Analisis
Artículos de esta sección
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Varias resoluciones nuevas le dan un poco de movimiento a la Administración que aparece, por el tenor de los cambios producidos –como veremos– abocada a ir cerrando “grifos” por donde trasuntarían las facturas apócrifas, de gran circulación últimamente a la luz de la gran cantidad de fallos que están emanando de los tribunales competentes.
Asimismo, algunas contemplaciones para la gran cantidad de información que debe generarse con los precios de transferencia, para la emisión de factura de crédito y para el impuesto a los débitos y créditos que pesa sobre los monotributistas.
Fuera del ámbito (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Asignación no remunerativa.
1.1.1. Ingreso de aportes y contribuciones
La Resolución General Conjunta Nros. 1325 y 12/2002 de la Administración Federal de Ingresos Públicos y del Instituto Nacional de los Recursos de la Seguridad Social (B.O. del 06/08/2002), reglamenta la asignación no remunerativa de carácter alimentario dispuesta por el Decreto Nº 1.273/2002, estableciendo que:
El ingreso de los aportes y contribuciones, deberá efectuarse mediante un pago complementario, utilizando los formularios que a continuación se detallan:
Contribuyentes o (...)
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En el último período, ha habido algunas modificaciones normativas que comentaremos en la sección correspondiente y que tienen que ver con el reordenamiento de algunas resoluciones que han tenido una nutrida cantidad de cambios con motivo de cuestiones económicas y de decisiones políticas como ser, la decisión –oportunamente tomada– de no poder computar más el impuesto a las transacciones financieras contra otras obligaciones tributarias.
Por otro lado, llama la atención como la Provincia de Buenos Aires está recurriendo a métodos bastante sofisticados para recaudar más, como ser la compulsiva (...)
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1. SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Régimen de Reciprocidad. Inclusión de cajas de previsión para profesionales de las provincias en el marco de la Resolución Nº 363/81.
A través de la Resolución Nº 9/2002 (B.O. del 03/06/2002), la Secretaria de Seguridad Social aclara que las cajas de previsión para profesionales correspondientes a las Provincias que prestaron conformidad al Convenio de Reciprocidad firmado en el año 1981 entre los Directores Nacionales de Previsión Social y los representantes de Cajas de Previsión y Seguridad Social de distintas provincias, se encuentran automáticamente incluidas en el (...)
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Finalmente se puso en marcha la factura de crédito a través de una nueva resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos que va a ser extensivamente analizada por los expertos así como también ya está apareciendo bibliografía afín con el tema para poder ilustrarnos con alguna claridad.
Lo que realmente se ignora es si va a cumplir el objetivo para el cual fue creada, pasando la cuestión a la evaluación que se realice y las complicaciones que traiga su implementación como todo instrumento nuevo que se pone en marcha en nuestro país.
Pocas normas técnicas que reflejan que el tema (...)
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1. ASIGNACIONES FAMILIARES. CESIÓN DE CRÉDITOS
La Administración Nacional de Seguridad Social, a través de la Resolución Nº 357/2002 (B.O. del 15/05/2002), en el marco de la emergencia económica incorpora el instituto de “Cesión de Créditos” del Código Civil, como modalidad de transferencia de las acreencias del empleador que se generaren en el Sistema de Fondo Compensador, para que éstos cedan a terceros el derecho al reintegro de las asignaciones familiares que hubieran abonado en virtud de la Ley Nº 24.714.
El pedido deberá formularse por escrito, acompañando copia autenticada del instrumento de (...)
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La normativa técnica ha sido la gran ausente del último período y la Administración Federal de Ingresos Públicos se preocupó más por detectar el camino que han seguido los miles de millones de dólares que han salido del país desde noviembre del año pasado, que por mejorar la fiscalización o el intrincado régimen tributario que estamos padeciendo.
Las últimas informaciones daban cuenta de la mejora en la recaudación producto del aumento de precios –que obviamente genera un aumento del impuesto al valor agregado– aunque esté impregnado de escepticismo el hecho de pensar que tan linealmente van a crecer (...)
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1. RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1.1. Prorroga de vencimientos
La Administración Federal de Ingresos Públicos por medio de la Resolución General Nº 1268 (B.O. del 29/04/2002), debido al feriado bancario ocurrido entre los días 19 de abril de 2002 y 26 de abril de 2002, dispuso la prórroga de los vencimientos producidos en ese lapso hasta el día 3 de mayo de 2002, inclusive.
La medida abarca el cumplimiento de los requisitos formales y materiales correspondientes al régimen de consolidación de deudas establecido en el Decreto Nº 338/2002, manteniendo la fecha de consolidación de las (...)
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La recaudación sigue siendo la gran incógnita de estos días y si bien las medidas tomadas por el organismo recaudador tienden a perfeccionar las resoluciones existentes, en vísperas de un vencimiento generalizado de tributos –postergado para este mes– sería dable darle certeza a la normativa y no propender al cambio de aplicativos a último momento generando confusión en los aspectos liquidatorios que se añadirían a los acostumbrados problemas informáticos que se presentan habitualmente en la utilización de dichos programas por los distintos virus que pululan a diario.
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. (...)
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Algunas modificaciones que se aproximan en materia de cambios impositivos que están siendo discutidos en el Congreso así como también las recurrentes prórrogas para el acogimiento a la moratoria, fueron los temas que colmaron el transcurrido y sufrido mes de marzo.
Como veremos, se vuelve a apelar a regímenes de información sin tener en cuenta los costos administrativos que implica para las empresas que están señaladas como agentes, ante la desesperación de las autoridades fiscales de saber a qué destinan su dinero los contribuyentes –a propósito de la creciente demanda de dólares en el último (...)
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Con un nuevo Director General en la D.G.I. arranca “operativamente” este nuevo año fiscal que económicamente se presenta calamitoso y con una generalizada baja de la recaudación.
Hemos sentido en varios ámbitos provinciales y más precisamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que el fundamento para la emisión de un nuevo bono (“porteño”) es que no se recauda lo esperado, sin embargo, a quienes argumentan esto habría que preguntarles si no existe un organismo encargado no sólo de recaudar sino también de fiscalizar porque de ser así –y a tenor de formular una pregunta más que obvia– la conclusión (...)
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Inmerso el país en una gran incertidumbre, las novedades del ámbito tributario han quedado decididamente para un segundo plano, y para un futuro no muy lejano una amplia –y nueva– reforma tributaria tal cual fue anunciada por el Ministro de Economía el pasado 3 de febrero.
De lo único que se preocupó la Administración Federal de Ingresos Públios fue –al margen de fiscalizar a la casas de cambio– de prorrogar el pago a cuenta de la moratoria, ya que percibió que era imposible cumplir en las fechas previstas y previendo un fracaso decidió su postergación.
Después, todo pasó por la economía de todos (...)
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Recursos de la Seguridad Social
1.1.1. Decreto Nº 1364/2001. Régimen de facilidades de pago. Procedimiento
La Administración Federal de Ingresos Públicos a través de la Resolución General Nº 1159 (B.O. del 26/11/2001) establece las fechas de vencimiento para el acogimiento al nuevo plan de facilidades de pago, dispuesto por Decreto Nº 1.384/2001, y el procedimiento a observar:
Vencimiento General: Hasta el día 15 de marzo de 2002 los contribuyentes podrán cumplir con la totalidad de los requisitos formales ymateriales exigidos por el régimen de consolidación de (...)
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A esta altura de las circunstancias ya no sabemos si hacer notar los cambios impositivos o presidenciales, pero como la temática que debemos llevar adelante tiene relación con lo tributario, trataremos de reseñar algunas disposiciones –en el sentido genérico de la palabra– que han tenido lugar en este último período.
Al margen de todo lo que ha pasado en el país, la caída de la recaudación fue estrepitosa lo que llevo a los funcionarios de primer nivel de la A.F.I.P. –y cuyo máximo exponente ya no se encuentra en funciones– a disponer algunas medidas para “facilitar el ingreso de los impuestos” como (...)
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones
1.1.1. Reducción de aportes personales
El artículo 15 del Decreto Nº 1.387/2001 (B.O. del 02/11/2001) dispone la rebaja al cinco por ciento (5%) del aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia, establecido en el artículo 11 de la Ley de Jubilaciones y Pensiones Ley Nº 24.241.
La reducción se establece por el lapso de un (1) año, con vigencia desde el 2 de noviembre de 2001, y corresponde su aplicación por las remuneraciones que se devenguen desde el mencionado período.
El Poder Ejecutivo Nacional, podrá (...)
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Seguramente cuando esta edición llegue amano de Uds., los lectores, mucho de lo que aquí decimos tenga poca o ninguna relevancia o peor aún, quizás sea inaplicable porque, por ejemplo, a modo de introito podemos señalar desde ya que el pago a cuenta para entrar en la moratoria –casi con seguridad– no va a poder consistir en efectivo.
El año 2001, que va a ser caratulado –salvo que se vea superado por el próximo– como “el Año de los Decretos” nos deja la sensación de que existe una concentración de poderes, en el Ejecutivo gracias a una delegación legislativa que se hizo mucho más amplia en la práctica (...)
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Recursos de la Seguridad Social
1.1.1. Cancelación de obligaciones con letras de tesorería “Patacones”: Exclusión de los Recursos de la Seguridad Social
La Resolución Nº 349/2001 (B.O. del 17/10/2001) de la Secretaría de Hacienda y la Resolución General Nº 1112 (B.O. del 17/10/2001) de la Administración Federal de Ingresos Públicos, transitoriamente instituyen un régimen de cancelación de obligaciones tributarias, enumeradas en el inciso a) del artículo 4º del Decreto Nº 1.004/2001 con letras de tesorería denominadas “Patacones”, se excluye de esta modalidad a los aportes y (...)
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De toda la parva de normas que se han dictado en derredor del último fin de semana (primero del mes de noviembre) hemos querido destacar algunas y específicamente por su inconstitucionalidad en el caso de dos de ellas –el decreto múltiple y la tasa para infraestructura de obras hídricas– y una moratoria –la del mes de noviembre– ya que el próximo seguramente comentaremos otra y así sucesivamente, para que se harte el contribuyente cumplidor hasta que se dé cuenta y no pague más para no pasar por tonto.
Que la tasa que mencionáramos sea con o sin afectación específica no le quita el carácter de (...)
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Salarios. Pago de remuneraciones en cuentas bancaria. Control de datos
Con el fin de supervisar el cumplimiento de las normas referidas al pago en cuentas bancarias de las remuneraciones en dinero del personal dependiente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de los Recursos Humanos dispone por Resolución Nº 551/2001 (B.O. del 19/09/2001) el siguiente procedimiento:
El Banco Central de la República Argentina remitirá mensualmente, en soporte magnético, a la A.N.Se.S. el detalle de los empleadores que hayan abierto las cajas de ahorro, para el depósito de (...)
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Se han dictado una gran cantidad de disposiciones con motivo de los regímenes de competitividad y algunas normas de adecuación provenientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sumado a la presencia –exclusivamente en Argentina– de un hecho sin precedentes: el otorgamiento de un plan de pagos con moratoria incluida a los fines del ingreso de una inconstitucionalidad como es la tasa de la Inspección General de Justicia que abonan las sociedades.
A pesar de contundentes fallos que literalmente destrozan la tasa creada por la Jefatura de Gabinete, el Gobierno insiste en querer (...)
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Asignaciones familiares
1.1.1. Sector privado. Reducción del 13% en el mes de julio
Con el fin de alcanzar el equilibrio fiscal, por medio de distintas normas se resolvió la reducción de las asignaciones familiares correspondientes al sector privado en un trece por ciento ( 13%) para el mes de julio de 2001:
La Ley Nº 25.453 (B.O. del 31/07/2001) en su artículo 10 modifica el artículo 34 de la Ley de Presupuesto Nacional, Ley Nº 24.156, disponiendo que cuando los recursos del sector público no alcanzaren a cubrir la totalidad de los gastos del Estado, estos serán (...)
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En consonancia con el transcurso del “Torneo Magistral” de Ajedrez hemos presenciado en estos días el enroque entre el Vice-jefe de Gabinete de Ministros y el –hasta la edición pasada– Administrador Federal de Ingresos Públicos.
Al margen de dicho cambio funcional cuyas consecuencias serán oportunamente analizadas, al momento del presente cierre editorial se daba como inminente el nombramiento del nuevo Director General de la Dirección General Impositiva.
De todos modos, las normas, resoluciones, disposiciones de todos los organismo se entremezclan en una maraña compensatoria inusual, difícil de (...)
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Una parva de normas surgida por varios motivos pero, sobre todo, como consecuencia de los convenios de competitividad que generaron resoluciones y reglamentaciones de la más variada índole.
Retroceso en muchas decisiones que habían sido bajadas en resoluciones y que ahora se da marcha atrás, pero esto es Argentina y ya nos tiene acostumbrado a ello.
Para colmo, una nueva moratoria sobre el cierre de la edición se cierne sobre los argentinos, y se viene la reformulación de planes caducos y regímenes impagos a una tasa más baja que lo habitual.
1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Ley Nº 25.453 (“Ley de (...)
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Navegamos en el medio de un mar de decretos que aun son pocos, ya que de aquí hasta marzo del año 2002 no va a alcanzar ni el boletín oficial para publicarlos todos.
Entretanto se discute muy eufóricamente el tema de la privatización de la Administración Federal de Ingresos Públicos que tomó un tono más que álgido –ya que el tema de por sí lo merece– en la provincia de Salta, donde recientemente se han organizado las Jornadas Nacionales de Tributación con una gran concurrencia y una muy exigente organización en todo sentido.
Como vemos, no todo pasa por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni por el (...)
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