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Artículos de esta sección
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¿Qué servicio on line se debe habilitar para compensar una deuda de Monotributo (componente impositivo) contra un saldo a favor de impuesto a las ganancias personas físicas por excedente de retenciones sufridas? Por otro lado, ¿qué servicio se debería utilizar/habilitar para solicitar un cambio de imputación de un período de Monotributo abonado dos veces a un período impago posterior?
El Monotributo no es susceptible de compensación con saldo de libre disponibilidad de otros impuestos. A los efectos de llevar a cabo la reimputación de un pago del Monotributo, el contribuyente deberá ingresar con (...)
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Un empleador debe liquidar una diferencia de sueldo por recateorización de un empleado, pero como éste no ejecutó el trabajo correctamente vuelve a su puesto anterior. ¿Cómo se debe liquidar la diferencia por lo que trabajó si al mes siguiente vuelve a su remuneración habitual?
El empleador debería liquidarlo como rubro por separado, tipo un plus cambio categoría y tener algún soporte que establezca que fue un reemplazo o cambio transitorio el que realizó el (...)
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En el caso de ingreso de un chofer para camión pesado, ¿cuál es el código de actividad para el alta temprana y para la confección del F. 931? En el caso de un empleado que presenta su renuncia sin cumplir con el preaviso de 1 mes, ¿cómo influye esta situación en su liquidación final? ¿Puede coincidir la fecha del alta temprana con la de inicio de tareas?
El código que se puede utilizar para el alta de un trabajador es el código de contratación 8, 14, 201 este último si es puesto nuevo. No se especifica ningún código para transportistas. Cuando se realiza el F. 931 en Condición se tiene que informar 5: (...)
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¿Cómo se debe proceder cuando al emitir la certificación de servicios no figura un período, teniendo en cuenta que se verificó la presentación del F. 931, y en la nómina el empleado está incluido?
Si en un período no figura la información del trabajador en cuestión, hay que presentar una declaración jurada rectificativa del F. 931 por el mes en cuestión, consignando en el campo importes a ingresar 0.
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¿Qué antigüedad debe tener una trabajadora por temporada para cobrar la asignación familiar por prenatal y la licencia por maternidad? (el embarazo se produce entre una temporada y la otra, al reincorporarse se encuentra embarazada).
En los casos de trabajadora de temporada, se considerará que las mismas tienen derecho al cobro íntegro de la asignación por maternidad, en aquellos casos en el que el período de licencia pre-parto se hubiere iniciado durante la temporada, o sea se tiene que dar comienzo a la licencia por maternidad durante el período de temporada (siempre y cuando corresponda en (...)
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¿Si se incrementa la nómina de empleados respecto a noviembre de 2008 el primer año calendario se usa el código 201 y el segundo año calendario el código 202?
El código de reducción para el primer año es el 201. No hay un código asignado para utilizar el segundo año. El código 202 y 203 es para discapacitados.
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En el caso de despido de un empleado de comercio al que se le liquidaron los conceptos No Remunerativos del acuerdo en forma proporcional a los días trabajados, ¿en la liquidación de la integración mes de despido hay que incluir la parte de No Remunerativos no liquidados?
Corresponde liquidar las cifras no remunerativas en la liquidación de la integración del mes de despido, al igual que en el preaviso.
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Para que una empresa comprendida en el sistema de Fondo Compensador abone una asignación por hijo discapacitado, ¿qué documentación le tiene que solicitar al empleado? El empleado tiene que hacer algún trámite en A.N.se.S.?
El trabajador tiene que solicitar autorización a A.N.Se.S. para que el empleador pueda realizar el pago de la asignación por hijo discapacitado. Para esto tiene que completar y presentar el formulario FPS2.3, (lo baja de la página de A.N.Se.S.). Hay una parte de este formulario que debe ser completada por el (...)
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Para el caso de empleados jornalizados, cuando se calcula el S.A.C., una empresa está considerando en lugar del mejor sueldo formado por horas normales y horas extras, el prorrateo de la suma de horas extras del semestre (es decir, sumatoria de horas extras liquidadas dividido 6), influyendo por consiguiente para el S.A.C. el importe de horas normales más este prorrateo. ¿Existe un marco legal, por Convenio Colectivo o jurisprudencia que avale este método?
El artículo 1º de la Ley Nº 23.041 establece que el sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública central y (...)
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¿En que casos se utilizan las facturas A con codigo 39?
El código de tipo de comprobante 39 corresponde a otros comprobantes A que cumplan con la Resolución General Nº 1415 (distintos a recibos o factura A, es decir cuando se emitan documentos equivalentes que respalden la operación realizada.
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¿Qué formulario hay que presentar en A.F.I.P. para abrir una nueva sucursal?
Las sucursales se denuncian mediante la presentación del formulario F. 561. A su vez, de conformidad con lo establecio por el artículo 47 de la Resolución General Nº 1415, en oportunidad de producirse la habilitación de la sucursal deberá presentarse el formulario F. 446/C a los efectos de informar a la A.F.I.P. el código que identifica el lugar o punto de emisión de los comprobantes.
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¿Las sumas no remunerativas abonadas a los empleados de comercio conforme los acuerdos de abril de 2008 y abril de 2009, se toman como base para calcular los aportes a la obra social OSECAC, al sindicato y a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS)?
Las sumas no remunerativas que se abonaron en el mes de junio y la que se abonará en diciembre realizan aportes a la obra social, al sindicato y a la federación y contribuciones a la obra (...)
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¿Cada vez que se incorpora un punto de venta hay que presentar en A.F.I.P. un F. 446/C sea por controlador o factura manual?
De conformidad con lo establecido por el artículo 47 de la Resolución General Nº 1415, deberá presentarse un F. 446/C en oportunidad de producirse la habilitación de un punto de venta. Dicha obligación deberá cumplirse con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha de inicio de las operaciones en el nuevo lugar habilitado.
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Un monotributista se dio de baja del régimen en diciembre de 2006, quedándole el talonario con facturas en blanco. Ahora se inscribe nuevamente en el Monotributo, ¿puede utilizar ese talonario de facturas? En el supuesto de tener que volver a imprimir facturas, ¿la fecha de inicio de actividades es la de ahora?
El contribuyente deberá imprimir un nuevo talonario de facturas, informando como fecha de inicio de actividades la correspondiente a la nueva inscripción y con un nuevo punto de (...)
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Un profesional que hace un año aproximadamente, tomando los ingresos facturados en los doce meses anteriores superó los $ 72.000, conforme a la ley actual quedó excluido del Monotributo, o sea, que desde hace un año a la fecha, sin perjuicio de seguir pagando el Monotrituo, tenía que haberse inscripto en el régimen general ya que quedó excluido. En virtud del artículo 2º del proyecto ley de Monotributo, se le estaría permitiendo continuar en el Monotributo, a pesar de haber quedado de oficio excluido hace un año ¿Es correcta esta apreciación?
Si el contribuyente superó los ingresos brutos para (...)
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¿Dónde se refleja la pérdida del valor del vehículo por aplicación de la amortización, en virtud de que queda un patrimonio de empresa irreal para la posterior liquidación del impuesto sobre los bienes personales; ya que cuando se ingresa el valor residual (es decir, Valor inicial - amortizaciones acumuladas) en el programa aplicativa Ganancias y Bienes Personales - Versión 10.0 - Release 0, aparece en la pantalla como inconsistencia el valor de Bs. de uso-automotores debe ser igual al valor de inicio?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2218, a partir de la entrada en (...)
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¿Qué requisitos debe reunir una sociedad anónima para obtener el certificado de exclusión del padrón de retenciones y percepciones en ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires?
De conformidad con lo establecido por la Resolución Normativa Nº 119/08 y por la Disposición Normativa Serie B Nº 1/04, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren alcanzados por algún régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, podrán solicitar su exclusión siempre que resulte fehacientemente acreditado que se generan en forma permanente saldos a favor de dichos sujetos. (...)
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¿Qué debe presentar una sociedad para pedir la reducción de anticipos del impuesto a las ganancias?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 327 la reducción de anticipos se efectúa a través de la página web de la A.F.I.P., ingresando con C.U.I.T. y Clave Fiscal al servicio Cuentas Tributarias, opción Reducción de Anticipos, indicando el impuesto, el período fiscal y la base de cálculo proyectada. De tratase de personas jurídicas (artículo 69 de la Ley de Impuesto a las Ganancias), se debe presentar en la A.F.I.P. una nota con el detalle de los importes y conceptos que integran (...)
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En el caso de que un proveedor de una empresa emita factura C por la venta de un servicio por un monto de, por ejemplo, $ 1.000 y en la factura se aclara que por pago antes de determinada fecha el monto será de $ 800 ¿Se puede cargar esta misma factura con el importe de $ 800 al hacer uso de este descuento, o corresponde ingresarla por el monto facturado ($ 1.000) y que luego emita la nota de crédito correspondiente?
El comprador debe registrar la operación por el importe facturado, dejando reflejado el descuento obtenido por pago anticipado (por ejemplo: Mercaderías: $ 1.000 (DEBE) a Caja $ (...)
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Un contribuyente se inscribió en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires informando como fecha de inicio de actividades el día 24/09/2009, aunque durante dicho mes y el posterior no tuvo ingresos. En los primeros días de octubre efectuó el pago inicial de los $ 40, correspondientes al inicio de las actividades, aunque omitió la presentación de las declaraciones juradas correspondiente a los meses de septiembre y octubre de 2009. ¿Cómo debe proceder el contribuyente para regularizar su situación? ¿Se debe incluir en las declaraciones juradas el pago de inicio efectuado? (...)
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Una sociedad anónima posee saldo a favor en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires. Por otra parte, tiene que pagar las percepciones que efectúa a sus clientes. ¿Existe algún régimen que permita su compensación? ¿Cómo se realiza la misma?
De conformidad con lo establecido por el artículo 93 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, ARBA deberá compensar, de oficio o a pedido de los contribuyentes o responsables, los saldos acreedores, cualquiera sea la forma o el procedimiento por el cual se establezcan, con las deudas o saldos deudores de gravámenes (...)
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Un contribuyente que practicó retenciones de ganancias sobre sueldos y las mismas no fueron ingresadas ¿puede acogerse a un plan de pagos para abonarlas?
De conformidad con lo establecido por el artículo 2º de la Resolución General Nº 1966 pueden regularizarse a través del plan de facilidades de pago permanente (Mis Facilidades) las retenciones y percepciones impositivas respecto de las que no se haya iniciado un procedimiento de fiscalización y registren una antigüedad superior a doce (12) meses al momento de adhesión al plan de (...)
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En el caso de una sociedad que alquila dos galpones en el sur (Neuquén) (inmueble rural), en oportunidad de efectuar el pago de la locación, ¿bajo qué concepto se debe practicar la retención del impuesto a las ganancias?
De conformidad con lo establecido por el Anexo VIII de la Resolución General Nº 830, debe utilizarse el código de régimen de retención 32 Bienes inmuebles rurales, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing.
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Un contribuyente cerró su negocio por lo que se le dio la baja en I.V.A. y en autónomos, ¿puedo también tramitar la baja en el impuesto a las ganancias o se debe esperar al 31 de diciembre para hacer la declaración jurada por el año completo?
De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 685 los contribuyentes del impuesto a las ganancias deberán presentar la declaración jurada e ingresar, de corresponder, el saldo a favor del fisco, cuando se produzca la finalización del ejercicio fiscal por cese de actividades hasta el último día hábil administrativo, inclusive, del quinto mes (...)
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Un contribuyente inscripto en I.V.A. y en ganancias personas físicas que fue dado de baja de oficio por la A.F.I.P., presentó declaraciones juradas omitidas y desea dar de alta a los impuestos a las ganancias y al valor agregado. ¿A partir de qué fecha se da de alta?
Al ingresar al Sistema Registral, a los efectos de reactivar al contribuyente dado de baja, el sistema sólo permite seleccionar como período de alta el mes en curso, el mes anterior o el mes (...)
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