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Artículos de esta sección
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Un contribuyente tiene dos locales, ahora decidió cerrar el punto de venta 0001. ¿Qué se debe presentar o hacer para dejar constancia de dicha baja?
De conformidad con lo establecido por el artículo 47 de la Resolución General Nº 1415, el contribuyente deberá informar a la A.F.I.P. la baja del punto de venta dentro de los 5 días hábiles inmediatos siguientes a la baja mediante la presentación del formulario manual F. 446/C.
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¿Cómo se obtiene un certificado de libre deuda de SUSS? ¿Se obtiene por internet?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2191, a los efectos de obtener un libre deuda previsional (F. 522/A), el contribuyente deberá ingresar a la página web de la A.F.I.P. con C.I.U.T. y Clave Fiscal al servicio DD.JJ. Ley 17.250.
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¿De dónde se puede obtener el formulario de declaración jurada de salud, que solicita ANSES para el ingreso al régimen de trabajadores autónomos?
El formulario Declaración jurada de trabajadores que se incorporan al SIPA se puede obtener de la página de internet de la A.F.I.P., opción Los más visitados, Formularios.
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¿Cuál es el monto del anticipo mínimo mensual del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires para los años 2009 y 2010?
Para el año 2010 el impuesto mínimo era de $ 40 mensuales. A partir del 1º de enero de 2010 dicho importe se incrementó a $ 50 mensuales.
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¿Ante el traslado de un controlador fiscal de una sucursal a otra, además de cambiar la dirección y rectificar el F. 445/E, se debe reempadronar el controlador fiscal o hay que hacer algún trámite en línea ?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2676, los contribuyentes y responsables deberán informar dentro de los dos (2) días hábiles administrativos, el cambio de domicilio comercial, a través del servicio Gestión de Controladores Fiscales, mediante el empleo del C.U.I.T. y la Clave Fiscal (con nivel de seguridad 3). Cabe aclarar que desde el 15 de septiembre de 2009 se (...)
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¿A una persona que inició actividades en marzo de 2010 adhiriendo al Monotributo, le corresponde recategorizarse en mayo de 2010, con sólo dos meses de facturación o recién debe hacerlo en el próximo cuatrimestre?
De conformidad con lo establecido por el artículo 16 de la Resolución General Nº 2746, los contribuyentes están exceptuados de recategorizarse cuando se trate de inicio de actividades, y por el período comprendido entre el mes de inicio hasta que no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo. Por lo tanto, el contribuyente deberá recategorizarse en la recategorización (...)
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¿Cuándo opera el vencimiento de la recategorización cuatrimestral del mes de mayo de 2010?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2819 (B.O. del 05/05/2010), el vencimiento para la recategorización correspondiente al cuatrimestre calendario enero-abril de 2010 opera el 20 de mayo de 2010. Asimismo, los pagos mensuales del Monotributo a partir del correspondiente al mes de mayo de 2010, vencerán los días 20 de cada mes (mes en curso).
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Siendo que un contribuyente fue hasta enero de 2010 responsable inscripto, y en febrero de 2010 pasó a ser monotributista, ¿correspondería efectuar recategorización en mayo, o por haber transcurrido menos de un cuatrimestre como monotributista, no corresponde la recategorización?
De conformidad con lo establecido por el artículo 16 de la Resolución General Nº 2746, los contribuyentes están exceptuados de recategorizarse cuando se trate de inicio de actividades, y por el período comprendido entre el mes de inicio hasta que no haya transcurrido un cuatrimestre calendario completo. En el caso bajo (...)
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¿Si un plan de facilidades queda caduco porque se debe una cuota, ya no se puede rehabilitar más? ¿Cómo es el procedimiento para pagar esa cuota restante?
Las cuotas de los planes de facilidades de pago Mis Facilidades se puede rehabilitar, debiendo solicitar la rehabilitación con anterioridad al día 12 del mes inmediato siguiente al vencimiento original (fecha en la que opera el último débito). Cabe aclarar que la falta de ingreso de la cuota no cancelada, a los sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan produce la caducidad del mismo. Si el plan (...)
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¿Cuál es el importe máximo permitido a deducir en la determinación del impuesto a las ganancias en concepto de honorarios de un gerente de una S.R.L.?
De conformidad con lo establecido por el artículo 87 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, las sumas a deducir en concepto de honorarios de directores y miembros de consejos de vigilancia y de retribuciones a los socios administradores por su desempeño como tales no podrán exceder el 25% de las utilidades contables del ejercicio, o hasta el que resulte de computar $ 12.500 por cada uno de los perceptores de dichos conceptos, el que resulte (...)
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En el caso de un empleado que cubre sólo los francos (o sea trabaja sólo algunos días al mes), ¿cuánto es el importe mínimo para que tenga cobertura en la obra social?
La normativa es contradictoria, tenemos la Ley Nº 26.474 que establece que la obra social se liquida por jornada completa, y el Decreto Nº 330/2010 establece que la base mínima es de $ 622,72. Hay que evaluar si el trabajador también tiene otro trabajo, en ese caso al ser pluriempleo va por el tiempo (...)
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Una empleada que trabaja en un municipio bonaerense (IOMA), se incorporará por las tardes part time como empleada de un comercio, ¿corresponde unificar aportes a la obra social?
Como IOMA no es obra social sino que es un instituto provincial, entendemos que no corresponde la unificación con la obra social de empleados de comercio, hará los aportes a ambas.
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Se debe agregar manualmente el aporte adicional y la contribución adicional por obra social, en el caso de un trabajador a tiempo parcial, para poder confeccionar el F. 931 a través del servicio Su Declaración on Line?
Si la modalidad de contratación en el F. 931 es a tiempo parcial (código 1), se puede incrementar la remuneración 4 y 8 al valor de la jornada completa (si es un empleado de comercio incluye las asignaciones no remunerativas también incrementadas a jornada completa). Si el trabajador no se encuentra declarado con el código 1, se tienen que hacer las diferencias (3% aportes y 6% (...)
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Una sociedad debe los anticipos del impuesto a las ganancias y los mismos fueron intimados por la A.F.I.P.. ¿Dichos anticipos pueden cancelarse mediante compensación?
Los anticipos del impuesto a las ganancias pueden cancelarse mediante compensación con saldo de libre disponibilidad de otro impuesto.
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¿En el caso de un trabajador a tiempo parcial, se debe calcular el aporte y la contribución a la obra social como si el trabajador trabajara jornada completa?
De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 26.474, en los contratos a tiempo parcial corresponde calcular los aportes y contribuciones de obra social por jornada completa.
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¿Cuál es la disposición que exige que el pago de haberes debe hacerse a través de las cuentas sueldos (bancarización del pago de haberes)? Si el empleado desea que se le abone el sueldo en efectivo ¿se debe dejar constancia en el legajo de tal solicitud?
La Resolución Nº 360/2001 estableció la obligación de abonar los sueldos a través de cuentas abiertas a nombre de cada trabajador. El trabajador mediante nota puede solicitar que se le abone en efectivo en su lugar de trabajo, invocando el último párrafo del artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, quedando a evaluación de la autoridad de (...)
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En el caso de un empleado que cobra un sueldo bruto de $ 4.733 más una asignación no remunerativa de $ 300, ¿al superar el tope de $ 4.800 no le corresponde el cobro de la asignación familiar por hijo?
Las asignaciones no remunerativas si están declaradas como tales no se tienen en cuenta a los efectos del rango de remuneraciones a considerar para tener derecho al cobro de las asignaciones familiares. Para determinar el rango de asignaciones familiares se debe tener en cuenta el sueldo bruto, excluidos los siguientes conceptos: horas extras, S.A.C. proporcional y plus zona (...)
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¿Cómo se liquida el sueldo cuando en el mes coincidieron dos feriados en el mismo día; como en el caso de abril de 2010 que coincidió el 2 de abril con el Viernes Santo?
Entendemos que es un solo día feriado, en el cual coincidió la conmemoración de dos fechas. Pero el día que el empleado no cumplió tareas fue uno solo.
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A un contribuyente persona física que se le ha iniciado una verificación, A.F.I.P. le solita cambiar el domicilio fiscal al lugar donde se desarrolla la actividad. ¿Es esto correcto?
Según surge del artículo 3º de la Ley de Procedimientos Fiscales el domicilio fiscal de A.F.I.P. en caso de las personas físicas es el lugar donde está situada la dirección o administración principal y efectiva de sus actividades, es decir el domicilio comercial.
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Un agente de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires que facturó en el año 2009 $ 702.5000, estaría en condiciones de pedir su baja como agente de percepción en virtud de la Resolución Normativa Nº 21/2010 dado que sus ingresos fueron inferiores a $ 10.000.000. ¿Cómo solicita la baja, con qué programa y desde qué mes comenzaría a dejar de actuar como agente de percepción?
La baja como agente de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos debe solicitarse a través del programa aplicativo Trámite, a partir del 1º de abril de 2010. De conformidad con lo (...)
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Un empleado recientemente incorporado a una empresa (anteriormente era monotributista y se dio de baja) al que, seguramente, su empleador le retendrá el impuesto a las ganancias al pagarle los salarios, ¿debe inscribirse en el impuesto a las ganancias o puede dejar que sólo el empleador le retenga por ese concepto?
De conformidad con lo establecido por el artículo 1º del Decreto Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias, están exentos de la obligación de presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias los contribuyentes que sólo obtengan ganancias provenientes del trabajo (...)
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Una persona física presentó la declaración jurada del impuesto a las ganancias del período fiscal 2005 con la Versión 7.1 Release 3. ¿Con qué programa aplicativo se debe confeccionar la declaración jurada rectificativa de dicho período? ¿Se debe utilizar la versión 11 del programa aplicativo unificdo?
Los contribuyentes deberán confeccionar las declaraciones juradas -originarias y, en su caso rectificativas- del impuesto a las ganancias del período fiscal 2006 y anteriores, mediante el uso del programa aplicativo Ganancias Personas Físicas - Versión (...)
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Una persona física debe abonar un ajuste del impuesto a las ganancias. Por ese mismo período el contribuyente pagó ganancia mínima presunta (en un importe muy superior al ajuste de ganancias). ¿Con qué formularios y códigos se puede imputar lo pagado por ganancia mínima presunta contra el impuesto a las ganancias?
En el ejercicio, ganancias es pago a cuenta de ganancias mínima presunta. Si el contribuyente en períodos anteriores pagó ganancia mínima presunta, se podrá tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias el impuesto a la ganancia mínima presunta pagado en períodos anteriores, con el (...)
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¿Sigue vigente el servicio Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas y Autónomos para llevar a cabo la reimputación de pagos de los monotributistas?
El servicio CCMA - Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas y Autónomos sigue vigente, siendo éste el único medio para llevar a cabo la reimputación de pagos. A tal efecto, el contribuyente deberá ingresar dentro del sistema a la opción Cuenta Corriente, ítem Recálculo de Deuda a Fecha, debiendo solicitar al sistema que calcule la deuda del contribuyente a fin de que aparezcan los saldos a favor de la A.F.I.P. y a favor del (...)
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En el caso de un empleado de SUTHER que trabaja sólo los sábados y domingos 9 horas por día y realiza horas extras en la semana, ¿cómo se calculan los días de vacaciones y se determina el período de vacaciones?
Se deben contar todos los días trabajados por 9 horas durante el año 2009 y le corresponderán uno cada 20 días efectivamente trabajados (si el SUTHER tiene un régimen más beneficio será de acuerdo a éste) y el pago será el valor de un día de 9 horas más el plus del promedio de remuneraciones (...)
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