Laboral
Artículos de esta sección
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Introducción
El mercado laboral en la Argentina da cuenta de un escenario que mantiene algunos signos de fragilidad, y enciende a su vez luces amarillas. En el periodo “de oro” de la actual administración -2003 a 2006- se observaron mejoras sostenidas en el mercado laboral impulsadas por una fuerte caída del costo laboral en dólares y por la existencia de una amplia capacidad ociosa en la estructura productiva, que permitió contrataciones por parte del sector privado sin necesidad de grandes inversiones. A partir del año 2007, la creación de puestos de trabajo se concentró en el sector público (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Daremos tratamiento a la jornada laboral del trabajador de comercio y las distintas variantes que hacen a las modalidades de contrataciones vigentes, en especial el contrato a tiempo parcial.
También mencionaremos las obligaciones del empleador con relación a las exigencias de la autoridad de aplicación.
La jornada laboral es todo el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador, en tanto no puede disponer de su actividad en beneficio propio.
2. JORNADA LABORAL
Comenzaremos a dar tratamiento a uno de los temas difíciles de aprender en su concepto, y (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Existe en nuestro país un conjunto de leyes, decretos, reglamentaciones, estatutos profesionales, etcétera que sirven de marco normativo para el ejercicio de las actividades del administrador de personal, del liquidador de sueldos y jornales o contador, que enunciaremos en el presente trabajo en orden de importancia.
Es necesario tener un amplio dominio del entorno normativo laboral, de la seguridad social e impositivo, que se deberá cumplir, o hacer cumplir, para no generar conflictos con los trabajadores y/o sus representantes, y para evitar sanciones o multas impuestas (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El artículo 31, apartado 2, inciso c) de la Ley Nº 24.557 establece la obligación de los empleadores de denunciar a las aseguradoras de riesgos del trabajo (A.R.T.) y a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.) los accidentes y enfermedades profesionales que se produzcan en sus establecimientos.
Asimismo, el aludido artículo 31, apartado 1, establece el deber de las A.R.T. de registrar, archivar e informar lo relativo a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El artículo 30 de la Ley Nº 24.557, extiende dichos deberes a los empleadores autoasegurados. (...)
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La Resolución 44/15, estable que a partir del mes devengado MARZO de 2015, con vencimiento en ABRIL 2015, se incrementará el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social un 18,26%, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley Nº 26.417.
El mencionado incremento del 18,26% es igual al porcentaje de aumento de los haberes jubilatorios.
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)
Categorías Rentas de Referencia en pesos I 2.215,49 II (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La norma que establece el procedimiento a seguir por un trabajador autónomo frente a una contingencia de invalidez o muerte en actividad es el Decreto Nº 300/97, el cual se encuentra vigente a partir de diciembre de 2014 y se hace extensivo a los trabajadores monotributistas.
El procedimiento que se tiene que aplicar para cumplir con el requisito del examen médico exigido al trabajador autónomo, por el apartado 2 de la reglamentación del artículo 27 de la ley citada, contenida en el Decreto Nº 55/94 [17], ha demostrado que en la práctica es de difícil cumplimiento, ocasionando (...)
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1. RESOLUCIÓN GENERAL Nº 1566. REGLAMENTACIÓN DE LAS LEYES NROS. 17.250 Y 22.161
1.1. Introducción
Por medio de la Resolución General Nº 1566 se regula la aplicación de las sanciones previstas por las Leyes Nº 17.250 y sus modificaciones y Nº 22.161, correspondientes a las infracciones cometidas por los empleadores y trabajadores autónomos, relativas a los recursos de la seguridad social.
Los contribuyentes y/o responsables de aportes y contribuciones con destino al Sistema Único de la Seguridad Social (S.U.S.S.), incursos en las infracciones tipificadas por la Ley Nº 17.250 y sus (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En las relaciones laborales existen dos clases de suspensiones o interrupciones del contrato laboral, es decir que el trabajador deja de prestar servicios por un lapso de tiempo determinado. Esta suspensiones se pueden clasificar en:
Suspensiones remuneradas: Son (por ejemplo) las licencias legales pagas, por vacaciones, enfermedad, accidente, matrimonio, nacimiento, etcétera. Suspensiones no remuneradas: Son aquellas donde la interrupción de la relación laboral se produce por cuestiones disciplinarias o por causas económicas (falta o disminución de trabajo). Estas (...)
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1. INTRODUCCIÓN [24]
Siendo las organizaciones sistemas abiertos que para su funcionamiento necesitan imperiosamente vincularse con el entorno que las rodea [25], las empresas entre sí realizan un sinnúmero de contratos, de infinidad de categorías tanto típicos como atípicos.
Ciertos contratos (no todos) que entre las empresas celebran tienen efectos en el contrato de trabajo, ya que generan una ampliación de la responsabilidad empleadora extendiéndola, generalmente de modo solidario, a todas las empresas contratantes.
Entre las formas clásicas de este tipo de solidaridad la Ley de Contrato de (...)
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¿Qué es un feriado nacional?
Es un día que se celebra o conmemora un episodio o hecho histórico, festividad religiosa, natalicio o fallecimiento de un prócer.
¿Cuál es la diferencia con un día no laborable?
En el día establecido como feriado nacional, la ley establece una inactividad generalizada. El día “no laborable” es el empleador el que determina si abre o no el establecimiento, en caso de ese trabajar en forma habitual, los trabajadores tienen el deber de prestar servicios y no cobran ningún adicional. Si el titular del establecimiento decidiera no brindar servicios, los trabajadores no (...)
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1. RÉGIMEN DE LA LEY Nº 22.161
1.1. Modificación al régimen de obligaciones y sanciones
Mediante la Ley Nº 22.161 se crea un régimen de obligaciones y sanciones para ser aplicado en la órbita de las Cajas de Subsidios Familiares para Empleados de Comercio y para el Personal de la Industria y de la Caja de Asignaciones Familiares para el Personal de la Estiba.
La ley establece que el empleador tiene las siguientes obligaciones:
a) Efectuar el pago del aporte de la Seguridad Social.
b) Presentar en la forma y plazos que determinen, las planillas formularios y declaraciones juradas que se le (...)
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1. INTRODUCCIÓN [41]
El derecho laboral lo podemos clasificar en diversas ramas (individual, colectivo, internacional, procesal, etcétera), y que una de ellas es el derecho administrativo laboral.
“A esta rama la podemos definir como un “segmento del derecho administrativo integrado por normas y principios de derecho público que determinan las competencias de la autoridad administrativa del trabajo y sus relaciones interorgánicas e interadministrativas, así como las disposiciones de carácter público y privado, de fondo y procesales, que reglan las relaciones entre dicha autoridad y los (...)
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¿Sos empleado en Relación de Dependencia?
No olvides que tenes hasta el 31 de Enero de 2015 para cumplir con la presentación del SIRADIG (F. 572 WEB)
1- ¿Que es el SIRADIG?
Es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias, las percepciones que le hubieren practicado conforme el régimen establecido por la Resolución General Nº 3450 y su modificatoria, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.
2- ¿Quienes deben presentarlo?
Deben presentarlos, los empleados (...)
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1. DEFINICIÓN
Las enfermedades o accidentes inculpables son aquellos quebrantos de la salud del trabajador por los cuales no pueden presentarse a prestar servicios, dando origen a la suspensión de la prestación de servicios por un lado, y a la generación de derechos y obligaciones de ambas partes, por el otro.
Se entiende por enfermedad y accidente inculpable a toda aquella dolencia psicofísica que padezca el trabajador y que le impida la prestación de servicios, que nada tiene que ver con labor realizada, sino que se debe a una causa ajena al trabajo prestado, responden a riesgo propio de la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El presente artículo tiene por finalidad tratar de desbrozar de toda la legislación vigente aquella específica que trata las normas procesales y recursivas de la seguridad social.
Dado que la Administración Federal de Ingresos Públicos a partir del año 1993, toma a su cargo la aplicación, recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la seguridad social, se encuentra normativa procesal propia del ámbito de la Seguridad Social como también aquella proveniente de la Ley de Procedimientos Tributarios, es intención del presente trabajo tratar de condensar la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el marco del contrato de trabajo, tenemos dos partes claramente determinadas, por un lado el empleador y por la otra el trabajador. Esta última también identificada como empleado, o dependiente. Si bien este tema no aparenta traer problemas de interpretación, también es cierto que en determinadas situaciones la identificación de las partes se torna difusa, y para su resolución se deben tener en cuenta ciertas consideraciones que tanto la ley como los principios del derecho laboral precisan para encuadrar cada caso, para luego establecer sus efectos jurídicos.
Ocurre que en (...)
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La Lic. en Relaciones del Trabajo, Marcela Medrano, consultora laboral en Aplicación Tributaria, elaboró en exclusiva para ELE-VE un informe con los 10 puntos básicos para liquidar vacaciones:
Días de descanso
El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:
-De catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (5) años.
De veintiún (21) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de cinco años no exceda de diez (10).
De veintiocho (28) días corridos cuando la antigüedad siendo mayor de diez años (...)
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En el mes de diciembre se abona la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, y como todos los años los profesionales comienzan con algunos interrogantes para su correcta liquidación.
Conozca las respuestas a las principales dudas que por lo general se presentan sobre esta temática:
¿Qué sueldo se toma para liquidar el aguinaldo?
Según lo establece el artículo 3º del Decreto Nº 1078/84, para la liquidación del aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del segundo semestre.
¿Cuáles son los rubros que se incluyen para tomar la mejor remuneración? (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El trabajador durante su vida laboral está sujeto a situaciones sociales o coyunturales que pueden dejarlo por un tiempo fuera del mercado laboral, es decir períodos de tiempo en los que puede no tener la posibilidad de trabajar; en estos momentos (no elegidos por el trabajador, sino decidido por sus empleadores) se compromete la capacidad de ganancia del sujeto y se pone en juego el sustento de todo su grupo familiar.
Cuando hablamos de “contingencia”, aludimos a algún riesgo y suponemos un “acontecimiento” o “hecho” del que, en el caso que ocurra (siniestro), derivarán (...)
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1. RESEÑA
Los autores analizan en esta oportunidad el Acuerdo aclaratorio de Octubre de 2014 alcanzado por los paritarios del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, respecto la suma extraordinaria no remunerativa de $ 2.400 dispuesta en el nuevo Acuerdo Salarial de Abril de 2014 para los empleados de comercio, enfatizando en las disposiciones y cuestiones relacionadas con la liquidación de la suma aplicable al mes de Noviembre de 2014 y al retroactivo en caso de haberse liquidado en forma proporcional la suma correspondiente a julio de 2014.
2. INTRODUCCIÓN
Recordemos que con fecha 11 de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 26.844 regula las relaciones laborales del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. El artículo 74 de la misma, establece que los trabajadores comprendidos en ese ámbito de aplicación serán incorporados al régimen de riesgos del trabajo, bajo las Leyes Nros. 24.557 y 26.773. El Decreto Nº 467/2014, estableció que a partir del 3 de noviembre de 2014 el empleador de personal de casas particulares debía tener cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) libremente elegida, en tanto ésta se halle autorizada a (...)
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EMPLEADORES. APORTES Y CONTRIBUCIONES OBLIGATORIOS
La publicación de la Resolución General Nº 3693 en el día de la fecha trae respuesta a varios interrogantes que se planteaban en relación a la cobertura y pago de la cotización de la ley de riesgo de trabajo para el Personal auxiliar de casas particulares. Anticipamos los puntos salientes de esta Resolución que facilitan la liquidación del mes en curso.
CUOTAS CON DESTINO AL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Los empleadores del personal de casas particulares deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados, los importes que, de (...)
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Están comprendidas en el régimen especial para Microempleadores:
• las personas de existencia visible,
• las sociedades de hecho
• las sociedades de responsabilidad limitada
• las asociaciones civiles sin fines de lucro
• que empleen hasta cinco (5) trabajadores
• con una facturación anual máxima de $2.400.000.
Cuando el empleador incremente su nomina hasta siete (7) trabajadores, a partir del trabajador número seis (6), inclusive, el empleador deberá ingresar, sólo por dichos empleados (el nro 6 y 7), las contribuciones patronales previstas en el régimen general de la seguridad social. (...)
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El REPSAL es una herramienta de carácter público para enfrentar el empleo no registrado y promover el derecho a un trabajo digno con una remuneración justa, acceso a la seguridad social y a la representación sindical, y evitar la competencia desleal entre empresas.
Organismos sancionadores
En él se publican las sanciones firmes por trabajo no registrado aplicadas por:
• MTEySS,
• AFIP,
• Autoridades provinciales
• Autoridades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
• Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA),
• Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT),
• (...)
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La Resolución General Nº 3637 aprueba la nueva versión del Aplicativo Sicoss, V38 R0, para la liquidación de las cargas sociales mensuales, a partir del devengado octubre 2014.
Novedades
Correcciones en el F931 (cantidad de empleados). Correcciones en los papeles de trabajo
• Actualización de la Tabla Modalidad de Contratación. Se incorporan los siguientes códigos:
102 - Personal permanente discontínuo con ART (para uso de la EU) Decreto Nº 762/14.
Se incorpora a partir de Agosto 2014.
• Incorporación hasta Noviembre 2014 de los siguientes códigos de Modalidad de Contratación:
201 - Puesto (...)
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