Analisis
Artículos de esta sección
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Obligaciones del Sistema Único de la Seguridad Social. Aplicación de sanciones
La Administración Federal de Ingresos Públicos por medio de la Resolución General Nº 1570 (B.O. del 08/10/2003) procedió a modificar la Resolución General Nº 1566, estableciendo para los empleadores y los trabajadores autónomos un nuevo régimen de graduación de las sanciones dispuestas por las Leyes Nros. 17.250 y sus modificaciones y 22.161.
Entre las modificaciones que introduce dicha norma, podemos mencionar la que se refiere a la reducción de la sanción aplicable en el caso de (...)
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En esta ocasión nos encontramos frente a pocas novedades técnicas, salvo algunas postergaciones y alguna resolución que, como anticipamos en la sección correspondiente, puede llegar a formar parte de la próxima edición con grandes novedades en materia de facturación.
Fuera de ello, el impuesto al cheque que desvela al Fondo Monetario Internacional parece que tiende a eliminarse, a disminuirse y para algunos debería desintegrarse ya que claramente traba la economía.
Veamos algunas cuestiones que han salido y que son merecedoras de algún espacio para el análisis.
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Formas (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Nuevo régimen de multas por infracciones a los recursos de la seguridad social
La Resolución General Nº 1566 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (B.O. del 22/09/2003), sustituye a la Resolución General Nº 3756 (D.G.I.) derogándola por considerar rígido el régimen de sanciones establecido por la misma, debido a su inclinación por la aplicación del máximo de las penas previstas en la normativa, sin atenuación de las sanciones.
El nuevo régimen establece un mecanismo de reducción de los montos máximos de la sanción, para aquellos sujetos que (...)
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Algunas normas de regular importancia –salvo la relacionada con los medios de pago–, bastantes aclaraciones a las que no nos tienen acostumbrados, y sin duda la novedad más importante fue la aprobación por la Cámara de Diputados de parte del paquete antievasión, creando la asociación ilícita en el delito de evasión y modificando la Ley de Procedimiento Fiscal, precisándose allí la responsabilidad solidaria respecto de los representantes de la U.T.E. y los agrupamiento empresarios, la posibilidad de realizar el relevamiento satelital para obtener información necesaria y eficientizar el control en los (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Declaración e ingreso de los aportes y contribuciones. Verificación y fiscalización de las obligaciones
Por medio de la Resolución Conjunta Nros. 91/2003, 5/2003 y 1552 (S.T., S.S.S. y A.F.I.P.), se ha resuelto que la Secretaría de Trabajo y la Secretaría de Seguridad Social a través de sus áreas operativas, procederán a realizar en todo el territorio nacional la comprobación y verificación del cumplimiento por parte de los empleadores de la obligación de declarar e ingresar los aportes y contribuciones sobre la nómina salarial con destino al Sistema Único de (...)
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Mientras se intenta que avance el llamado paquete “antievasión” en el Congreso, la actividad del Fisco se dirigió en combinación con otros organismos de control a constatar actividades ilícitas o lícitas pero con algún componente comprometedor como la venta de repuestos de origen dudoso.
En cuanto a normas, se prorrogaron algunos engorrosos regímenes de información de gran labor administrativa y que llevan horas de trabajo a los fines de cumplir con lo pretendido por el Fisco.
En tanto, el campo se sigue quejando de la presión tributaria al sector y reclama –junto a los bovinos– una urgente (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Régimen de Capitalización. Suspensión del restablecimiento de los aportes personales
El Gobierno Nacional por medio del Decreto Nº 390/2003 (B.O. del 15/07/2003) suspendió el restablecimiento de los porcentajes correspondientes al aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia afiliados al Régimen de Capitalización. De esta manera, dicho aporte será del siete por ciento (7%) hasta el 30 de junio de 2004, del nueve por ciento (9%) a partir del 1º de julio de 2004 y del once por ciento (11%) a partir del 1º de octubre de 2004.
1.2. Régimen de (...)
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Época de grandes operativos, respetando a “rajatabla” el mensaje del Presidente en la Asamblea Legislativa, con consecuencias mediáticas de importancia, tales como el dictado de prisión preventiva a personalidades del empresariado de manera tal de afectar indirectamente al evasor de menor escala, no por aparecer sentenciadas judicialmente dichas personalidades, sino por atacar aquello que el Fisco debió haber hecho desde hace rato, como es crear el “riesgo subjetivo”.
Fuera de lo periodístico, algunas normas que –desde ya– contemplan situaciones por las cuales se filtra la evasión como lo es la (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Régimen de Capitalización. Incremento de los aportes
Como oportunamente lo estableciera el Decreto Nº 2.203/2002 a partir del día 1º de julio de 2003 y hasta el día 30 de septiembre de 2003, inclusive, se incrementa al nueve por ciento (9%) el porcentaje de aportes personales con destino al Régimen de Capitalización.
2. CONTRATO DE TRABAJO
2.1. Suspensión de los despidos
El Gobierno Nacional a través del Decreto Nº 256/2003 (B.O. del 26/06/2003) prorroga hasta el día 31 de diciembre de 2003 inclusive, la suspensión de los despidos sin causa justificada que (...)
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Asumido el nuevo Presidente de los argentinos, y desde el discurso brindado en la Asamblea Legislativa, se arengó a los ciudadanos acerca de meter presos a los grandes evasores –como objetivo primordial en materia impositiva–, enmarcando gráficamente al delito fiscal en la figura del “traje a rayas”, pero también señalando el hecho de recaudar, cobrando impuestos que respeten la capacidad contributiva, en expresiones estas últimas que habrá que tener especialmente en cuenta de aquí en adelante.
Fuera de esto, algunas resoluciones dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos modifican (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Fútbol profesional. Nuevo régimen de percepción y retención de aportes previsionales
El Decreto Nº 1.212/2003 (B.O. del 20/05/2003) crea un nuevo régimen de percepción y retención para el ingreso de aportes personales y contribuciones patronales correspondientes a los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional en cualquier categoría y demás personal dependiente de la Asociación de Fútbol Argentino (A.F.A.) y de los clubes que intervengan en torneos organizados por (...)
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Entre elecciones y ballottage, la Administración Federal de Ingresos Públicos se dedicó a controlar de cerca los clásicos vencimientos de esta época, decidiendo en la mitad de los mismos, postergar los pendientes y a los que ya pagaron –como dicen los chicos– alpiste.
A propósito de los menores, el Administrador Federal siguió difundiendo su nuevo juego que ayuda a crear conciencia tributaria en los más chiquitos y es por eso que visitó la Ciudad de los Niños donde se van a instalar oficinas o puestos similares a las existentes en la Dirección General Impositiva o en la Dirección General de Aduanas (...)
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1. SALARIOS
1.1. Asignación no remunerativa de carácter alimentario
1.1.1. Incremento del monto
Como un mecanismo de recuperación del poder adquisitivo de los salarios, el consecuente aumento del consumo y de la producción y en razón de no haberse logrado un consenso con las entidades representativas de los empleadores para que en el marco de la negociación colectiva con las Asociaciones Sindicales se incremente la asignación no remunerativa y se incorporen dichos montos a los conceptos remunerativos de los trabajadores, el Poder Ejecutivo Nacional, decide mediante el Decreto Nº 905/2003 (...)
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Como estamos en plena época de vencimientos, la normativa se dirigió a la puesta en marcha de nuevos aplicativos que contemplan, al margen de modernizaciones, los cambios operados en las disposiciones respectivas correspondientes al ejercicio 2002.
Asimismo, y siguiendo con este proceso de normalización que están teniendo ciertas resoluciones muy antiguas ymuchas veces modificadas como el régimen de facturación y registración –regulado actualmente por la Resolución General Nº 1415 y sus modificaciones– ahora le tocó el turno al régimen de retención del impuesto al valor agregado en la (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Programa Aplicativo “S.I.J.P. – Versión 21”
La Administración Federal de Ingresos Públicos y el Instituto Nacional de los Recursos de la Seguridad Social establecen por medio de la Resolución General Conjunta Nros. 1474 y 2/2003 (B.O. del 28/03/2003) la obligatoriedad del uso del programa aplicativo “S.I.J.P. – Versión 21” para la determinación e ingreso de los aportes y contribuciones de la seguridad social y obras sociales correspondientes al período devengado marzo de 2003 y de las presentaciones que se (...)
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En este período volvimos a tener varias normas relativas a postergaciones en el pago del impuesto a las ganancias “endulzando” de este modo la no aceptación del ajuste por inflación impositivo que desde tantos lugares y ámbitos se viene arengando.
El agro está que trina por el tema de la baja del I.V.A. y el perjuicio –o el desequilibrio fiscal– que causa a la presumible neutralidad del impuesto y desde el gobierno no hubo respuestas adecuadas llevando a este sector a un paro de magnitud.
Se sigue reglamentando a través de notas externas y en esta oportunidad, dos de ellas denotan sendas (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Aportes Personales
Recordamos que según lo dispuesto por el Decreto Nº 2.203/2002 (B.O. del 01/11/2002), a partir de las remuneraciones que se devenguen desde 1º de marzo de 2003, se incrementa en dos puntos porcentuales (2%) la alícuota correspondiente a los aportes personales de jubilación de los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia e incorporados al Régimen de Capitalización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, (...)
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El inicio de este nuevo año trajo una importante cantidad de normas recicladas, reemplazadas o modificadas tanto a nivel nacional como dentro del ámbito de la ciudad de Buenos Aires.
A pesar de volver el I.V.A. a su alícuota del veintiuno por ciento (21%), el F.M.I. quiere más reforma impositiva y así figura en la carta de intención de ese acuerdo tan querido.
La indefinición –o la negativa ya prácticamente confirmada– respecto de la posibilidad de aplicar un ajuste impositivo por inflación generó importantes y justificadas quejas que, a priori, la justicia se va a encargar de resolver ya que, a (...)
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El año 2003 es un nuevo período que comienza, a diferencia de años anteriores, con algo que lo destaca: la inexistencia de una amplia y profunda reforma tributaria.
Sin embargo, esto no quiere decir que no se hayan previsto una buena cantidad de cambios impositivos como para distraerse y alejarse de esta temática incesantemente dinámica.
Así veremos que la forma habitual en que se expresa el Poder Ejecutivo Nacional –esto es, a través de decretos– ha sido utilizada para normar impositivamente determinadas situaciones no faltando –en este caso para no alterar un práctica ilegal acostumbrada– un (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Régimen de Asistencia Financiera
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante Resolución General Nº 1395 (B.O. del 18/12/2002) incorpora las siguientes modificaciones en el Régimen de Asistencia Financiera dispuesto por la Resolución General Conjunta Nros. 1276 y 8/2002 (A.F.I.P. y I.NA.R.S.S.):
El Régimen de Asistencia Financiera no condona monto alguno en concepto de intereses resarcitorios y/o punitorios, ni libera de las sanciones aplicables. Sólo se admitirá una única presentación por mes calendario, no admitiéndose ampliaciones. Se (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones
1.1.1. Reducción de aportes previsionales
Por intermedio del Decreto Nº 2.203/2002 se prorroga hasta el día 28 de febrero de 2003 la reducción al cinco por ciento (5%) de los aportes personales de los trabajadores dependientes, afiliados al Régimen de Capitalización que oportunamente se había establecido a través del Decreto Nº 1.387/2001, modificado por su similar Decreto Nº 1.676/2001.
El incremento de la alícuota será gradual a razón de dos (2) puntos porcentuales a partir del 1º de marzo, 1º de julio y 1º de (...)
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Termina un año muy difícil para Argentina y para los argentinos. Nuevamente la inseguridad –tanto personal como jurídica– fueron el común denominador de una etapa llena de frustraciones, de promesas y de avasallamientos.
Diciembre, a la espera de un ajuste por inflación impositivo que le dé realidad a los números en los balances de los distintos sujetos, fue un período huérfano de normas tributarias salvo alguna que otra cuestión que desarrollaremos enseguida.
De nuestra parte, sólo nos queda desear que el 2003 sea un año en el cual los que no tienen trabajo puedan conseguirlo y que esto sea a cambio (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Nuevo programa aplicativo
Por Resolución Conjunta Nros. 1360 y 16/2002 (B.O. del 25/10/2002) de la Administración Federal de Ingresos Públicos y del Instituto Nacional de los Recursos de la Seguridad Social se implementa el programa aplicativo “Versión 20” que contempla las últimas modificaciones dispuestas en la materia, a saber:
Asignación no remunerativa de carácter alimentario: Abre un nuevo campo en remuneraciones a efectos de calcular los aportes y contribuciones dispuestas por el Decreto Nº 1.273/2002 (...)
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Entre las noticias tributarias del mes no puede dejar de mencionarse la propuesta de reducción del impuesto al valor agregado que se contrapone con el propósito del F.M.I. de que se aumenten los impuestos, generando así una nueva incongruencia.
Por el lado local, la tasa de sociedades de la Inspección General de Justicia –declarada varias veces inconstitucional– es motivo de un enésimo plan de facilidades de pago que incluye leoninas causales de caducidad como ser el incumplimiento de las tasas de los próximos años, claro que, siempre que el plan elegido venza con posterioridad a las mismas.
La (...)
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1. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE CARÁCTER ALIMENTARIO
1.1. Alcance del beneficio
Atento a las confusiones que provocara la incorrecta información del alcance de la medida en los medios de prensa, la Secretaría de Trabajo por intermedio de la Resolución Nº 169/2002 (B.O. del 03/09/2002) circunscribe la aplicación del Decreto Nº 1.273/2002 a los siguientes casos:
A quienes beneficia:
A todos los trabajadores del sector privado, en relación de dependencia, comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en los términos de la Ley Nº 14.250. A los trabajadores de empleadores monotributistas. A (...)
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