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SocietariasArtículos de esta secciónPara realizar el empadronamiento de una Sociedad de Responsabilidad Limitada y una Sociedad Anónima, ¿qué pasos debemos seguir? El empadronamiento de las sociedades está constituida por tres etapas: primeramente se deberá abonar el formulario K (valor $ 150), se confecciona y envía la declaración jurada por vía Web (utilizar el aplicativo que se encuentra en la página del IGJ); la segunda etapa consiste en solicitar el turno on line para la presentación de la declaración jurada; por último concurrir el día del turno con la documentación en soporte papel. Cabe aclarar, que mediante la Resolución (...) »» INICIAR SESIÓN Por la Resolución N° 1.227 (I.G.J.) se intima a las entidades civiles para la presentación de una Declaración Jurada de actualización de datos. ¿A qué entidades se refiere? ¿Los que presentaron oportunamente la declaración exigida por la Resolución General N° 1/2010 son parte de esa intimación? A través de dicha resolución se intima a las entidades civiles a presentar la ddjj de actualización de datos dispuesta por la Resolución General Nº 1/2010, cuyo vencimiento había operado el 29 de julio de 2011. Dicha norma contiene el listado de entidades (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Tiene validez pegar sobre los libros rubricados como ser el de actas (hoja firmada) en original pegada en libro de actas? Tiene validez sólo si se trata de un acta volante porque los libros no estaban rubricados, sino debe transcribirse. »» INICIAR SESIÓN ¿Se prorrogó el vencimiento de la Presentación de Actualización de Datos Res 1/10 IGJ, o el vencimiento opera el 29/07/11? A través de la Resolución General Nº 2/2011 (IGJ) se estableció el siguiente plazo de vencimiento para la presentación de la declaración jurada Resolución General Nº 1/ 2010: a) Asociaciones Civiles y Fundaciones hasta el 29 de julio inclusive; b) Sociedades extranjeras hasta el 30 de septiembre inclusive; c) Sociedades comerciales hasta el 30 de noviembre inclusive para el envío vía web del aplicativo, continuando vigente la solicitud on line de turnos para la presentación en (...) »» INICIAR SESIÓN Una fundación quiere constituir un comité que tratara todo lo concerniente a nuevos proyectos; no están contempladas funciones de ejecución; parte de los miembros de este comité son los que pertenecen al Consejo de Administración, el cual esta contemplado en el articulo 12 del estatuto de la fundación, que será de un mínimo de 3 y un máximo de 6 miembros. La idea es no constituir un nuevo comité sino agrandar el ya existente, pero se plantean los siguientes interrogantes: ¿Existe la posibilidad de anexar los nuevos miembros de este comité al Consejo de Administración, bajo qué cargos (consejeros), (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Existe un capital mínimo con el cual dar inicio a la cooperativa? ¿Existe un mínimo de acciones que tenga que adquirir cada socio para darle inicio a la misma? No hay capital mínimo, la ley de cooperativas establece, en su artículo 24, que las cuotas sociales deben ser de igual valor, dejando la libertad de elección del mismo a los fundadores. La costumbre ha sido establecer un valor pequeño para facilitar la real eficacia del régimen de libre ingreso, principio del sistema, el que se halla legislado en el artículo 2, inciso 2) de la Ley de (...) »» INICIAR SESIÓN Una cooperativa de trabajo viene funcionando desde hace dos años con los socios fundadores, que son 6 personas que han suscripto e integrado un capital de $1.200. Sucede que ahora deben integrar 3 nuevos socios y, como por el estatuto social las cuotas suscriptas no pueden ser menor al salario mínimo vital y móvil; ahora bien, no habría problemas en cuanto a la elección de los consejeros porque la misma es por mayoría simple y la mantendrían los antiguos socios, pero sucede que si en un futuro la misma tuviese que disolverse, quienes realizaron el esfuerzo inicial (que fue costo en tiempo y (...) »» INICIAR SESIÓN ¿El desempeño del cargo de presidente de una asociación civil sin fines de lucro se califica como “incompatible”, de acuerdo a la normativa vigente, respecto de su condición de gerente bajo relación de dependencia de la misma? En el país no existe una legislación específica referida a las asociaciones civiles, por ende no hay una prohibición expresa. Ahora bien, considero que hay una incompatibilidad tácita, toda vez que el presidente es la máxima autoridad y podría llegar a verse en una doble situación como, por ejemplo, si debe interponer una sanción disciplinaria, enviar telegramas, (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Existe alguna norma por la cual una asociación deba publicar en el Boletín Oficial el llamado a asamblea ordinaria y, de ser así, con cuantos días de antelación a la Asamblea? Recomendamos la lectura del artículo 402 y siguientes de la Resolución General N° 7/2005 (I.G.J.): allí dice circular y, en su caso, avisos de publicaciones. En otras palabras, depende de lo que dice el estatuto. Ahora bien, a efectos de evitar ulterioridades, es decir, que alguno de los socios alegue que no recibió el aviso pertinente, es conveniente la publicación en el Boletín Oficial, a fin de evitar impugnaciones, (...) »» INICIAR SESIÓN Una asociación civil sin fines de lucro esta inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires: 1. Para el pedido de asambleas ordinarias y extraordinarias, ¿Se debe hacer alguna publicación para los presentes tipos de reunión en diario local o en el Boletín Oficial? 2. De lo que se resuelve en las siguientes asambleas, ¿Se debe hacer alguna presentación a Personas Jurídicas?, ¿Con que formulario y qué se debería presentar en caso de ser obligatoria la presentación? Respecto del medio de publicación, debe estarse a lo que surja de los estatutos. Si el estatuto nada dice, (...) »» INICIAR SESIÓN Un socio gerente quiere integrar un bien propio inmueble a la sociedad que integra, ¿que pasos se deben seguir para cumplimentar con la Inspeccion General de justicias? Como contadora si la integracion se hace por instrumento publico ¿en que debo colaborar con el escribano? En respuesta a su consulta le informamos lo siguiente: Si es un aumento de capital, y estamos hablando de una Sociedad Anonima, debe hacerse un Acta de Directorio llamando a Asamblea para aumentar el Capital, si el aumento de capital es superior al quintuplo debe ser una Asamblea Extraordinaria. Siempre las (...) »» INICIAR SESIÓN Una sociedad anónima (que no cotiza en bolsa) que comenzó su ejercicio en el año 2007 en el cual los socios realizaron un aporte irrevocable, ¿ese aporte irrevocable hasta cuándo hay tiempo de capitalizarlo? ¿Cuál y cómo es el procedimiento para capitalizarlo? El plazo de tiempo para capitalizar un aporte irrevocable es de 180 días segùn lo establecido en el artículo 96 apartado V de la Resolución General Nº 7/2005 (I.G.J.). »» INICIAR SESIÓN En una sociedad anónima formada por dos socios, uno de ellos fallece. ¿El socio que queda debe formar otra sociedad o puede incorporar un nuevo socio a la ya existente? De conformidad con lo establecido por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Comerciales, es causal de disolución de la sociedad la reducción a uno del número de socios, siempre que no se incorporen nuevos socios en el término de 3 meses (por ejemplo, los herederos). El socio podrá formar parte de otra (...) »» INICIAR SESIÓN La consulta está relacionada con el escrito que aparece como información brindada por su sitio en materia de sindicatura y que trascribo como Anexo A y su aplicabilidad en la Provincia de Tierra del Fuego. En primer lugar, en la Provincia de Tierra del Fuego existe la Ley Nº 429 (Código Fiscal) que entre sus artículos menciona: Artículo 15- Están obligadas a pagar los impuestos, tasas y contribuciones en cumplimiento de la deuda tributaria de los contribuyentes en la forma y oportunidad que rijan para aquéllos o que expresamente se establezca, las personas físicas o jurídicas que administren o (...) »» INICIAR SESIÓN En el caso de una sociedad anónima, ¿es necesario que el acta de integración de aportes irrevocables sea presentada en la Inspección General de Justicia? La integración de los aportes irrevocables implican un aumento de capital que como tal debe estar inscripto ante la Inspección General de Justicia. Ahora bien, si se trata de un aporte irrevocable que aún no ha sido capitalizado, las Resoluciones Nros. 1 y 7/05 establecen las pautas para su inscripción en el Registro Publico de Comercio, y el plazo para su integración. Hay que tener en cuenta que el aporte irrevocable debe tener contrapartida en (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Las sociedades anónimas inscriptas en Personas Jurídicas de Provincia de Buenos Aires, deben abonar la tasa anual? ¿En caso de abonarla, cuándo es el vencimiento? ¿Son las mismas escalas de la I.G.J.? En provincia de Buenos Aires existe la tasa anual de fiscalización, la cual es aplicable a la Sociedades contempladas en el artículo 299º de la Ley Nº 19.550, siendo la escala aplicable: CAPITAL SOCIAL Hasta $ 3.265 $ 100,00 Más de $ 3.265 a $ 9.885 $ 200,00 Más de $ 9.885 a $ 16.550 $ 350,00 Más de $ 16.550 a $ 23.310 $ 500,00 Más de $ 23.310 a $ 33.100 $ 800,00 Más de $ 33.100 en adelante $ (...) »» INICIAR SESIÓN En el caso de una SRL que es una empresa familiar, si el socio no gerente efectua una donacion a la sociedad, ¿como se contabilizaría para la sociedad dicha operacion? De acuerdo al artículo 1806 del Codigo Civil no puede hacerse donación a persona que no exista civil o naturalmente. Las sociedades no pueden recibir donaciones. »» INICIAR SESIÓN ¿Cómo se refleja la transferencia/venta de la participacion societaria de un socio de S.R.L.? ¿Se refleja en el libro de actas solamente o debe realizarse algun contrato certificando firmas. La transferencia de la participación societaria debería constar en los libros de actas ya que al ser una S.R.L. no tiene libro de registro de acciones. Además, es conveniente realizar un contrato de transferencia de la participación societaria con las firmas certificadas ante (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Puede una sociedad anónima por reiteradas pérdidas tener Patrimonio Neto negativo? No, ya que de acuerdo al artículo 94 punto 5 de la Ley de Sociedades comerciales una de las causales de disolucion de una sociedad es por pérdida del capital social. Esto rige desde diciembre de 2005. »» INICIAR SESIÓN 0 | 25 |