Doctrina y Casos Prácticos
Artículos de esta sección
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1. INTRODUCCIÓN
Como una propuesta de práctica lúdica se presentarán, a continuación, diversas problemáticas referidas al impuesto a las ganancias que deberán solucionar quienes las encuentren en su vida profesional.
En esta oportunidad, las preguntas se responderán completando los espacios en blanco con las cifras que resulten de las respuestas brindadas en cada uno de los casos ofrecidos, de la misma manera que se suele hacer con un crucigrama común.
Los planteos estarán vinculados a los siguientes temas:
Impuesto a las ganancias
Beneficiarios del exterior Permuta de inmuebles Intereses (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Como consecuencia de los diversos cambios introducidos al Régimen de Asignaciones Familiares –entre otros–, sustitución del cálculo del promedio semestral de remuneraciones, por un cálculo mensual de las remuneraciones percibidas por los trabajadores, los beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo, los beneficiarios del seguro por desempleo y los beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (S.I.J.P.), la modificación del concepto de remuneración, etcétera, la Secretaría de Seguridad Social ha dispuesto a través de la Resolución Nº 60/2004 adaptaciones de las (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Recordemos que de acuerdo con el artículo 21 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744) habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios a favor de la otra bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración.
También es una realidad que el contrato de trabajo, por su propia naturaleza, está destinado a agotarse en el tiempo. Para cuando llega ese momento, la ley prevé la obligación de las (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el dictamen del Procurador General del Trabajo, en la causa “Cevallos, Conrado E. vs. Yacimientos Petrolíferos Fiscales”, [7] dice Álvarez que:
“El año 1959 merece ser recordado en nuestra disciplina por la publicación de una obra impar: “Tendencias actuales en el derecho del trabajo”.”
Su autor, Ernesto Krotoschin, que –a su vez– era profesor de Derecho Civil, en ella resumía para nuestro país lo mejor de la ciencia dogmática alemana y describía las corrientes modernas de interpretación elaboradas en torno del contrato de trabajo.
Para nuestra opinión, el año 1995 merece ser (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desde las sentencias dictadas en los autos “Ekmekdjian, Miguel Ángel c/Sofovich, Gerardo” y “Fibraca c/Salto Grande” de 1992 y 1993 respectivamente, sostuvo la prioridad jerárquica de los tratados internacionales sobre la ley y su aplicabilidad inmediata –o sea son operativos– por los órganos administrativos y judiciales del Estado.
En los fallos mencionados, la Corte señala que la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados –aprobada por Ley Nº 19.865– confiere primacía al derecho internacional sobre el interno, y cita en especial el (...)
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1. INTRODUCCIÓN
A través del dictado de la Ley Nº 13.244 (B.O.P.B.A. del 25/10/2004) el Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires establece que el ejercicio de la autorización a la que se hace referencia en el artículo 9º de la Ley Nº 13.145 (Ley de Sinceramiento Fiscal), en el período que transcurra hasta el 31 de mayo de 2005, podrá contemplar, entre otras cosas, la aceptación de acogimientos parciales al régimen de regularización de deudas que se establezca para las deudas en concepto de impuestos inmobiliario, a los automotores y sobre los ingresos brutos, con o sin reconocimiento del (...)
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1. LIMITACIONES A LAS TRANSACCIONES EN EFECTIVO [18]
La Ley Nº 25.345 [19] denominada “Ley Antievasión” introdujo –entre otras disposiciones– limitaciones a las transacciones en dinero en efectivo, estableciendo que no surtirán efectos entre las partes ni frente a terceros los pagos superiores a determinada suma de dinero, que no fueran realizados mediante los instrumentos que la ley autoriza.
En su redacción original, esta ley limitó los pagos (totales o parciales) superiores a diez mil pesos ($ 10.000) o su equivalente en moneda extranjera. Posteriormente, la Ley Nº 25.413, [20] conocida como (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La industria del software ha sido beneficiada con la creación –por parte de la Ley Nº 25.922 (B.O. del 09/09/2004)– de un régimen de promoción de aplicación para todo el territorio de la República Argentina durante el plazo de diez (10) años a partir de su aprobación.
Dicho régimen es de aplicación para determinado tipo de personas que desempeñen las actividades establecidas por la Ley Nº 25.922 y el Decreto Nº 1.594/2004 (B.O. del 17/11/2004), otorgando a quienes cumplan con dichos requisitos beneficios impositivos y la posibilidad de obtención de subsidios o créditos a través de un (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 1751 dispuso adecuaciones para el ingreso e información de las retenciones y/o percepciones practicadas en el marco de los distintos subsistemas de la seguridad social. Dichas adecuaciones –de aplicación a partir del 18 de octubre de 2004– incluye la utilización de una nueva versión del programa aplicativo, la adopción para determinados contribuyentes de la presentación de la información a través de la transferencia electrónica de datos y modificaciones en la forma de ingreso de los saldos resultantes. (...)
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1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1. Introducción
El antecedente del sueldo anual complementario es el aguinaldo. Éste era una gratificación que tenía carácter voluntario y se entregaba a fin de año. Con el tiempo y por imperio de la ley se convirtió en obligatorio, abonándose en determinadas épocas del año.
El carácter del sueldo anual complementario es el de un salario diferido, lo que implica que se devenga día por día, juntamente con el salario. Se abona en las épocas fijadas por la ley, y cuando deviene la ruptura del contrato de trabajo se paga la parte proporcional devengada al momento de la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La figura del tambero mediero es perfectamente conocida en el ámbito agrario, aunque en la actualidad la mecanización de los tambos hace que sea necesario hablar de gestión de ordeñe, en tanto esta actividad ya no se efectúa “a mano” como en la época en que se sancionó el llamado Estatuto del Tambero Mediero, cuyo régimen legal fuera establecido por el Decreto–Ley Nº 3.750 del año 1946. [36]
Actualmente, estas labores se realizan mediante una compleja maquinaria que comprende desde la extracción de la leche hasta su enfriado y acondicionado para el transporte a la usina elaboradora de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 13.244 de la Provincia de Buenos Aires (B.O.P.B.A. del 25/10/2004) incorpora importantes modificaciones a la legislación vigente. Una de ellas es la extinción, a partir del 1º de septiembre de 2004, de las acciones del Fisco para reclamar judicialmente o administrativamente el cobro de los impuestos a su cargo, para deudas anteriores al año 1999 en el caso del impuesto sobre los ingresos brutos y a partir del año 2000 para el resto de los tributos.
Otras de las novedades que se incorporan es la autorización para establecer regímenes de regularización en el período que (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en el decisorio “FM Comercial c/D.G.I.” de fecha 14/06/2001, marcó un punto de inflexión con respecto a las transferencias de saldos de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado, al concluir que es factible efectuar dichas transferencias, atento a que la norma contenida en el artículo 24 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado –en cuanto permite expresamente al contribuyente transferir a terceros responsables los saldos que tuviere a su favor en ese impuesto–, constituye la disposición especial requerida por el artículo 29 de la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
A raíz de los constantes cambios que se producen en el ámbito de los servicios de salud y de la generalización del impuesto al valor agregado, en la presente colaboración se esquematizará cuál es la gravavilidad de cada unos de los servicios de salud prestados frente a dicho impuesto.
2. ENCUADRE
Las prestaciones médicas quedan encuadradas dentro de lo establecido en el artículo 3º, inciso e), punto 21 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, el que expresa que:
“Artículo 3º— Se encuentran alcanzadas por el impuesto de esta ley las obras, las locaciones y las prestaciones de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La intención de este artículo es la de unificar y ejemplificar todo lo normado sobre la libre elección de obra social por parte de los beneficiarios del sistema de obras sociales.
2. BENEFICIARIOS DE OBRAS SOCIALES
La opción de cambio de obra social sólo podrá ser ejercida por aquellos afiliados titulares de obras sociales, sindicales, de la Administración Central del Estado Nacional, de las empresas y sociedades del Estado, obras sociales del personal de dirección y de las Asociaciones Profesionales de Empresarios.
El trabajador podrá ejercer la opción de cambio de obra social (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La documentación a incluir en el legajo del trabajador debería comprender a aquella obligatoria por normas legales y la que el liquidador estime conveniente, ya que no existe regulación al respecto.
En la presente colaboración brindaremos una base de referencia para la confección del legajo de personal, pero debe tenerse en cuenta el carácter estándar del modelo que se presenta, el cual puede quedar sujeto al tipo de organización de que se trate y a los requerimientos de información que las normas legales exijan y que la propia organización pretenda.
Cada empresa puede optar por (...)
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1. INTRODUCCIÓN [53]
La ponencia tendrá una primera parte de análisis de la situación del período comprendido entre los años 1974 y 2004 desde el punto de vista de las leyes laborales y de la pobreza–desempleo, siguiendo una propuesta que se acentúa en dos aspectos que consideramos centrales: La distribución de la riqueza y la protección de la salud y de la vida referidas ambas a los trabajadores. Finalizando, a modo de conclusión, se expone una visión sistémica del orden jurídico, teniendo como inicio y base la Constitución Nacional y los Tratados, Convenciones y Declaraciones Internacionales sobre (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En este trabajo se procederá a esquematizar los aspectos principales de las cooperativas de trabajo y como es su funcionamiento.
2. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
Según el artículo 2º de la Ley Nº 20.337 las cooperativas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios, que reúnen los siguientes caracteres:
Tienen capital variable y duración ilimitada. No poseen límites estatutarios al número de asociados ni al capital. Conceden un solo voto a cada asociado, cualquiera sea el número de sus cuotas sociales y no otorgan ventaja ni (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Dirección Provincial de Rentas ha dispuesto una nueva modificación al procedimiento de presentación de declaraciones juradas para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos directos centralizados de pago mensual [65] y para los contribuyentes incluidos dentro del Sistema Integral de Recaudación y Fiscalización Tributaria de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires (SIRFT BAIRES).
La Disposición Normativa Serie “B” Nº 75/04 establece que las declaraciones juradas de estos contribuyentes, tanto mensuales como anuales, deben ser (...)
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1. CONCEPTO
Precio de transferencia es aquel precio que se pacta y realiza entre sociedades vinculadas de un grupo empresarial multinacional, por transacciones de bienes (físicos o inmateriales) y servicios y que pueden ser diferentes a los que se hubieran pactados entre sociedades independientes.
Siguiendo lo aportado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (O.C.D.E.), “precios de transferencia son los precios a los cuales una empresa transfiere bienes físicos, propiedad intangible o provee servicios a una empresa asociada”.
2. PRINCIPALES OBJETIVOS PERSEGUIDOS EN LA (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En nuestro acercamiento al tema de la licencia anual paga, intentaremos analizar la normativa y el desarrollo de ejercicios prácticos, partiendo de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744), teniendo presente que los convenios colectivos de la actividad de la empresa, pueden introducir mejoras para el trabajador.
2. FINALIDAD DE LA LICENCIA ANUAL
El objetivo de las vacaciones es que el trabajador pueda recuperarse psicofísicamente, respondiendo a una finalidad higiénica y social, con lo cual debe descartarse toda posibilidad de que sea sustituido o compensado por otra (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Entres las diversas formas de contratación de personal que la legislación laboral prevé se destaca, y está entre las más utilizadas, la prevista por el artículo 99 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744), referida al contrato de trabajo eventual. Esta modalidad de contratación es introducida por el artículo 68 de la Ley Nacional de Empleo (Ley Nº 24.013).
El artículo 99 de la Ley Nº 20.744 dice textualmente:
“Caracterización
Artículo 99— Cualquiera sea su denominación, se considerará que media contrato de trabajo eventual cuando la actividad del trabajador se ejerce bajo la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Con el fallo “Donamaría, Eduardo Osvaldo c/Carril S.A. y Otro s/Acc. – Acción Civil”, Dictamen Nº 8.098 XXXVIII de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de fecha 15 de junio de 2004, parece que la Corte tiene una nueva orientación con respecto a la Ley de Riesgos del Trabajo, por su nueva composición.
Junto a esta sentencia del más alto tribunal, debemos mencionar los recientes fallos de las Salas VI y VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, declarando la inconstitucionalidad de las normas de la Ley de Riesgos del Trabajo, haciendo lugar a los reclamos por vía (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Disposición Normativa Serie “B” Nº 56/04 de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, ha implementado un nuevo régimen de presentación y pago, de aplicación, en esta primera etapa, para los sujetos que revisten el carácter de contribuyentes directos centralizados, régimen de pago mensual [73] y se encuentran vinculados al “Sirft Baires” (Sistema Integral de Recaudación y Fiscalización Tributaria de la Dirección de Rentas de la Provincia de Buenos Aires).
Asimismo, y siguiendo con el objetivo de modernizar la Administración Tributaria Provincial, e (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos a través del dictado de la Resolución General Nº 17 (B.O. del 12/09/97), texto ordenado en 2003, sus modificatorias y complementarias (Resoluciones Generales Nros. 713 y 1422), procedió a implementar un procedimiento, a llevar a cabo por los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, que estén comprendidos dentro de los regímenes de retención y/o percepción o que se encuentren obligados a realizar pagos a cuenta del citado impuesto, a los efectos de solicitar su exclusión total o parcial de los regímenes mencionados.
El (...)
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