Doctrina y Casos Prácticos
Artículos de esta sección
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La Resolución Conjunta Nros 21 y 723 (D.G.I. y A.N.Se.S.) [1] estableció los requisitos que deben contener las denuncias que formulen los trabajadores en relación de dependencia motivadas en incumplimientos por parte de los empleadores, tal como lo prescribe el artículo 13, inciso a), punto 3) de la Ley Nº 24.241 (Ley de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones).
A su vez, mediante la Resolución Conjunta Nros. 1/2002 y 1/2002 (A.F.I.P. y I.NA.R.S.S.), publicada oficialmente el 16/01/2002, se modificó dicha resolución conjunta, disponiéndose nuevos requisitos.
Seguidamente exponemos los (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Existen dos regímenes coexistentes con respecto a las personas que prestan servicios domésticos, el Régimen instaurado por el Estatuto del Personal del Servicio Doméstico (Decreto - Ley Nº 326/56 y su Decreto Reglamentario Nº 7.979/56) de aplicación para trabajadores dependientes y un Régimen Especial creado por la Ley Nº 25.239 y reglamentado por el Decreto Nº 485/2000, vigente desde el 1º de abril de 2000, que es el correspondiente a trabajadores no dependientes.
A pesar de ser dos regímenes claramente diferentes y haber sido receptada esa situación a través de las reglamentaciones (...)
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1. A PESAR DEL CASO GOROSITO, LOS JUECES DECLARAN LA INCONSTITUCIONALIDAD
A pesar de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el Fallo Gorosito C/Riva con fecha 1º de febrero de 2002, desde allí hasta la fecha, varios Jueces de Primera Instancia del Trabajo han continuado declarando inconstitucional el artículo 39, inciso 1) de la Ley de Riesgos del Trabajo.
A pocos días de dictada la Sentencia de la Corte Suprema, el 28 de febrero, el titular del Juzgado del Trabajo Nº 66, Dr. Julio Grisolia declaró inconstitucional el artículo 39 inciso 1) de la Ley de Riesgos de Trabajo, confirmada (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Tal y como todos sabemos, nos encontramos inmersos en una crisis muy profunda, donde la falta de crédito, la baja actividad producto de la gran recesión y la presión fiscal, confabula en contra de la actividad empresaria, provocando despidos, cierre de empresas y hasta incluso las quiebras de las mismas.
En virtud a lo señalado, es que intentaremos a través de la presente colaboración, dar a conocer ciertos instrumentos olvidados tanto por la Administración Federal de Ingresos Públicos como por los contribuyentes, como es el de la cesión de créditos fiscales, su aplicabilidad y (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Lamentablemente, la actividad agropecuaria es un tema que no suele ser abordado con la suficiente frecuencia, tanto por la doctrina como por la normativa, falencia que se encuentra extendida por casi todo el mundo, si bien existen algunos organismos que procuran la definición de normas particulares para la actividad, con el objetivo de llegar al establecimiento de normas de aplicación internacional.
Cuando nos planteamos realizar una valuación impositiva, aunque sea obvio aclararlo, partimos de una valuación contable o extracontable, de la que extraemos los datos necesarios, (...)
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1. COMENTARIO
A través del Decreto Nº 2.129/2002, el Poder Ejecutivo Nacional estableció un nuevo régimen de facilidades de pago de las tasas anuales de las sociedades comerciales; dicho decreto ha sido reglamentado por la Resolución Nº 13/2002 (I.G.J.).
Las deudas sujetas a regularización son las siguientes: la tasa anual establecida por la Decisión Administrativa Nº 46/2001, correspondiente al año 2001 y las tasas anuales por el mismo concepto de los períodos anteriores, es decir que el régimen comprendería las tasas anuales de sociedades por acciones correspondientes a los años 1993 a 2001, ambos (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La administración de la disciplina es la función estratégica propia del área de personal que se encarga de contribuir con el mantenimiento de un aceptable nivel de disciplina y de compromiso de los empleados de la organización mediante acciones orientadas a premiar o sancionar las actitudes del personal.
Debemos recordar que el poder de dirección recae sobre el empleador, que es quien arriesga la inversión en un proceso de producción, para el cual emplea a trabajadores.
En su obra “El Príncipe”, Nicolás Maquiavelo expresó lo siguiente:
“Sostengo que todo príncipe debe desear ser (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En esta oportunidad y como consecuencia del dictado de la Resolución Nº 14/02 (S.S.S.), se presenta al lector el desarrollo de las prestaciones que a la fecha se encuentran vigentes de la Ley Nº 24.714, incorporando las modificaciones efectuadas por dicha resolución y siguiendo los lineamientos del trabajo que sobre el tema fue publicado en la revista Técnica Laboral Nº 112 de Septiembre de 2002.
La norma mencionada precedentemente –de aplicación a partir del 1º de noviembre de 2002– ha derogado las Resoluciones Nros. 112/96, 16/97, 88/97 y 23/2000 (S.S.S.), incorporando (...)
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El análisis del tratamiento y los incentivos tributarios para las exportaciones en nuestro país, así como sus efectos, derivaciones, implicancias y dificultades prácticas en su aplicación ha sido objeto de numerosos trabajos y comentarios –algunos de alcance puntual y otros de naturaleza integral– de nuestra parte.
A tal respecto, siempre consideramos que nuestro país, siguiendo en este sentido el derrotero transitado también por otros países de la región y de otras regiones del mundo, ha venido adoptando desde hace más de 40 años un conjunto de medidas que tienen por objeto la concreción de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En esta oportunidad, nuestro objetivo es analizar las razones en función de las cuales el Instituto del titulo deviene procedente en determinadas situaciones, como también los casos en los que no puede resultar de aplicación.
En primer término, es menester anticipar que los saldos a favor del contribuyente en el impuesto al valor agregado ameritan diferentes consideraciones respecto de su prescriptibilidad conforme fuere su naturaleza, según sean:
“de origen técnico” (Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 24º, primer párrafo), o “por ingresos directos” ( Ley del Impuesto (...)
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1. HACIENDA COMO BIEN DE CAMBIO Y COMO BIEN DE USO
En el caso de los establecimientos agropecuarios, la Ley de Impuesto a las Ganancias (artículos 52 y 54) considera que la hacienda es mercadería, sin importar a qué especie o categoría pertenece.
No obstante, plantea una distinción para el caso de los reproductores, a los que otorga el tratamiento de activo fijo. De esta manera, las normas legales y reglamentarias consideran reproductores a la hacienda macho y a la hacienda hembra de pedigrí o pura por cruza.
En resumen, la legislación impositiva considera bien de cambio a toda la hacienda de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Como comentáramos en nuestro anterior artículo, en el marco del Decreto Nº 1.273/02, se estableció la necesidad de tomar medidas de emergencia para la recuperación del ingreso alimentario, disponiéndose un incremento salarial de cien pesos ($ 100) en concepto de asignación no remunerativa de carácter alimentario. En un primer momento, este adicional se instituyó para algunos trabajadores y con determinadas características ya tratadas en el referido artículo. [83]
Luego se han dictado otras normas y aclaraciones, que resultan de vital importancia para la comprensión y correcta (...)
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1. EL TRABAJO HUMANO
En su sentido más amplio, el trabajo humano constituye un elemento vital para la existencia de cualquier organización. Resulta imposible pensar en la organización sin este elemento ya que las acciones que se ejecutan para satisfacer las necesidades y desarrollar las funciones de toda organización son precisamente trabajo. En síntesis, sin la existencia de trabajo no hay organización posible.
La definición de esta expresión tiene amplias dimensiones:
Esfuerzo humano aplicado a la producción de la riqueza. Necesidad del individuo para conservar su propia vida y satisfacer (...)
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FALLO TOBAR DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
En un momento muy especial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia el 22 de agosto del corriente año, en los autos T 348/XXXVII “Tobar, Leonidas c/ E.N.M. Defensa – Contaduría General del Ejercito” – Ley Nº 25.453 s/Amparo – Ley Nº 16.986, declarando procedente el recurso extraordinario deducido, confirmando la sentencia recurrida, que dispuso la inconstitucionalidad de la reducción del trece por ciento (13%) sobre los sueldos de estatales y haberes jubilatorios que fuera impuesta por la Ley Nº 25.543 y la Resolución Nº (...)
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Resumen de la ponencia.
La situación de los trabajadores en busca de un empleo decente y la situación de los empresarios en busca de una alta competitividad, son compatibles, en la medida que el aspecto social y el económico integran el ancho mundo de los Derechos Humanos.
Cabe exigirles a los países ricos, enriquecidos por el deterioro de los términos de intercambio, que levanten las barreras arancelarias, eliminen los subsidios internos que impiden a nuestros productos ingresar en sus mercados, elaborar conjuntamente con los demás Estados del mundo un Plan Solidario, para desarrollar (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En la presente colaboración desarrollaremos la liquidación del impuesto a las ganancias societarias, correspondiente a un ejercicio comercial cuyos resultados se han visto afectados por la devaluación monetaria producida en el país a comienzos del corriente año. Asimismo, se calculará también el impuesto sobre los bienes personales que la sociedad deberá ingresar en carácter de responsable sustituto del gravamen, a partir de la reforma llevada a cabo por la Ley Nº 25.585.
2. CASO PRÁCTICO
2.1. Datos generales
Contribuyente: MEMNON S.C.A. , sociedad constituida en el país (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El procedimiento de determinación de oficio en materia tributaria se encuentra legislado en el artículo 17 de la Ley Nº 11.683, de Procedimiento Fiscal (t.o. en 1998 y sus modificaciones).
Cuando no se hayan presentado declaraciones juradas o resulten impugnables las presentadas, la Administración Federal de Ingresos Públicos procederá a determinar la materia imponible y liquidar el gravamen correspondiente.
Esta determinación podrá ser efectuada, sobre base cierta por conocimiento de la materia imponible, o mediante estimación, si los elementos conocidos sólo permiten presumir (...)
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1. INTRODUCCIÓN [109]
El tratamiento fiscal de las rentas distribuidas por las sociedades de capital fue motivo de sucesivos cambios en el orden legislativo, circunstancia que dio lugar a una gran cantidad de trabajos y publicaciones de especialistas en la materia. No es nuestro objeto en este caso detenernos en el análisis de cada una de las etapas acaecidas, sino revisar la situación actual, particularmente afectada por la reforma impositiva introducida por la Ley Nº 25.063.
En efecto, dentro del paquete de medidas instrumentadas por la Ley Nº 25.063 (Boletín Oficial del 30 de diciembre de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 24.714 (B.O. 18/10/96) instituye un Régimen de Asignaciones Familiares, con alcance nacional y obligatorio, basado en dos subsistemas: Contributivo y no Contributivo.
Con fecha 02/11/2001 ha sido publicado en el Boletín Oficial el Decreto Nº 1.382/2001 que crea el Sistema Integrado de Protección a la Familia (SI.PRO.F.), derogando el Régimen de Asignaciones Familiares creado por la Ley Nº 24.714, dicho Sistema tenía previsto entrar en vigencia a partir del 1º de enero de 2002, pero al no ser reglamentado, siguen vigentes las prestaciones creadas por la Ley Nº 24.714 (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el mercado laboral (si es que se puede denominar así) se han observado tanto una creciente precarizacion como una intentona de lista negra discriminatoria.
En el primer tema, la última encuesta de hogares por el I.N.D.E.C., revelo una tasa de desempleo record del 21,5% y junto a esta cifra, el crecimiento del empleo de mala calidad.
Los datos suministrados nos dan que cerca de dos millones (2.000.000) de trabajadores ganan menos de doscientos pesos ($ 200) por mes, que existen aproximadamente ciento cincuenta y cinco mil (155.000) cartoneros, alrededor de un millón (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Como ya hemos hecho referencia una de las funciones más críticas y complejas de las propias del área de personal es la de proponer, establecer y aplicar una política de compensaciones para la organización, la cual debe necesariamente alinearse con los objetivos y estrategias generales de ésta, y que entre sus principales objetivos se destacan el de atraer y retener personal idóneo, asegurar la competitividad salarial, lograr la equidad interna, incentivar conductas deseadas en el personal y que las mismas se practiquen conforme lo establecido por las normas legales y (...)
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1. INTRODUCCIÓN
A través de la Ley Nº 671 (P.L.C.A.B.A.) se ponen en marcha un Régimen de Presentación Espontánea y otro de Regularización de Obligaciones Fiscales para contribuyentes o responsables de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras, Patentes sobre Vehículos en General, adicional fijado por la Ley Nacional Nº 23.514, Contribución por Publicidad, Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Gravámenes por el Uso y la Ocupación de la Superficie, el Espacio Aéreo y el Subsuelo de la Vía Pública. [154]
La regularización, cuyo período de vigencia (...)
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1. DEFINICIÓN
La factura de crédito es un título valor que documenta la deuda por una operación comercial, y lleva incorporado el derecho a reclamar una cantidad de dinero. Por lo tanto, no reemplaza a la factura o documento equivalente que respalda a la operación de compra o prestación de servicios, sino que es un documento de crédito que tiene el carácter de título ejecutivo.
2. OBLIGACIÓN DE SU UTILIZACIÓN
La factura de crédito deberá emitirse en forma obligatoria, juntamente con la factura o documento equivalente que respalde la operación, cuando se verifiquen las siguientes condiciones:
Se (...)
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Conforme con el artículo 40 de la Ley Nº 11.683, existe deber formal de emitir factura o comprobantes equivalentes por las operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o de prestación de servicios que se realicen, en las formas, requisitos y condiciones que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos, bajo apercibimiento de ser sancionado con una multa de trescientos pesos ($ 300) a treinta mil pesos ($ 30.000) y clausura de tres (3) a diez (10) días.
La Resolución General Nº 4104 (D.G.I.) –texto según su similar Nº 259 (A.F.I.P.)– estableció, en cabeza de los contribuyentes y (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El objeto del presente trabajo es reflejar las distintas situaciones que pueden configurarse durante la relación laboral ante la maternidad de las trabajadoras.
2. LICENCIA POR MATERNIDAD
A través del artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo, se otorga a la trabajadora una licencia de noventa (90) días durante los cuales está prohibida su ocupación.
Dicha licencia debe otorgarse con cuarenta y cinco (45) días de anticipación y hasta cuarenta y cinco (45) días posteriores al parto; sin embargo la trabajadora puede optar por reducir la licencia anterior al parto, siempre y (...)
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