Laboral
Artículos de esta sección
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1. CONCEPTUALIZACIÓN GENERAL
A principios del año 2004 fue promulgada la Ley Nº 25.855 de “Voluntariado Social”.
El tema es de singular importancia para organismos públicos, entidades privadas sin fines de lucro, para los propios voluntarios sociales y para la comunidad en general, prestadora y beneficiaria a la vez, de las actividades solidarias y comunitarias.
El presente trabajo tiene por objetivos:
Ofrecer una aproximación a este tema relevante para la sociedad. Analizar la Ley Nº 25.855 (Ley de Voluntariado Social) y brindar al lector una noción de sus aspectos básicos.
Son (...)
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1. CONCEPTO DE JORNADA ORDINARIA
La jornada de trabajo abarca todo el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador, en tanto no pueda disponer de su actividad en beneficio propio. Dicho tiempo incluye los períodos de inactividad, con exclusión de los que se produzcan por decisión unilateral del trabajador.
2. EXTENSIÓN DE LA JORNADA DIURNA, NOCTURNA y MIXTA
La duración de la jornada de trabajo diurna no puede exceder de ocho (8) horas diarias y de cuarenta y ocho (48) horas semanales; se puede extender una (1) hora diaria, pasando a ser la jornada de trabajo de nueve (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Como consecuencia del dictado del Decreto Nº 392/2003, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso, a partir del 1º de julio de 2003, un incremento de la remuneración básica de los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, que se encuentren comprendidos en el régimen de negociación colectiva. Dicho incremento mensual, el cual ascendía a la suma de veintiocho pesos ($ 28), durante un lapso de ocho (8) meses, adicionado a la remuneración de junio a partir del 01/07/2003, llegando a incorporar en el mes de febrero de 2003 un importe de doscientos veinticuatro pesos ($ 224), (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Luego de la revolución del año 1943 comenzó el vertiginoso proceso de organización sindical, que tuvo su mayor auge entre los años 1945 y 1947 durante el gobierno del General Juan Domingo Perón.
Concentrados en una Confederación General de Trabajo única y cada vez más poderosa, más de cinco millones (5.000.000) de trabajadores afiliados encontraron el cauce adecuado para apoyar esta acción.
El 24 de febrero de 1946, el presidente de la República proclama los Derechos del Trabajador diciendo:
“Los derechos naturales del hombre, originados en su trabajo, surgen del simple análisis de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En un anterior artículo, [18] comentamos que las normas fundamentales sobre la higiene y seguridad en el trabajo no habían sufrido modificaciones.
La reforma de la ley de accidentes, actualmente llamada Ley de Riegos del Trabajo (Ley Nº 24.557), no actualizó la ley básica de higiene y seguridad (Ley Nº 19.587) y su decreto reglamentario (Decreto Nº 351/79), pero sí derogó parte del citado decreto.
En noviembre de 2003, el Poder Ejecutivo, el Ministerio de Trabajo de la Nación y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, sancionaron diversas normas que actualizan las condiciones (...)
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“Al rey la vida y la hacienda se han de dar mas no el honor, porque el honor es patrimonio del alma y el alma sólo es de Dios”. (Calderón de la Barca, “El Alcalde de Zalamea”).
Dedico estas reflexiones a quien fuera pionero en el estudio del tema, el Profesor Luiz de Pinho Pedreira da Silva.
Lo dedico también a quienes sufren tanto que ni siquiera sienten el agravio causado por el duro ajuste estructural impuesto en nuestra tierra para beneficio de unos pocos.
1. ESTRUCTURA DEL DAÑO MORAL
1.1. Realidad (r)
1.1.1. Universo de la persona
El daño moral ha de comprenderse desde la persona (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El día 19 de marzo de 2004 se publicó en el Boletín Oficial la Ley Nº 25.877, que como principales medidas deroga la cuestionada Ley Nº 25.250, y modifica la Ley de Contrato de Trabajo en lo referente al período de prueba, preaviso, indemnización por antigüedad en los casos de despidos sin causa.
Además esta nueva ley establece un régimen de promoción del empleo para las pequeñas empresas y medidas sobre la administración del trabajo, que también serán comentadas en este artículo.
2. VIGENCIA
La Ley Nº 25.877 no establece en forma expresa cual es su vigencia, por lo tanto para (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En la presente colaboración expondremos los aspectos básicos que regulan la jornada legal de trabajo según lo dispuesto por la Ley Nº 11.544 y la Ley de Contrato de Trabajo, haciendo especial consideración en la planilla de horarios que debe confeccionar el empleador, especificando en qué casos corresponde realizar la rúbrica de la misma.
2. DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO
Es facultad del empleador, respetando la normativa vigente (Leyes Nros. 11.544 y 20.744, Convenios Colectivos de Trabajo, Estatutos, etcétera), la distribución de las horas de trabajo y la planificación de (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El Derecho del Trabajo nació después de una larga lucha social, [60] con el dictado de normas –de fondo y de forma– que importaba el reconocimiento por parte del Estado, de que una de las partes intervinientes en la relación de trabajo era hiposuficiente. Tal reconocimiento llega a su máxima expresión con el constitucionalismo social, que incorpora a las Constituciones Nacionales normas tuitivas, las que a su vez nutren y filtran a todo el orden jurídico subconstitucional. [61]
Analizado nuestro proyecto social constitucional surge que éste tiene por objeto: “... Afianzar la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La acción sindical es promovida, en todas las sociedades modernas del mundo, mediante sus propias legislaciones, como así también lo es desde la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.). En nuestro país tanto la Constitución Nacional (artículo 14 bis) como las leyes han reconocido, protegido, y reglamentado su funcionamiento.
Anteriormente, [80] ya hemos dado tratamiento al tema en lo relativo a los tres grandes aspectos que hacen al Derecho Colectivo del Trabajo (Asociaciones sindicales, negociación colectiva y conflictos laborales).
En este breve comentario repasaremos (...)
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1. BASE LEGISLATIVA
El régimen especial de regularización para trabajadores autónomos y responsables monotributistas, se encuentra reglamentado por las siguientes normas:
Ley Nº 25.865 (B.O. del 19/01/2004)
Resolución General Nº 1624 (A.F.I.P.) (B.O. del 27/01/2004)
2. OBLIGACIONES INCLUIDAS
Se pueden incluir en el régimen especial de regularización establecido por la Ley Nº 25.865, las obligaciones no exteriorizadas, las exteriorizadas y no abonadas –total o parcialmente– vencidas al 19/01/2004, por los siguientes conceptos:
Aportes previsionales de los trabajadores autónomos, establecidos (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En el pasado mes de octubre –exactamente el día 22– la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dictado acuerdo y sentencia en los autos caratulados: “Castro, Héctor Jesús c/Dycasa S.A. y Otros s/Reparación”, obrante en el Expediente L. Nº 81.216, donde se realiza una interpretación del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación caratulado “Gorosito c/Riva”, que propone una forma diferente para lograr una reparación justa e integral.
Los Señores Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que participan del acuerdo en orden a la (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Por medio del Decreto Nº 1.212/2003 (B.O. del 20/05/2003) el Poder Ejecutivo Nacional instauró un nuevo régimen de percepción y retención para el ingreso de los aportes y contribuciones con respecto al Sistema de la Seguridad Social, correspondientes a los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional.
El régimen determina que se deberá ingresar un dos por ciento (2%) de los ingresos provenientes de la venta de entradas a los espectáculos futbolísticos en todas sus categorías, transferencias (...)
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1. LEY DE EMERGENCIA PÚBLICA Y REFORMA AL RÉGIMEN CAMBIARIO
La Ley Nº 25.561 (B.O. del 07/01/2002), conocida como Ley de Emergencia Pública y de Reforma del Régimen Cambiario (con la modificación introducida por la Ley Nº 25.820), en su artículo 1º ha declarado el estado de emergencia pública nacional dentro del territorio argentino en materia económica, social, financiera y cambiaria, otorgando al Poder Ejecutivo Nacional amplias facultades legislativas durante el período comprendido desde su entrada en vigencia hasta el 10/12/2003, con el objetivo de lograr el reactivamiento de la economía, (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Debido a la situación acontecida en diciembre de 2001, el nuevo gobierno dispuso la sanción de la Ley de Emergencia Pública (Ley Nº 25.561) que incluyó en su artículo 16 una indemnización agravada para el caso de los despidos injustificados o incausados.
Esta norma ha sido prorrogada por diversos decretos de necesidad y urgencia dictados por el Poder Ejecutivo Nacional. Ésto motivó distintas interpretaciones doctrinarias que luego se sometieron a decisión de los juzgados y tribunales.
2. ACONTECIMIENTOS DE DICIEMBRE DE 2001
La situación política, social y económica de nuestro (...)
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1. BASE LEGISLATIVA
El régimen especial de regularización para trabajadores autónomos y responsables monotributistas, se encuentra reglamentado por las siguientes normas:
Ley Nº 25.865 (B.O. del 19/01/2004)
4Resolución General Nº 1624 (A.F.I.P.) (B.O. del 27/01/2004)
2. OBLIGACIONES INCLUIDAS
Se pueden incluir en el régimen especial de regularización establecido por la Ley Nº 25.865, las obligaciones no exteriorizadas, las exteriorizadas y no abonadas –total o parcialmente– vencidas al 19/01/2004, por los siguientes conceptos:
Aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Cuando una empresa entra en situación de insolvencia, como ha sucedido con muchas en nuestro país durante varias décadas, especialmente desde diciembre de 2001, se presentan varias cuestiones que provocan conflictos, ya sea personales (por ejemplo: el empresario se replantea su continuidad y sus errores) como de organización (en este caso, en el ámbito interno de la empresa) y por supuesto, el conflicto con los trabajadores (que quieren saber qué va a pasar con sus puestos de trabajo).
Es justamente la suma de los mismos, un gran conflicto de intereses y derechos de todas las (...)
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A nuestros nietos, Ian Maximiliano Capón Filas y Tomás Capón Filas, quienes tendrán un mejor presente que sus padres y sus abuelos porque “nada es tan poderoso como una Idea cuyo tiempo ha llegado” (Hegel Dixit).
1. INTRODUCCIÓN
Interpretando el Ángel de la Historia pintado por Paul Klee, Zigmunt Bauman sostiene que “avanza dando la espalda al futuro porque sus ojos están fijos en el pasado. Lo que lo mantiene en movimiento es el disgusto y la repulsión por lo que ve”. [113]
Al contrario, quienes creemos en el hombre, buscamos como los guaraníes, “la Tierra sin mal” que podemos arar y fecundar (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene por objeto poner en conocimiento de los lectores la declaración de los jueces nacionales del trabajo con relación a las modificaciones introducidas en su competencia.
2. DECLARACIÓN DE LOS JUECES NACIONALES DEL TRABAJO SOBRE MODIFICACIONES DE LA COMPETENCIA
“Los firmantes, jueces de la Justicia Nacional del Trabajo de la Capital Federal, manifestamos nuestro enérgico rechazo contra todo proyecto que afecte la teleología y funcionalidad necesarias de la actividad de los órganos judiciales especializados a nuestro cargo.
Partimos del hecho, ya (...)
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1. INTRODUCCIÓN
La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General Nº 1556 ha implementado un régimen de retención de aplicación para prestadores del servicio de limpieza de inmuebles, cualquiera sea la forma jurídica adoptada. Dicho régimen se aplica a los efectos del ingreso de las contribuciones patronales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social (S.U.S.S.).
Se hallan excluidos del presente régimen los servicios de limpieza prestados en inmuebles utilizados como casa habitación, siempre que sea contratado por quien le da ese destino.
2. SUJETOS EXCLUIDOS (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Las prestaciones de las relaciones laborales, tanto individuales como colectivas, pueden ser interrumpidas temporalmente o resueltas por infinidades de motivos. Dentro de las rupturas del contrato de trabajo podemos mencionar aquellas que se originan por causas tales como, renuncia, despido con o sin causa, abandono de trabajo, finalización de contrato de trabajo a plazo fijo, etcétera.
También la interrupción de la prestación de servicios puede originarse por otra gran cantidad de razones, las cuales las podemos clasificar, como remuneradas y no remuneradas y dentro de ésta (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En los últimos meses se han suscitado importantes modificaciones en el régimen de asignaciones familiares; tanto en lo que respecta al Sistema de Reintegro de Asignaciones Familiares, como también en el denominado Sistema de Pago Directo (recientemente modificado en el Sistema Único de Asignaciones Familiares).
En el presente trabajo esbozaremos las principales implicancias de estas modificaciones.
2. NORMATIVA
NormaFecha de publicación en el Boletín OficialConcepto Resolución Nº 686/2003 (A.N.Se.S.) 19/06/2003 Presentación de solicitudes de reintegro de asignaciones (...)
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1. INTRODUCCIÓN
El Gobierno Nacional, siguiendo con la política, en materia de los recursos de la seguridad social, de lucha contra el empleo no registrado y de disponer de mecanismos que incentiven la regularización espontánea, ha dispuesto a través de la Resolución General Nº 1566 (A.F.I.P) (B.O. del 22/09/2003) un nuevo régimen de graduación de sanciones, derogando al efecto la Resolución General Nº 3756 (D.G.I.) y sus modificaciones.
El nuevo régimen tiene como objetivo, adoptar criterios análogos a los que emplea la Administración Federal de Ingresos Públicos en materia de sanciones (...)
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1. INTRODUCCIÓN
En un trabajo anterior [152] abordamos la problemática de los sujetos que ejercen actividades de dirección, administración o conducción en más de una empresa, con relación a su categorización en el régimen de trabajadores autónomos. En esa oportunidad planteamos la existencia de dos posturas encontradas:
1) La tesis del Fisco, que sostiene que los directores de sociedades anónimas que se desempeñan simultáneamente en varias sociedades, a efectos de calcular la categoría por la cual deben aportar al régimen de trabajadores autónomos, deben proceder a sumar el importe que les (...)
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1. INTRODUCCIÓN
Hemos publicado en esta revista distintos artículos sobre la Ley de Riesgos del Trabajo (entre otros ver Técnica Laboral Nros. 85 de junio de 2000, páginas 15 a 44; 92 de enero de 2001, página 37; 98 de julio de 2001, páginas 41 a 44; 106 de marzo de 2002; 115 de diciembre de 2002, páginas 33 a 74; 120 de mayo de 2003: “Ley de Riesgos del Trabajo. Continúa la Discusión Doctrinaria y Jurisprudencial”; 123 de agosto de 2003: “Inconstitucionalidad del Artículo 46 de la Ley de Riesgos del Trabajo”), pero lo que nos convoca a este nuevo artículo es el dictado, en el mes de septiembre, de (...)
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