Laboral
Artículos de esta sección
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1. INTRODUCCIÓN [1]
1.1. Empresa de servicios eventuales. Concepto
De conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1.694/2006 (B.O. del 27/11/2006), se considera “empresa de servicios eventuales” a la entidad que, constituida como persona jurídica, tenga por objeto exclusivo poner a disposición de terceras personas –usuarias– personal industrial, administrativo, técnico o profesional, para cumplir, en forma temporaria, servicios extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa, explotación o establecimiento, toda vez que no pueda preverse un (...)
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1. INTRODUCCIÓN [2]
Las organizaciones tienen responsabilidades sociales que van mucho más allá de la simple producción de bienes y servicios. Como sistemas abiertos que son, están insertas dentro de una comunidad determinada a la cual en gran medida se deben. El tamaño de las organizaciones (sobre todo aquellas que tienen un propósito de lucro) es directamente proporcional a la responsabilidad social que tienen para con la comunidad.
No sólo deben ofrecer leales productos y servicios a la comunidad, preservar el medioambiente y no destruirlo, tributar las obligaciones fiscales que le (...)
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1. RESEÑA
En este artículo, los autores desarrollan los aspectos a tener en cuenta en la liquidación de haberes de los trabajadores que laboran en hoteles y restaurantes que se encuentran alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 389/2004.
2. DESARROLLO
A los fines de presentar el tema objeto del presente artículo, incluimos a continuación un detalle de los elementos clave del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 389/2004:
a) Partes intervinientes: En representación de los trabajadores, la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (...)
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La Comisión de Trabajo Agrario dio a conocer ls remuneraciones mínimas para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, regulado por la Ley Nº 26.727, para las categorías establecidas en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nº 4 de fecha 16 de junio de 1998, en el ámbito de todo el país, las que tendrán vigencia a partir del 1º de octubre de 2013 y 1º de enero 2014, es de aclarar que no se encuentra homologada.
Sin Comida y Sin SAC Sin Comida y Sin SAC Sueldo $ Jornal $ Sueldo $ Jornal $ 01/10/2013 01/10/2013 (...)
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Renta Imponible Mensual
Como consecuencia de de las modificaciones introducidas por la Resolución 266/2013, que aprobó los coeficientes de actualización de la movilidad previsional, en catorce con cuarenta y uno por ciento (14,41%), se modifican los valores de las rentas de referencia del artículo 8º de la ley 24.241, estableciendo, la Resolución General 3534 (BO 29/10/2013), los siguientes valores para las diferentes categorías de trabajadores autónomos siendo los mismos:
Categorías Rentas de Referencia en pesos I 1.435,93 II 2.010,29 III 2.871,86
IV|4.594,97| |V|6.318,08| (...)
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Con la emisión de la Resolucion General Nº 3533 (BO 29/10/2013) se incrementaron las cotizaciones fijas con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras sociales.
Se fijo el valor dela cotización fija con destino al Sistema Nacional del Seguro d de Saluda en ls suma de pesos ciento cuarenta y seis ($146)
Valores Vigentes desde 01/11/2013
Categoría Aportes al SIPA (*) Aportes Obra Social (**) Locaciones y/o prestaciones de servicios Venta de Cosas Muebles B $157,00 $146,00 $342,00 $342,00 C $157,00 $146,00 $378,00 $378,00 D $157,00 $146,00 $431,00 (...)
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Las empresas comienzan a esta altura del año a planificar las vacaciones de sus empleados, lo cual trae aparejado algunos interrogantes en lo que tiene que ver con la liquidación de este beneficio.
La Lic. en Relaciones del Trabajo, Marcela Medrano, consultora laboral en Aplicación Tributaria, elaboró en exclusiva para ELE-VE un informe con los 10 puntos básicos para liquidar vacaciones:
Días de descanso El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:
-De catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (...)
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El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, lanzo un programa de concientización de todos los actores del sector acerca de los beneficios de que los trabajadores se desempeñen sus tareas en un marco legal y decente. El ministro formalizo este programa con la emisión de la Resolucion 116/13.
El programa "Empecemos por casa" tendrá los siguientes objetivos específicos:
1. Impulsar el aumento del nivel de registración laboral del sector;
2. Favorecer el posicionamiento de los trabajadores y trabajadoras con conocimiento de sus derechos y obligaciones en el marco de la norma que (...)
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Los Trabajadores en relación de dependencia y los Beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo de Empresas incorporadas al SUAF, los Beneficiarios de la Prestación por Desempleo, del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de las Pensiones no contributivas por invalidez y de las Pensiones Honoríficas para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur que perciban esta asignación, deberán presentar obligatoriamente ante ANSES el Formulario PS 2.68 "Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial" entre la fecha de inicio del ciclo lectivo / tratamiento de rehabilitación y el 31 de octubre de (...)
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Segunda Parte
1. CAUSALES INDEMNIZABLES
1.1. Introducción
La norma constitucional impuesta por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional es contundente: La ley debe garantizar al trabajador “protección” (no “prohibición”) contra el despido arbitrario. Entendemos que se desprende de este imperativo dos consideraciones: 1) Que el despido incausado es una conducta antijurídica y 2) que la protección se materializa mediante el pago de una indemnización razonable. De allí que coincidimos con la postura doctrinaria que diferencia la estabilidad absoluta de la relativa. La primera impone la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En la legislación argentina se recepta los fundamentos de la libertad sindical en la Ley Nº 23.551, estableciendo que los trabajadores pueden crear sindicatos y el Estado no puede limitar ese derecho, como tampoco el empleador. También puede afiliarse o no, a las asociaciones ya constituidas, teniendo el derecho a reunirse en su lugar de trabajo con los delegados o comisiones internas. [31]
2. DELEGADOS. FUNCIONES
En general las funciones del delegado se pueden describir como:
Verificar la aplicación de las normas legal o convencional y participar de las inspecciones que (...)
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Segunda Parte
1. REMUNERACIÓN
En cuanto a la remuneración, se determina que el salario mínimo por tipo, modalidad y categoría profesional, deberá ser fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para todo el territorio nacional, con lo que se terminará de alguna manera con la actual disociación en materia de fijación de estos mínimos que se evidenciaba en particular con la provincia de Córdoba. Se aclara que hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares serán fijados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, como se hace (...)
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A partir de la aplicación de índice de movilidad dispuesto para las prestaciones previsionales, la Resolucion 266/163 aprobó los coeficientes de actualización en 14,41% que se aplica a las rentas de referencia de los trabajadores autónomos. Teniendo en cuenta que la Administración Federal de Ingresos Públicos no publicó las respectivas tablas, la Lic. Medrano elaboró para nuestros lectores a modo de referencia los valores que deberán abonar los trabajadores autónomos a partir de la categoría en la cual estén empadronados.
Devengado Setiembre 2013 Activo
Categorias Renta Imp 0910 Valor (...)
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La ANSES recuerda que la Certificación Negativa es el comprobante que sirve para acreditar que el interesado no registra prestaciones en curso de pago: desempleo, jubilación, pensión, entre otras.
Dicho comprobante lo suelen exigir, por ejemplo, los hospitales públicos para brindar un servicio gratuito a quienes no cuenten con cobertura médica.
Para más información al respecto, los interesados podrán comunicarse al teléfono gratuito 130.
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La sanción de la ley 26.541 del 11 de noviembre de 2009, otorgó al 26 de septiembre todos los efectos de un día feriado dedicado al Día del Empleado de Comercio.
La Cámara Argentina de Comercio deja constancia que dicha ley tiene alcance exclusivamente sobre los trabajadores comprendidos en el CCT 130/75, quienes podrán optar voluntariamente por prestar tareas o no; los propietarios, por su parte, no están obligados a cerrar los establecimientos.
A los empleados dentro de Comercio que opten por trabajar ese día, se les deberá reconocer un franco compensatorio, el salario de esa jornada, más el (...)
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¿Cómo se consulta la Historia Laboral?
La consulta de la Historia Laboral es personal y se puede realizar únicamente desde esta página Web, en la sección Trámites en Línea. Previamente, debe haber tramitado la Clave de la Seguridad Social.
¿Qué información contiene la Historia Laboral?
Los meses trabajados y las contribuciones hechas por cada empleador, además de las remuneraciones percibidas en esos períodos. El aplicativo también permite consultar los aportes de los trabajadores autónomos.
¿Para qué se debe consultar la Historia Laboral periódicamente?
La información provista le será útil para el (...)
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La ANSES informa que ahora solicitar la Clave de la Seguridad Social es mucho más sencillo, ya que se obtiene y se habilita por Internet. Dicha clave es de uso personal y permite efectuar, de una manera más rápida y segura, distintos trámites desde http://www.anses.gob.ar.
Para generarla, el interesado debe ingresar al sitio web del organismo, sección “Mi ANSES”. Una vez aquí, debe seleccionar la opción “Crear Clave de la Seguridad Social” y seguir las instrucciones que marca el aplicativo.
Luego, su habilitación puede realizarse a través de Internet o personalmente en cualquier delegación de la (...)
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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 886/2013 (BO 19/09/2013) estableció las categorías profesionales y el salario mínimo para el Personal de Casas Particulares.
Categorías y remuneraciones a partir del 1° de septiembre de 2013
Supervisor/a: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
Personal con retiro|Hora: $ 31|Mensual: $ 3950| Personal sin retiro|Hora: $ 34|Mensual: $ 4400|
Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que (...)
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1. RESEÑA
Los autores analizan en esta oportunidad las disposiciones del Decreto Nº 804/2001 que permite el cómputo como impuesto al valor agregado (crédito fiscal) de una parte de las contribuciones sociales pagadas por los empleadores, destacando aquellas disposiciones que resultan dar lugar a cuestiones en su aplicación y su registración contable.
2. INTRODUCCIÓN
El Decreto Nº 814/2001 del Poder Ejecutivo Nacional, dictado con el fin de reducir el nivel de costos de producción, dispone en su artículo 4º:
“De la contribución patronal definida en el artículo 2º del presente decreto y en el (...)
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Primera Parte
1. INTRODUCCIÓN
Es inexorable. El contrato de trabajo no es eterno, y de una u otra manera se debe extinguir en algún momento. El legislador procuró que como regla, el mismo se extinga cuando el trabajador esté en condiciones de acceder a los beneficios previsionales, a menos que operen las otras causales de finalización previstas en la ley (artículo 91 de la Ley de Contrato de Trabajo).
La realidad es que esta “regla” (extinción por jubilación) no es la más frecuente en la práctica laboral, sino otras que, de manera taxativa (aunque alguna excepción hay), están previstas en la Ley (...)
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Primera Parte
1. INTRODUCCIÓN
El objetivo que persigue el presente, es abordar el nuevo régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, haciendo un análisis de los diferentes institutos regulados por el mismo a través de la Ley Nº 26.844, y efectuando algunas consideraciones a partir de la comparación con el anterior régimen legislado mediante el Decreto Nº 326/56 y los Decretos Nros. 7.979/56 y 14.785/57, que quedan derogados desde a entrada en vigencia de la nueva normativa.
Trataremos de definir además, los temas clave que sufrieron modificaciones, brindando (...)
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Personas que padezcan alguna enfermedad que las incapacite, física o intelectualmente, en forma total para el desempeño de sus tareas, pueden cobrar el Retiro por Invalidez, siempre que cumplan con la condición de aportante regular o irregular con derecho.
Como esta prestación está destinada a los trabajadores que no puedan continuar con sus funciones, el goce de este beneficio es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.
Para cobrar este retiro, es condición fundamental no haber alcanzado la edad requerida para acceder a la Jubilación Ordinaria (60 años (...)
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En esta nota el Contador Humberto Gerardo Tano autor del libro “7 pasos para un trabajo público eficiente” nos explica la importancia de asumir la responsabilidad en el trabajo público.
Significado de responsabilidad
Ser responsable con un trabajo implica que estamos “obligados” a “responder” por las consecuencias de nuestras acciones. Esto significa que no debía quedar en el plano “moral” sino que se podría medir para ser afrontadas y corregidas. Una persona responsable es aquella que pone cuidado y atención en lo que hace o decide. Esto implica que no se limita solo a lo que hace, sino también a (...)
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Una vez que el trámite jubilatorio o de pensión es aprobado, la ANSES envía una carta de notificación en la que se indica el día, el monto y el lugar de pago, donde el titular debe dirigirse para percibir su primer haber.
Es importante que conserve la nota, ya que la entidad pagadora podrá requerirla para hacer el pago. Si no la recibió, el banco le pagará su jubilación presentando su documento de identidad.
En el primer cobro, además de su haber, recibirá el retroactivo correspondiente por los meses en que duró el trámite. Por ello, la ANSES tomará como inicio de pago la fecha en que el interesado (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Con la sanción de la Ley Nº 24.557 (Ley de Riesgos del Trabajo) en el año 1995, se modificó sustancialmente el régimen de reparación de los daños por accidentes laborales y enfermedades profesionales. El bien jurídico tutelado es, ante todo, la vida y salud de los trabajadores. En su artículo primero se establece los siguientes objetivos: [57]
“Artículo 1°— Normativa aplicable y objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT). 1. La prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo se regirán por esta LRT y sus normas reglamentarias. 2. Son objetivos de la (...)
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