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Artículos de esta sección
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Un agente de recaudación bajó el padrón para poder hacer retenciones y/o percepciones, ¿qué pasa cuando un contribuyente no figura en el padrón? ¿Qué alícuotas debe aplicar?
De conformidad con lo establecido por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 74/07, cuando el agente de percepción realice una operación con un sujeto no incluido en el padrón de contribuyentes, deberá percibir el impuesto aplicando, sobre el monto sujeto a percepción, una alícuota del tres por ciento (3%). Asimismo, cuando se trate de un agente de retención que realice una operación con un sujeto no incluido en el padrón de (...)
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Si una sociedad anónima al cierre de un ejercicio presenta la declaración jurada de impuesto a las ganancias y toma el impuesto determinado como pago a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta de ese ejercicio, sin que le quede saldo a pagar por este impuesto, en el siguiente ¿la sociedad anónima está obligada a ingresar los anticipos por el impuesto a la ganancia mínima presunta?
De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Resolución General Nº 2011, a fin de determinar la base de cálculo de los anticipos del impuesto a la ganancia mínima presunta, del impuesto determinado (...)
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Se trata de un profesional en relación de dependencia que excepcionalmente, al cobrar una diferencia salarial atrasada, supera los $ 144.000 de ingresos anuales, a su vez tiene ingresos por monotributista que no superan esa cifra. ¿Se debe inscribir en el impuesto a las ganancias y en el impuesto al valor agregado o puede conservar su condición de monotributista?
De conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Decreto Nº 806/2004, a los efectos de la adhesión y categorización en el Régimen Simplificado (R.S.), no se computarán como ingresos brutos los provenientes de:trabajos ejecutados (...)
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Un contribuyente monotributista quiere pasar a ser responsable inscripto, ¿qué trámites debe realizar?
Primeramente, el contribuyente deberá solicitar la baja en el Régimen Simplificado a través de internet ingresando al “Padrón Único de Contribuyentes”, para luego, a través del mismo sistema, dar de alta a los impuestos que corresponda (I.V.A., ganancias, autónomos, etcétera). A su vez, a fin de solicitar autorización para imprimir facturas tipo “A” “A” con C.B.U. o “M” deberá presentar en la agencia ante la cual se encuentra inscripto el formulario F. 855.
Libros recomendados:
IVA Análisis Integral (5º (...)
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¿Qué tratamiento impositivo tienen las cooperativas?
Las cooperativas están exentas en el impuesto a las ganancias. Para gozar de dicha exención deben inscribirse ante la A.F.I.P. y luego tramitar la exención de acuerdo a los dispuesto en la Resolución General Nº 1815). En lo que respecta al impuesto al valor agregado, pueden estar exentas o no dependiendo la actividad que desarrollen.
Libro recomendado:
Guía de Trámites Básicos -AFIP y Rentas- (Autora: Analía Santos (...)
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¿Para efectuar la baja del Monotributo por internet se debe ingresar al Padrón Único de Contribuyentes, se informa el mes y año de la baja y el motivo de la misma, se envía el archivo, y después se debe terminar el trámite en la A.F.I.P.?
Una vez informados los datos de la baja en el “Padrón Único de Contribuyentes” se debe imprimir el acuse y por el momento no se debe realizar ningún otro trámite, salvo que la A.F.I.P. le solicite mediante requerimiento la presentación de alguna documentación.
Libros recomendados:
El Monotributo (Autora: Silvia R. Grenabuena)
Guía de Trámites Básicos -AFIP y (...)
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¿Qué programa aplicativo se debe usar para la presentación de de la declaración jurada del impuesto a las ganancias personas físicas del año 2007, ya que el actual aplicativo no tiene en cuenta el aumento de las deducciones del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias?
Todavía no está disponible el programa aplicativo con los importes de las deducciones personales actualizadas a fin de liquidar el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2007.
Libro recomendado:
Impuesto a las Ganancias - Personas Físicas (Autora: Silvia (...)
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¿Qué códigos se deben informar a fin de generar el VEP para ingresar las retenciones de impuesto a las ganancias practicadas en la primera quincena?
A fin de generar el Volante Electrónico de Pago se deben ingresar los siguientes códigos:
217: SICORE - Ganancias
027: Pago a cuenta
027: Pago a cuenta
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Teniendo en cuenta que en estos días está venciendo el plazo para llevar a cabo la recategorización en el Régimen Simplificado, ¿a partir de cuándo se comienza a abonar la nueva categoría?
La nueva categoría tendrá efecto desde la primera cuota del semestre siguiente a la recategorización.
Consecuentemente:
Semestre enero–junio: La primera cuota del próximo semestre es julio, cuyo vencimiento opera en el mes de agosto.
Semestre julio–diciembre: La primera cuota del próximo semestre es enero, cuyo vencimiento opera en el mes de febrero. La recategorización genera la obligación de pagar conforme la (...)
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¿Una sociedad de responsabilidad limitada cuyos ingresos anuales no superan los $ 144.000 puede adherir al Monotributo?
Las sociedades regulares (S.A., S.R.L., etcétera) están excluidas del Monotributo. De conformidad con lo establecido por el artículo 2º del Anexo de la Ley Nº 24.977 –texto según Ley Nº 25.865–, sólo podrán adherir al Monotributo –por ser consideradas pequeños contribuyentes– las sociedades de hecho y comerciales irregulares (Capítulo I, Sección IV de la Ley de Sociedades Comerciales Ley Nº 19.550 y sus modificatorias), en la medida que tengan un máximo de tres (3) socios y sierre que (...)
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En el caso de un contribuyente responsable inscripto que tiene facturas “A” con punto de venta 0001 que opta por adherir al Monotributo, ¿qué punto de venta debe consignar en las Facturas “C”?
El cambio de condición frente al impuesto al valor agregado no implica el cambio del punto de venta. Por lo tanto, las nuevas facturas “C” deberán continuar con el punto de venta 0001, debiendo comenzar la numeración desde la unidad –00000001–.
Lectura recomendada:
Guía de trámites básicos (Autores: Analía Santos (...)
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¿Qué tipo de factura debe utilizar un responsable inscripto para facturar el alquiler de un local comercial por un importe inferior a $ 1.500 mensuales?
El tipo de factura a emitir va a depender de la condición que revista el locatario frente al impuesto al valor agregado:
a) Si el locatario es responsable inscripto: Factura “A” sin I.V.A., con la leyenda “Exento según artículo 7º, inciso h), punto 22 de la Ley de I.V.A.”.
b) Si el locatario es exento o monotributista: Factura “B” sin I.V.A. incluido, con la leyenda “Exento según artículo 7º, inciso h), punto 22 de la Ley de I.V.A.”.
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Un monotributista que posee una librería ¿qué documentación o formularios debe tener exhibidos en el local por exigencia de la A.F.I.P.?
Por exigencia de la A.F.I.P., el responsable monotributista debe tener exhibido en el local de venta el F. 611, la constancia de inscripción en el Monotributo y el último comprobante de pago.
Lectura recomendada:
El monotributo (Autora: Silvia R. Grenabuena)
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¿Qué pautas se deben tener en cuenta para quedar obligado a actuar como agente de percepción del impuesto al valor agregado por las operaciones de venta de cosas muebles?
Se encuentran obligados a actuar como agentes de percepción del impuesto al valor agregado los sujetos comprendidos el artículo 2º de la Resolución General Nº 18 –agentes de retención– (administración central, los sujetos designados por la A.F.I.P. y los exportadores), los mercados de cereales a término, los consignatarios de hacienda y martilleros, por las operaciones que efectúen de conformidad con lo previsto en el primer párrafo (...)
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Una vez generando el F. 420/J, ¿el representante legal de la sociedad debe ir a la A.F.I.P. a fin de que le den el C.U.I.T. de la sociedad y para tramitar el alta en los distintos impuestos?
Luego de efectuada la presentación del F. 420/J vía internet, el solicitante deberá consultar a través del servicio “e–ventanilla”, la validación de los datos efectuada por la A.F.I.P..
Aceptada la solicitud de inscripción el representante deberá imprimir la constancia de aceptación del trámite.
Para finalizar el trámite de inscripción, el solicitante deberá, dentro de los 30 días corridos contados desde la (...)
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¿Cuál es el monto actual de ganancia bruta a partir del cual un empleado en relación de dependencia está obligado a presentar la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales?
De conformidad con lo establecido por el artículo 11 de la Resolución General Nº 1261 (A.F.I.P.), los trabajadores en relación de dependencia se encuentran obligados a informar a la A.F.I.P. el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales, siempre que hubieran percibido, en su conjunto, ganancias brutas iguales o superiores a (...)
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¿Un contribuyente responsable inscripto ante el impuesto al valor agregado, puede ser integrante de una sociedad de hecho monotributista?
La condición ante el I.V.A. debe ser una, por lo tanto no podrá ser un responsable inscripto integrante de una sociedad de hecho monotributista. Es condición para conformar una sociedad de hecho monotributista, que todos lo socios estén en condiciones de ser monotributistas.
Lectura recomendada:
El monotributo (Autora: Silvia R. Grenabuena)
Guía de trámites básicos (Autora: Analía Santos (...)
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¿Un responsable inscripto, que realiza operaciones únicamente con responsables inscriptos, está obligado a utilizar controlador fiscal? ¿Los monotributistas pueden seguir utilizando facturas manuales o también deben facturar mediante controlador fiscal cualquiera sea la actividad?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 259 (A.F.I.P.) se encuentran obligados a utilizar controladores fiscales los sujetos que revistan la condición de responsables inscriptos ante el impuesto al valor agregado, en la medida en que realicen operaciones masivas con consumidores finales y siempre (...)
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Si un contribuyente no pide el reintegro de los anticipos de l impuesto sobre los bienes personales abonados en exceso por el período fiscal 2007, puede utilizarlos para pagar anticipos del impuesto a las ganancias por el período 2007?
Primeramente, el contribuyente deberá exteriorizar los anticipos en la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales, a fin de que se le genere el saldo de libre disponibilidad. Una vez presentada dicha declaración jurada se podrá utilizar el saldo de libre disponibilidad para compensar los anticipos del impuesto a las ganancias.
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Un contribuyente alquila un local por un monto de $ 4.000 mensuales, el propietario es monotributista, al superar los $ 1.500, ¿el alquiler estaría gravado por el I.V.A.? ¿El propietario debe cambiar su condición y pasar de monotributista a responsable inscripto?
La locación de inmuebles con destino comercial cuando el valor pactado por el alquiler supera los $ 1.500 por unidad, por locatario y por período mensual, se encuentra alcanzada por el impuesto al valor agregado. Sin perjuicio de ello, siempre y cuando el locador no posea más de tres inmuebles en alquiler (o tres actividades) y sus (...)
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¿Cual es la entrada en vigencia de las nuevas formas de presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos tanto para los contribuyentes de Convenio Multilateral y para contribuyentes locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?
Para los contribuyentes de Convenio Multilateral es obligatorio el sistema SIFERE, versión 2.0 a partir del día 01/02/2008.
De acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 45/2008 los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán presentar vía web, a través del sitio de (...)
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¿Un responsable inscripto puede computarse el I.V.A. contenido en una factura “A”, teniendo en cuenta que dicho impuesto no se encuentra discriminado?
De conformidad con lo establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, el cómputo del crédito fiscal es procedente siempre que el impuesto se encuentre facturado, discriminado y en la medida en que se vincule con operaciones gravadas. Por lo tanto, el I.V.A. – crédito fiscal contenido en dicha factura no es computable.
Lectura recomendada:
IVA – Análisis integral (Autores: Mariano Benchimol - Marcelo Bustinduy - Silvia R. (...)
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Una empresa inscripta en el Régimen de Convenio Multilateral, cuyos ingresos (gravados, no gravados y exentos) en el año calendario inmediato anterior fueron superiores a cinco millones de pesos ($ 5.000.000), teniendo en cuenta que su jurisdicción sede es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ¿debe inscribirse como agente de percepción y retención del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires?
De conformidad con lo establecido por el artículo 319 de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 1/04, se encuentran obligados a actuar como agentes de recaudación del impuesto sobre los (...)
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¿Qué modificaciones introdujo la Resolución General Nº 2403 al régimen de información de operaciones de compraventa de vehículos automotores y/o motovehículos usados implementado por la Resolución General Nº 2032?
Los principales cambios introducidos a régimen de información de la Resolución General Nº 2032 son los siguientes:
a) Sólo deberán informase las operaciones en las cuales el valor del automotor sea igual o mayor a $ 30.000 y las motos $ 8.000.
b) Se permite dar de alta a las nuevas unidades en el registro en forma provisoria.
c) Las bajas de las agencias o concesionarios del registro por (...)
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Una persona física que arrienda un campo, desea adherir al Monotributo para cubrir esta única actividad (ya que es jubilado). Al intentar hacer la adhesión vía internet, ingresando la actividad 701090 (servicios inmobiliarios con bines propios o arrendados) el sistema solicita “la superficie afectada”. Obviamente, al ser un campo supera todos los parámetros de superficie aceptados para ingresar al Monotributo ¿Cómo se resuelve esta situación?
De conformidad con lo establecido por el artículo 13 de la Resolución General Nº 2150, el parámetro “superficie afectada a la actividad” no se tiene en cuenta (...)
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