Impositivo
Artículos de esta sección
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1. CONCEPTO
Precio de transferencia es aquel precio que se pacta y realiza entre sociedades vinculadas de un grupo empresarial multinacional, por transacciones de bienes (físicos o inmateriales) y servicios y que pueden ser diferentes a los que se hubieran pactados entre sociedades independientes.
Siguiendo lo aportado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (O.C.D.E.), “precios de transferencia son los precios a los cuales una empresa transfiere bienes físicos, propiedad intangible o provee servicios a una empresa asociada”.
2. PRINCIPALES OBJETIVOS PERSEGUIDOS EN LA (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Disposición Normativa Serie “B” Nº 56/04 de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, ha implementado un nuevo régimen de presentación y pago, de aplicación, en esta primera etapa, para los sujetos que revisten el carácter de contribuyentes directos centralizados, régimen de pago mensual [1] y se encuentran vinculados al “Sirft Baires” (Sistema Integral de Recaudación y Fiscalización Tributaria de la Dirección de Rentas de la Provincia de Buenos Aires).
Asimismo, y siguiendo con el objetivo de modernizar la Administración Tributaria Provincial, e incorporando (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos a través del dictado de la Resolución General Nº 17 (B.O. del 12/09/97), texto ordenado en 2003, sus modificatorias y complementarias (Resoluciones Generales Nros. 713 y 1422), procedió a implementar un procedimiento, a llevar a cabo por los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, que estén comprendidos dentro de los regímenes de retención y/o percepción o que se encuentren obligados a realizar pagos a cuenta del citado impuesto, a los efectos de solicitar su exclusión total o parcial de los regímenes mencionados.
El (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En este artículo comentaremos las modificaciones introducidas al Régimen de Asistencia Financiera Ampliada por las Resoluciones Generales Nros. 1726 y 1728 (A.F.I.P.) y la Resolución Nº 578/2004 (M.E.yP.).
Además, realizaremos dos casos prácticos con el cálculo de los intereses a la tasa de interés resarcitorio vigente a partir del 01/09/2004.
2. PRÓRROGA
La Resolución General Nº 1728 (A.F.I.P.) (B.O. del 26/08/2004) prorrogó la vigencia del Régimen de Asistencia Financiera Ampliada hasta el 29 de octubre de 2004.
Por lo tanto, hasta la fecha indicada en el párrafo anterior se (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El bien tutelado o pretendido proteger en este tipo de infracciones es el correcto ingreso del tributo, tanto en su cuantía como en su plazo y forma.
La Ley Nº 11.683 estructuró este régimen sancionatorio en dos grandes figuras. La primera es la “Omisión” de impuestos, y la segunda es la de “Defraudación”.
La omisión de impuesto es un tipo culposo, en cambio, la defraudación requiere de un elemento intencional específico.
El esquema general de las infracciones materiales en la Ley de Procedimiento Tributario es el siguiente:
A fin de realizar una exposición ordenada, seguiremos (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el marco de la Ley Nº 12.914, que autorizó la implementación de regímenes de regularización de deudas fiscales y de la Ley Nº 13.145, que contempla la posibilidad de otorgar hasta el 31 de diciembre de 2004 una remisión parcial de intereses para las obligaciones que se regularicen, y la cancelación de la misma en hasta treinta y seis (36) cuotas, la Dirección Provincial de Rentas dispuso, a través de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 48/04, un nuevo régimen de facilidades de pago, vigente desde el 28 de junio de 2004 hasta el 30 de septiembre del mismo año, para la regularización (...)
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1. INTRODUCCIÓN [29]
En este artículo comentaremos los regímenes especiales de distribución de la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, establecidos en los artículos 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12 y 13 del Convenio Multilateral.
2. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN – ARTÍCULO 6º
2.1. Sujetos y actividades alcanzadas
El artículo 6º del Convenio Multilateral establece un régimen especial de distribución de la base imponible para aquellos sujetos que realicen actividades de construcción y, que posean la administración o dirección en una jurisdicción y ejecuten las obras en otras jurisdicciones. (...)
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1. INTRODUCCIÓN [30]
La Ley Nº 24.977 (B.O. del 06/07/98) estableció un nuevo sistema para el ingreso de los impuestos nacionales y los recursos de la seguridad social de los pequeños contribuyentes, llamado “Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes”, y conocido como “Monotributo”.
La Ley Nº 25.865 (B.O. del 19/01/2004) sustituye el Anexo de la Ley Nº 24.977 (B.O. del 06/07/98), estableciendo la nueva normativa aplicable a los Responsables Monotributistas, con vigencia a partir del 19/01/2004, y efectos a partir de la fecha que dispusiera el Poder Ejecutivo Nacional, la cual no podía (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos, con el objeto de instrumentar mecanismos adecuados y conducentes en la lucha contra la evasión, procedió al dictado de la Resolución General Nº 1575, con fecha del 15 de octubre del año 2003. Cabe recordar que mediante la citada resolución se dispuso, entre otras cosas: [31]
La implementación de un régimen especial y complementario a las normas aplicables en materia de utilización de los comprobantes identificados con la letra “A”, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 1415 (B.O. del 13/01/2003), sus modificatorias y (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos a través de la Resolución General Nº 591 creó el Certificado de Validación de Datos de Importadores (C.V.D.I.), con el objeto de llevar un mayor control sobre los datos de los responsables de operaciones en las que se negocien bienes importados. La falta de obtención de dicho certificado implica para los importadores la aplicación de una alícuota mayor en los regímenes de percepción del impuesto a las ganancias [Resolución General Nº 3543 (D.G.I.)] y del impuesto al valor agregado [Resolución General Nº 3431 (D.G.I.)], al momento de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante el dictado de la Resolución General Nº 1678 (B.O. del 13/05/2004), dispuso un régimen de asistencia financiera ampliada para permitir que los contribuyentes que no pudieron cumplir –en tiempo y forma– con sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social –liquidas y exigibles– que hubieran vencido al 31/03/2004, debido a su situación económica-financiera, regularicen su situación mediante el ingreso de pagos parciales a cuenta de dichas deudas.
Por tal motivo, en este artículo comentaremos las (...)
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1. CONCEPTO DE COMPENSACIÓN
De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, se entiende por compensación a la “acción y efecto de compensar. Modo de extinguir obligaciones vencidas, dinerarias o de cosas fungibles, entre personas que son recíprocamente acreedoras y deudoras. Consiste en dar por pagada la deuda de cada uno por la cantidad concurrente”.
A su vez, compensar implica “igualar en opuesto sentido el efecto de una cosa con el de otra. Dar algo o hacer un beneficio en resarcimiento del daño, perjuicio o disgusto que se ha causado”.
Asimismo, de conformidad con lo (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Para la deducción en el impuesto a las ganancias de las donaciones en dinero y en especie, según lo previsto por el artículo 81, inciso c), de la Ley de Impuesto a las Ganancias y el artículo 123 del Decreto Nº 1.344/98, efectuadas a determinadas entidades comprendidas en el inciso e) y f) del artículo 20 de dicha ley, debe considerarse además el nuevo régimen de información establecido por la Resolución General Nº 1675 (A.F.I.P.), la que sustituye desde su fecha de aplicación a la Resolución General Nº 684 (A.F.I.P.).
2. REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
El artículo 81, inciso c), de la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
A partir de la aprobación de las modificaciones al Código Fiscal para el año 2004 [Ley Nº 1.192 (Separata B.O.C.A.B.A. Nº 1.850)], se produjo un cambio en las exenciones del impuesto sobre los ingresos brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por medio del artículo 1º, inciso 9, de la Ley Nº 1.192 se modifica el artículo 135 del Código Fiscal (t.o. 2003), a través del cual se consagran de modo liso y llano las exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos, las que operan en todos los casos de pleno derecho.
A su vez, el inciso 10 del citado artículo incorpora el artículo (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En la presente colaboración, la cual complementa el artículo publicado en una edición anterior, [41] trataremos los aspectos prácticos que deben tenerse en cuenta para ingresar al Programa de Sinceramiento Fiscal.
Cabe recordar que para la adhesión al Programa de Sinceramiento Fiscal deben cumplirse los requisitos establecidos por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 12/04 y sus modificaciones.
2. INFORMACIÓN A INGRESAR EN EL APLICATIVO
A efectos de ilustrar el procedimiento de adhesión al Programa de Sinceramiento Fiscal, desarrollaremos un ejemplo práctico.
2.1. Datos a (...)
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1. ACTA DE CONSTATACIÓN. REQUISITOS. JURISPRUDENCIA
El artículo 41 de la Ley Nº 11.683 establece que:
“Artículo 41— Los hechos u omisiones que den lugar a la multa y clausura, y en su caso, a la suspensión de matrícula, licencia o de registro habilitante, que se refiere en el último párrafo del artículo 40, deberán ser objeto de un acta de comprobación en la cual los funcionarios fiscales dejarán constancia de todas las circunstancias relativas a los mismos, las que desee incorporar el interesado, a su prueba y a su encuadramiento legal, conteniendo, además, una citación para que el responsable, (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Debido a que en el mes de mayo vencen las declaraciones juradas del impuesto a la ganancia mínima presunta de la mayoría de los contribuyentes, desarrollaremos a continuación un caso práctico de liquidación de dicho impuesto.
2. VENCIMIENTOS
La Resolución General Nº 1607 (A.F.I.P.) dispuso que las declaraciones juradas del impuesto a la ganancia mínima presunta y, en su caso, el ingreso del impuesto, vencerán en las siguientes fechas:
Empresas o explotaciones unipersonales (cuyos cierres de ejercicios coincidan con el año calendario), y personas físicas o sucesiones indivisas (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el caso práctico a presentar para su resolución, se analizarán diversos ajustes en la declaración jurada del impuesto a las ganancias de una sociedad anónima argentina.
Tales ajustes tendrán relación con los siguientes temas:
Ajuste por inflación contable Alquileres pagados en especies y por adelantado Valuación de bienes de cambio0 Amortizaciones de bienes de uso Gastos de mantenimiento de automóviles Pérdidas extraordinarias Gastos de organización Multas impositivas Donaciones deducibles Quebrantos específicos Rentas de fuente extranjera e impuestos análogos Impuesto (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el marco de la Ley Nº 13.145, que dispuso la creación del Programa de Sinceramiento Fiscal, la Dirección Provincial de Rentas, a través de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 12/04, estableció el alcance y los lineamientos para acceder al mismo, que básicamente son el cumplimiento de dos condiciones: La regularización de la deuda devengada al 31 de diciembre de 2003 y la suscripción de un compromiso de pago de un importe mínimo y en término por cada anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos por un período determinado.
La vigencia de este programa, que como objeto principal (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El artículo sin número incorporado a continuación del artículo 25 de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales, dispone que las sociedades regidas por la Ley Nº 19.550 deberán liquidar e ingresar el impuesto correspondiente a las acciones o participaciones en el capital de sociedades encuadradas dentro de la Ley de Sociedades Comerciales, que sean propiedad de personas físicas o sucesiones indivisas domiciliadas en el país o en el exterior, y/o sociedades u otro tipo de persona de existencia ideal domiciliadas en el exterior.
2. RESPONSABLES SUSTITUTOS
Como podemos ver está (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El objetivo del presente trabajo es analizar en profundidad el artículo 40 y su agregado de la Ley Nº 11.683, con las modificaciones que le introdujo la Ley Nº 25.795, comentando la jurisprudencia que, sobre el particular, se ha ido expidiendo.
2. ENCUADRE DEL TIPO INFRACCIONAL
La Ley Nº 11.683 clasifica a las infracciones en dos tipos: las formales y las materiales.
Las infracciones formales son aquellas que tutelan como bien jurídico al Estado en faz administrativa, ya que la conducta antijurídica reprimida se refiere al incumplimiento de los deberes de colaboración, es (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Ante la proximidad de los vencimientos de las declaraciones juradas del período fiscal 2003 de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, correspondiente a las personas físicas, en este número desarrollaremos un caso práctica de cada uno de los impuestos.
2. VENCIMIENTOS
Las presentaciones de las declaraciones juradas y el disquete, y en caso de corresponder, el pago del impuesto vencerán en los siguientes días, según lo dispuesto por la Resolución General Nº 1607 (A.F.I.P.) (B.O. del 04/12/2003):
Terminación de C.U.I.T.Fecha de PresentaciónFecha de Pago 0 ó (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Si bien las cooperativas y mutuales son personas jurídicas al igual que las demás sociedades regularmente constituidas, el tratamiento impositivo en los impuestos a las ganancias y al valor agregado, es diferente del resto de las entidades.
En el presente artículo, se procederá a desarrollar un esquema en relación a las exenciones, de estas entidades en los mencionados impuestos.
2. IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Si bien la Ley de Impuesto a las Ganancias en su artículo 20, inciso d) –en el caso de cooperativas– y en el inciso g) –en el caso de mutuales– reconoce a dichas entidades (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el marco de la Ley Nº 12.914, que autorizó la implementación de regímenes de regularización de deudas fiscales, y de la Ley Nº 13.145, que contempla la posibilidad de otorgar hasta el 31 de diciembre de 2004 una remisión parcial de intereses para las obligaciones que se regularicen y la cancelación de la misma en hasta treinta y seis (36) cuotas, la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires dispuso a través de la Disposición Normativa Serie “B” Nº 8/04 un nuevo régimen de facilidades de pago, vigente desde el 26 de enero de 2004 hasta el 30 de septiembre del mismo (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Resolución Nº 3.060/2001 (D.G.R.) aprobó el Software Aplicativo (Versión 1.0) [148] del Sistema Informático de Contribuyentes Locales (S.I.CO.L.), a los efectos de la presentación de la declaración jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos, para determinado grupo de contribuyentes designados en el Anexo 1 de dicha resolución.
Con posterioridad, a través de la Resolución Nº 17/2004 (D.G.R.) se amplió el universo de los administrados que quedan comprendidos en el Sistema Informático de Contribuyentes Locales (S.I.CO.L.), estableciéndose su vigencia a partir del primer (...)
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Autores Adaro, María José - Argañaraz, Nadin - Arregui, Alejandro - Beltrán Perri, Delfor - Benchimol, Mariano - Bianchi, Juan Manuel Jorge - Bianchi, Juan Manuel Jorge - Bordas, Verónica - Burton R., Clarck - Bustinduy, Marcelo - Calabró, Horacio Miguel - Carbone, Sergio - Carroza, Gerardo - Castelar López, Lidia B. - Castellaro, Claudio - Caudo Alberto H. - Christensen, Eduardo - Claudia Lacalamita - Collosa, Alfredo - Collufio, Hector F. R. - Crivella, Alejandro - Cruz, Adriana O. - De La Fuente, Lorena - De Luca, Lorena F. - Del Castillo, Elba C. - Delzart, Jorge - Desiderio, Roberto Pablo - Di Nubila, Julio O. - Di Pietromica, Viviana Cecilia - Diego, Perez Boulan - Duelli, Javier - Duque, Gisela - Eidelman, José Rubén - Faure, Dario J - Felice, Marcos - Fernandez, Gustavo L. - Fernández, Fernanda Mabel - Franchi, Carlos - Frustaci, Claudio - Gómez, Richard L. Amaro - Gotlib, Gabriel - Grenabuena, Silvia R. - IARAF - Irazabal, América Alicia - Jamut, María Martha - Lavalle, Silvina - Linares Chirinos, Fabián O. - Maiolo, Nicolás - Marante, Gustavo Manuel - Marasco, María Eugenía - Martínez, Hugo - Martínez, María de los Ángeles - Massuh, Emilio Rodríguez - Mazio, Federico Ignacio - Mazzanti, Mario Osvaldo - Medrano, Marcela - Miani, Gastón Armando - Mir, Andrés - Moiron, Silvia Alejandra - Musciano, Héctor J. - Nadelstumpf, Hernán Pablo - Nielsen, Santiago Toft - Nughedu, Mercedes - Orozco, Nestor R. - Paez, Luciana - Pardo, María Victoria - Pizá, Celeste A. - Rajmilovich Darío M. - Rivero, María Elena - Rodríguez, Raquel - Rolando, Ariel - Roldán, Silvina Mariel - Rossi, Martín V. - Santanocito, Rosa Alcira - Santoro, Marcelo - Santos Romero, Analía - Sequino,Gabriel - Settembrini, Ariel Sánchez - Simonetti, Andrés - Sternberg, Alfredo R. - Stobodzian, Pamela Lourdes - Subelet, Carlos J. - Subelet, María Cecilia - Timpani, Valeria Beatriz - Tobal, Enrique V. - Villarruel, Gonzalo Ernesto - Zarate, Victor Manuel - Zolotnyk, Fernanda
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