Doctrina y Casos Prácticos
Artículos de esta sección
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1. INTRODUCCIÓN
En este artículo comentaremos las modificaciones introducidas al Régimen de Asistencia Financiera Ampliada por las Resoluciones Generales Nros. 1726 y 1728 (A.F.I.P.) y la Resolución Nº 578/2004 (M.E.yP.).
Además, realizaremos dos casos prácticos con el cálculo de los intereses a la tasa de interés resarcitorio vigente a partir del 01/09/2004.
2. PRÓRROGA
La Resolución General Nº 1728 (A.F.I.P.) (B.O. del 26/08/2004) prorrogó la vigencia del Régimen de Asistencia Financiera Ampliada hasta el 29 de octubre de 2004.
Por lo tanto, hasta la fecha indicada en el párrafo anterior se (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El 28 marzo de 2004 entró en vigencia la Ley Nº 25.877, que en su artículo 6º instituyó un Régimen de Promoción de Empleo para las empresas que cumplan con determinados requisitos.
A continuación, analizaremos los beneficios enunciados por la norma y la forma de aplicarlos en las liquidaciones mensuales.
2. EMPRESAS COMPRENDIDAS
El artículo 6º de la Ley Nº 25.877 establece las condiciones a reunir por las empresas a los efectos de adherir al Régimen de Promoción de Empleo, en los siguientes términos:
“La empresa que emplee hasta ochenta (80) trabajadores, cuya facturación anual no (...)
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1. INTRODUCCIÓN
De conformidad con lo establecido por el artículo 2º, inciso b), punto 1, de la Ley Nº 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones), las personas que por sí solas o conjunta o alternativamente con otras, asociadas o no, ejerzan habitualmente en la República Argentina las actividades de dirección, administración o conducción de cualquier empresa, organización, establecimiento o explotación con fines de lucro, o sociedad comercial o civil, aunque por esas actividades no obtengan retribución, utilidad o ingreso alguno, siempre que éstas no configuren una relación de (...)
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1. COMENTARIO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, existen diferentes ámbitos en donde trabajadores y empleadores pueden dirimir los conflictos derivados de la relación laboral que los une.
Entre ellos se encuentra el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SE.C.L.O.) dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, ubicado en la Avenida Callao 110, siendo su horario de atención de 9:00 a 18:00 horas.
Otro ámbito utilizado para solucionar estos diferendos, es el Servicio de Conciliación Laboral Optativo para Comercio y Servicios (SE.CO.SE.), destinado a (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El bien tutelado o pretendido proteger en este tipo de infracciones es el correcto ingreso del tributo, tanto en su cuantía como en su plazo y forma.
La Ley Nº 11.683 estructuró este régimen sancionatorio en dos grandes figuras. La primera es la “Omisión” de impuestos, y la segunda es la de “Defraudación”.
La omisión de impuesto es un tipo culposo, en cambio, la defraudación requiere de un elemento intencional específico.
El esquema general de las infracciones materiales en la Ley de Procedimiento Tributario es el siguiente:
A fin de realizar una exposición ordenada, seguiremos (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el marco de la Ley Nº 12.914, que autorizó la implementación de regímenes de regularización de deudas fiscales y de la Ley Nº 13.145, que contempla la posibilidad de otorgar hasta el 31 de diciembre de 2004 una remisión parcial de intereses para las obligaciones que se regularicen, y la cancelación de la misma en hasta treinta y seis (36) cuotas, la Dirección Provincial de Rentas dispuso, a través de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 48/04, un nuevo régimen de facilidades de pago, vigente desde el 28 de junio de 2004 hasta el 30 de septiembre del mismo año, para la regularización (...)
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1. INTRODUCCIÓN [26]
En este artículo comentaremos los regímenes especiales de distribución de la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, establecidos en los artículos 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12 y 13 del Convenio Multilateral.
2. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN – ARTÍCULO 6º
2.1. Sujetos y actividades alcanzadas
El artículo 6º del Convenio Multilateral establece un régimen especial de distribución de la base imponible para aquellos sujetos que realicen actividades de construcción y, que posean la administración o dirección en una jurisdicción y ejecuten las obras en otras jurisdicciones. (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 25.561 (B.O. del 07/01/2002) en su artículo 16 estableció la suspensión, por el plazo de ciento ochenta (180) días, de los despidos sin causa justificada. Al mismo tiempo, dispuso que en caso de producirse despidos, en contravención a dicha suspensión, los empleadores deberán abonar a los trabajadores afectados el doble de la indemnización que les correspondiese, conforme a la legislación vigente.
Los ciento ochenta (180) días originales fueron prorrogados, en forma sucesiva, por los Decretos Nros. 883/2002, 256/2003, 662/2003, 1.351/2003, 369/2004. Por último, el Decreto (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Con el dictado de la Ley Nº 25.877, que entre otras modificaciones derogó la cuestionada Ley Nº 25.250 de reforma laboral, se dispuso la posibilidad de obtener reducciones de las contribuciones a la seguridad social para determinadas empresas. El Decreto Nº 817/2004 reglamenta dicho régimen, facultando al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a la Administración Federal de Ingresos Públicos para el dictado de normas complementarias de su incumbencia.
2. EMPRESAS COMPRENDIDAS
Podrán obtener el beneficio de reducción de las contribuciones a la seguridad social, (...)
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1. EL CONTRATO DE TRABAJO COMO CONTRATO [30]
No encontramos en la doctrina laboralista de hoy discusiones sobre si el contrato de trabajo es un verdadero contrato; sin embargo, sea porque la cultura jurídica no cambia por la sola sanción de una ley, sea porque la propia ley está claramente inficionada por el idioma propio de las posturas estatutarias [31] y, lo que es más grave, por sus propias concepciones, o porque existen concretos intereses –políticos y económicos– interesados en que ello sea así, podemos sostener con énfasis, que en el pensamiento jurídico común el contrato de trabajo aparece (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Con fecha 23 de junio, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto Nº 823/2004 (B.O. del 28/06/2004) referido a la suspensión de los despidos dispuesto por el artículo 16 de la Ley de Emergencia Nº 25.561, [60] prorrogando su vigencia.
El citado decreto introduce modificaciones sobre los anteriores y mantiene la emergencia en líneas generales, tal como lo veremos en los apartados siguientes.
2. DOBLE INDEMNIZACIÓN. VIGENCIA
El Decreto Nº 823/2004 fue dictado y publicado antes del vencimiento del plazo fijado por el Decreto Nº 369/2004, es decir, con anterioridad al 30 de junio (...)
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1. INTRODUCCIÓN [61]
La Ley Nº 24.977 (B.O. del 06/07/98) estableció un nuevo sistema para el ingreso de los impuestos nacionales y los recursos de la seguridad social de los pequeños contribuyentes, llamado “Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes”, y conocido como “Monotributo”.
La Ley Nº 25.865 (B.O. del 19/01/2004) sustituye el Anexo de la Ley Nº 24.977 (B.O. del 06/07/98), estableciendo la nueva normativa aplicable a los Responsables Monotributistas, con vigencia a partir del 19/01/2004, y efectos a partir de la fecha que dispusiera el Poder Ejecutivo Nacional, la cual no podía (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos, con el objeto de instrumentar mecanismos adecuados y conducentes en la lucha contra la evasión, procedió al dictado de la Resolución General Nº 1575, con fecha del 15 de octubre del año 2003. Cabe recordar que mediante la citada resolución se dispuso, entre otras cosas: [62]
La implementación de un régimen especial y complementario a las normas aplicables en materia de utilización de los comprobantes identificados con la letra “A”, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 1415 (B.O. del 13/01/2003), sus modificatorias y (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos a través de la Resolución General Nº 591 creó el Certificado de Validación de Datos de Importadores (C.V.D.I.), con el objeto de llevar un mayor control sobre los datos de los responsables de operaciones en las que se negocien bienes importados. La falta de obtención de dicho certificado implica para los importadores la aplicación de una alícuota mayor en los regímenes de percepción del impuesto a las ganancias [Resolución General Nº 3543 (D.G.I.)] y del impuesto al valor agregado [Resolución General Nº 3431 (D.G.I.)], al momento de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El objetivo principal de la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley Nº 24.557) es la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Una de las herramientas que ha implementado la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, para facilitar el cumplimiento de dicho objetivo, es la de controlar el estado de salud de los trabajadores, a través de exámenes médicos [68] en distintas situaciones de la relación laboral.
La Resolución Nº 43/97 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo determinó la obligatoriedad, características, frecuencia, contenidos mínimos y responsables de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Como la Administración Federal de Ingresos Públicos dictó la Resolución General Nº 1663 aprobando el “S.I.C.A.M. – Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas – Versión 2.0” y la Resolución General Nº 1683 que aprueba el programa aplicativo “Régimen de Regularización Autónomos y Monotributo – Versión 1.0”, que podrán ser utilizados en forma optativa para determinar la deuda a regularizar, y además se modificaron las fechas de vencimiento para el ingreso de las cuotas, es necesario publicar este artículo comentando el Régimen Especial de Regularización vigente en estos (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Por lo general, dentro del ámbito laboral se busca unir los aspectos educacionales, que permiten a los estudiantes de las distintas carreras tener prácticas, con asignaciones como viáticos y gastos escolares.
El objetivo de las pasantías es que el sistema educativo salga del aula y se proyecte a otros estamentos de la sociedad.
Respondiendo a los desarrollos efectuados en otras naciones, se consideró necesario establecer y reglamentar un sistema que permita la formación y que abarque tanto el aspecto educativo como el del trabajo.
Es por ello, que el Poder Ejecutivo Nacional, (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante el dictado de la Resolución General Nº 1678 (B.O. del 13/05/2004), dispuso un régimen de asistencia financiera ampliada para permitir que los contribuyentes que no pudieron cumplir –en tiempo y forma– con sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social –liquidas y exigibles– que hubieran vencido al 31/03/2004, debido a su situación económica-financiera, regularicen su situación mediante el ingreso de pagos parciales a cuenta de dichas deudas.
Por tal motivo, en este artículo comentaremos las (...)
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1. CONCEPTO DE COMPENSACIÓN
De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, se entiende por compensación a la “acción y efecto de compensar. Modo de extinguir obligaciones vencidas, dinerarias o de cosas fungibles, entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras. Consiste en dar por pagada la deuda de cada uno por la cantidad concurrente”.
A su vez, compensar implica “igualar en opuesto sentido el efecto de una cosa con el de otra. Dar algo o hacer un beneficio en resarcimiento del daño, perjuicio o disgusto que se ha causado”.
Asimismo, de conformidad con lo (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Para la deducción en el impuesto a las ganancias de las donaciones en dinero y en especie, según lo previsto por el artículo 81, inciso c), de la Ley de Impuesto a las Ganancias y el artículo 123 del Decreto Nº 1.344/98, efectuadas a determinadas entidades comprendidas en el inciso e) y f) del artículo 20 de dicha ley, debe considerarse además el nuevo régimen de información establecido por la Resolución General Nº 1675 (A.F.I.P.), la que sustituye desde su fecha de aplicación a la Resolución General Nº 684 (A.F.I.P.).
2. REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
El artículo 81, inciso c), de la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Con la sanción de la Ley Nº 25.877 (B.O. del 19/03/2004), mediante la cual se deroga la tan cuestionada Ley Nº 25.250, se han introducido modificaciones al Régimen Laboral, tanto en lo referente al Derecho Individual del Trabajo, como en lo relativo al Derecho Colectivo.
Ahora bien, en lo vinculado con el segundo aspecto (Derecho Colectivo del Trabajo) esta reforma ha operado en tres niveles diversos propios de su ámbito. A saber:
Negociación colectiva. Procedimiento para la negociación colectiva. Conflictos colectivos de trabajo.
En el presente artículo, nos proponemos (...)
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1. CONCEPTUALIZACIÓN GENERAL
A principios del año 2004 fue promulgada la Ley Nº 25.855 de “Voluntariado Social”.
El tema es de singular importancia para organismos públicos, entidades privadas sin fines de lucro, para los propios voluntarios sociales y para la comunidad en general, prestadora y beneficiaria a la vez, de las actividades solidarias y comunitarias.
El presente trabajo tiene por objetivos:
Ofrecer una aproximación a este tema relevante para la sociedad. Analizar la Ley Nº 25.855 (Ley de Voluntariado Social) y brindar al lector una noción de sus aspectos básicos.
Son (...)
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1. CONCEPTO DE JORNADA ORDINARIA
La jornada de trabajo abarca todo el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador, en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio. Dicho tiempo incluye los períodos de inactividad, con exclusión de los que se produzcan por decisión unilateral del trabajador.
2. EXTENSIÓN DE LA JORNADA DIURNA, NOCTURNA y MIXTA
La duración de la jornada de trabajo diurna no puede exceder de ocho (8) horas diarias y de cuarenta y ocho (48) horas semanales; se puede extender una (1) hora diaria, pasando a ser la jornada de trabajo de nueve (...)
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1. INTRODUCCIÓN
A partir de la aprobación de las modificaciones al Código Fiscal para el año 2004 [Ley Nº 1.192 (Separata B.O.C.A.B.A. Nº 1.850)], se produjo un cambio en las exenciones del impuesto sobre los ingresos brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por medio del artículo 1º, inciso 9, de la Ley Nº 1.192 se modifica el artículo 135 del Código Fiscal (t.o. 2003), a través del cual se consagran de modo liso y llano las exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos, las que operan en todos los casos de pleno derecho.
A su vez, el inciso 10 del citado artículo incorpora el artículo (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En la presente colaboración, la cual complementa el artículo publicado en una edición anterior, [85] trataremos los aspectos prácticos que deben tenerse en cuenta para ingresar al Programa de Sinceramiento Fiscal.
Cabe recordar que para la adhesión al Programa de Sinceramiento Fiscal deben cumplirse los requisitos establecidos por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 12/04 y sus modificaciones.
2. INFORMACIÓN A INGRESAR EN EL APLICATIVO
A efectos de ilustrar el procedimiento de adhesión al Programa de Sinceramiento Fiscal, desarrollaremos un ejemplo práctico.
2.1. Datos a (...)
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