Doctrina y Casos Prácticos
Artículos de esta sección
-
1. INTRODUCCIÓN
Uno de los aspectos más críticos y complejos de la gestión de personal en las empresas, es sin dudas, la determinación, aplicación y administración de las políticas salariales. Todas las políticas de empresa, y entre ellas la salarial, deben mantener una alineación con los objetivos organizacionales y agiornarse con la cultura de éstas. A esta altura ya no se discute que la cuestión salarial no se reduce sólo a un tema de costos.
Para el personal y sus familias determina no sólo su capacidad de consumo, y su status social, sino que también influye en gran medida en el nivel de (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
En la Revista Técnica Impositiva Nº 146 del mes de diciembre del año 2003, hemos analizado la Ley de Prevención de la Evasión Fiscal (Ley Nº 25.345) (B.O. del 17/11/2000) y lo dispuesto por la Resolución General Nº 1547 (A.F.I.P.) (B.O. del 12/08/2003) a la que nos remitimos.
A raíz de las “aclaraciones” que efectúa el Organismo Fiscal en su Nota Externa Nº 7/2005 (B.O. del 23/11/2005) procedemos a realizar un análisis complementario.
Habiendo transcurrido cinco (5) años de la vigencia de la Ley de Prevención de la Evasión Fiscal, se hace necesario su revisión y su adaptación a la (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
A través del artículo 48 del Decreto Reglamentario de la Ley de Procedimientos Fiscales (Ley Nº 11.683), el Poder Ejecutivo Nacional establece que los contribuyentes o responsables deberán conservar los comprobantes y documentos que acrediten las operaciones vinculadas con la materia imponible por un término de cinco (5) años después de operada la prescripción del período fiscal al que se refieran, todo ello sin perjuicio de lo que al respecto obliga el Código de Comercio.
Asimismo, se faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos a establecer procedimientos para la (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
En esta oportunidad analizaremos cuando se debe aplicar la alícuota general del veintiún por ciento (21%) y cuando la alícuota reducida del diez con cincuenta por ciento (10,50%) en las actividades de la construcción.
2. OBJETO DEL IMPUESTO [7]
De acuerdo a lo previsto por el artículo 1º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, son objeto del gravamen las ventas de cosas muebles del país realizadas por los sujetos indicados en los incisos a), b), d), e) y f) del artículo 4º de la ley del gravamen.
O sea:
a) Habitualistas en la compra venta de bienes.
b) Quienes realicen en (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN [10]
Una de las principales particularidades de la actividad de construcción es la existencia de un Sistema Integrado de Prestaciones por Desempleo, creado por la Ley Nº 25.371 (B.O. del 02/01/2000) y reglamentado por el Decreto Nº 777/2001 (B.O. del 14/06/2001).
De acuerdo a lo expresado por el artículo 15 de la Ley Nº 22.250, el objetivo del Fondo de Desempleo es reemplazar la indemnización por despido del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 –Ley de Contrato de Trabajo– y el preaviso del artículo 231 de la misma norma legal.
La protección por desempleo instituida por esta ley, es de (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
A través del artículo 36 de la Ley Nº 25.877 se faculta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a verificar y fiscalizar en todo el territorio de la República Argentina, el cumplimiento por parte de los empleadores de la obligación de declarar e ingresar los aportes y contribuciones sobre la nómina de empleados que integran el Sistema Único de la Seguridad Social.
Por otra parte, el artículo 37 de la citada ley le da la facultad al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de aplicar sanciones cuando detecte que los empleadores incumplieron con su obligación de (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Se entiende por trabajadores gastronómicos al personal en relación de dependencia de empresas asignados a desempeñar tareas tanto en sus establecimientos, como en las sedes de aquellos clientes, contratantes, concedentes, etcétera que contraten o concesionen la prestación del servicio, realice en forma efectiva y habitual funciones de servicios de alojamiento, elaboración y expendio de comidas y/o bebidas.
2. CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO APLICABLE
El Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a los trabajadores que prestan servicios en el área hotelera y gastronómica es el (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
A través del dictado de la Ley Nº 13.244 (B.O.P.B.A. del 25/10/2004) el Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires establece que el ejercicio de la autorización a la que se hace referencia en el artículo 9º de la Ley Nº 13.145 (Ley de Sinceramiento Fiscal), en el período que transcurra hasta el 31 de mayo de 2005, podrá contemplar, entre otras cosas, la aceptación de acogimientos parciales al régimen de regularización de deudas que se establezca para las deudas en concepto de impuestos inmobiliario, a los automotores y sobre los ingresos brutos, con o sin reconocimiento del (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
En la presente colaboración analizaremos el régimen de retención vigente para las rentas obtenidas por los trabajadores en relación de dependencia instaurado por la Resolución General Nº 1261 (A.F.I.P.).
Con preponderancia estudiaremos las obligaciones emergentes de dicho régimen para los empleadores que actúen como agentes de retención. [17]
2. AGENTES DE RETENCIÓN
Para los trabajadores que perciban sus rentas a través de varios sujetos, será su agente de retención aquél que le abone la mayor remuneración. Dicha evaluación se realiza en los siguientes momentos:
a) Al inicio de una (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Un plan de facilidades de pago significa “para el contribuyente” la posibilidad de pagar los impuestos vencidos. A tal fin, se dicta la pertinente normativa estableciendo los plazos, intereses, forma de pago y la manera de calcular el quantum de las cuotas. También se establece la caducidad del plan, como sanción a su no cumplimiento.
Con la implementación de estos planes se pretende principalmente recaudar, ya que se formalizan al momento en que, en virtud de la ineficacia de nuestro sistema de recaudación, no se pueden obtener los recursos suficientes que permitan cubrir los (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Se encuadran como trabajadores metalúrgicos al personal dependiente de empleadores de las diferentes especialidades de la industria metalúrgica.
Se consideran actividades metalúrgicas todas aquellas que tratan o transforman la materia de origen, por fundición, sinterización, forjado, estampado, prensado, extrusión, laminado, trafilado, soldado, maquinado y cualquier otro proceso que produzca elementos metálicos y/o mixtos elaborados y/o semielaborados y finales; también en reparaciones, ensamble, montaje y manutención. Asimismo, se consideran comprendidas las oficinas comerciales, (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 26.044 incorporó a la Ley de Procedimientos Tributarios –Ley Nº 11.683 (t.o. 1998 y sus modificaciones)– un régimen de consulta vinculante. Este ha sido recientemente reglamentado por la Resolución General Nº 1948 (A.F.I.P.) (B.O. del 04/10/2005).
Previo a la sanción de la Ley Nº 26.044, este instituto –que ha quedado consagrado legislativamente– se encontraba reglamentado por la Resolución General Nº 858 (A.F.I.P.) que establecía un régimen optativo de consulta, el cual surtía efectos vinculantes exclusivamente para la Administración Federal de Ingresos Públicos y para los (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Desde la sanción de la Ley Nº 24.557, uno de los temas que tuvo y tiene actualmente controversias con las normas constitucionales es el referido a las Comisiones Médicas Locales y a la Comisión Médica Central.
Las controversias se fundan no tanto en la existencia de las Comisiones, sino en que se les atribuyen facultades propias del órgano jurisdiccional, siendo en todos los casos un ámbito administrativo, y se agrava irreparablemente cuando no hay posibilidad de legítimo derecho de defensa, protegido por la norma fundamental y los Tratados y Convenciones Internacionales sobre (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
En su origen, el régimen de consultas vinculantes fue instaurado mediante la Resolución General Nº 49 (A.F.I.P.) (B.O. del 14/11/97). Luego fue reemplazado por la Resolución General Nº 182 (A.F.I.P.) (B.O. del 07/08/98) y posteriormente por la Resolución General Nº 858 (A.F.I.P.) y su modificatoria Resolución General Nº 1581 (A.F.I.P.). [33]
Recientemente, la Ley Nº 26.044 (B.O. del 06/07/2005) incorporó un artículo a la Ley Nº 11.683 –Ley de Procedimientos Fiscales– a continuación del artículo 4º, cuyo texto establece un régimen optativo de consulta vinculante que posibilita a los (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos a través de distintos medios como dictámenes, consultas vinculantes o no y respuestas en Grupos de Enlace (C.P.C.E.C.A.B.A), ha fijado su posición ante dudas que plantean actuaciones conflictivas en los gravámenes cuya aplicación y fiscalización se encuentran a su cargo.
A continuación se analizarán los efectos prácticos que algunas de tales interpretaciones producen en la realidad cotidiana y que en ocasiones han provocado ciertas críticas doctrinarias.
Los temas estarán referidos a:
a) Impuesto a las ganancias
Artistas extranjeros. (...)
»» Ver artículo completo
-
1. MEDIOS ELECTRÓNICOS Y TELEMÁTICOS DE COMUNICACIÓN
1.1. Télex
Según la Enciclopedia Salvat el término télex proviene de la contracción de las voces inglesas “teleprinter”, “teleimpresor” y “exchange comunication”.
Es un sistema de comunicación telegráfica mediante teletipos, que permite a los usuarios su interconexión mediante centrales automáticas. Recibe los mensajes en ausencia del abonado, ya que su aparato entra automáticamente en funcionamiento para recibir la información.
Ha sido utilizado en operaciones mercantiles desde hace más de un siglo, favorecido por la existencia de normas (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Luego de la crisis económica y social de fines del 2001, donde el país y una gran parte del pueblo (es decir, casi sin mérito de los gobernantes) supieron estar a la altura de la circunstancia, los indicadores macroeconómicos están mostrando un sostenido crecimiento y desarrollo, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo. En la medida que los índices de desempleo están bajando (muy lentamente), se nota la falta de mano de obra especializada requerida por las empresas (sobre todo industriales). Además, se observó un descenso considerable de los salarios reales con (...)
»» Ver artículo completo
-
1. GENERALIDADES
Se considera “empresa de servicios eventuales” a la entidad que, constituida como persona jurídica, tenga por objeto exclusivo poner a disposición de terceras personas –en adelante, usuarias– personal industrial, administrativo, técnico o profesional, para cumplir, en forma temporaria, servicios extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa, explotación o establecimiento, toda vez que no pueda preverse un plazo cierto para la finalización del contrato. [66]
La Ley Nacional de Empleo (Ley Nº 24.013) incorpora a la Ley de (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Con la incorporación de los avances tecnológicos (computadora, interconexiones de las terminales en la empresa y fuera de la misma, internet o red de las redes, las comunicaciones mediante los correos electrónicos y por supuesto, las transacciones realizadas por los medios electrónicos, entre otras aplicaciones) en los lugares de trabajo se plantean nuevas cuestiones o problemas, donde se mezclan o superponen aspectos constitucionales (correspondencia epistolar y electrónica, privacidad de los intercambios por los diversos medios), aspectos del ejercicio de las facultades (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución General Nº 1926 (B.O. del 17/08/2005) estableció un régimen de información respecto de toda operación que implique el ingreso de fondos radicados en el exterior, por parte de sujetos residentes en el país, cuando tuvieren origen en determinadas transacciones económicas.
Este nuevo régimen encuentra su fundamento en la Resolución Nº 365/2005 del Ministerio de Economía y Producción (B.O. del 29/06/2005), cuyo artículo 2º dispone la obligación de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos los ingresos (...)
»» Ver artículo completo
-
1. RÉGIMEN DE FACTURACIÓN
1.1. Introducción
A continuación analizaremos el tratamiento que le brinda a la locación de bienes inmuebles, la Resolución General Nº 1415 (A.F.I.P.) (B.O. del 13/01/2003) mediante la cual se establece un régimen de emisión de comprobantes.
1.2. Obligación de emitir comprobantes
El artículo 2º de la Resolución General Nº 1415 (A.F.I.P.) dispone que se encuentran alcanzados por el régimen de facturación, y por lo tanto obligados a la emisión de facturas como respaldo documental de sus operaciones, los sujetos que lleven a cabo en forma habitual la “locación de cosas”, (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 25.924 crea un régimen transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos –excepto automóviles–, que revistan la calidad de bienes muebles amortizables en el impuesto a las ganancias, destinados a la actividad industrial, así como también para las obras de infraestructura –excluidas las obras civiles–.
Podrán acogerse al régimen las personas físicas domiciliadas en la República Argentina y las personas jurídicas constituidas en ella, o que se hallen habilitadas para actuar dentro de su territorio con ajuste a sus leyes, debidamente (...)
»» Ver artículo completo
-
1. CARACTERÍSTICAS DEL APLICATIVO
La utilización del programa aplicativo “S.I.J.P. – Versión 25” –puesto en vigencia por la Resolución General Nº 1915 (A.F.I.P.)– es obligatoria a partir del 1º de agosto de 2005 para la presentación de declaraciones juradas rectificativas, siendo optativa su utilización para la generación de la declaración jurada F. 931. [78]
Este nuevo aplicativo permite a los empleadores, en oportunidad de rectificar declaraciones juradas anteriores –originales o rectificativas–, optar por utilizar un procedimiento alternativo para comunicar sólo la información que se modifica o se (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Se encuadran como mecánicos al personal obrero y administrativo de los talleres, chapa y pintura, desarmaderos de automotores, rectificación de motores, fábrica y reparación de carrocerías, talleres de electricidad, instalaciones eléctricas del automóvil, instrumental electromecánicos y toda otra actividad de electricidad, instalaciones eléctricas del automóvil, instrumental electromecánicos, actividades de electricidad y toda otra actividad afín que complemente la explotación de los talleres.
2. CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO APLICABLE
El Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a los (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
La temática no es nueva en nuestra materia. El senador Alfredo Palacios en su libro “La Fatiga y sus Proyecciones Sociales” menciona que el trabajador no pone únicamente su fuerza de trabajo sino que también su tiempo de trabajo. Por lo que la jornada máxima y las condiciones de labor no sólo tienen límites morales sino también psíquicos.
La fatiga fue definida por Donato Boccia en su tratado de Medicina del Trabajo (El Ateneo, Buenos Aires 1947, Tomo I, página 160) como “la disminución del poder funcional de los órganos, provocada por exceso de trabajo y acompañada de una sensación (...)
»» Ver artículo completo
|
|