Impositivo
Artículos de esta sección
-
Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) tienen tiempo hasta el 20 de septiembre de 2016 para realizar la recategorización cuatrimestral obligatoria prevista por la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Cabe recordar que la Ley Nº 24.977 prevé la obligatoriedad de llevar a cabo recategorizaciones en forma cuatrimestral, los meses de enero, mayo y septiembre de cada año.
A continuación, detallamos los principales aspectos a tener en cuenta.
¿Quiénes están obligados a recategorizarse?
Se encuentran obligados a recateorizarse en el (...)
»» Ver artículo completo
-
A partir del 26 de septiembre de 2016 comienza a vencer el plazo para que los monotributistas que se encuentren encuadrados en las categorías F, G, H, I, J, K o L y/o revistan la calidad de empleadores, presenten la declaración jurada informativa cuatrimestral correspondiente al segundo cuatrimestre del año 2016, en la cual se deberá consignar, entre otros, los datos relativos a la facturación, al consumo de energía eléctrica y a local o establecimiento donde se lleva a cabo la actividad.
A los efectos del cumplimiento del régimen de información se deberá tener en cuenta lo establecido por la (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Mediante la Resolución Nº 939/2013, se realizó un compendio de la normativa que regula el Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los sujetos que desarrollan actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En esta oportunidad, mediante el dictado de las Resoluciones Nros. 364/2016 (B.O.C.A.B.A. del 19/07/2016) y 421/2016 [1], la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos procedió a introducir modificaciones en el Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ampliando el universo de sujetos (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
En esta artículo comenzaremos a analizar el Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior dispuesto por la Ley Nº 27.260, y vigente desde el 23 de julio de 2016 al 31 de marzo de 2017.
Debido a la extensión del tema, se publicará en esta oportunidad la primer parte de dicho análisis, que abarcará los siguientes temas: Normativa legal, bienes a exteriorizar y excluidos de la misma, sujetos incluidos y excluidos, formas de realizar la exteriorización, valuación de los bienes, e impuesto especial. (...)
»» Ver artículo completo
-
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante el dictado de la Resolución General N° 3936 (B.O. del 14/09/2016, modifica la forma en que los trabajadores autónomos encuadrados en las categorías III, III’, IV, IV’, V y V’ de la Tabla I del Anexo II del Decreto N° 1866/2006 y los pequeños contribuyentes encuadrados en las categorías H, I, J, K y L del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), deberán realizar el aludido pago mensual así como los correspondientes al resto de sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
De esta manera se establece (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
A través del artículo 22 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –t.o. 2016– se reglamente el domicilio fiscal electrónico, estableciendo que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a través de los organismos gubernamentales competentes, gestiona, administra y controla la totalidad del proceso informático que requiere el domicilio fiscal electrónico, conforme los alcances y modalidades que determina el Código Fiscal y sus reglamentaciones.
Por otra parte, el artículo 32 del citado cuerpo legal establece que las notificaciones, citaciones o intimaciones de (...)
»» Ver artículo completo
-
La Administración Nacional de la Seguridad Social emitió la Resolución Nº 305/2016, publicada en el B.O. del 09/09/2016, aprobando el procedimiento general para implementar el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados dispuesto por la Ley N° 27.260.
Procedimiento general
A) GENERALIDADES:
1.- A efectos del ingreso al Programa por parte de los titulares de un beneficio previsional que encuadren en el artículo 3° de la Ley N° 27.260, ANSES implementará la plataforma “Reparación Histórica” en el sitio web del Organismo.
2.- A través de la plataforma los interesados podrán (...)
»» Ver artículo completo
-
La Administración Federal de Ingresos Públicos emitió la Resolución General Nº 3935, publicada en el Boletin Oficial del 5 de septiembre de 2016, modificando la Resolución General Nº 3920, la cual reglamenta el Régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras.
A continuación comentaremos las modificaciones realizadas:
Conceptos incluidos
Por esta norma se incorpora el inciso m) del artículo 2° de la Resolución General N° 3920, disponiendo que podrán incluirse en el Régimen de Regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad (...)
»» Ver artículo completo
-
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del artículo 1º de la Resolución General Nº 3640, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a publicar en el Boletín Oficial Nº 33.452 del 01/09/2016 el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Al listado de sujetos excluidos se podrá acceder consultando el Anexo I publicado en la página web del Boletín Oficial del día 1° de septiembre de 2016 (https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/anexos/150210/20160901), donde figurará el número de CUIT y la denominación, (...)
»» Ver artículo completo
-
A partir de ahora, se podrán incluir en el régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras previsto en el Título II del Libro II de la Ley N° 27.260, las obligaciones emergentes de declaraciones juradas –originarias- determinativas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, que presenten las personas humanas o las sucesiones indivisas con posterioridad al día 31 de mayo de 2016, por períodos fiscales vencidos a dicha fecha, mediante las cuales se declaren bienes o tenencias exteriorizados en períodos (...)
»» Ver artículo completo
-
Clave Fiscal, Nivel de seguridad 3. Obtención.
La Resolución General Nº 3933 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 23 de agosto de 2016, dispone que los sujetos que deban tramitar la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, a los fines de adherir al “Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior”, podrán solicitar un turno web a través de la opción Turnos, disponible en el sitio http://www.afip.gob.ar, para ser atendidos en cualquiera de las dependencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos. (...)
»» Ver artículo completo
-
Desde el 1° de octubre de 2016 los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –inscriptos en cualquier categoría del impuesto- y los agentes de recaudación, deberán constituir el domicilio fiscal electrónico.
Así fue dispuesto por la A.G.I.P. mediante la publicación de la Resolución N° 405/2016.
El domicilio fiscal electrónico producirá en el ámbito administrativo y judicial los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen. (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Finalmente, la Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los montos no sujetos a retención previstos en el Anexo VIII de la Resolución General Nº 830, aplicables a los efectos de determinar el importe a retener por el régimen general del impuesto a las ganancias.
De esta manera, por ejemplo, en el caso de enajenación de bienes muebles y bienes de cambio, corresponderá practicar la retención de impuesto a las ganancias cuando el importe neto a pagar supere la suma de $ 100.000, importe que se hallaba fijado en la suma de $ 12.000.
Para las locaciones de obras y/ o (...)
»» Ver artículo completo
-
Debido a que para acceder al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior dispuesto por el Título I del Libro II de la Ley N° 27.260, los sujetos interesados deben contar con Clave Fiscal de A.F.I.P., con el fin de facilitar la adhesión al aludido sistema, agilizar y optimizar el servicio a los administrados, el Organismo Fiscal flexibilizó las exigencias del registro de datos biométricos y su validación como condición para la obtención de la aludida Clave Fiscal.
La medida se dio a conocer mediante la (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
Desde hace bastante tiempo en nuestro país, existe una alta presión tributaria que se ejerce sobre los contribuyentes, y la Administración Federal de Ingresos Públicos ofrece como paliativo diferentes planes de pago.
Estos planes de pago observan como antecedentes al artículo 32 de la Ley Nº 11.683 (t.o. 1998 y sus modificaciones), el cual faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos para conceder facilidades de pago, tanto de los tributos, como de los intereses y multas.
Todos estos planes de pago prevén una caducidad, es intención del presente trabajo centrarnos en (...)
»» Ver artículo completo
-
1. INTRODUCCIÓN
El Título III del Libro II de la Ley Nº 27.260 establece beneficios para aquellos contribuyentes que han cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones impositivas.
A su vez, este beneficio es reglamentado por el Decreto Nº 895/2016 (B.O. del 28/07/2016) y la Resolución General Nº 3919 (A.F.I.P.) (B.O. del 29/07/2016).
En este artículo analizaremos quienes encuadran como contribuyentes cumplidores, cuales son los beneficios y que requisitos se deben cumplir para acceder a los mismos.
2. DEFINICIÓN DE CONTRIBUYENTES CUMPLIDORES
Se definen como contribuyentes cumplidores, a (...)
»» Ver artículo completo
-
Mediante la publicación de la Circular N° 4/2016 (B.O. del 18/08/2016), la Administración Federal de Ingresos Públicos aclaró que el pago realizado en concepto de gratificación por cese laboral por mutuo acuerdo -normado en el artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo-, no se encuentra alcanzado por el impuesto a las ganancias.
Consecuentemente, el monto correspondiente a dicho concepto se halla excluido del régimen de retención establecido por la Resolución General N° 2437.
La aclaración obedece a las inquietudes planteadas por entidades representativas de distintos sectores económicos, (...)
»» Ver artículo completo
-
El Título II del Libro II de la Ley Nº 27.260 (B.O. del 22/07/2016) establece un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras por las obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2016, inclusive, o infracciones cometidas relacionadas con dichas obligaciones con excepción de los aportes y contribuciones con destino al sistema de obras sociales y las cuotas con destino al régimen de riesgos del trabajo; contando con el beneficio de condonación de multas y sanciones no firmes y de exención proporcional de intereses resarcitorios y/o punitorios según (...)
»» Ver artículo completo
-
A partir del viernes 19 de agosto de 2016, en el servicio de A.F.I.P. “Mis Facilidades” se habilitará una nueva funcionalidad para rehabilitar las cuotas impagas de planes de facilidades de pago y ser abonadas a través de transferencia electrónica de fondos mediante la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP).
La medida fue dispuesta por la Resolución General N° 3926 (B.O. del 11/08/2016).
Dicho procedimiento también será de aplicación para el caso de cuotas impagas originadas en una solicitud de cancelación anticipada total.
La opción de abonar mediante VEP estará disponible para su (...)
»» Ver artículo completo
-
La AFIP dispuso que el ingreso del segundo anticipo del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2016, con carácter excepcional, podrá ser efectuado hasta el día 25 de agosto de 2016, inclusive. La medida se dio a conocer a través de la Resolución General N° 3923 (B.O. del 08/08/2016).
Esta prórroga obedece a que el Título III del Libro II de la Ley N° 27.260 estableció determinados beneficios para los contribuyentes cumplidores, entre ellos, la exención del impuesto sobre los bienes personales por los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018, y mediante la Resolución General (...)
»» Ver artículo completo
-
A partir de las operaciones que se realicen desde el 1° de octubre de 2016 se introducen importantes cambios en los regímenes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de las modificaciones introducidas por la Resolución N° 364/2016 a la Resolución N° 939/2013.
Como consecuencia de ello, se introducen los siguientes cambios:
a) Sujetos obligados a actuar como agentes de recaudación: Además de los sujetos designados mediante resolución, deben actuar como agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos los sujetos que (...)
»» Ver artículo completo
-
De conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 1.715/2015, el 22 de agosto de 2016 comienza a vencer el plazo para que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendidos en la categoría locales (S.I.CO.L.) presenten la declaración jurada anual.
A continuación, analizaremos los principales aspectos a tener en cuenta por los contribuyentes para la presentación de la citada declaración jurada.
¿Cómo se genera dicha declaración jurada?
Mediante la Resolución Nº 631/2010 se estableció que a partir del 1º de diciembre de 2010, la (...)
»» Ver artículo completo
-
Desde el 1° de agosto de 2016, los contribuyentes alcanzados por alguna exención en el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios y/o por la reducción de la alícuota aplicable, a fin de usufructuar dichos beneficios deberán inscribir las cuentas bancarias a las cuales les resultan aplicables, en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”, conforme lo reglamentado por la Resolución General N° 3900 (B.O. de 05/07/2016).
Cabe recordar que hasta el momento, tanto la exención como la aplicación de la alícuota reducida se (...)
»» Ver artículo completo
-
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del artículo 1º de la Resolución General Nº 3640, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a publicar en el Boletín Oficial Nº 33.430 del 01/08/2016 el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
El listado de sujetos excluidos se podrá acceder consultando el Anexo I publicado en la página web del Boletín Oficial del día 1° de agosto de 2016 (https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/anexos/148827/20160801), donde figurará el número de CUIT y la denominación, así (...)
»» Ver artículo completo
-
A través de la Resolución General N° 3915 (B.O. del 27/07/2016), la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció un nuevo procedimiento a seguir por los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del exterior, que ingresen al país mediante el Correo Oficial, el cual entrará en vigencia a partir del 26 de agosto de 2016.
Este nuevo régimen reemplaza al procedimiento de presentación de Declaración Jurada mediante el formulario F. 4550, implementado por la Resolución General N° 3579.
De esta manera, se establece que los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del (...)
»» Ver artículo completo
|
Buscador
Categorias A la herencia - Aduana - Asociación simple - Bienes de capital - Bienes Personales - Blanqueo - Buenos Aires - C.U.I.T. - Calendario de vencimientos - Código Aduanero - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Clave única de identificación tributaria - Comercio electrónico - Comercio Exterior - Contribución especial sobre el capital de las cooperativas - Convenio Multilateral - Coparticipación federal de impuestos - Débitos y créditos - Ganancia mínima presunta - Ganancias - Impuesto a las donaciones - Impuesto adicional al automotor e inmobiliario - Impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos - Impuesto al Valor Agregado - Ingresos brutos - Internos - Ley N° 27.260 - Ley penal tributaria - Mis Facilidades - Monotributo - Países de baja o nula tributación - Planificación fiscal - Planificación tributaria - Procedimientos fiscales - Pymes - Régimen de incentivo fiscal - Régimen de incentivo fiscal - Régimen de Información y facilidades de pago - Régimen de Sinceramiento Fiscal - Recaudación - Revaluo impositivo y contable - Sellos - Sistemas tributarios - Tax planning - Transferencia de inmuebles - Transmición gratuita de bienes
Autores Adaro, María José - Argañaraz, Nadin - Arregui, Alejandro - Beltrán Perri, Delfor - Benchimol, Mariano - Bianchi, Juan Manuel Jorge - Bianchi, Juan Manuel Jorge - Bordas, Verónica - Burton R., Clarck - Bustinduy, Marcelo - Calabró, Horacio Miguel - Carbone, Sergio - Carroza, Gerardo - Castelar López, Lidia B. - Castellaro, Claudio - Caudo Alberto H. - Christensen, Eduardo - Claudia Lacalamita - Collosa, Alfredo - Collufio, Hector F. R. - Crivella, Alejandro - Cruz, Adriana O. - De La Fuente, Lorena - De Luca, Lorena F. - Del Castillo, Elba C. - Delzart, Jorge - Desiderio, Roberto Pablo - Di Nubila, Julio O. - Di Pietromica, Viviana Cecilia - Diego, Perez Boulan - Duelli, Javier - Duque, Gisela - Eidelman, José Rubén - Faure, Dario J - Felice, Marcos - Fernandez, Gustavo L. - Fernández, Fernanda Mabel - Franchi, Carlos - Frustaci, Claudio - Gómez, Richard L. Amaro - Gotlib, Gabriel - Grenabuena, Silvia R. - IARAF - Irazabal, América Alicia - Jamut, María Martha - Lavalle, Silvina - Linares Chirinos, Fabián O. - Maiolo, Nicolás - Marante, Gustavo Manuel - Marasco, María Eugenía - Martínez, Hugo - Martínez, María de los Ángeles - Massuh, Emilio Rodríguez - Mazio, Federico Ignacio - Mazzanti, Mario Osvaldo - Medrano, Marcela - Miani, Gastón Armando - Mir, Andrés - Moiron, Silvia Alejandra - Musciano, Héctor J. - Nadelstumpf, Hernán Pablo - Nielsen, Santiago Toft - Nughedu, Mercedes - Orozco, Nestor R. - Paez, Luciana - Pardo, María Victoria - Pizá, Celeste A. - Rajmilovich Darío M. - Rivero, María Elena - Rodríguez, Raquel - Rolando, Ariel - Roldán, Silvina Mariel - Rossi, Martín V. - Santanocito, Rosa Alcira - Santoro, Marcelo - Santos Romero, Analía - Sequino,Gabriel - Settembrini, Ariel Sánchez - Simonetti, Andrés - Sternberg, Alfredo R. - Stobodzian, Pamela Lourdes - Subelet, Carlos J. - Subelet, María Cecilia - Timpani, Valeria Beatriz - Tobal, Enrique V. - Villarruel, Gonzalo Ernesto - Zarate, Victor Manuel - Zolotnyk, Fernanda
Secciones
|