Impositivo
Artículos de esta sección
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Ante las dudas que generó la respuesta sobre la posibilidad de volver a utilizar facturas manuales en virtud de la prórroga de la obligación de emitir factura electrónica hasta el 31/03/2016, la AFIP y la FACPCE emitieron un nuevo informe aclarando el tema.
Informe completo: http://www.ele-ve.com.ar/Factura-Electronica-Regimen-de-informacion-de-compras-y-ventas.html
En el mismo se plantea:
REUNIÓN FACPCE-AFIP
Viernes 07/08/2015
Participantes: Representantes de la FACPCE y de la AFIP
ACLARACIÓN DEL TEMA FACTURA ELECTRÓNICA (Pto. 1): Plazo extendido hasta el 31/03/2016 para emitir facturas (...)
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Ante la prórroga aprobada en el día de ayer por la Resolución General Nº 3793 (AFIP) de la obligación de implementación de factura electrónica para los responsables inscriptos y sujetos incluidos en el Título III de la Resolución General Nº 3749, consideramos oportuno publicar las aclaraciones sobre este tema que publicará la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas que surgieron de la reunión mantenida con AFIP. Además de este tema, también se aclaran dudas sobre la vigencia y obligación de cumplir con el régimen de información de compras y ventas, y sobre la declaración jurada de (...)
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Finalmente, mediante el dictado de la Resolución General N° 3793, publicada en el Boletín Oficial del 10/08/2015, el Organismo Fiscal decidió prorrogar hasta el 31 de marzo de 2016, la obligatoriedad de adherir al régimen de emisión de comprobantes electrónicos originales dispuesto por las Resolución General N° 3749.
De esta manera, se dispone que la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I (Régimen General de Factura Electrónica para Responsables inscriptos en I.V.A.) y III (Emisión de Comprobantes Electrónicos Originales – Reemplazo de Regímenes Informativos) de (...)
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A los efectos de simplificar y unificar los datos de los sujetos inscriptos, mediante el dictado de la Resolución General N° 3/2015 (B.O. del 28/07/2015), la Comisión Arbitral estableció como única identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, el Número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Asimismo, se conserva adicionalmente la codificación de la jurisdicción sede, la cual se identificará con tres dígitos (901 a 924). Dichos dígitos serán los ya asignados, con anterioridad a la adopción de la C.U.I.T., en (...)
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En este artículo comentaremos como se deben dar de alta los puntos de venta para poder emitir factura electrónica, y luego vamos a ver los pasos que se deben dar para que los contribuyentes se empadronen en factura electrónica.
En primer lugar explicaremos el Alta de Puntos de Venta.
PUNTO DE VENTA: El alta de los puntos de venta se realiza a través del servicio de clave fiscal "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)", ingresando por la opción A/B/M de puntos de venta ---> A/B/M de puntos de venta ---> ALTA.
GESTIÓN DE PUNTOS DE VENTA
A/B/M DE PUNTOS DE VENTA: (...)
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Se dieron a conocer los datos correspondientes a la ejecución de ingresos y gastos del Sector Público Nacional no financiero al quinto mes del año.
En mayo las erogaciones del gobierno nacional crecieron un 38,4% en la medición interanual y de este modo se ubicaron, como ocurre desde comienzos de año, por encima a los ingresos totales (+33,9%). En efecto, resultó una brecha de crecimiento de 4,5 puntos porcentuales no obstante la misma se redujo respecto a los meses previos, cuando superaba los 20 pp. En dicha dinámica incidió, por un lado, que el gasto público continuó evolucionando de manera (...)
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El Juzgado Federal de Mar del Plata rechazó totalmente el pedido de inconstitucionalidad de la reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos que determina la obligatoriedad por parte de los comerciantes de aceptar el pago con tarjetas de débito para las operaciones que realicen.
Este tribunal de primera instancia se basó en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ante un caso similar, un contribuyente que denunciaba la inconstitucionalidad de la norma asegurando que violaba sus derechos, no pudo probar que existió la más mínima lesión a dichos derechos.
A su (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En este artículo trataremos como los responsables sustitutos debe determinar e ingresar el impuesto sobre los bienes personales por los bienes situados en el país pertenecientes a sujetos radicados en el exterior.
2. SUJETOS ALCANZADOS Y ALÍCUOTA APLICABLE
El artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales establece que actuarán como responsables sustitutos, y por lo tanto deberán determinar e ingresar el impuesto correspondiente los contribuyentes del impuesto a la ganancia mínima presunta, las personas físicas y jurídicas domiciliadasen el país y las sucesiones (...)
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1. INTRODUCCIÓN
A través de la Resolución General Nº 3749 (B.O. del 11/03/2015), la Administración Federal de Ingresos Públicos generalizó la obligatoriedad del uso de la factura electrónica para todos aquellos sujetos que revistan el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, debiendo comenzar a facturar electrónicamente desde el 1º de julio de 2015. Sin perjuicio de ello, la citada norma establece que los sujetos que, por razones propias de la implementación del sistema de facturación, se vean impedidos de cumplir con la obligación de ingresar al régimen a partir del 1º (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En este artículo comentaremos el Régimen Especial del artículo 6º del Convenio Multilateral, que deben aplicar los sujetos que realicen actividades de construcción para distribuir la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos cuando la adfministración este en una jurisdicción y la/s obra/s se realicen en otra/s jurisdicciones.
2. SUJETOS Y ACTIVIDADES ALCANZADAS
El artículo 6º del Convenio Multilateral establece un régimen especial de distribución de la base imponible para aquellos sujetos que realicen actividades de construcción y, que posean la administración o (...)
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A partir de las inquietudes que acercaron los profesionales con respecto a la imposibilidad de ingresar las tasas diferenciales reducidas de 2,5% y 5% que dispone la Ley N° 26.982, referida a diarios, revistas y publicaciones periódicas, el Consejo porteño le comunicó a la AFIP el inconveniente.
El Consejo informó que actualmente ya se encuentran habilitados los campos para ingresar el impuesto correspondiente a cada una de las alícuotas.
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El 20 de julio comienza a vencer el plazo para la presentación y/o pago de la declaración jurada de I.V.A. del período junio. Debemos tener en cuenta que determinados sujetos deberán comenzar a presentar sus declaraciones juradas mensuales mediante el servicio de A.F.I.P. “Mis Aplicaciones Web”, opción “F. 2002 – I.V.A. por Actividad”.
A continuación, desarrollaremos los principales aspectos a tener en cuenta:
Sujetos obligados a utilizar el nuevo sistema:
Conforme lo establecido por la Resolución General N° 3711, los responsables inscriptos que efectúen ventas de bienes y/o locaciones de servicios (...)
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El próximo lunes 20 de julio vence el pago de la obligación mensual correspondiente al período julio 2015 para el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Debemos tener en cuenta que este mes se incrementa el componente de obra social del Monotributo.
A través de la Resolución General N° 3775, el fisco nacional decidió elevar de $ 233 a $ 323 el valor del aporte a las obras sociales que realizan los pequeños contribuyentes adheridos al Monotributo a partir de julio de 2015. El resto de los componentes que conforman la cuota mensual (impositivo y previsional) no sufren modificaciones.
A (...)
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En el marco del Régimen de Información de Participaciones Societarias Resolución General Nº 3293 (ex R.G. Nº 4120 D.G.I.), entre el 27 y el 31 de julio, vence el plazo para presentar las declaraciones juradas informativas.
¿Quiénes se encuentran obligados a actuar como agentes de información?
Se encuentran obligados a cumplir con el régimen de información de participaciones societarias los siguientes sujetos:
a) Las sociedades anónimas y las sociedades en comandita por acciones, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades en comandita simple, las sociedades de economía mixta, los (...)
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Al intentar presentar la declaración jurada mensual de Convenio Multilateral correspondiente al mes de junio de 2015, la página web de AFIP arroja el siguiente error: “Fuera de vigencia, baja 1/7/2015 o versión vieja”.
Conforme lo informado por la mesa de ayuda de la Comisión Arbitral dicho mensaje obedece al error 207.
A tal efecto, se debe corroborar que se esté presentando la declaración jurada con la última versión disponible, vigente desde agosto de 2014, es decir la versión 4.0. Para ello, debemos ingresar al aplicativo SIFERE, opción Ayuda, Acerca de. Allí podremos chequear la versión que (...)
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Introducción
Conceptos tales como “Transparencia Fiscal”, “Libre Acceso a la Información Pública”, “Visibilidad del gobierno”, entre otros, vienen ganando relevancia en la agenda de las administraciones estatales y de los organismos internacionales en los últimos tiempos.
Si bien la definición de estos conceptos es bastante amplia, en términos generales, hacen referencia a un Sector Público “abierto” hacia sus ciudadanos, apuntando a una difusión completa, veraz y detallada de información relacionada con los actos de gobierno, que permita lograr un eficaz control del Estado.
En la actualidad, con los (...)
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Claves
En junio de 2015 la Recaudación nacional total llegó a los $ 140.838 millones. Su crecimiento interanual fue del 39,2%, que significó una aceleración en su ritmo de expansión de casi 8 puntos, la más alta en esta primera mitad del año. Las recuperaciones de mayo y junio, permitieron al fisco nacional contabilizar para todo el primer semestre de 2015 una recaudación agregada de $ 721.052 millones. Comparada con la del primer semestre del año pasado, esta cifra resulta un 31,3% superior, y su crecimiento está casi 2 puntos por encima de lo que crecía en igual periodo del pasado año. El (...)
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La renuncia al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes podrá realizarse en cualquier momento, pero tendrá efectos a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de renuncia, y producirá los siguientes efectos:
Los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones impositivas y de la seguridad social (facturar, registrar, liquidar e ingresar) aplicando la normativa legal vigente para los respectivos regímenes generales, a partir del primer día del mes siguiente al mes en que se presentó la renuncia.
No podrán optar por inscribirse nuevamente en el Monotributo por un plazo de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y demás beneficiarios de las ganancias (rentas de la cuarta categoría) comprendidas en el régimen de retención establecido por la Resolución General Nº 2437 (A.F.I.P.) están obligados a presentar la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales y, en caso de corresponder, la del impuesto a las ganancias.
2. INFORMACIÓN A DECLARAR
El artículo 12 de la Resolución General Nº 2437 (A.F.I.P.) establece que los beneficiarios de las ganancias comprendidas en el régimen de retención dispuesto por esta norma, (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La fecha de cierre contable y fiscal es un momento de gran importancia para todo emprendimiento que requiera la confección de un estado contable (independientemente de si debe ser realizado en cumplimiento de obligaciones legales, o a los efectos de contar con información suficiente que permita atender obligaciones de carácter fiscal), debiendo atender no sólo a tareas de carácter contable y a la obtención de información de terceros para la correcta valuación y exposición de los rubros de cada cuenta del juego contable, sino que además se debe prestar especial atención al (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Resolución General Nº 3749 (A.F.I.P.) publicada en el Boletín Oficial del 11 de marzo de 2015 extendió la obligación de emitir factura electrónica a los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado y a determinados sujetos que realizan las actividades indicadas en esta norma sin importar su condición frente al impuesto al valor agregado.
Además implemento un régimen opcional de factura electrónica para los responsables exentos en el impuesto al valor agregado.
Por último dispuso régimenes específicos para aquellos contribuyentes incluidos en el Anexo que se aprueba y (...)
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Como el día 18 de junio de 2015 comienza a vencer la obligación de presentar el régimen de información de compras y ventas, aprobado por la Resolución General Nº 3685, realizaremos a continuación un breve comentario.
Sujetos alcanzados
Conforme al artículo 1º de la Resolución General Nº 3685, están obligados a cumplir con el régimen de información de compras y ventas los siguientes sujetos:
a) Sujetos obligados a emitir factura electrónica, excepto monotributistas.
b) Los sujetos designados por AFIP mediante nómina, la cual podrá ser consultada en Organismo en el micrositio (...)
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A partir de hoy, 15 de junio de 2015, comienza a vencer el 1º anticipo del año 2015 de los impuestos a las ganancias –personas físicas y sucesiones indivisas- sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta -explotaciones o empresas unipersonales (cuyos cierres de ejercicios coincidan con el año calendario) y personas físicas o sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales-.
Las fechas de vencimientos, según la terminación de C.U.I.T., son las siguientes:
Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 15/06/2015 4-5-6 16/06/2015 7-8-9 17/06/2015
Los anticipos de los (...)
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Como se recordará a mediados del mes de Mayo pasado, y luego de los extendidos reclamos al respecto, el Gobierno Nacional a través del dictado de la Resolución General 3770 de la AFIP modificó los parámetros de cálculo del impuesto a las ganancias para determinar el monto que se le debe retener a los trabajadores en relación de dependencia durante el año fiscal 2015.
Los cambios efectuados no solo fueron mucho más modestos que las expectativas que empleadores y trabajadores tenían, sino que estuvieron muy lejos de compensar los niveles inflacionarios verificados en el año 2014 y tampoco avanzaron (...)
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La Administración Federal de Ingresos Públicos implementó un nuevo “Sistema de Gestión de Atención Institucional”, que permite otorgar turnos presenciales y web para ser atendido en las Dependencias del Organismo, así como también el registro y el seguimiento de la atención. Los turnos web pueden solicitarse:
sin Clave Fiscal, ingresando con el número de CUIT, CUIL, CDI, DNI o Pasaporte.
con Clave Fiscal, utilizando el servicio denominado: "Turnos Web".
El trámite de la la solicitud del turno es muy sencilla, sólo tiene que identificarse, indicar qué trámite quiere realizar y cuando hacerlo y el (...)
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