se informan e ingresan mediante el aplicativo SI.CO.RE. 8.0 Release 11
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El estado de de exedencia ¿es una licencia sin goce de haberes?
La licencia por excedencia es una licencia sin goce de haberes, no es paga. En F931 se expresa licencia por excedencia, días trabajados "0", no se cargan importes.
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Ante la existencia de una asamblea extraordinaria que distribuyo dividendos en efectivo, en 2/2013 (cierre de balance 6/2013) y los importes fueron acreditados en las cuentas de los socios, ¿quedaría alcanzada esa distribución por las modificaciones a la ley de ganancias?
La Ley Nº 26.893 que dispuso la aplicación del 10% sobre los dividendos entró en vigencia el 23 de septiembre (fecha de publicación). Hasta el momento AFIP no reglamentó dicha norma.
Si la Asamblea que distribuyo los dividendos es de fecha febrero de 2013, implica que se distribuyeron los resultados que surjen del ejercicio (...)
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Presente una DDJJ de Ganancias x un período irregular de 3 meses, calculando los anticipos en base a esta DDJJ. Pero la Afip me recalcula los anticipos anualizándome el impuesto, ¿esto es correcto? ¿dónde esta establecido?
De acuerdo a lo establecido en el punto 2, del Anexo de la R.G. Nº 327, se establece lo siguiente: 2. Anticipos cuya base de cálculo es el impuesto determinado por un ejercicio de duración inferior a un (1) año:
a) Impuesto a las ganancias: Deberá determinarse el monto de cada uno de los diez (10) anticipos a ingresar en las condiciones establecidas en el Capítulo A del Título (...)
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