Día del gremio
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2 de octubre de 2018
,por Medrano, Marcela
¿Cómo se liquida el día de empleados de comercio, cuando en dicho día no se trabaja?
Sería básico ((30 días / 30) x 29 días), antigüedad %, día del gremio 1 día (básico antigüedad)/25 x 1, presentismo (básico antigüedad día del gremio x 8,33).
El día del gremio es equiparable a un feriado, el trabajador no está obligado a prestar servicios y cobra el día. >
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21 de septiembre de 2016
,por Medrano, Marcela
El día 26 de septiembre que se celebra el día del empleado de comercio, ¿si un empleado tiene que ir a trabajar se le tiene que pagar ese día al 100% y además otorgarle un franco compensatorio?
El día 26 de septiembre se celebra el día del empleado de comercio, el cual se asimila a un día feriado nacional, no se presta servicios, en caso de hacerlo cobra un dia más dividido 25, no hay franco compensatorio. >
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20 de septiembre de 2016
,por Medrano, Marcela
¿Si un empleado está de vacaciones, el Día del Gremio cómo se le liquida?
En este caso, el día del gremio queda incluido dentro de la licencia anual, excepto que el CCT de la actividad establezca que se liquida aparte. >
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5 de septiembre de 2016
,por Medrano, Marcela
¿Si se dispone que el día del gremio el establecimiento permanecerá cerrado, se le debe pagar algo a los trabajadores?
En general, el día del gremio se equipara a un día feriado, el trabajador no presta servicios y lo cobra igual. >
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28 de septiembre de 2015
,por Medrano, Marcela
¿Tiene día especial el personal doméstico?
El día 29 de julio es declarado a través del Decreto N° 3.922/73 el día de la trabajadora doméstica. >
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2 de septiembre de 2015
,por Medrano, Marcela
¿Cómo se paga el día del gremio si cae en día hábil y se trabaja normalmente?
En general, el día del gremio se asimila a un día feriado, así que si lo trabajan lo cobran como un día más divido 25. Ej. si el sueldo por mes es de $ 1.000 y el día del gremio se trabajó, sera sueldo $ 1.000 día del gremio $ 40. Algunos Convenios Colectivos de Trabajo aplican mayores cargas para el empleado que trabaja. >
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18 de septiembre de 2014
,por Medrano, Marcela
El día 26/09, día del empleado de comercio ¿se abona aparte si el empleado no trabaja? ¿Y si trabaja como se liquida?
Si el empleado no trabaja, cobra lo mismo, solo que se expone 29 dias y 1 dia del gremio.
En caso que lo trabaje se liquida el sueldo 30 dias un dia mas divido 25 (sueldo /25).
Recuerde que el dia del empleado de comercio se traslado al dia lunes 29/09/2014, y no el dia viernes 26/09/2014.
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26 de septiembre de 2013
,por Medrano, Marcela
¿Cómo se liquida el día del empleado de comercio en el caso de un hospedaje, donde un empleado tiene franco ese día o sea el 26/09?, ¿y asimismo en el caso en que el comercio decide trabajar y el empleado falta?
1) El trabajador que goza de su franco el dia del gremio: en el trabajador mensualizado el dia se encuentra dentro del sueldo, se tiene que exponer, 29 días mas 1 dia del gremio, no varia en cuanto al monto salarial, y coincidio su descanso habitual con el dia del gremio. Distinto es si es su franco, y tiene que trabajarlo siendo el dia del gremio (feriado) ahi cobra... >
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