A la herencia
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28 de julio de 2022
,por Santos Romero, Analía
¿Qué valor se carga en la ddjj de transmisión gratuita de bienes de arba por un usufructo? ¿Valor de escritura? ¿Valuación fiscal?
Se debe tener en cuenta lo establecido por el artículo 315, inciso 13) del Código Fiscal de la PBA:
13) Usufructo: Para determinar el valor del usufructo temporario se tomará el dos por
ciento (2%) del valor del bien por cada período de un (1) año de duración, sin computar
las fracciones.
Para determinar el valor del usufructo vitalicio se considerará como parte del valor total del bien de acuerdo a la siguiente escala:
Edad del... >
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17 de enero de 2012
,por Santos Romero, Analía
Una persona fisica empleada que obtuvo un seguro de vida y falleció, ¿para cobrar tal seguro su esposo debe presentar declaracion jurada sobre el impuesto a la transmisión gratuita de bienes? ¿se puede pedir exención?
Están alcanzados los enriquecimientos a título gratuito en transmisiones entre padres, hijos o cónyuges, cuando superen la suma de pesos doscientos cincuenta mil ($ 250.000). Aunque no se debe pagar el impuesto, se debe generar la decclaración jurada respectiva a los efectos de que quede constancia de la transferencia. >
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17 de enero de 2012
,por Santos Romero, Analía
Para realizar una declaracion jurada del impuesto a la transmisión gratuita de bienes por un seguro de vida de una persona fallecida ¿se debe presentar aún cuando no se deba pagar el impuesto por ser un monto menor? ¿que se informa en fecha de percepcion de poliza y fecha acto poliza, aún los beneficiarios no cobraron nada?
Aunque la transmisión no alcance los montos establecidos para pagar el impuesto, debe realizarse la declaración jurada a los fines de quedar registrada. En ese caso, el aplicativo no dará comprobante de pago, sino una constancia de presentación y la... >
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27 de septiembre de 2011
,por Roger, Sandra Cristina
¿A quién le corresponde pagar el impuesto a la transferencia gratuita de bienes en la provincia de Buenos Aires? ¿al donante o al beneficiario?
Según la Ley N° 14.044 de la provincia de Buenos Aires establece que están alcanzados al impuesto a la trasmisión gratuita de bienes los beneficiarios en virtud de una herencia, legados, donación. >
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