Impositiva
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MAQUINARIAS CEDIDAS EN COMODATO. Cómputo de las amortizaciones en el balance fiscal.
BOLETÍN Nº 41 (A.F.I.P./D.G.I.) – DICIEMBRE DE 2000
Se eleva consulta a la asesoría técnica a efectos de unificar criterios acerca del tratamiento impositivo que corresponde otorgar a la cesión gratuita de maquinarias y equipos realizada por una empresa, la cual se halla instrumentada mediante la figura del comodato.
Al respecto, se informa que el comodante deduce la totalidad de las amortizaciones de los bienes a pesar de ser el comodatario quien produce el desgaste de los mismos, ello en virtud de entender (...)
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TRATAMIENTO DE LA VENTA DE OBRAS EN FORMATO ELECTRÓNICO. Exención del artículo 7º, inciso a) de la ley del gravamen.
BOLETÍN Nº 41 (A.F.I.P./D.G.I.) – DICIEMBRE DE 2000
Se consulta a la asesoría técnica el tratamiento que se debe dispensar a la venta de obras editoriales en formato electrónico, atento a lo previsto por el artículo 7º, inciso a) de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
Al respecto, el interesado informa que “...las obras mencionadas, previo a su transformación en formato electrónico, son comercializadas mediante la entrega de CD-ROM, es decir en lugar de vender los libros (...)
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MAQUINARIAS CEDIDAS EN COMODATO. Cómputo del impuesto facturado por la compra de los bienes.
BOLETÍN Nº 41 (A.F.I.P./D.G.I.) – DICIEMBRE DE 2000
Se eleva consulta a la asesoría técnica a efectos de unificar criterios acerca del tratamiento impositivo que corresponde otorgar a la cesión gratuita de maquinarias y equipos realizada por una empresa, la cual se halla instrumentada mediante la figura del comodato.
Al respecto, se informa que el comodante computa la totalidad del impuesto que se origina en la adquisición de los bienes a pesar de que no genera el débito fiscal pertinente, ello en (...)
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“FERROCUER S.A. (T.F. 15.523–I) c/D.G.I.”
FALLO DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL – SALA I NOVIEMBRE, 27 DE 2001
Magistrados: Dres. Pedro José Jorge Coviello y Néstor H. Buján
1. Las multas dictadas en ejercicio del poder de policía no contienen un fin retributivo, sino que están orientadas a prevenir y reprimir la infracción al ordenamiento jurídico, tienen naturaleza represiva, de donde se sigue que las garantías sustanciales que amparan el proceso penal son en principio aplicables, sin perjuicio de la modulación a las características de las (...)
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“COMPAÑÍA MINERA AGUILAR c/ D.G.I s/DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - AGOSTO, 23 DE 2001
Voto de la Mayoría: Dres. Eduardo Moliné O’Connor, Carlos S. Fayt, Augusto César Belluscio y Adolfo Roberto Vázquez
Por su voto (disidencia de fundamentos): Dr. Gustavo A. Bossert
Voto en disidencia parcial (disidencia de resultado): Dr. Antonio Boggiano
1. La posición del ente fiscal aparece desprovista de todo sustento ya que de la compulsa de las actuaciones administrativas resulta que la objeción que formuló el organismo recaudador al cómputo de los (...)
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“COMPAÑÍA INDUSTRIAL Y COMERCIAL SANJUANINA S.A. c/D.G.I. s/DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - SEPTIEMBRE, 18 DE 2001
Magistrados: Dres. Eduardo Moliné O’Connor, Carlos S. Fayt, Augusto César Belluscio, Enrique S. Petracchi, Gustavo A. Bossert y Adolfo Roberto Vázquez
1. Para que la suspensión establecida por la Ley Nº 23.549 –en el segundo artículo de las disposiciones transitorias– tuviese los efectos de permitir la deducción de los quebrantos más allá del límite temporal fijado por el artículo 19 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, era (...)
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KENNEMER GOLF & COUNTRY CLUB Y STAATSSECRETARIS VAN FINANCIËN
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (SALA V) DE 21 DE MARZO DE 20022 [8]
Magistrados: Jann, Von Bahr y Timmermans
1. El artículo 13, parte A, apartado 1, letra m), de la Directiva Nº 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema común de impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si un organismo actúa (...)
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1. COMENTARIO
Cuando entramos a analizar la cuestión de quien procede a jubilarse y tiene como pretensión –ante lo exiguo de la prestación jubilatoria– continuar desempeñándose en el mercado laboral, nos encontramos ante la disyuntiva de cómo encarar dicha circunstancia, y/o sí es conveniente descartar la cuestión.
En muchas ocasiones vemos que el jubilado intenta mantener su situación laboral tal como lo tenía antes de iniciar los trámites jubilatorios, generándose situaciones de conflicto que deben ser analizadas caso por caso a efectos de establecer la legitimidad de un eventual reclamo.
A tales (...)
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“MONTALTI DE LATTAZIO, ROSA RENEE Y OTROS c/F.A.C.A. S.A. Y OTRO s/DESPIDO”
C.N.A.T., SALA VII, SENTENCIA DEFINITIVA Nº 34.278 DEL 31/10/2000
Ante la circunstancia de que el difunto prestaba servicios como mensajero y demás diligencias bancarias, se presume que existía una relación de trabajo, independientemente de que el mismo fuera jubilado bancario, en cuanto quedó probado que el tratamiento que recibía era igual al de los demás mensajeros y cadetes. (...)
Probada la relación laboral existente, el Tribunal pasó a analizar el tema sobre la reincorporación del trabajador jubilado (previsto en (...)
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“BALDOCCHI, DIANA CIRIS c/AYACUCHO PALACE HOTEL S.R.L. s/DESPIDO”
C..N.A.T., SALA VII, SENTENCIA DEFINITIVA Nº 32.569 DEL 22/09/99
En el caso de marras, ambas partes estuvieron de acuerdo en que la actora renunciara para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria, y que continuara trabajando normalmente (situación que se mantuvo durante 5 años). Esto significa que en los hechos la relación laboral entre las partes no se vio extinguida –a pesar que las formas mostraban otra cosa–; por lo tanto, el empleador para despedirla debería haberlo hecho mediante el preaviso y la indemnización por (...)
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“MISA DIANA DOLORES c/INSTITUTO INDEPENDENCIA S.R.L. s/DESPIDO”
C.N.A.T., SALA II, SENTENCIA Nº 89.083 DEL 28/02/2001
El Tribunal resolvió, en cuanto a la relación laboral de actora y demandada, que habría quedado configurada la situación del artículo 253 de la Ley de Contrato de Trabajo, al jubilarse la actora y haber continuado su prestación laboral posteriormente. Ambas partes han actuado inadecuadamente y la relación laboral se desarrolló en forma ininterrumpida, por lo que hace presumir que hubo un asentimiento tácito de ambos lados.
En virtud de lo dispuesto por la norma legal el cómputo (...)
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ADICIONALES DE REMUNERACIÓN PERCIBIDOS POR EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ley Nº 24.475 y su Decreto Nº 628/96. Resolución General Nº 4269 (D.G.I.).
BOLETÍN Nº 39 (A.F.I.P./D.G.I.) – OCTUBRE DE 2000
Se eleva consulta a la asesoría legal a efectos de que se expida acerca del alcance que se debe dispensar al Decreto Nº 134/2000 de la Provincia de ..., donde se establece lo siguiente:
“Considerar no integrantes de la base imponible del impuesto regulado por la Ley Nº 20.628 (t.o. en 1986) y sus modificatorias, para los agentes dependientes de la Administración Central, Organismos Descentralizados (...)
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CONDONACIÓN DE DEUDAS ENTRE EMPRESAS VINCULADAS. Enriquecimientos a título gratuito. Artículo 20, inciso u) de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
BOLETÍN Nº 40 (A.F.I.P./D.G.I.) – NOVIEMBRE DE 2000
Se solicita a la asesoría legal que emita opinión acerca del tratamiento que corresponde otorgar a la condonación de una deuda efectuada por una sociedad controlante a favor de su controlada, originada en el reintegro de ciertos costos y gastos incurridos por la segunda empresa mencionada.
Sobre el particular, la compañía controlada ha expresado que en virtud de lo dispuesto por el inciso i) del (...)
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RÉGIMEN DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Consulta al archivo de información sobre proveedores. Resolución General Nº 615 (A.F.I.P.).
BOLETÍN Nº 38 (A.F.I.P./D.G.I.) – SETIEMBRE DE 2000
Se solicita a la asesoría técnica que efectúe las aclaraciones pertinentes sobre el alcance de las modificaciones introducidas a la Resolución General Nº 18 (A.F.I.P.) por su par Nº 615, la cual ha establecido que los agentes de retención de I.V.A. “... que realicen o prevean realizar operaciones de exportación que den lugar a la acreditación, devolución o transferencia del impuesto al valor agregado (...)
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PRORRATEO DEL CRÉDITO FISCAL. Transporte de mercaderías gravadas y exentas.
BOLETÍN Nº 38 (A.F.I.P./D.G.I.) – SETIEMBRE DE 2000
Se consulta a la asesoría técnica sobre el criterio que corresponde adoptar a los fines del cómputo del impuesto facturado por servicios de fletes de mercaderías, cuando la venta de los productos transportados se encuentra parcialmente gravada y en parte exenta del impuesto al valor agregado.
En ese sentido, la empresa consultante informa que ha pactado con el transportista que la facturación del servicio dependa del volumen acarreado, destacando que la mayor capacidad (...)
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“AGROEXPORT SERVICIOS S.A. s/APELACIÓN – I.V.A.”
FALLO DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN – SALA “C” - NOVIEMBRE, 8 DE 2001
Magistrados: Dres. Esteban Juan Urresti, Graciela L. T. de Wurcel y José Daniel Litvak
1. Si bien se observa cierta desprolijidad en los procedimientos administrativos de la recurrente, ello no puede llevar a la pretensión de adjudicarle el perfeccionamiento de un hecho imponible inexistente.
2. Cabe recordar las amplias facultades de verificación y fiscalización que posee el Fisco –contenidas en el artículo 41 (hoy 35) de la Ley Nº 11.683–, entre las que se encuentra la (...)
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“VALLORI, MIRTA GRACIELA s/AMPARO”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - NOVIEMBRE, 6 DE 2001
Magistrados: Dres. Julio S. Nazareno, Eduardo Moliné O’Connor, Augusto César Belluscio, Enrique S. Petracchi, Antonio Boggiano, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez.
1. La Ley Nº 19.279 y sus modificaciones, sólo exime a las personas discapacitadas de gravámenes que, más allá de la configuración técnica de sus respectivos hechos imponibles, recaen sobre la adquisición de automóviles.
2. El impuesto instituido por la Ley Nº 25.053 grava a “las personas físicas o jurídicas (...)
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“S.T.C. Nº 234/2001”
FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE ESPAÑA EN PLENO - DICIEMBRE, 13 DE 2001
Magistrados: don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente; don Tomás S. Vives Antón, don Pablo García Manzano, don Pablo Cachón Villar, don Fernando Garrido Falla, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Guillermo Jiménez Sánchez, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel y don Eugeni Gay Montalvo.
La eficacia retroactiva de que se halla dotada la disposición cuestionada aparece desprovista de justificación objetiva y (...)
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PERCEPCIÓN DE REGALÍAS POR EL USO DE UNA MARCA COMERCIAL. Artículo 8° del Decreto Reglamentario de la ley del gravamen.
BOLETÍN No 38 (A.F.I.P./D.G.I.) – SETIEMBRE DE 2000
Se solicita a la asesoría legal que se expida acerca del tratamiento que corresponde otorgar a un contrato de uso de una marca comercial cuya contraprestación ha sido pactada mediante el pago de una regalía.
En ese orden, la empresa consultante manifiesta que es usuaria de una marca de “sal hogareña” y que por el uso del intangible abona una regalía equivalente al uno por ciento (1%) de sus ventas. Al respecto, informa que la (...)
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SERVICIO DE COMEDOR PARA PERSONAL DEPENDIENTE Y NO DEPENDIENTE DE UNA EMPRESA. Tratamiento frente al tributo.
BOLETÍN Nº 38 (A.F.I.P./D.G.I.) – SETIEMBRE DE 2000
Se consulta a la asesoría legal el tratamiento que se debe brindar en el impuesto al valor agregado al servicio de comedor prestado en una empresa, donde los usuarios serán personas que se desempeñan en relación de dependencia y otros que se encuentren especialmente autorizados.
A esos fines, el interesado advierte que en el convenio firmado se prevé la posibilidad de que utilicen el comedor del establecimiento algunas personas que (...)
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CEMENTERIO PRIVADO. Concesión de uso de parcelas. Tratamiento frente al gravamen.
BOLETÍN No 38 (AFIP/DGI) DE SETIEMBRE DE 2000
Se solicita a la asesoría legal que se expida acerca del tratamiento que corresponde otorgar a los ingresos obtenidos por la concesión de uso a perpetuidad de parcelas de tierra de un cementerio privado.
Al respecto, el interesado sostiene que la cesión del derecho de uso se halla exenta del gravamen, a la vez que entiende que deben ser sometidos a imposición los servicios que se prestan en el lugar, tales como cuidado y mantenimiento.
No obstante, interpreta que (...)
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“THE FIRST NATIONAL BANK OF BOSTON c/FISCO NACIONAL –D.G.I.– s/DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - OCTUBRE, 11 DE 2001
Magistrados: Dres. Eduardo Moliné O’Connor, Carlos S. Fayt, Augusto César Belluscio, Enrique S. Petracchi, Antonio Boggiano, Guillermo A. F. López, Adolfo Roberto Vázquez y Gustavo A. Bossert.
1. El plazo establecido en el artículo 74 del Decreto Reglamentario de la Ley No 11.683 para que el Director General resuelva el recurso de apelación interpuesto se cuenta a partir de la interposición de éste.
2. Si el organismo recaudador (...)
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“BANCA NAZIONALE DEL LAVORO S.A. c/DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”
FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN - AGOSTO, 23 DE 2001
Voto de la Mayoría: Dres. Eduardo Moliné O’Connor, Carlos S. Fayt, Augusto César Belluscio, Gustavo A. Bossert y Adolfo Roberto Vázquez.
Voto en disidencia parcial: Dr. Antonio Boggiano
1. La Ley del Impuesto a las Ganancias de los años 1989 y 1990 –al igual que la anterior Ley del Impuesto a los Réditos– adoptó como principio para establecer cuál es la renta alcanzada por el gravamen el de la localización de la fuente productora (...)
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“METROPOL TREUHAND WIRTSCHAFTSTREUHANDGMBH Y FINANZLANDESDIREKTION FÜR STEIERMARCK, Y ENTRE MICHAEL STADLER Y FINANZLANDESDIREKTION FÜR VORARLBERG”
FALLO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS – SALA V - ENERO, 8 DE 2002
Magistrados: Dres. Jann, La Pergola, Sevón, Wathelet y Timmermans
1. El artículo 17, apartado 6, párrafo segundo, de la Directiva 77/388/C.E.E. del Consejo, del 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de Negocios – Sistema común del impuesto sobre (...)
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SALIDAS NO DOCUMENTADAS. Adquisición de bienes.
BOLETÍN No 38 (A.F.I.P./D.G.I.) – SETIEMBRE DE 2000
Se solicita a la asesoría legal que se expida acerca del tratamiento que corresponde otorgar a las compras carentes de documentación efectuadas por una empresa que se halla bajo fiscalización, de conformidad a lo normado por los artículos 37 y 38 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y 55 de su Decreto Reglamentario.
Conforme surge de las actuaciones, la firma se dedica a la comercialización de cereales sin planta propia, realizando sus compras principalmente a intermediarios de distintas zonas (...)
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