Doctrina y Casos Prácticos
Artículos de esta sección
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Sujeto alcanzado. Períodos fiscales
La Resolución General N° 4673 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 07/02/2020 establece un pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales correspondiente a los períodos fiscales 2019 y 2020, que deberán ingresar las personas humanas y las sucesiones indivisas comprendidas en el inciso a) del artículo 17 de la Ley del gravamen, que posean en los períodos fiscales 2018 y 2019, respectivamente, bienes en el exterior sujetos a impuesto.
Determinación del monto del pago a cuenta
El monto del pago a cuenta se determinará sobre la base de los (...)
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En la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos se informo que aquellos sujetos que se adherieron a la Moratoria 2020 bajo la modalidad de “condicional” y hayan obenido el certificado Mipyme al 15 de diciembre de 2020, podrán gozar de la rehabilitación automática de las cuotas vencidas impagas.
El importe de dichas cuotas será debitado de la cuenta bancaria el 12 de febrero de 2021 y corresponderá al monto del vencimiento general.
Esta situación se comunicará al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Recordamos que los planes presentados que se registraron en Mis (...)
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I.- Introducción
El objeto de este artículo es desarrollar la temática de amparo salud siendo una especialidad en sí misma.
II.- Amparo salud: su especialidad profesional
A.- Garantía constitucional
“Las garantías constitucionales del derecho a la vida, a la seguridad e integridad de la persona, priman por sobre cualquier cuestión comercial de empresas comerciales» (Cámara Nacional de Apelaciones en lo civil, Sala C. «A. P., C. M. y otro c. Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica». Fecha 28/12/2004. Cita Online: AR/JUR/4333/2004). En el conflicto entre el derecho a la salud y el derecho (...)
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La Resolución General N° 4927 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 8 de febrero de 2021, modifica las Resoluciones Generales N° 2000 y 4310 (A.F.I.P.) estableciendo que las empresas que soliciten reintegros de IVA por exportaciones deberán presentar la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (Resolución General N° 4838) y cumplir con la obligación establecida por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a dichos beneficios tributarios.
Además, dispone que será condición para acceder al reintegro del (...)
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Alcance
La Resolución General N° 4930 (A.F.I.P.), públicada en el B.O. del 08/02/2021, dispone que, los sujetos alcanzados - las personas humanas y las sucesiones indivisas -, y en su caso, los responsables sustitutos, deberán presentar la declaración jurada e ingresar el aporte solidario y extraordinario por la totalidad de los bienes, según lo dispuesto por los artículos 4° y 5° de la Ley N° 27.605, cuando el valor de los mismos supere los pesos doscientos millones ($ 200.000.000.-).
Declaración jurada
Para hacer la declaración jurada se deberá ingresar, con clave fiscal, al servicio informático (...)
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El artículo 31 del Decreto Nº 1/2010 establece que se reintegrará un importe equivalente al impuesto integrado mensual, a aquellos contribuyentes que ingresen –en tiempo y forma– el impuesto integrado y, de corresponder, las cotizaciones previsionales fijas, correspondientes a los doce (12) meses calendarios, y que hubieran cumplido con todas las obligaciones formales y materiales pertinentes.
En el caso de inicio de actividades o de un período calendario irregular, el reintegro será del cincuenta por ciento (50%) del impuesto integrado mensual, siempre y cuando la cantidad de cuotas ingresadas (...)
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Definición. Obligaciones que se pueden cancelar
La Resolución General N° 4335 (A.F.I.P.), publicada en el B.O. del 15/11/2018) creó la Billetera Electrónica AFIP como una nueva forma de pago de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
Obligaciones que se pueden cancelar
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso que se pueden abonar mediante la Billetera Electrónica las obligaciones impositivas y previsionales, propias o de un tercero, que enumeramos a continuación:
• Saldo de declaraciones juradas presentadas
• Anticipos
• Pagos a cuenta de (...)
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Beneficio
El Decreto N° 1.252/2020 (P.E.P.B.A.) dispone la eximición de parte del impuesto sobre los ingresos brutos por las obligaciones devengadas esde el 1° de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, para determinadas actividades afectadas por la pandemia del Covid 19.
La exención será:
• Micro, pequeñas y medianas empresas, conforme Ley Nacional N° 24.467: Cincuenta por ciento (50%).
• Demás contribuyentes: Quince por ciento (15%).
Actividades alcanzadas
Las actividades alcanzadas con este beneficio son:
011911 Cultivo de flores
011912 Cultivo de plantas ornamentales (...)
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La Resolución General N° 4926 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 1° de febrero de 2021, suspende hasta el 28 de febrero de 2021, inclusive la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Además, el artículo 2° de la norma mencionada precedentemente, suspender hasta el 28 de febrero de 2021, inclusive, la traba de medidas cautelares para los sujetos que estén inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” creado por la Resolución N° 220/2019 (S.E.yPyM.E.).
El artículo 3° de la Resolución General N° 4925 aclara que lo establecido en (...)
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Mediante la publicación de la Resolución Normativa Nº 6/21, ARBA actualiza y eleva los montos de ingresos a los fines de considerar a determinados sujetos obligados en la calidad de agente de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, establecidos en el artículo 320 incisos a), b) y c) de la Disposición Normativa Serie B Nº 1/2004 De esta manera, se dispone que a partir del 29 de enero de 2021, se encuentran obligados a actuar como agentes de recaudación, en las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones (de obras, cosas o servicios) y prestaciones de servicios que realicen, los (...)
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La Administración Federal de Ingresos Públicos comunico en su página web (http://www.afip.gov.ar) que las planificaciones fiscales descriptas en el artículo 4° de la Resolución General N° 4838 (A.F.I.P.) –planificaciones fiscales internacionales- deberán ser informadas dentro de los 10 días de comenzada su implementación.
Recordemos que el artículo 4° de la Resolución General N° 4838 dispone que “Una planificación fiscal internacional incluye a todo acuerdo, esquema, plan y cualquier otra acción de la que resulte una ventaja fiscal o cualquier otro tipo de beneficio en favor de los contribuyentes (...)
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Así lo dispuso AFIP a través de la publicación de la Resolución General Nº 4925 (B.O. del 01/02/2021).
A fin de facilitar el cumplimiento de la obligación de registración electrónica prevista para los responsables exentos en el impuesto al valor agregado se sustituyó el punto 4. del inciso a) del artículo 25 de la Resolución General Nº 4597, con el objeto de prorrogar hasta el período devengado mayo 2021 la obligación de registración electrónica de las operaciones mediante la generación y presentación del “Libro de IVA Digital” por parte de los sujetos dados de alta en AFIP como exentos en IVA.
Por los (...)
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La Resolución General 4921 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 29/01/2021, extendió la utilización obligatoria del servicio “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General N° 4503 , para que los contribuyentes y responsables realicen electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en el artículo 1° de la Resolución General N° 4685.
Las mismas son:
• Alta retroactiva de impuestos
• Aporte de documentación Reintegro SIR
• Asociación de CUITs
• Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes
• Beneficio detracción anticipada
• (...)
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La Resolución General N° 4918 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 28/01/2021, extiende hasta el 1° de abril de 2021, la suspensión dispuesta en el artículo 1° de la Resolución General N° 4687 y sus modificatorias, del procedimiento referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4309, su modificatoria y complementaria, y todo otro proceso sistémico vinculado al encuadre y categorización de los pequeños contribuyentes.
Esta norma además extiende la suspensión prevista en el artículo 2º (...)
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La Administración Federal de Ingresos Públicos comunica en su página web que con motivo de la realización de tareas de mantenimiento y actualización, se verá interrumpido temporalmente el acceso a distintos servicios web entre las 20 y 23 hs del sábado 30 de enero de 2021.
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Se amplió la cobertura del programa REPRO II para que alcance a los trabajadores con contratos de temporada, con el objeto de asistir a los sectores en situación crítica producto de la pandemia del COVID-19.
Este beneficio se solicita desde el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, ingresando con CUIT y Clave Fiscal, hasta el 28 de enero de 2021.
Los empleadores que realizaron despidos en modalidades prohibidas por la normativa vigente, no podrán acceder al beneficio otorgado por el Programa REPRO II..
El beneficio consiste en el pago de hasta $ 9000 mensuales a los (...)
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La Resolución General N° 4912 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 26/01/2021, dispuso que los fideicomisos tendrán tiempo para cumplir con la obligación de informar sus beneficiarios finales, correspondiente al año 2019, -en sustitución de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 2° de la Resolución General N° 4.879-, conforme el siguiente cronograma:
• Cuando cuenten con hasta 50 beneficiarios finales, el vencimiento operará el 30 de abril de 2021.
• Aquellos con más 50 y hasta 500 beneficiarios finales, el vencimiento operará el 15 de mayo de 2021.
• Cuando existen más (...)
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Finalmente, AFIP estableció que los contribuyentes y/o responsables que hayan adherido al plan de facilidades de pago de la Ley Nº 27.562 (modificatoria de la Ley Nº 27.541), deberán presentar el régimen de información previsto en el artículo 59 de la Resolución General Nº 4816 hasta el 17 de febrero de 2021, inclusive.
Así lo estableció mediante la publicación de la Resolución General Nº 4910 (B.O. del 26/01/2021).
De esta manera, se sustituyó el artículo 59 de la Resolución General Nº 4816 por el siguiente:
“Artículo 59- Los sujetos que adhieran al presente régimen deberán informar, con carácter de (...)
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La Resolución General N° 4911 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 26/01/2021, dispuso que el vencimiento de la obligación de presentación de la información referida a participaciones y beneficiarios finales establecido en el punto 1. del artículo 1° del Título I de la Resolución General N° 4.697, su modificatoria y sus complementarias, correspondiente al año 2019, y en su caso, 2016, 2017 y 2018, operará -en sustitución de lo establecido en el artículo 1° de la Resolución General N° 4897- conforme al siguiente cronograma:
• Para los agentes de información que deban declarar participaciones y/o (...)
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Los contribuyentes del Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben recategorizarse por cuatrimestre calendario, en los meses de enero, mayo y septiembre, teniendo en cuenta la base imponible, energía eléctrica consumida y superficie afectada.
Por lo tanto, este 31 de enero de 2021 vence la recategorización para aquellos sujetos que deban cambiar de categoría o queden excluidos por superar los límites de la última categoría.
A continuación comentaremos los aspectos principales a tener en cuenta para realizar la recategorización del (...)
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DECRETO 39-2021 (BO. 23/01/2021
Ampliación emergencia pública en materia ocupacional hasta el 31/12/2021. Antecedentes Decretos 34/2019, 528/2020 y 961/2020
PROHIBICION DESPIDO SIN CAUSA
Prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de noventa (90) días corridos, o sea hasta el 25 de abril de 2021.
Prohibición de efectuar suspensiones por causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de noventa (90) días corridos, o sea hasta el 25 de abril de 2021. Excepciones: las suspensiones (...)
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Beneficio de acreditación, devolución y/o transferencia de saldos técnicos de IVA. Prórroga para brindar la información.
La Resolución General N° 4899 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 06/01/2021, dispone que que se podrá suministrar la información adicional requerida por el artículo 20 de la Resolución General N° 4761 hasta el 30 de abril de 2021.
Recordamos que los sujetos que brinden esta información, podrán solicitar la acreditación, devolución y/o transferencia de los saldos técnicos de IVA acumulados a favor en los comprobantes controlados e informados como aprobados por el Ministerio (...)
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Periódicamente recibimos consultas de nuestros suscriptores sobre los índices a aplicar para realizar el proceso de ajuste por inflación, la forma de obtenerlos y calcularlos.
1) La Resolución JG 539/18 de FACPCE estableció el índice a utilizar para realizar el ajuste en el artículo 5 de la Primera Parte (“Resuelve”) de la misma;
Artículo 5° - Modificar la sección IV.B.5 de la RT N° 6 para que quede redactada: “La serie de índices que se utilizará es la resultante de combinar el Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el INDEC (mes base: diciembre de 2016) con el IPIM publicado por (...)
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En el día de hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos en su página web comunicó que los responsables monotributistas deberán recategorizarse si registraron cambios en alguno de los parámetros previstos para su actividad hasta el 31 de enero de 2021.
La nueva categoría que determinen comenzará a regir en febrero.
Recordamos que deben recategorizarse los monotributistas cuyos parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada. Quiénes deban permanecer en la misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión. En caso de no completar al menos seis meses de actividad, se (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Los responsables monotributistas en el mes de enero y julio de cada año deben recategorizarse, teniendo en cuenta los ingresos brutos devvengados, alquileres devengados y energía eléctrica consumida en los doce meses anteriores y la superficie afectada al final de dicho período.
En este artículo comentaremos los principales puntos a tener en cuenta para realizar dicha recategorización.
2. TABLAS A ACTUALIZAR
Hasta el día de la fecha no han sido actualizados los valores de los parámetros a tener en cuenta para determinar la categoría o exclusión del Monotributo, como tampoco se (...)
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