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ImpositivasArtículos de esta sección¿Los ingresos obtenidos por la explotación de un taxi están gravados por los impuestos al valor agregado, a las ganancias y sobre los ingresos brutos (C.A.B.A.)? En I.V.A. están exentos los servicios de taxis siempre que el recorrido no supere los 100 kilómetros. En ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires están exentos los ingresos obtenidos por taxis siempre que tenga hasta 3 unidades. En el impuesto a las ganancias los ingresos obtenidos constituyen renta gravada. Libros recomendados: IVA Análisis Integral (Autora: Silvia R. Grenabuena y otros) Impuesto a las Ganancias - (...) »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente que debido a la recategorización que vence el 7 de enero queda comprendido en la categoría D de Monotributo, ¿debe cumplir con el régimen de información de actividades o dicha obligación fue el año pasado por única vez? Sólo debían dar cumplimiento al régimen excepcional de información respecto de las actividades económicas implementado por la Resolución General Nº 2496, los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que se encuentren obligados a adquirir el formulario Carta de Porte para el comercio de granos y quienes a partir del 1º de (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Cuál es la situación frente al impuesto al valor agregado y al impuesto a las ganancias para una personas físicas, que desarrolla la actividad de arrendamiento rural? En I.V.A. los arrendamientos rurales están exentos (artículo 7º, inciso h) punto 22). Para el impuesto a las ganancias los ingresos obtenidos por el arrendamiento son renta de primera categoría y están gravados. Libro recomendado: IVA Análisis Integral (5º Edición) Inmuebles - Venta y Locación. (Autora: Analía Santos (...) »» INICIAR SESIÓN Para dar de alta a un responsable inscripto y solicitar el C.U.I.T., ¿cuál es el formulario vigente? ¿Se detallan en el formulario los impuestos en los cuales se va a inscribir o se hace el alta por internet? Si el titular es persona física deberá solicitar el número de C.U.I.T. con el F. 460/F junto con la clave fiscal. Una vez obtenido el C.U.I.T. y la clave fiscal se dará de alta por internet a los impuestos a través del sistema “Padrón Único de Contribuyentes”. Libro recomendado: Guía de Trámites Básicos: (Autora: Analía Santos (...) »» INICIAR SESIÓN Para dar de alta a una persona física, responsable inscripta, y solicitar el C.U.I.T., ¿cuál es el formulario vigente? ¿Se detallan en el formulario los impuestos en los cuales se va a inscribir o se hace el alta por internet? Si el titular es persona física deberá solicitar el número de C.U.I.T. con el F. 460/F junto con la clave fiscal. Una vez obtenido el C.U.I.T. y la clave fiscal se dará de alta por internet a los impuestos a través del sistema “Padrón Único de Contribuyentes”. Libro recomendado: Guía de Trámites Básicos: (Autora: Analía Santos (...) »» INICIAR SESIÓN ¿El alta en el régimen de Convenio Multilateral se debe efectuar por medio del Padrón web de contribuyentes de convenio multilateral? De conformidad con lo establecido por la Resolución General Nº 2/2009 (C.A.), todos los trámites que se realizaban con el aplicativo “SD99” (altas, bajas, modificaciones) se deberán realizar mediante el Padrón web (http://www.padronweb.gov.ar). Libro recomendado: Guía de Trámites Básicos (Autora: Analía Santos Romero) »» INICIAR SESIÓN Por error, un monotributista abonó dos veces el mismo período (octubre de 2007) ¿cómo se solicita la compensación? A los efectos de reimputar el pago efectuado dos veces el contribuyente deberá ingresar con C.U.I.T. y Clave Fiscal al servicio de A.F.I.P. “CCMA Cuenta Corriente de Monotributistas y Trabajadores Autónomos” y dentro de éste a la opción “Cuenta Corriente”, “Recálculo de deuda a fecha”. Paso seguido, se deberá solicitar al sistema que calcule la deuda del contribuyente, y como consecuencia de ello aparecerá en color verde el período abonado dos veces. En el margen izquierdo correspondiente al (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Quiénes están obligados a informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos con el CITI Ventas y el CITI Compras? El CITI Ventas lo presentan aquellos contribuyentes que solicitan por primera vez facturas de tipo “A”, “A” con CBU informada o “M” (según surge del artículo 23 y siguientes de la Resolución General Nº 1575). A su vez, el CITI Compras lo presentan aquellas empresas que A.F.I.P. incluya en el Anexo de la Resolución General Nº 781, y los escribanos. »» INICIAR SESIÓN ¿Cómo se debe abonar una multa automática por la presentación fuera de término de la declaración jurada de ganancias si se abona dentro de los 15 días de ser notificada? ¿Se debe presentar una multinota aclarando que se hizo uso de la reducción establecida por la Ley de Procedimiento? Si el contribuyente abona la multa dentro de los 15 días, la reducción de la misma es del 50%. Esta multa se abona con un F.799/C o F.799/E (si la multa es impositiva). El contribuyente si lo desea puede presentar en agencia una multinota con copia del pago, haciendo mención de la reducción de la multa prevista en el (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Existe un monto mínimo a depositar en facturas “A” con CBU informado o no importa el mismo? Es obligatorio el depósito en la cuenta, si la factura se realiza por un monto superior a los $ 300 (según surge del artículo 22 de la Resolución General Nº 1575). Libro recomendado: Facturación y Registración (Autora: Silvia R. Grenabuena) »» INICIAR SESIÓN ¿Es válido para solicitar la clave fiscal de un contribuyente, que concurra un apoderado con un Poder General Amplio.? En los únicos casos que se acepta el Poder General Amplio para solicitar la clave fiscal es cuando la persona esta en el exterior o tiene alguna enfermedad que impida el traslado a la agencia. Si no es el caso, el trámite de la clave fiscal lo deberá tramitar el titular. Libro recomendado: Guía de Trámites Básicos (Autora: Analía Santos (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Cuál es el cronograma definido por la A.F.I.P. para la implementación obligatoria del sistema de cuentas tributarias? La Resolución General Nº 2463 (A.F.I.P.) solo estableció la obligatoriedad del uso del sistema de cuentas tributarias para los contribuyentes de las Agencias Nros. 19 y 20 (Dirección de Operaciones de Grandes Contribuyentes Nacionales). Por el momento, son los únicos contribuyentes obligados a su uso. »» INICIAR SESIÓN ¿Cuando cuatro locadores titulares de un inmueble con destino comercial en un 25% cada uno lo alquilan por un valor superior a $ 1.500, deben inscribirse cada uno en I.V.A.? Al tratarse de una locación de tipo comercial, cuya titularidad corresponde a cuatro personas, y se alquila por un monto superior a $ 1.500 (locación alcanzada por el I.V.A.), en este caso nace la figura del condominio, quien será el sujeto pasivo del impuesto. (Resolución General Nº 1032). Libro recomendado: IVA. Análisis Integral (Autora: Silvia R. (...) »» INICIAR SESIÓN Ante una intimación de A.F.I.P. por falta de ingresos de los anticipos 1 a 9/2008, el contribuyente –sociedad– presentó la declaración jurada del año 2008 antes de su vencimiento para extinguir la obligación de los anticipos e ingresó los intereses resarcitorios correspondientes. Ahora recibió una nueva intimación por falta de ingreso del anticipo 10. ¿Esta obligación no está extinguida también o debe ingresar los intereses resarcitorios? Si ya está presentada la DD.JJ. anual, el contribuyente no está obligado a abonar los anticipos de ese período fiscal. Pero si deberá ingresar los intereses (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Cómo se genera la autorización ante A.F.I.P. para comenzar a emitir facturas electrónicas? El contribuyente deberá solicitar la inclusión en el régimen de factura electrónica a través de la página web de A.F.I.P., habilitando el servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”. A.F.I.P. informará la inclusión en el régimen a través de su página web. »» INICIAR SESIÓN ¿Los contribuyentes que no realizan actividades expresamente excluidas del Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos, deben sí o sí entrar en el citado régimen? El Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos no es optativo, por lo tanto, los contribuyente que inicien una actividad gravada en el impuesto, siempre que dicha actividad no esté expresamente excluida, deberán inscribirse en el Régimen Simplificado. Posteriormente, si detecta que los ingresos brutos son superiores a $ 144.000 anuales, en la recategorización semestral deberá excluirse del Régimen, (...) »» INICIAR SESIÓN En el caso de los contribuyentes que quedan comprendidos en ARBANet, ¿cómo van a contabilizar las retenciones que tuvieron en el período y si tienen saldos a favor? De conformidad con lo establecido por la Resolución Normativa Nº 111/08, a los efectos de la liquidación de los anticipos a pagar por el contribuyente, ARBA considerará las retenciones, percepciones y otros pagos a cuenta informadas por los agentes de recaudación y sufridas por el contribuyente, que se encuentren registrados en su base de (...) »» INICIAR SESIÓN ¿La declaración jurada del anticipo que puede obtenerse de ARBANet hoy, puede abonarse vencida? ¿Se van a postergar los vencimientos? De conformidad con lo establecido por la Resolución Normativa Nº 111/08 el vencimiento para el pago del anticipo correspondiente a noviembre de 2008 operará en las siguientes fechas: Terminación número de inscripción 0, 1 y 2: 12/12/2008 Terminación número de inscripción 3, 4 y 5: 15/12/2008 Terminación número de inscripción 6, 7, 8 y 9: (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Cómo se hace para reformular planes vigentes para poder prolongar el plazo de cancelación mediante el acogimiento al plan de facilidades de pago de la Resolución General Nº 2518? La reformulación de cada plan, en forma individual, se efectuará a través del sistema “Mis facilidades” ingresando a la opción “Reformulación de Plan” y seleccionando “Plan Especial Deuda vencida al 31 de diciembre de 2007” (artículo 17 de la Resolución General Nº 2518). »» INICIAR SESIÓN ¿El sistema ARBANet está operativo? Si es así, ¿en qué parte de la página de ARBA está? En la página web de ARBA está publicada la Resolución Normativa Nº 11/08, que reglamenta la liquidación por parte del Organismo Fiscal de los anticipos a través del sistema ARBANet, pero aún no está disponible. »» INICIAR SESIÓN ¿Un contribuyente exento en el impuesto al valor agregado debe confeccionar las declaraciones juradas mensuales? Si el contribuyente está exento de I.V.A. por todas las actividades que desarrolla no debe llevar a cabo la presentación de las declaraciones juradas. Libro recomendado: IVA – Análisis Integral (Autora:Silvia R. Grenabuena) »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente inscripto en I.V.A. y ganancias es dado de baja según el Decreto Nº 1.299/98 el 09/2002, ¿desde qué mes y año se deben presentar las declaraciones juradas y cuál es el trámite a hacer para su rehabilitación? El contribuyente tiene que presentar las DD.JJ. omitidas (36 de I.V.A. y 3 de ganancias) o las correspondientes a los períodos no prescriptos. Una vez presentadas las declaraciones juradas omitidas queda levantada la pasividad, caso contrario deberá hacer el alta a través del “Padrón Único de (...) »» INICIAR SESIÓN Un contribuyente que en el 2007 tenía bienes por un importe superior a $ 305.000 pero en el 2008 los donó –sin reserva de usufructo–, ¿cómo hace para suspender el ingreso de anticipos ya que no va a tener que abonar nada para el período 2008? El contribuyente deberá hacer la opción de reducción de anticipos a través de la página de internet de la A.F.I.P., ingresando con C.U.I.T. y clave fiscal al sistema “Cuentas Tributarias”. Libro recomendado: Impuesto sobre los Bienes Personales (Autora: Silvia R. (...) »» INICIAR SESIÓN ¿Una sociedad anónima que presta servicios de monitoreo electrónico y vigilancia en la Provincia de Buenos Aires cuyo monto de ventas es superior a $ 5.000.000 durante el año 2008 se transforma en agente de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos? De ser así, ¿qué trámites deben realizarse, dentro de qué plazos y cuándo debe comenzar a facturar como agente de percepción y qué alícuota debe aplicar para llevar a cabo la percepción? El contribuyente deberá actuar como agente de recaudación en el año siguiente (2009). Consecuentemente, deberá darse de alta en enero y actuar como tal desde marzo de (...) »» INICIAR SESIÓN En el caso de un médico monotributista que además alquilará un local comercial en una suma superior a $ 1.500 mensuales, ¿debe inscribirse en I.V.A. o se puede quedar como monotributista incrementado su categoría? Si el contribuyente tiene hasta tres actividades y los ingresos no exceden los límites del monotributo ($ 72.000 anuales), puede seguir siendo monotributista. En este caso, deberá considerar todos los ingresos para categorizarse (médico más locaciones). Caso contrario deberá pasar al régimen general por todas las actividades. Libro recomendado El Monotributo (Autora: Silvia R. (...) »» INICIAR SESIÓN ... | 5725 | 5750 | 5775 | 5800 | 5825 | 5850 | 5875 | 5900 | 5925 |... |
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