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Artículos de esta sección
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El monto del alquiler es de $ 3.500 mensuales, quieren abonar anualmente el total, para lo cual piden factura ¿puede inscribirse como monotrinutista el propietario?
El sujeto puede inscribirse como monotributista con la actividad de locador, siempre que no supere tres actividades o unidades de explotación o que el ingreso anual no supere los $ 200.000. Sandra
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¿Cómo reimprimo actualizada una credencial de pago de los responsables monotributistas ante el cambio de los aporte autonomo y de la obra social?
La única manera de reimprimir la credencial de pago es ingresando al sistema Registral opción Monotributo y allí ir a la opción reimprimir credenciales. Otra opción es ir al ítem consulta de trámites efectuados.
En el caso de no poder reimprimir la credencial, los bancos ya tendrán actualizados los sistemas a fin de cobrar los nuevos valores presentando la credencial de pago (...)
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Un profesional abogado, se encuentra inscripto como monotributista en la categoria E. Durante el mes de junio percibió honorarios judiciales por 3 juicios iniciados hace mucho y que en total suman $ 400.000 ¿debe pasar a ser responsable del régimen general ahora o lo debe hacer al vencimiento de la recategorización, o sea en septiembre?
Cuando le regulan dichos honorarios el contribuyente ya queda excluido del Monotributo, por lo tanto dichos ingresos ya quedan alcanzados por el régimen general. La exclusión en el Monotributo tiene efectos a partir de las 24 hs. del día en que se detecta la (...)
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¿Cuáles son los principales cambios en las alicuota a partir del 01/06/2012 de impuesto sobre los ingresos brutos, Provincia de Buenos Aires?
Los cambios más importantes introducidos por la Ley Nº 14.357, vigentes a partir del 1º de junio, en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires, son los siguientes: a) Las actividades de comercialización detalladas en el Apartado A del artículo 20 de la Ley Impositiva, pasan a estar alcanzadas a la alícuota del 5% (antes 4,50%). Asimismo, se establece que será de aplicación la alícuota del 3% cuando dichas actividades se (...)
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El Título III de actualización de autoridades societarias ¿se debe utilizar para los ejercicios que cierran a partir del 1º de enero de 2012 o para las actualizaciones de autoridades desde dicha fecha
El régimen de información de actualización de autoridades societarias -Título III- es de aplicación para las inscripciones efectuadas y las modificaciones producidas, a partir del 1º de enero de 2012, inclusive. El servicio informático denominados "Actualización Autoridades Societarias", estará disponible a partir del día 1º de julio de 2012, inclusive. La información correspondiente al régimen de (...)
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Si una SRL está compuesta por dos socios, que cada uno participa en el 50% del capital, ¿Por tener una participacion mayor o igual al promedio si o si deberían inscribirse ambos en autónomos o solo si son socios gerentes?
En el caso planteado, ambos socios deberán inscribirse en el régimen de trabajadores autónomos, aún cuando ambos no sean socios gerentes.
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¿Hay algún inconveniente en usar la cuenta que se vinculó para pedir facturas A con CBU, realizando depósitos que no tengan que ver con la emisión de facturas A, por ejemplo, depositar dinero y realizar un plan de pagos para pagar la deuda de autónomos que tiene un gerente?
La Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) que corresponde informar debe ser la del responsable inscripto que ejerce la opción de emitir comprobantes clase A con leyenda. La única limitación que establece la Resolución General N° 1575 es que si la cuenta bancaria declarada fuera de titularidad compartida, la Clave Bancaria Uniforme no (...)
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¿Hay alguna excepción para que un socio gerente no tenga que inscribirse en el impuesto a las ganancias?
La única excepción es si el socio gerente obtiene ingresos inferiores al mínimo no imponible y a las cargas de familia, en cuyo caso no está obligado a presentar la declaración jurada de ganancias.
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El programa Participacion Societarias, Fondos Comunes de Inversion y Fundaciones y Asociaciones Civiles, version 4.0 ¿se debe usar para los ejercicios finalizado el 31/12/2011?. ¿Para los que finalizaron anteriormente que programa se utiliza?
La versión 4 del programa aplicativo "Participaciones Societarias, Fondos Común de Inversión y Fundaciones y Asociaciones Civiles", debe ser utilizado para los cierres posteriores al 31/12/2011, inclusive. Para los cierres anteriores se puede utilizar la versión (...)
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¿Cuándo vence el régimen de información de participaciones societarias?, ¿qué aplicativo debo usar? Si ya se presento el aplicativo disponible en junio de 2012 correspondiente a 2011 ¿se debe presentar rectificativa de ella con el nuevo programa aplicativo?
El régimen de información de participaciones societarias vence los días 27, 30, 31 de julio y 01 y 02 de agosto, según la terminación de CUIT. Es obligatoria la utilización de la versión 4 del programa aplicativo, por lo tanto deberá presentar una ddjj (...)
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¿Cómo tengo que hacer para generar un plan mis facilidades incluyendo una declaración jurada de impuesto a las ganancias, que ya fue incluida en un plan anteriormente el cual todavia esta vigente?. ¿Lo que quiero hacer es generar un plan de pagos especial de 36 cuotas ya que esta bajo inspeccion pero como ya esta incluido en otro plan no nos deja?
No es posible reformular el plan presentado. En todo caso deberá solicitar la anulación del plan vigente previamente en la (...)
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FACTURA B
4 de julio de 2012
por Roger, Sandra Cristina
¿Qué factura le debe entregar un contribuyente inscripto en iva a uno exento una factura B o una A o M? ¿El tope maximo que se puede facturar en las facturas tipo B es de $ 1.000?
La factura que debe emitir un responsable inscripto a un sujeto exento es un comprobante B.
La factura B no tiene un tope máximo que se pueda facturar, lo que se exige en la Resolución General N° 1415 es que si se supera el monto $ 1.000 se deben solicitar los datos del adquiriente (apellido y nombre o denominación, DNI o C.U.I.T. y dirección).
La limitación del monto de $ 1.000 es para emisión de comprobante (...)
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¿Los conceptos no remunerativos, tales como por ejemplo en convenio de camioneros: viaticos, se incluyen o no en el cálculo del aguinaldo.
Las sumas no remunerativas no forman parte de la base de calculo, a no ser que el Convenio Colectivo de Trabajo lo establezca como el caso de comercio.
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Un matrimonio, los dos docentes, ¿pueden ambos declarar como familiar a cargo a los hijos?, ¿o sólo lo debe hacer el que percibe el mayor haber?
Los dos podrán declarar y deducir como carga de familia a los hijos.
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¿Cuál es el procedimiento para hacer una declaración jurada rectificativa de cargas sociales en Su Declaración sin tener que volver a cargar la información de la declaración jurada original?
Al ingresar al Sistema Su declaración Online, y coloca el mes y año, el sistema le trae la información que tiene en su base, como rectificativa. Luego modificara la información, siguiendo con le procedimiento habitual.
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Embargo
27 de junio de 2012
por Medrano, Marcela
¿En el formulario 931, se debe poner el monto retenido por embargo? ¿y en el recibo de sueldo?
En el recibo de sueldo en la misma columna que se ponen las retenciones se coloca Retención Embargo y el importe. En el oficio que recibió la empresa, esta el banco donde se realiza el deposito de lo retenido mensualmente. En el F.931 no se coloca nada.
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Se toma un plan de pagos por un importe equivocado, ¿cómo se hace para anular el plan y consignar el correcto (el correcto es menor que el importe por el que se tomo el plan y la primera cuota vence el 16/07/2012)?
Se debe confeccionar el nuevo plan y luego por multinota adjuntando copia del nuevo plan solicitar la anulación del plan confeccionado erróneamente en la agencia de la AFIP.
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¿Qué ocurre si producto de no haber podido pagar la última cuota de un plan de pagos el mismo a partir de marzo 2012, segun pagina web, entro en caducidad?
Si el plan está caduco renace la deuda original, debiendo entrar en el plan caduco en la opción Impresiones y ser cuál es la deuda que tiene una vez reimputadas las cuotas por AFIP. El saldo deberá ingresarlo en efectivo con un F. 799 o F. 801 (según corresponda) y con los códigos de la deuda original.
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Una proesional que ganó en el año 2011 $ 105.000 brutos como empleada en relacion de dependencia (ademas es monotributista cat E, con un ingreso a de $ 65.000 mas en el año 2011), ¿tiene que presentar solo bienes personales?
Al haber tenido durante el año 2011 sueldos brutos superiores a $ 96.000 e inferiores a $ 144.000, el contribuyente sólo se encuentra obligado a presentar la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales con carácter informativo, siempre que sus bienes al 31/12 no superen los $ (...)
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El seguro de sepelio que se descuenta por recibo de sueldo ¿se puede deducir en el impuesto a las ganancias en su totalidad o se debe tener en cuenta el tope?
La Resolución General N° 2437 en el Anexo III, establece que sólo se podrán deducir las primas de seguros para caso de muerte, con el tope es de $ 996,23.
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Una hipoteca inmobiliaria que se realiza entre particulares, con intervención de una escribania, ¿se puede descontar del impuesto a los bienes personales y los intereses de Ganancias, cuando no intervino un Banco?
De tratarse de inmuebles destinados a casa habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, del valor determinado de conformidad a las disposiciones de este inciso podrá deducirse el importe adeudado al 31 de diciembre de cada año en concepto de créditos que hubieren sido otorgados para la compra o construcción de dichos inmuebles o para la realización (...)
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Ante la falta de presentación o presentación fuera de termino de las declaraciones juradas informativa de los impuestros sobre los bienes personales y/o ganancias de la cuarta categoria que vence en 02/07/2012. ¿Cuál es la sanción aplicable?
La falta de presentación de la declaración jurada en término es pasible de una multa automática de $ 200 por cada una, la cual se reduce al 50% si el contribuyente presenta la declaración jurada omitida y paga la multa dentro de los 15 días que le da la AFIP en la intimación (...)
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Un residente del exterior tiene el 16,67% de un lote y quiere vender su parte. El escribano le pide el Certificado de Retetención. Como el lote no tiene nigun uso, ¿corresponde hacer el Certificado de Retención del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles? En "Datos del Solicitante" ¿debe ir los datos del titular del inmueble o los datos del Responsable Sustituto que ira a la DGI? Por otro lado, al completar el aplicativo ¿se debe indicar el porcentaje de su titularidad?
En respuesta a su consulta le informamos lo siguiente:
Es correcto, la venta del inmueble estará alcanzada por el impuesto (...)
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Una persona que es empleado en relación de dependencia, se compra un departamento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para alquilarlo y obtener una renta. El que lo alquila lo usa de vivienda. ¿puede inscribirse como monotributista? ¿está gravado en el impuesto sobre los ingresos brutos?
Si los alquileres anuales no superarán los $ 200.000 el contribuyente puede optar por adherir al Monotributo abonado sólo el componente impositivo, ya que por ser una renta pasiva no es obligatorio el ingreso del componente de jubilación y de obra social (No Aportante - Otros).
En el impuesto sobre los (...)
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Para pedir la reduccion de anticipos del impuesto a las ganancias realizo los siguientes pasos: Cuentas tributarias- Reduccion de anticipos- Impuesto: 11 Ganancias Personas Fisicas- Periodo: 20120000. El sistema no me deja seguir y me sale un cartel "No existen anticipos generados". ¿Cómo debo proceder para realizar la reducción?
Los pasos realizados son los correctos. Los anticipos deberían estar generados si la declaración jurada arrojó impuesto determinado y los anticipos calculados son superiores a $ 100 cada (...)
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