Laboral
Artículos de esta sección
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La Administración Federal de Ingresos Públicos puso a disposición de los empleadores la Versión 30 del programa aplicativo denominado “Sistema Integrado de Pensiones y Jubilaciones (S.I.J.P.)”, destinado a la liquidación de cargas sociales, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 1.448/2008.
Dicha versión se comenzará a utilizar a partir del devengado noviembre de 2008 con vencimiento a partir del 9 de diciembre de 2008. Las novedades que fija son las relacionadas con los topes remuneratorios para los aportes y contribuciones derivados a los distintos subsistemas que componen la Contribución (...)
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La resolución del título (B.O. del 06/10/2008) viene a intentar dar solución práctica al derecho que tienen los trabajadores autónomos con ingresos anuales inferiores a 36 Módulos Previsionales (MO.PRE.) de imputar los pagos realizados en un ejercicio anual imputándolos al ejercicio siguiente. Esta posibilidad, no muy difundida por cierto, puede resultar útil por ejemplo, en aquellos casos de directores o gerentes de sociedades constituidas a efectos de ser titulares de bienes inmuebles que no generan ingresos, evitando así el gasto adicional de tener que aportar al sistema jubilatorio.
Normas (...)
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) reglamentó la suba de los límites salariales para el cálculo de los aportes y contribuciones que entrarán en vigencia a partir de las remuneraciones devengadas en noviembre de 2008.
La medida fue dispuesta por la Resolución General Nº 2508 (B.O. del 21/10/2008).
Cabe recordar que el Decreto Nº 1.448/2008 estableció los límites de bases imponibles máximas para el cálculo de aportes con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales, al Régimen Nacional del Seguro de Salud, al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y (...)
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Con la sanción de la Ley 24013 publicada en el boletín oficial el 17/12/1991, se estableció un procedimiento legal para moderar los despidos a raíz de los efectos que producen las crisis, por cambios en la economía del país y que llevan a las empresas y trabajadores a situaciones de reducción de la actividad productiva, con la consiguiente suspensión de la actividad laboral o el despido en muchos casos.
¿Que es el procedimiento preventivo de crisis?
En la practica se traduce en la protección del trabajador y su continuidad en el empleo. Dilatando despidos masivos y el ejemplo más reciente es el (...)
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La Ley Nº 24.467 (B.O. del 28/03/95) estableció una legislación laboral para las pequeñas y medianas empresas, con el objeto de promover el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas impulsando para ello políticas de alcance general a través de la creación de nuevos instrumentos de apoyo y la consolidación de los ya existentes.
La ley trata diversos tópicos relacionados con la PYMES, nosotros vamos a focalizar en su vinculación con las relaciones laborales. La mencionada ley define a la pequeña empresa como aquella que reúna las dos condiciones que a continuación se detallan:
Su (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Existen numerosos estudios sobre liderazgo, podemos entonces, en este caso, seleccionar una definición de Hersey y Blanchard en la cual se postula que el liderazgo es el proceso de influencia sobre las actividades de individuos y grupos para lograr metas comunes en situaciones determinadas.
“No hay una fórmula única de liderazgo para todos los casos y situaciones. Los líderes exitosos varían sus conductas y deben estar preparados para modificar su estilo en función de las circunstancias.”
De hecho podemos asociar a este concepto los de autoridad, prestigio y ascendiente.
La (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Oportunamente recorrimos juntos el texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la Sanidad Nº 108/75, [2] correspondiente a centros de diagnósticos y tratamientos sin internación, donde analizamos los distintos institutos considerados en el mencionado Convenio y su aplicación, por lo cual en esta oportunidad nos detendremos con más detalle en la parte práctica, aplicando el acuerdo salarial recientemente firmado [3] a la liquidación mensual del trabajador convencionalizado.
2. ACUERDO SALARIAL
2.1. Ámbito de aplicación
El acuerdo salarial es de aplicación para todo el personal que (...)
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1. INTRODUCCIÓN
“El derecho es testimonio y sedimento de nuestra vida moral. Su historia es la historia del devenir moral de la raza.” (Oliver Holmes) [5]
En los últimos años se ha desarrollado una corriente doctrinaria y jurisprudencial que reconoce la necesidad de resolver pretensiones procesales, cuya urgencia no permite la sustanciación de un proceso de conocimiento de manera plena.
La necesidad del debido proceso como garantía procesal de la garantía constitucional del debido derecho de defensa en juicio, genera natural consumo del tiempo. [6] Como sostiene Holmes [7] “la gente desea (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En la presente colaboración analizaremos el Régimen de Graduación de Sanciones instaurado por la Resolución General Nº 1566 (texto sustituido en 2004), para contribuyentes y/o responsables de aportes y contribuciones con destino al Sistema Único de la Seguridad Social incursos en las infracciones tipificadas por las Leyes Nros. 17.250, 22.161 y 11.683. [69]
2. SANCIONES
2.1. Infracciones del empleador
Según el tipo de infracción, se establecen las siguientes sanciones:
A) Incumplimiento a la prohibición de disponer, autorizar, efectuar pagos o retiros para los socios o miembros (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El siguiente conjunto de puntos enunciados a continuación intentan ser una especie de pasos básicos de un itinerario que ha de ser usado por aquellas personas físicas o jurídicas cada vez que intentan comenzar una relación laboral con uno o varios empleados y llevar a cabo correctamente el proceso de liquidación de sueldos posterior.
La tarea de liquidar sueldos, en principio, se basa en un profundo conocimiento de las normativas vigentes en materia impositiva, laboral y previsional por parte del liquidador.
Es importante ser muy ordenado y metódico a la hora de realizar la (...)
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1. TRANSFERENCIA DEL ESTABLECIMIENTO (ARTÍCULO 225 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO)
El artículo 225 de la Ley de Contrato de Trabajo expresa que:
“Transferencia del establecimiento Artículo 225— En caso de transferencia por cualquier título del establecimiento, pasarán al sucesor o adquirente todas las obligaciones emergentes del contrato de trabajo que el transmitente tuviera con el trabajador al tiempo de la transferencia, aún aquellas que se originen con motivo de la misma. El contrato de trabajo en tales casos, continuará con el sucesor o adquirente, y el trabajador conservará la antigüedad (...)
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1. GENERALIDADES
Para la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) “la responsabilidad social empresaria es la respuesta que la empresa debe dar a las expectativas de los sectores con los cuales ella tiene relación, en materia de desarrollo integral de sus trabajadores y en el aporte a la comunidad que le permitió crecer y desarrollarse ... El balance social es un instrumento para medir y evaluar en forma clara y precisa los resultados de la aplicación de la política social de la empresa”. [92]
Los orígenes del balance social y de la responsabilidad social empresaria se remontan a fines (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La naturaleza alimentaria de las prestaciones debidas al trabajador no se discute en la doctrina, y fluye naturalmente de considerar, sobre bases de evidencias ajenas a toda polémica, que el destino normal de aquéllas es, para la generalidad de los asalariados, el consumo.
La causa típica del contrato de trabajo es, para el trabajador, la obtención del salario, como medio de adquirir en el mercado los bienes necesarios para su subsistencia y la de su familia.
En cuanto a la aplicación de intereses moratorios en los casos de deudas por alimentos las IV Jornadas Sanrafaelinas (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Es indispensable tanto para empleados como empleadores recordar algunas implicancias derivadas del contenido y alcance de la Ley Nº 26.341, que comenzó a regir a partir del 1º de enero de 2008 y por la cual se convierten los vales alimentarios y tickets de almuerzo en conceptos remunerativos a todos los efectos y conforme a las pautas allí estipuladas.
Antes de comenzar a desarrollar la temática a abordar sería importante recordar los aspectos fundamentales acerca de estos beneficios sociales que han sido derogados.
Deberíamos comenzar diciendo que la Ley Nº 24.700 establece a (...)
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La crisis que desde hace un tiempo está padeciendo gran parte de la economía mundial ha comenzado a generar algunas consecuencias que recién ahora empiezan a exteriorizarse. Una de ellas es la reversión de la tendencia, por primera vez en 50 años, a la progresiva incorporación de la mujer al mundo laboral.
Es sabido que el ingreso masivo de la mujer al mercado del trabajo ha generado innumerables consecuencias en diversos terrenos. Los economistas pueden explicarlas desde su disciplina y también psicólogos y sociólogos desde las suyas.
La incorporación de la mujer a la fuerza laboral fue en (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene por objeto marcar los lineamientos jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, C.S.J.N.), referidos a la movilidad de las jubilaciones en la República Argentina, temática de gran actualidad, a la luz del proyecto recientemente presentado a instancias del Poder Ejecutivo Nacional y de las reformas que se han incorporado al Sistema Previsional Público.
Cabe señalar que el tema abordado de la movilidad jubilatoria ha cobrado impulso a partir de la designación del Sr. Sergio Tomás Massa al frente de la Jefatura de Gabinete (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Los avances tecnológicos están llegando a todos los rincones, y ahora le tocó modernizarse a nuestro viejo y querido amigo el formulario PS.6.2 “Certificación de Servicios y Remuneraciones”. Quien se dedica a la administración de personal sólo sabe los sentimientos encontrados que despierta completar ese formulario. El tiempo y su aplicación determinarán si el sistema resulta eficaz, pero no tener que entrar a revolver libros antiguos y rearmar información, es una bendición.
Mas allá de la alegría que nos provoque el arribo de la informatización para la generación del Certificado de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el ámbito laboral es muy común que al ingresar un nuevo colaborador no se brinde la información necesaria para que su integración a la firma sea amena y facilitadora de las tareas para las cuales fue contratado.
Elementos tan básicos como la presentación general de la organización y de sus políticas, aspectos de seguridad, situaciones relativas al contrato laboral, capacitaciones y programas de desarrollo específicos para su oficio, y factores de riesgo entre otros, pueden presentarse como grandes obstáculos para lograr un buen acople y facilitar el rápido desarrollo de las (...)
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1. QUÉ ES EL “MOBBING”
El concepto de mobbing o acoso moral ha sido desarrollado históricamente por diversos científicos y psicólogos (principalmente en Europa) de la siguiente manera:
“Situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica extrema,de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo.” (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Cuando un trabajador ingresa a una empresa uno de los primeros actos registrales que tiene que realizar es completar el legajo de personal, el cual contiene variada documentación a cumplimentar. Entre ella está el formulario F. 572 de la Administración Federal Ingresos Públicos, para el régimen de retenciones del impuesto a las ganancias de la cuarta categoría.
Éste debe ser llenado en forma obligatoria por todo personal que comienza una nueva relaciona laboral.
En el presente artículo, intentaremos ir explicando cada rubro del citado formulario y cómo tiene que completarse (...)
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1. INTRODUCCIÓN ¿QUÉ TIPO DE CONVENIOS EXISTEN?
Sabido es que los Convenios Colectivos de Trabajo son acuerdos normativos, equiparados a la ley misma, a los que llegan representantes de la parte empleadora y de aquellos Sindicatos que representen –conforme pautas fijadas por ley– a los trabajadores del sector.
Estos Convenios tienen “fuerza de ley”, para la actividad que reglamentan, debiendo tenerse presente una particular norma rectora: Un Convenio Colectivo sólo podrá mejorar la posición y/o derechos conferidos al trabajador por Ley de Contrato de Trabajo o Estatuto Especial.
Nunca podrá (...)
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A partir de agosto los trabajadores no podrán percibir una remuneración inferior a los mil doscientos pesos ($ 1.200) mensuales. Ello se debe a que la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744) establece que todo trabajador mayor de dieciocho años, tiene derecho a percibir una remuneración no inferior al salario mínimo vital.
A su vez, define al salario mínimo vital, como la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, (...)
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Dentro de la última negociación salarial de los empleados mercantiles se incluyó la reglamentación del artículo 102 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, donde se estableció una contribución patronal equivalente al 0,50% del sueldo inicial de la categoría de “Maestranza A”, es decir $ 6,47 por cada trabajador en relación de dependencia, destinado a sufragar los gastos que demande el financiamiento del Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP).
La mencionada contribución fue homologada por la Resolución Nº 600/2008 (S.T.), y tiene vigencia desde el (...)
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Desde el 1º de agosto de 2008 los empleadores deberán confeccionar la Certificación de Remuneraciones y Servicios a través de internet, mediante la utilización del sistema informático disponible en las páginas web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) o de la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.). Cabe recordar que dicho sistema informático fue implementado mediante la Resolución General Nº 2316 (B.O. del 27/09/2007). La A.F.I.P. informó a través de su portal que el nuevo sistema estará disponible a partir del viernes.
Obligatoriedad de la emisión de la (...)
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Las personas menores de 15 años (inclusive) podrán celebrar contratos laborales hasta 2010, según lo estableció la Ley Nº 26.390 que fue publicada en el Boletín Oficial el 25 de junio último. Luego, la edad mínima para firmar dichos contratos será fijada en 16 años.
Dicha norma modificó la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744), la Ley Nº 22.248 (Trabajo rural), la Ley de Nº 23.551 (Asociaciones sindicales), la Ley Nº 25.013 (De Empleo) y el Decreto Ley Nº 326/56 (Personal doméstico).
En exclusiva para ELEVE, la asesora laboral de la editorial Aplicación Tributaria S.A. Lic. Marcela Medrano realizó (...)
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Autores Adlercreutz, Astrid - Amado, Juliana - Aparicio, Silvia - Argañaraz, Nadin - Basile, Alejandro Antonio - Berardo, Germán - Bertolot, Alicia - Boleso, Héctor Hugo - Bordas, Verónica - Botbol, Marcos - Broveglio, Gerardo - Bustinduy, Marcelo - Cagnone, Erica E. - Calabró, Horacio Miguel - Caudo Alberto H. - Ciruli Ambiado, Leticia S. - Collosa, Alfredo - Conde, Sergio Daniel - Conflitti, Mario Cesar - Cuartango, Gonzalo Oscar - Cuscione, Marcela - De Luca, Lorena F. - Del Castillo, Elba C. - Duelli, Javier - Effron, Dalila Vera - Enriquez, Alejandro M. - Fernandez de Lorenzo, Maximiliano - Filas, Roberto Capón - Franchi, Carlos - Frustaci, Claudio - Gómez, Richard L. Amaro - Genoud, María Andrea - Giorlandini, Eduardo - Giorlandini, Juan Carlos - González, Ricardo Oscar - Grenabuena, Silvia R. - Gross, Reinaldo Emilio - Gurovich, Leopoldo - Hessel, Juan Carlos - IARAF - Irazabal, América Alicia - Jacar, Héctor - Karpiuk, Héctor H. - Kon, Marcos David - Lavalle, Silvina - Leiva, Mariana - Lovero, Norberto G. - Mac Donald, Andrea Fabiana - Malm Green, Lucas A. - Marante, Gustavo Manuel - Marasco, María Eugenía - Martínez, Benito R. - Mazzilli, Rosana - Medrano, Marcela - Mercadé, Marcelo - Meyniel, Elsa B. - Mir, Andrés - Monteleone, Marcelo - Monteleone, Marcelo - Morrone, Fernando Luis - Nicholson Antonio J. Barrera - Orozco, Nestor R. - Paggi, Ivana Magali - Pérez, Cecilia - Pérez, Cecilia - Picasso, Emilio - Pinacchio, Ángela C. M. - Pizá, Celeste A. - Posse, Silvia N. - Posse, Silvia Nilde - Ricci, Florencia Victoria - Rodríguez Massuh, Emilio - Rodríguez, Marcelo Carlos - Rodríguez, Raquel - Romualdi, Emilio E. - Rovelli, Patricia - Santos Romero, Analía - Sanz, Noemí - Schiel, Eduardo 0. - Sciglitano, Natalia Laura - Senderowicz, Rodolfo M. - Sequino,Gabriel - Settembrini, Ariel Sánchez - Stalli, Magali - Suárez, Analía V. - Subelet, Carlos J. - Subelet, María Cecilia - Tano, Humberto Gerardo - Tosto, Gabriel - Varela, Daniel - Varela, Marcelo Gabriel - Viberti, Claudia - Wildemer de Boleso, Marta
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